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Documento BOE-B-2017-58310

CARTAGENA

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 9 de octubre de 2017, páginas 72157 a 72157 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-58310

TEXTO

Edicto

D.ª Ana Belén Serrano Saura, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Cartagena, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 564/2017 se ha dictado en fecha 28 de junio de dos mil diecisiete auto de declaración de concurso voluntario abreviado consecutivo del deudor D. Francisco Javier Navarro Gomáriz y del deudor Doña Inmaculada Camarero Alonso, con domicilio en calle Neptuno, n.º 1, 6.º B de Cartagena y NIF 22.974.217-T Y 22.989.021-S, respectivamente.

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado, como administración concursal a Doña María Gras Gil con domicilio postal en Murcia, Avda. Juan Carlos I, n.º 31, bajo 30.009, teléfono 606652788 y dirección electrónica maria@areasconsultores.es, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5.º La concursada ha solicitado la liquidación.

Habiendo presentado la Administración Concursal plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de quince días para que el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es

http://www.oficinajudicialmurcia.es/.

Cartagena, 5 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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