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Documento BOE-B-2017-38855

Extracto de la Orden de 5 de junio de 2017 por la que se establece la convocatoria para la concesion de ayudas compensatorias a determinada flota pesquera que faena en aguas adyacentes al Peñon de Gibraltar

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 22 de junio de 2017, páginas 46912 a 46913 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2017-38855

TEXTO

BDNS (Identif.): 350738.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los propietarios o armadores de las embarcaciones pertenecientes a las Cofradías de Pescadores de Algeciras y de la Línea de la Concepción, y de la Asociación de Armadores Productores de Algeciras, así como aquellos otros que ejerzan su actividad en aguas adyacentes al Peñón de Gibraltar y que se vean afectados por la imposibilidad de faenar en una parte de esa zona por la restricción del acceso a su caladero tradicional.

Segundo. Objeto.

Convocar para los ejercicios 2016 y 2017, en el periodo establecido en el artículo 6, la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden AAA/2563/2014, de 30 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas compensatorias a determinada flota pesquera que faena en aguas adyacentes al Peñón de Gibraltar, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 10 de enero de 2015, a los beneficiarios descritos en el artículo 3, y según establece el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para compensar la pérdida de ingresos por restricción del acceso a su caladero tradicional.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden AAA/2563/2014, de 30 de diciembre, publicada en el "BOE" de 10 de enero de 2015.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total máxima de esta convocatoria es de 530.000,00 euros.

La cuantía de la ayuda consistirá en una cantidad fija por buque y mes determinada en función del número de tripulantes enrolados en la embarcación el día 31 del mes de julio de 2014, con un límite máximo por buque que no puede superar el establecido en el artículo 3 del Reglamento (UE) n.º 717/2014, de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura, que son 30.000 euros durante un periodo cualquiera de tres ejercicios fiscales.

La cuantía por buque y mes será de un máximo de 500 euros, más un máximo de 187,25 euros por cada uno de los tripulantes enrolados en la embarcación en el mes de julio de 2014. Se tomará como base los datos sobre tripulantes datos de alta en dicha embarcación en esa fecha proporcionados por el Instituto Social de la Marina.

En caso de superación de las disponibilidades presupuestarias se ajustarán las cuantías a prorrata entre todos los beneficiarios por periodos mensuales.

La concesión de las ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolución de la concesión.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto: Otros datos.

Estas ayudas se acogen al régimen de minimis de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 717/2014, de la Comisión, de 27 de junio, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura. Una vez concedidas deberán ser anotadas en el Registro Español de Ayudas de minimis en el sector pesquero, regulado en el Real Decreto 1149/2011, de 28 de julio.

Madrid, 5 de junio de 2017.- La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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