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Documento BOE-B-2017-32568

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2017, páginas 39127 a 39128 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-32568

TEXTO

El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente,

Hace saber:

Que en los autos de Concurso de la mercantil (CIF B55547640), seguidos en este Juzgado con el n.º 483/2013-3, se ha dictado en fecha 30 de marzo de 2017 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de WANTU THE BRANDS YOU WANT, S.L. seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 483/13-3 a instancias de WANTU THE BRANDS YOU WANT, S.L. y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa.

Se declara la extinción de la mercantil WANTU THE BRANDS YOU WANT, S.L. (CIF B55547640) y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su dia, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administración concursal así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrese para ello el correspondiente mandamiento que será entregado a la Procuradora de la concursada, la Sra. López Cano, para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos, recordándole el deber de cumplir con las obligaciones que tiene encomendadas, respondiendo particulamente del régimen de publicidad del concurso, para lo que deberá proceder en el plazo de diez dias a su cumplimentación, con apercibimiento que de no hacerlo o no justificar las razones que se lo impiden en dicho plazo, se pondrá en conocimiento del Colegio de Procuradores para que, si resulta pertinente, se adopten las medidas sancionadoras oportunas.

Igualmente se librará mandamiento al Registro Público concursal para dar publicidad a la presente resolución, que será entregado a la Procuradora de la concursada para que cuide de su diligenciado.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Reus.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Don César Suárez Vázquez, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil n.º 1 Tarragona. Doy fe".

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 23 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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