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Documento BOE-B-2017-28796

Resolución de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo -Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio- del Gobierno de Cantabria, por la que se convoca concurso de registros mineros caducados.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 2017, páginas 34603 a 34607 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2017-28796

TEXTO

La Dirección General de Industria, Comercio y Consumo -Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio- del Gobierno de Cantabria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 53 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (Boletín Oficial del Estado número 176, de 24 de julio de 1973), ha resuelto convocar a concurso público (Expediente CRM-2/2017) el terreno franco comprendido en los registros mineros caducados que se relacionan:

NÚMERO

NOMBRE

SUPERFICIE

TERMINOS MUNICIPALES

s/nº

ALEJANDRINO

8,38 ha

Torrelavega

s/nº

AMBICIOSA

8,38 ha

Reocín

s/nº

ANTON

8,38 ha

Reocín

s/nº

ARQUIMEDES

8,38 ha

Torrelavega

s/nº

BARRENDERA

8,38 ha

Torrelavega

s/nº

BUENAVENTURA

8,38 ha

Reocín

s/nº

CENTINELA

8,38 ha

Torrelavega

s/nº

DESPABILADERAS

8,38 ha

Reocín

s/nº

DONOSTIARRA

8,38 ha

Reocín

s/nº

EDERRENA

8,38 ha

Reocín

s/nº

ELISA

8,38 ha

Reocín

s/nº

ESCONDIDA

8,38 ha

Reocín

s/nº

ESTRELLA

8,38 ha

Reocín

s/nº

IRUNDARRA

8,38 ha

Reocín

s/nº

LA QUESERA

8,38 ha

Reocín

s/nº

LIEJATARRA

8,38 ha

Torrelavega

s/nº

LUCIANA

8,38 ha

Torrelavega

s/nº

MANUELITA

8,38 ha

Reocín

s/nº

MAXIMINA

8,38 ha

Cartes

s/nº

PRIMERA

8,38 ha

Cartes

s/nº

RENTERIA

8,38 ha

Reocín

s/nº

SAN ENRIQUE

8,38 ha

Reocín

s/nº

SAN FEDERICO

8,38 ha

Torrelavega

s/nº

SAN JOAQUIN

8,38 ha

Reocín

s/nº

SAN ROQUE

8,38 ha

Reocín

s/nº

SAN TELMO

8,38 ha

Reocín

s/nº

SAN TIBURCIO

8,38 ha

Reocín

s/nº

SANTA MONICA

8,38 ha

Torrelavega

s/nº

TALAYERA DE BUENA VISTA

8,38 ha

Torrelavega

s/nº

TRES PUPILOS

8,38 ha

Cartes

s/nº

VEGUITA

8,38 ha

Torrelavega

s/nº

VENUS

8,38 ha

Torrelavega

185

OLVIDADA

8,38 ha

Cartes

200

ANTON-DEMASIA A

3,51 ha

Reocín

201

BERNARDINA-DEMASIA A

3,58 ha

Reocín

202

ARQUIMEDES-DEMASIA A

1,85 ha

Reocín

203

TALAYERA DE BUENA VISTA-DEMASIA A

1,38 ha

Reocín

204

SAN ROQUE-DEMASIA A

3,23 ha

Reocín

205

QUESERA-DEMASIA A

3,76 ha

Reocín

206

RENTERIA-DEMASIA A

0,76 ha

Reocín

207

DESPABILADERAS-DEMASIA A

2,89 ha

Reocín

208

DONOSTIARRA-DEMASIA A

1,38 ha

Reocín

211

AURORA

8,38 ha

Reocín

759

BERNARDINA

12 ha

Reocín

996

AUMENTO A ALEJANDRINO

12 ha

Torrelavega

1035

AUMENTO A VEGUITA

12 ha

Torrelavega

1221

AUMENTO A CENTINELA

11 ha

Torrelavega

3977

AUMENTO A IRUNDARRA

11 ha

Reocín

3978

AUMENTO A BERNARDINA

78 ha

Reocín

4047

SOPEÑIA

29 ha

Reocín

4047

SOPEÑIA-DEMASIA A

16,30 ha

Reocín

11273

CARLITOS

16 ha

Reocín

12662

EDERRENA-2ª DEMASIA A

8,68 ha

Reocín

12715

ESCONDIDA-DEMASIA A

8036 m2

Torrelavega

12755

SAN FEDERICO-DEMASIA A

11,40 ha

Torrelavega

13237

EL BURCO- DEMASIA A

14,07 ha

Reocín

13643

AUMENTO A IRUNDARRA- DEMASIA A

1,32 ha

Reocín

13645

AUMENTO A IRUNDARRA-2ª DEMASIA A

1,15 ha

Reocín

13733

AUMENTO A EDERRENA

4 ha

Reocín

14011

2º AUMENTO A ALEJANDRINO

5 ha

Torrelavega

14806

EDERRENA-DEMASIA A

1,28 ha

Reocín

14812

PRIMAVERA

45 ha

Santillana del Mar y Alfoz de Lloredo

14824

ESTIO

8 ha

Santillana del Mar y Alfoz de Lloredo

14870

AUMENTO AL BURCO

40 ha

Reocín

14890

OTOÑO

23 ha

Santillana del Mar y Alfoz de Lloredo

14891

QUIZAS

65 ha

Reocín

14907

AUMENTO AL BURCO-DEMASIA A

9,50 ha

Reocín

14911

QUIZAS-DEMASIA A

8,88 ha

Reocín

14949

MARILO

166 ha

Reocín

14992

AMPLIACION A PUEDE SER-DEMASIA A

12 ha

Reocín

14993

AMPLIACION A MARILO-DEMASIA A

10,59 ha

Reocín

15004

ESPERANZA

56 ha

Santillana del Mar y Alfoz de Lloredo

15083

ANA MARI

130 ha

Reocín

15085

MILAGRITOS

84 ha

Reocín

15462

TAL VEZ

280 ha

Reocín

15558

2º AUMENTO A BERNARDINA

265 ha

Torrelavega

15562

TERCER AUMENTO A BERNARDINA

104 ha

Torrelavega

15562

TERCER AUMENTO A BERNARDINA- DEMASIA A

615711,5 m2

Torrelavega

15566

PORVENIR

2678 ha

Santillana del Mar, Alfoz de Lloredo, Reocín y Cabezón de la Sal.

15570

CUARTO AUMENTO A BERNARDINA

339 ha

Santillana del Mar

15570

CUARTO AUMENTO A BERNARDINA- DEMASIA A

768989,50 m2

Santillana del Mar

15571

AUMENTO A PORVENIR

2169 ha

Santillana del Mar, Alfoz de Lloredo y Reocín

15574

AMPLIACION CUARTO AUMENTO A BERNARDINA

281 ha

Torrelavega, Reocín

15695

ALTAMIRA

391 ha

Santillana del Mar

15702

AMPLIACION AUMENTO A PORVENIR

240 ha

Santillana del Mar

15702

AMPLIACION AUMENTO A PORVENIR- DEMASIA A

443089,43 m2

Santillana del Mar

15760

MARUJITA

46 ha

Cartes

15935

MARIA LUISA

634 ha

Reocín, Suances, Santillana del Mar,

15935

MARIA LUISA- DEMASIA A

761297 m2

Santillana del Mar

16225

Mª TERESA

39 cuadrículas

Suances, Santillana del Mar

16306-1

SPAT- 1ª Fracción

18 cuadrículas

Suances, Santillana del Mar

16306-4

SPAT- 4ª Fracción.

1 cuadrícula

Suances

16503

PALOMA

5 cuadrículas

Cartes, Reocín, Mazcuerras

La superficie objeto de concurso se publicará en la página web de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo (www.dgicc.cantabria.es/web/direccion-general-industria/informacion2).

BASES:

1.- Presentación de ofertas

Las solicitudes, en las que se hará constar la razón social o el nombre y apellidos del peticionario, su vecindad y domicilio, así como la referencia identificativa del concurso de que se trata, deberán presentarse en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio del Gobierno de Cantabria, en el registro auxiliar de la Secretaría General de la citada consejería (c/ Albert Einstein, 2, 39011-Santander), o por cualquier otro medio de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes irán acompañadas de dos sobres cerrados y debidamente numerados en los que se indicará la personalidad del solicitante.

En el sobre primero se deberá incluir:

a) Documentación acreditativa de la capacidad de obrar del solicitante que, en el caso de persona jurídica, deberá ser la escritura pública o documento de constitución o actualización, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda. Cuando el solicitante no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, deberá presentar poderes del representante o copia compulsada del documento que reglamentariamente lo sustituya.

La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el apartado anterior se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del concurso.

b) En caso de que no se aporten los documentos que acrediten la identidad del solicitante, así como el cumplimiento de las obligaciones de pago con Hacienda y con la Seguridad Social, se entenderá que autorizan al órgano gestor del presente concurso a recabar dichos datos de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

c) Justificante de la fianza del 10% del depósito previsto según la Orden de 15 de enero de 2004, por la que se actualizan los depósitos preceptivos para la tramitación de solicitudes de derechos mineros (Boletín Oficial de Cantabria, número 17, de 27 de enero de 2004). El cálculo del citado importe se realizará a partir del número de cuadrículas solicitadas.

En el sobre segundo se deberá incluir:

a) La designación del terreno que se pretende, que podrá ser la totalidad del designado en el anuncio del concurso o una parte del mismo, con el mínimo de una cuadrícula, expresada en la forma establecida en los artículos 98 y 99 del Reglamento General para el Régimen de la Minería y definido por cuadrículas mineras referidas al meridiano de Greenwich (sistema geodésico ETRS89).

b) Dos ejemplares, en papel y en soporte digital (formato pdf) de los documentos exigidos en artículo 66 (apartados c y d) del mismo reglamento y que se refieren a la forma de presentación y contenido del proyecto de investigación, y al estudio económico de financiación y garantías que se ofrecen sobre su viabilidad.

2.- Apertura y admisión de ofertas

La apertura y admisión de solicitudes se realizará por una Mesa que se constituirá, en la forma legalmente establecida, en la fecha, hora y lugar que se indicará en la página web de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo (www.dgicc.cantabria.es/web/direccion-general-industria/informacion2). Podrán asistir a la apertura de ofertas quienes hubieran presentado peticiones, o sus representantes debidamente acreditados.

Constituida la Mesa en la fecha prevista, procederá a la apertura de los sobres en el orden habitual para eliminar, en su caso, las solicitudes rechazables a causa del solicitante o del resguardo de la fianza.

3.- Resolución del concurso

La resolución del concurso corresponderá a la Mesa que levantará acta (se publicará en la página web antes citada) y se notificará a todos los participantes, los cuales dispondrán de la opción de recurso en la forma legalmente establecida. En ningún caso podrá declararse desierto el concurso si se hubiera presentado alguna oferta conforme a las normas establecidas en la convocatoria; si después de celebrado este quedaran terrenos sin adjudicar, la Administración Minera declarará el terreno franco y registrable y procederá a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Santander, 9 de mayo de 2017.- Raúl Pelayo Pardo, Director General de Industria, Comercio y Consumo.

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