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Documento BOE-B-2017-28548

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 11 de mayo de 2017, páginas 34207 a 34207 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-28548

TEXTO

EDICTO

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

1º.- Que en SECCIÓN I DECLARACIÓN DE CONCURSO 0000079/2017, seguido en este órgano judicial con NIG 15030 47 1 2017 0000168 se ha dictado en fecha 29 de marzo de 2017 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO de YEBERENCIA, Sociedad Limitada. con CIF B-70142831 cuyo centro de intereses principales lo tiene en AVDA. PONTE DA PEDRA, Nº 18, 1º C, Carballo.

2º.- Se ha acordado la INTERVENCIÓN de las facultades de Administración y disposición del deudor.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en articulo 85 de la Ley Concursal, será de un mes, desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: D. Carlos Alberto García Novio con DNI 33.278.881-C, Letrado con domicilio profesional en Rúa do Ameneiral, 18, P.1 1º A Ames. Teléfono.- 981-89.10.61 Fax.- 981-88.49.09 y correo electrónico.- carlos@ferronovioabogados.com

5º.- Que los acreedores e interesados que desen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

A Coruña, 12 de abril de 2017.- El letrado de la Administración de Justicia.

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