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Documento BOE-B-2017-10644

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 20 de febrero de 2017, páginas 12522 a 12522 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-10644

TEXTO

Edicto

Don José Vela Pérez, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hago saber: Que en este Juzgado y en los autos de referencia se ha dictado en el día de la fecha resolución que, en su parte interesante, es del tenor siguiente:

PARTE DISPOSITIVA:

SE ACUERDA la conclusión del concurso de la entidad mercantil TRANS C.A.S.O. CARDEDEU, S.L., con C.I.F.-B-61456257, con domicilio social en la calle Mergé Rodoreda, n.º 7, de la localidad de Llinars del Valles (Barcelona), inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al tomo 30098, folio 117, hoja B-164514; y el archivo de las actuaciones.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, teniendo por cesados en sus funciones a sus integrantes, recuperando la concursada su plena capacidad de administración y disposición de sus bienes.

Pueden los acreedores iniciar o continuar ejecuciones singulares contra el deudor, en tanto no se acuerde la reapertura o se declare nuevo concurso.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, a los administradores concursales y mediante edictos, que se publicarán en el Registro Público Concursal, haciéndose entrega del mismo al Procurador solicitante a fin de que cuide de su curso y gestión, y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Líbrese oficio al Juzgado Decano de Barcelona.

Se decreta la extinción de la sociedad TRANS C.A.S.O. CARDEDEU, S.L. Remítase mandamiento al Registro Mercantil de Barcelona a fin de que procedan al cierre de la hoja de inscripción de la concursada, haciéndose entrega del mismo al Procurador solicitante a fin de que cuide de su curso y gestión.

Quede en las actuaciones testimonio de la presente resolución, llevando el original al libro de Autos originales.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo manda y firma el Magistrado Juez Francisco Javier Fernández Álvarez del Juzgado Mercantil 6 Barcelona; de lo que doy fe.

Y para que sirva de publicidad a los efectos acordados en la misma, libro el presente.

Barcelona, 14 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.

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