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Documento BOE-B-2016-35217

Resolución, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, de 11 de julio, por la que se otorga la autorización administrativa y la aprobación del proyecto ejecutivo del desplazamiento del gasoducto RAB-00 por las obras del nuevo acceso viario al Puerto de Barcelona en el término municipal de Cornellà de Llobregat y sustitución nudo de válvulas VS-338-00 (Ramal La Seda) en el término municipal de L'Hospitalet de Llobregat. (Exp. DICT08-00022893/2015).

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 21 de julio de 2016, páginas 43289 a 43292 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2016-35217

TEXTO

Hechos

1. En fecha 12 de agosto de 2015, el señor Avelino Arduengo González, en nombre y representación de la empresa Gas Natural Distribución SDG, S.A., con CIF A63485890 y domicilio social en plaza del Gas, 1, 08003, Barcelona, solicitó a esta Dirección General de Energía, Minas y Seguridad la autorización administrativa y la aprobación del proyecto ejecutivo del desplazamiento del gasoducto RAB-00 por las obras del nuevo acceso viario al Puerto de Barcelona en el término municipal de Cornellà de Llobregat y sustitución nudo de válvulas VS-338-00 (Ramal La Seda) en el término municipal de L'Hospitalet de Llobregat.

2. En fecha 5 de octubre de 2015, se remitieron las correspondientes separatas del proyecto técnico al Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat, al Ayuntamiento de Cornellà del Llobregat, a ADIF, a los Ferrocarriles de la Generalitat de Cataluña, al Ministerio de Fomento, y a la Agencia Catalana del Agua. Todos los organismos antes mencionados salvo el Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat y el Ayuntamiento de Cornellà emitieron informe con condicionantes que fueron aceptados por la empresa beneficiaria.

Respecto a los Ayuntamientos de Hospitalet de Llobregat y de Cornellà del Llobregat se reiteró, de acuerdo con el artículo 80 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, sin recibir contestación; por lo que, de acuerdo con dicho artículo, se entiende la conformidad con la autorización de estas instalaciones, sin perjuicio de las autorizaciones que le correspondan otorgar.

3. En fecha 21 de abril de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat, DOGC núm. 7104, el anuncio de información pública sobre la autorización administrativa, aprobación del proyecto ejecutivo del desplazamiento del gasoducto RAB-00 por las obras del nuevo acceso viario al puerto de Barcelona el término municipal de Cornellà de Llobregat y sustitución de nudo de válvulas VS-338-00 (ramal la Seda) en el término municipal de Hospitalet de Llobregat. El 21 de mayo de 2016 se publicó este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, BOE núm. 123. El 15 de junio de 2016 se publicó este anuncio en los diarios "El País" y el diario "El Punt Avui". Este anuncio también fue expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat y en el de Cornellà del Llobregat. Como consecuencia de este anuncio no se ha presentado ningún tipo de alegación

Fundamentos de Derecho

1. El artículo 73 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, establece que están sujetos a autorización administrativa la construcción, modificación, explotación y cierre de las instalaciones de distribución de gas natural, por otra parte, el Título IV del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, regula el procedimiento de autorización de las instalaciones de almacenamiento, regasificación, transporte y distribución de gas natural

2. El artículo 84 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, determina que se dé traslado del proyecto a los diversos organismos afectados para que emitan el correspondiente informe y el artículo 78 establece que la solicitud de autorización administrativa se someterá al trámite de información pública durante un plazo de veinte días.

3. La instrucción técnica complementaria ITC-MIG-5.1 de la Orden de 18 de noviembre de 1974, que aprueba el Reglamento de Redes y acometidas de gases combustibles, modificado posteriormente por las Órdenes de 26 de octubre de 1983, de 9 de marzo y 29 de marzo, establece las condiciones técnicas de las canalizaciones de gas para presiones superiores a 16 bares.

4. El Decreto 120/1992, de 28 de abril (DOGC núm. 1606, de 12.06.1992), regula las características que deben cumplir las protecciones a instalar entre las redes de diferentes suministros públicos que discurren por el subsuelo y se desarrolla en la Orden de 5 de julio de 1993 (DOGC núm. 1782, de 11.8.1993)

Cumplidos los trámites previstos en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña y de acuerdo con las competencias atribuidas por el artículo 150 del Decreto 63/2015, de 28 de abril, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo, y demás disposiciones de general aplicación, actualmente denominado Departamento de Empresa y Conocimiento, de acuerdo con el Decreto 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalitat de Cataluña,

Resuelvo:

1. Otorgar a Gas Natural Distribución SDG, S.A., la autorización administrativa para el desplazamiento del gasoducto RAB-00 por las obras del nuevo acceso viario al Puerto de Barcelona en el término municipal de Cornellà de Llobregat y sustitución nudo de válvulas VS-338-00 (Ramal La Seda) en el término municipal de L'Hospitalet de Llobregat.

2. Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones con las siguientes características principales:

Red desplazada.

Longitud: diámetro y matrial: 325 m, 16 '', acero (UNE EN 10208-2).

Caudal: 140.000 m³ (n)/h.

Presión de servicio: 36 bar.

Nudo de válvulas.

Longitud: 12 m, 16 m, 7m, 2 m.

Diámetro: 16 '', 8 '', 3 '' y 2 ''

Material: Acero (UNE EN 10208-2).

Presión de servicio: 36 bar.

By-Pass.

Longitud: 20 m.

Diámetro: 4''.

Material: Acero (UNE EN 10208-2).

Presión de servicio: 36 bar.

Presupuesto: 227.038,76 euros.

Esta autorización se otorga con las siguientes condiciones:

1. El peticionario comunicará a la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial la fecha de inicio de las obras, la realización de las pruebas y cualquier incidencia relevante, a efectos de realizar en su caso, las comprobaciones y pruebas necesarias en relación al cumplimiento de esta resolución.

2. La empresa Gas Natural Distribución SDG, S.A., constituirá en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC, una fianza por valor de 4.540,77 euros, equivalente al 2% del importe del presupuesto que figura en el proyecto técnico de las instalaciones presentado, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, de acuerdo con el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y el artículo 82 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Esta fianza se depositará en la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Cataluña, a disposición del director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, con valores del Estado, aval bancario o en metálico, según lo dispuesto en artículo 11.3 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, o mediante contrato de seguro concertado con entidades de seguros de las sometidas a la Ley 30/1995, de 11 de noviembre.

En el plazo de un mes desde la constitución de la fianza mencionada, la empresa autorizada deberá acreditar documentalmente, ante la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, el depósito efectuado.

La fianza se devolverá a la empresa cuando, una vez autorizadas y construidas las instalaciones en los plazos fijados en esta Resolución, la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial formalice el acta de puesta en servicio de las instalaciones autorizadas.

3. Las instalaciones objeto de esta autorización administrativa se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en el proyecto presentado por la empresa solicitante, así como las condiciones y características que deben cumplir las protecciones a instalar entre las redes de otros suministros públicos que puedan resultar afectadas por las redes de gas natural incluidas en las instalaciones de gas canalizado objeto de esta autorización, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 120/1992, de 28 de abril, del Departamento de Industria y Energía, por el que se regulan las características que deben cumplir las protecciones a instalar entre las redes de diferentes suministros públicos que discurren por el subsuelo (DOGC núm. 1606, de 12.06.1992) y la Orden de 5 de julio de 1993, que lo desarrolla (DOGC núm. 1782, de 11.08.1993).

4. El solicitante asegurará el mantenimiento y la vigilancia de las instalaciones durante la ejecución del proyecto.

5. Los cruces especiales y otras afectaciones de los bienes de dominio público se harán de acuerdo con las condiciones técnicas impuestas por los organismos competentes afectados.

6. El peticionario deberá solicitar la autorización administrativa correspondiente para realizar cualquier modificación del proyecto aprobado.

7. El plazo para llevar a cabo las instalaciones y su puesta en servicio será de 2 años, contados desde la fecha de notificación de esta Resolución.

8. Esta autorización quedará sin efecto por cualquiera de las causas señaladas en el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por incumplimiento de las condiciones estipuladas, por facilitar datos inexactos y por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

La presente autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros, con independencia de las autorizaciones, licencias y otros permisos de competencia municipal, provincial u otros que sean necesarios para la realización de las instalaciones autorizadas.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, en el plazo máximo de un mes a partir de día siguiente de la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 11 de julio de 2016.- El Jefe del Servicio de Hidrocarburos, Pau de la Cuesta González.

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