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Documento BOE-B-2016-35106

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 21 de julio de 2016, páginas 43126 a 43126 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-35106

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento número 103/2016, referente al deudor Bowling Aljarafe, S.L., por Auto de fecha seis de julio de dos mil dieciséis se ha acordado lo siguiente:

1.- La conclusión del proceso concursal de Bowling Aljarafe, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 103/2016. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.

3.- La declaración de extinción de la sociedad Bowling Aljarafe, S.L. y el cierre de su hoja en el Registro para su constancia.

4.- Notificar el extracto de la referida resolución en el BOE, declarando, en el presente caso, que se lleve a efecto de forma gratuita.

Sevilla, 7 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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