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Documento BOE-B-2016-27425

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 14 de junio de 2016, páginas 33715 a 33715 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-27425

TEXTO

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000467/2015, a instancias de D./Dña. Guillermo Molleja Cabanas, se ha dictado Auto el día 17 de marzo de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D./Dña. Guillermo Molleja Cabanas, con DNI, n.º 33529432D, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. Pablo de la Vega Viñambres, como abogado y economista, el cual ha designado como domicilio postal el de la plaza Hurtado de Mendoza, n.º 1, 1.º izquierda, Las Palmas de Gran Canaria. Teléfono-fax 928 433 690, e-mail 4911@icalpa.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la suspensión.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente.

Las Palmas de Gran Canaria, 2 de junio de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

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