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Documento BOE-B-2016-24470

CERDANYOLA DEL VALLÈS

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 4 de junio de 2016, páginas 30318 a 30318 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2016-24470

TEXTO

D.ª Maria Ruiz Bernal, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Cerdanyola del Vallés en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento concurso consecutivo número de autos 110/2016, con NIG 08019 – 42 – 1 – 2015 – 8246212 por auto de fecha de 5 de abril de 2016, se ha declarado en concurso consecutivo voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado a los cónyuges Rosa Maria Pallach Comas con N.I.F.: 37615604R y Antonio Roca Roca con N.I.F. Nº 37652222A, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dirección y localidad de residencia del deudor.

2.º Que los deudores quedan suspendidas en sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administraciónconcursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados enel art. 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la últimapublicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". Se hace constar que la publicidad será gratuita en todo caso.

4.º A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Gonzalo de Parellada Prous, con domicilio profesional c/ Provenza 214 5.º Barcelona (Barcelona) y la dirección de correo electrónico es g.parellada@praxislf.com, a fin de que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5º. La declaración de concurso abre la fase común y, asimismo, la apertura de la fase de liquidación.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en elprocedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal)

Cerdanyola del Vallés, 11 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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