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Documento BOE-B-2016-22520

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 25 de mayo de 2016, páginas 27904 a 27904 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-22520

TEXTO

Edicto

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 30/2016 (N.I.G. 33044 47 1 2016 0000010) el Sr. Magistrado Don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 18 de abril de 2016, auto que no es firme, declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Ganadería Rodríguez Rey, Sociedad Civil con C.I.F.: G-74227851 y con domicilio en Urbanización La Vega s/n, Salas, Asturias.

2.º En dicho procedimiento se ha nombrado como Administrador Concursal a María Montoto García, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el domicilio sito en Pasaje Álvarez Buylla 12, entresuelo izquierda, Oviedo (33003), así como la siguiente dirección electrónica: att2350@icaoviedo.es, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencia que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: De lunes a jueves de 09:30 a 13:30 horas y de 16:30 a 20:30 y los viernes solo en horario de mañana.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.E., y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha fijado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de los deudores sobre su patrimonio.

Oviedo, 27 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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