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Documento BOE-B-2016-17189

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2016, páginas 21452 a 21453 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-17189

TEXTO

EDICTO

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 1 de A Coruña,

Por el presente, hago saber: Que en este Órgano Judicial se tramita la Sección I Declaración Concurso nº 24/2014 seguido a instancias del procurador D. José Luis Castillo Villacampa, sobre Concurso Voluntario Abreviado nº 24/2014 de la entidad concursada "INVERSIONES CAMPORREDONDO, S.L.", en los que ha recaído la siguiente resolución de fecha 8 de marzo de 2016, que se reproduce en extracto:

AUTO

En A Coruña, a 8 de marzo de 2016.

HECHOS

Primero.- Por la administración concursal se solicitó la conclusión del presente concurso, al amparo de lo dispuesto en el art. 152.2 LC por haber concluido la liquidación de los bienes y derechos de la concursada, presentando informe de rendición de cuentas, de todo lo cual por resolución de 30 de diciembre de 2015 se dio traslado a la deudora y demás partes personadas para que pudiesen formular oposición en el plazo de quince días.

Segundo.- Ha transcurrido el plazo concedido sin que por las partes se realizara alegación alguna al respecto.

DISPONGO:

Declarar la conclusión del concurso voluntario de INVERSIONES CAMPORREDONDO, S.L., domiciliada en A Coruña, calle Nelson Mandela, nº 8, entreplanta, Perillo-Oleiros, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:

1.- Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

2.- Procederá la extinción de la entidad INVERSIONES CAMPORREDONDO, S.L. y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.

Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE.

Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.

Así lo acuerda manda y firma el Nuria Fachal Noguer, Magistrada-Juez en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de A Coruña, doy fe.

LA JUEZ EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.

A Coruña, 9 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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