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Documento BOE-B-2016-14992

Anuncio de la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto y reconocimiento en concreto de la utilidad pública del proyecto denominado: "Suministro de gas natural al polígono industrial Los Espartales, en el término municipal de La Rinconada (Sevilla). Expediente n.º 275.587".

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 16 de abril de 2016, páginas 18712 a 18715 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2016-14992

TEXTO

Fundamentos de Derecho

A los efectos previstos en los artículos 55 y 67 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; el RD 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11 y el Real Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles, en cuanto que no se oponga al citado RD 919/2006, así como el Decreto de La Presidenta de la Junta de Andalucía 12/2015, de de 17 de junio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 210/2015 de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio; la Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, por la que se delegan competencias a las Delegaciones Provinciales, y en general la aplicación del Título IV del RD 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; esta Delegación Territorial somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, así como el reconocimiento, en concreto, de su utilidad pública que se detalla a continuación:

Peticionario: GAS NATURAL ANDALUCÍA S.A., con C.I.F. A-41.225.889, y domicilio a efectos de notificaciones en Sevilla, Polígono Industrial Pineda, Ctra. N-IV, calle E, parcela 4. (C.P. 41.012).

Objeto de la petición: Autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, reconocimiento en concreto de la utilidad pública, de la instalación denominada "SUMINISTRO DE GAS NATURAL AL POLIGONO INDUSTRIAL LOS ESPARTALES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE LA RINCONADA (SEVILLA)".

Descripción de las instalaciones: Las canalizaciones de gas para suministro de gas natural al Polígono Industrial Los Espartales, tiene su inicio en la conexión con la red en proyecto de polietileno DN 110 y presión MOP de 4 bar en el Polígono Industrial Aerópolis. La nueva canalización de las mismas características que la red de la que parte, conectará con la canalización en proyecto en el punto indicado en los planos. A partir de aquí la red en diámetro 110 discurrirá paralela al Arroyo Espartales fuera de la zona de servidumbre. Realizará un primer cruce aéreo en el arroyo antes de su entrada al Polígono Industrial Los Espartales. Continuará por la calle Finca Espartales dentro del mismo polígono industrial en dirección a las instalaciones industriales de Coca-Cola. Realizará un segundo cruce aéreo del Arroyo Espartales antes de finalizar en la entrada de la planta Industrial de Coca-Cola.

Presión de la canalización: MOP‹16 bar.

Tubería: Polietileno PE 100 e: SDR 17,6, Longitud: 1.600 m y Diámetro: 110

Tubería: Acero GrL245, e: 3,6, Longitud: 65 m y Diámetro: 4".

Longitud del gasoducto: 617 metros.

Instalaciones auxiliares: Válvulas de seccionamiento y acometida y los sistemas de protección catódica.

Presupuesto: Sesenta y siete mil ochocientos treinta y nueve euros con cuarenta y ocho céntimos (67.839,48 eur).

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

Afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción del proyecto y sus instalaciones auxiliares:

Uno.- Expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de instalación fija en superficie.

Dos.- Para las canalizaciones:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso de gas a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de tres metros, 1,5 metros a cada lado del eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas. Esta servidumbre que se establece estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio:

1.-Prohibición de efectuar trabajos de cava, arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos de tallo alto.

2.-Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación, movimiento de tierras o efectuar acto alguno que rebaje cota del terreno o pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento de la instalación.

3.-Libre acceso del personal y equipos necesarios para la vigilancia y para mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4.-Posibilidad de instalar hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para ello.

B) Contigua a la zona de servidumbre permanente antes detallada existe una zona de seguridad, definida en UNE 60-305-83, que se extiende hasta cinco metros a cada lado del eje de la tubería, en la cual la ejecución de excavaciones u obras pueden representar un cambio en las condiciones de seguridad de canalización y en la que no se dan las limitaciones anteriores ni se prohíben las obras incluidas como prohibidas en la zona de servidumbre de paso, siempre que se informe previamente al titular de la instalación para la adopción de las acciones oportunas que eviten los riesgos para la canalización.

C) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la franja que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta Zona se hará desaparecer temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos.

Tres.- Para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de la protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un metro de ancho, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión. Para los lechos dispersores de la protección catódica, la franja de terreno, donde se establece la imposición de servidumbre permanente de paso, tendrá como anchura, la correspondiente a la de la instalación más un metro a cada lado. Estas franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones:

- Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a un profundidad superior a cincuenta centímetros, a plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo de obras, construcción o edificación a una distancia inferior a metro y medio, a cada lado del cable de conexión o del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a distancia inferior a la indicada.

- Libre acceso del personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago en su caso, de los daños que se ocasionen.

B) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación, y en la que se podrá hacer desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

La declaración en concreto de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los afectos del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que puedan examinar el expediente en esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Sevilla, sita en Av. de Grecia, s/n. 41012 - Sevilla, así como los planos parcelarios, y presentar por triplicado, en esta Delegación Territorial, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio.

EL DELEGADO TERRITORIAL

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS

PROYECTO: SUMINISTRO DE GAS NATURAL AL POLIGONO INDUSTRIAL LOS ESPARTALES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE LA RINCONADA (SEVILLA)

TÉRMINO MUNICIPAL DE: LA RINCONADA

Abreviaturas utilizadas: SE: m2 –Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m2 -Ocupación temporal; Pol: Poligono; PAR: Parcela

Nº Finca

Titular

Domicilio

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

SE-RI-01

CRESPO CAMINO EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS S.A.

C/ Progreso, 20. Bloque 1 – C.P.: 41013 (Sevilla)

0

1908

5087

6869401T64466N0001LO

Urbano

SE-UT-2

DIRECCIÓN GENERAL DEL PATRIMONIO DEL ESTADO. MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

C/ Alcalá, 9. – C.P.: 28014 (Madrid)

2

739

1947

11

5

Improductivo

Sevilla, 16 de marzo de 2016.- El Delegado Territorial, Juan Borrego Romero.

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