El Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (Lc), anuncia:
La conclusión del Concurso Voluntario de la mercantil CISNE OUTSOURCING, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL, seguido bajo el nº de autos 216/2009, por inexistencia de bienes y derechos con los que integrar la masa activa del concurso.
Cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los Acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos.
2º. - Que se procede al cese en su cargo del Administrador Concursal nombrado en su día:
D. Gregorio de la Morena Sanz.
Madrid, 26 de octubre de 2015.- Letrado de la Admón. de Justicia.
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