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Documento BOE-B-2015-32348

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2015, páginas 45164 a 45164 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-32348

TEXTO

EDICTO

D.ª María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado Sección I Declaración Concurso con el nº 328/2015 se ha dictado a instancias del Procurador José Ramón Curbera Fernández, en nombre y representación de Dña. María del Carmen Varela-Grandal Conde, en fecha quince de octubre dos mil quince Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Dña. María del Carmen Varela-Grandal Conde, con D.N.I. núm. 36.063.622-J, con domicilio en Vigo, López Mora, núm. 9 - 5º B.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

3º.- Se nombra administrador concursal al abogado D. Julio César Dorado Calviño, con D.N.I. 36.134.130-A, con domicilio profesional en Vigo, C/ Uruguay, núm. 2, 3º Izquierda, C.P. 36201, y con la dirección de correo electrónico: jdorado@tederabogados.com.

4º.- Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal, en la dirección de correo electrónica que consta en el edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado, la existencia de sus créditos, con la documentación acreditativa de los mismos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este auto de declaración de concurso en el referido Boletín, haciendo saber a los acreedores que, sin perjuicio de ello, podrán personarse en el concurso mediante escrito a presentar ante el Juzgado suscrito por Abogado y Procurador.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº. 184.3 Ley Concursal).

Vigo, 15 de octubre de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.

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