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Documento BOE-B-2015-17303

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 30 de mayo de 2015, páginas 24065 a 24065 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-17303

TEXTO

Edicto

D./Dña. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 0000157/2015, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. IVO BAEZA STANICIC, en nombre y representación de la entidad mercantil CABRITO, S.L. con C.I.F.: B-35822667, se ha dictado auto el día 11 de mayo de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la entidad mercantil CABRITO, S.L. con CIF n.º B35822667, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal, el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal.

Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. Ricardo Lagares Pérez, como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal en la c/ Canalejas, n.º 29-Bajo - 35003 de Las Palmas de Gran Canaria y código postal 35003, teléfono 928 38 21 48 y fax 928 38 14 05, así como dirección electrónica: rlagares@lagares-abogados.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 15 de mayo de 2015.- Secretario Judicial.

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