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Documento BOE-B-2014-7036

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2014, páginas 9025 a 9025 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-7036

TEXTO

Edicto

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 151/2013 seguido a instancia de CC.PP. Garajes Luis Montoto, 125, frente a Blasreisa, Sociedad Anonima, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia núm. 160/2013.

En Sevilla, a veinticuatro de junio de dos mil trece.

Vistos por don Antonio Jesús Cubero Gómez, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 20 de los de Sevilla y su partido judicial, los presentes autos del juicio verbal número 151/2013, seguidos a instancia de La Comunidad de Propietarios de Garajes de la Calle Luis Montoto, n.º 125, de Sevilla, representada por el Procurador don Clemente Rodríguez Arce y asistida por el Letrado don Juan Antonio Navas Córdoba; contra Blasreisa, S.A., en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, de acuerdo con los siguientes:

Fallo

Que estimando en parte la demanda interpuesta por el Procurador don Clemente Rodríguez Arce en nombre y representación de La Comunidad de Propietarios de Garajes de la Calle Luis Montoto, n.º 125, de Sevilla, contra Blasreisa, S.A.,

Primero.- Condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de ochocientos noventa euros con setenta y cuatro céntimos (890,74).

Segundo.- Asimismo la condeno a abonar a la actora un interés anual igual al interés legal del dinero, que se incrementará en dos puntos desde la fecha de esta resolución, computado sobre la suma objeto de condena desde el día 18 de enero de 2013 hasta su completo pago.

Tercero.- Absuelvo a la demandada de los demás pedimentos formulados contra ella.

Cuarto.- Todo ello se entiende sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales.

Esta resolución es firme, pues contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, en el día de la fecha y hallándose celebrando Audiencia Pública por ante mi, doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Blasreisa, Sociedad Anónima, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Sevilla, 18 de julio de 2013.- El/La Secretario/a judicial.

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