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Documento BOE-B-2014-4096

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2014, páginas 5203 a 5203 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-4096

TEXTO

Edicto

Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita los concursos 927/13-F, 928/13-F, 929/13-F, 930/13-F, 931/13-F, en los que se ha dictado con fecha 13-01-14, auto declarando en estado de concurso voluntario abreviado a las empresas Ceramiques Estructurals Manresanes, S.L. (927/13-F) con CIF B-62393871 y domicilio en Barcelona, Castellbisbal, carretera Castellbisbal-Terrassa, Kilómetro 5,6; Tecasa Tabiques, S.L. (928/13-F) con CIF B-64626476 y domicilio en Barcelona, Castellbisbal, carretera Castellbisbal-Terrassa, Kilómetro 5,6 y Fantini Scianatico Ibérica, S.A. (931/13-F) con CIF A-63746275 con domicilio en Barcelona, Castellbisbal, carretera Castellbisbal-Terrassa, Kilómetro 5,6 y en estado de concurso voluntario ordinario a las empresas Ceramiques Estructurals de Llinars, S.L. (929/13-F) con CIF B-62393863 con domicilio en Barcelona, Castellbisbal, carretera Castellbisbal-Terrassa, Kilómetro 5,6 y Ceramiques Estructurals del Penedes, S.A. (930/13-F) con CIF A82674516 con domicilio en Barcelona, Castellbisbal, carretera Castellbisbal-Terrassa, Kilómetro 5,6 con sus facultades intervenidas.

Se ha nombrado Administrador Concursal a Insolnet Administradores Concursales, S.L.P. quien ha designado para que ejerza las funciones de Administrador Concursal a don Jordi Castells Llavines, siendo Economista, quien en fecha 20/01/14 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal Via Augusta, 29, 5.º, 08006 Barcelona y dirección electrónica creditors@insolnet.es

Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada.

Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta.

Barcelona, 22 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

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