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Documento BOE-B-2014-20306

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 7 de junio de 2014, páginas 26972 a 26972 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-20306

TEXTO

D. José Luis Garrido de Frutos, Secretario/a Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1º.- Que en la Sección I Declaración Concurso 0000144/2014, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 2 de junio de 2014, Auto de Declaración de Concurso de Bon Uxiol, S.L., con CIF B-57.426.413, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle de la Maquinaria, n.º 4, 1.º, 10, de Palma de Mallorca.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes, desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad de la administración concursal es la siguiente: José María Elola Elizalde. La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: calle Balanguera, n.º 6, local bajo, 07011 de Palma de Mallorca. La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: concursos@abogaconcursos.com.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Palma de Mallorca, 4 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

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