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Documento BOE-B-2014-20257

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 7 de junio de 2014, páginas 26919 a 26919 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-20257

TEXTO

Juzgado de Primera Instancia numero 44. Procedimiento Ordinario 810/2013

Edicto

En el presente procedimiento seguido a instancia de Luis José Augusto Casimiro Dos Santos frente a Broadspire Crawford & Company, S.A. e Incalo 2, S.L. se ha dictado sentencia con fecha 30/1/2014, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Fallo.- Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por el Procurador don José Miguel Martínez Fresneda Gambra, en nombre y representación de don Luis José Augusto Casimiro Dos Santos contra la entidad "Broadspire Crawford & Company, S.A." (como plataforma y representante de la aseguradora Alpha Insurance A/S), representada por la Procuradora doña María Asunción Sánchez González y contra la entidad "Incalo 2, S.L." (como sociedad de agencia de suscripción de Alpha Insurance A/S) y en consecuencia, debo absolver y absuelvo a "Incalo 2, S.L." de todas las pretensiones formuladas en su contra, imponiendo a la parte actora las costas causadas a la misma. Por otra parte debo condenar y condeno a "Broadspire Crawford & Company, S.A." a abonar a la actora la suma de 26.500 €, más los intereses legales correspondientes previstos en el artículo 20 de la LCS, desde la fecha del siniestro, condenando igualmente a la misma al abono de las costas causadas a la parte actora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá certificación a los autos correspondientes, lo pronuncio, mando y firmo

Publicación.-Dada, leída y publicada que fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrada Juez que la suscribe en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe."

Y encontrándose dicho demandado, Incalo 2, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Madrid, 7 de mayo de 2014.- El/La Secretario judicial.

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