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Documento BOE-B-2014-165

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2014, páginas 198 a 198 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-165

TEXTO

Edicto

Juzgado de lo Mercantil número 2,

En el procedimiento de concurso abreviado de la mercantil Jardinería Sotogarden, S.L., seguido en este Juzgado al número 287/13, se ha acordado la publicación del presente edicto, por la resolución de fecha 15 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva dice:

Acuerdo:

1. Se aprueba el plan de liquidación en los términos presentados por el Administrador Concursal de la entidad en concurso.

En lo no previsto en el plan de liquidación se aplicarán las normas legales supletorias (art. 149 LC).

2. Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.

3. En caso de suspenderse las operaciones de liquidación con motivo de las imputaciones del inventario o de la lista de acreedores, se podrá requerir a los impugnantes para que presten una caución que garantice los posibles daños y perjuicios por la demora.

4. Anunciar por edictos la aprobación del plan de liquidación, que se fijará en el BOE, en el Registro Público Concursal cuando se encuentre operativo, y tablón de anuncios de la oficina judicial (artículos 23 y 144 de la LC) preferentemente por vía telemática.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

Inscríbase en la hoja abierta a la entidad en el Registro Mercantil este auto aprobando el plan de liquidación (art. 24.2 LC).

5. Fórmese la sección sexta que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y del informe del Administrador concursal (artículo 167.1 LC).

Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución acordando la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

6. Notificar la presenta resolución al deudor y a los acreedores personados.

Bilbao (Bizkaia), 15 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

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