Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-41615

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 3 de diciembre de 2012, páginas 56475 a 56475 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-41615

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 642/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Grupo Inversor Punta Galera, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.-Concurso voluntario 642/2012, Sección C5.

NIG del procedimiento.-0801947120128004460.

Entidad concursada.-Grupo Inversor Punta Galera, S.L., con CIF n.º B62669460.

Tipo de concurso.-Voluntario.

Fecha del auto de declaración.-23 de octubre de 2012.

Administrador/es concursal/es.-Doña Jordi Gras Sagrera con correo electronico Jordi.GrasiSagrera@es.ey

Facultades del concursado.-Intervenidas.

Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 9 de noviembre de 2012.- La Secretaria judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid