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Documento BOE-B-2012-33293

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 4 de octubre de 2012, páginas 45467 a 45467 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-33293

TEXTO

Edicto.

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000040/2012, seguido a instancias del Procurador D. José Luis Ojeda Delgado, en nombre y representación de Herbeca Canarias, S.L. con el C.I.F.: B-35.237.965 se ha dictado auto el día 20 de septiembre de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Herbeca Canarias, S.L. con CIF n.º B-35237965, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a Vidal & Verano, Sociedad Civil Profesional con C.I.F.: J-76000132, siendo la persona natural que representa a la empresa Administradora concursal doña Esther Verano Martín, como Abogada, el cual ha designado como domicilio postal el de y código postal calle Triana, n.º 103, 1.º dcha, 35002 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928 22 73 75 y FAX 928 225129, así como dirección electrónica: herbeca@vvabogados.es.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 25 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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