Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-33287

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 4 de octubre de 2012, páginas 45459 a 45460 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-33287

TEXTO

Edicto

Don Jose Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número uno de Girona, hago saber:

Que en el concurso voluntario número 636/2010, se ha acordado mediante auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la Ley concursal, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo: Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Clinica Informatica Girona Sociedad Limitada, con cif número B17516345 y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el título III de la Ley concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros corrsespondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona para anotación de las anteriores circunstancias en la hoja abierta al Tomo 1070, folio 209, hoja Gi-19295, inscripción 2.ª

Hágase entrega tanto del oficio como de mandamietno al procurador señor Sobrino para que cuide de su curso y diligenciamiento.

En el plazo de ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley concursal.

Fórmase la sección sexta de la calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso.

Se concede el plazo de cinco días, de conformidad con el artículo 168 de la Ley concursal, en relación con el artículo 191 de la misma, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interes legitimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito lo que considererelevante para la calificación del concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante el Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451,452 de la Ley Enjuiciamiento Civil)

Así lo manda y firma el Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 de Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado Juez.-EL Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 14 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid