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Documento BOE-B-2010-5508

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto de la Resolución del procedimiento E/03428/2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 12 de febrero de 2010, páginas 13947 a 13948 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2010-5508

TEXTO

No habiéndose podido practicar en el último domicilio conocido de la entidad Gabinete Técnico de Cobros, S.L., por desconocida en el mismo, la notificación de la Resolución de Archivo de Actuaciones E/03428/2009 dictada por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el expediente señalado, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (LJPAC), en el modo que prevé el artículo 61 de la citada Ley. En consecuencia, a continuación se transcribe, y para que sirva de notificación, extracto de la parte dispositiva de la resolución de archivo de actuaciones del expediente nº E/03428/2009, acordada con fecha 14 de enero de 2010.

Por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos se acuerda:

1. Incorporar al presente expediente el resultado de las actuaciones de inspección llevadas a cabo en el expediente número E/02461/2009.

2. Proceder al Archivo de las presentes actuaciones.

3. Notificar la presente Resolución a las entidades Gabinete Técnico de Cobros, S.L. y Helike Expansión, S.L.

De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal.

Podrá solicitar el texto íntegro de la Resolución, acreditando su identidad y condición de interesado, mediante escrito dirigido a la sede de esta Agencia, calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid.

Madrid, 8 de febrero de 2010.- El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, don Artemi Rallo Lombarte.

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