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Documento BOE-B-2009-37744

Resolución de la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras por la que se aprueba el Expediente de Información Pública y Audiencia y se aprueba definitivamente el Estudio Informativo "Integración Urbana de la Línea C-2 de Cercanías en L´Hospitalet e Intercambiador de La Torrassa. Fase I".

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 4 de noviembre de 2009, páginas 136879 a 136882 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-37744

TEXTO

1. Objeto de estudio informativo.

El Estudio Informativo tiene por objeto analizar, valorar y desarrollar una nueva solución constructiva para llevar a cabo el soterramiento de la línea C-2 de cercanías de Barcelona a su paso por L´Hospitalet de Llobregat, entre la Ronda Litoral y el límite con el término municipal de Barcelona. La nueva solución modifica el trazado y el método constructivo definido y aprobado con anterioridad en los Estudios Informativos "Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo Aeropuerto de Barcelona-L´Hospitalet-c/ Mallorca" en el subtramo La Torrassa-Sants y "Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo San Joan d´Espí-La Torrassa", aprobados ambos en diciembre de 2004 y cuyas Declaraciones de Impacto Ambiental fueron formuladas el 9 de diciembre de 2004.

El Estudio Informativo recoge también la primera fase de ejecución del intercambiador de La Torrassa y el soterramiento de la actual estación de Bellvitge.

Este Estudio Informativo se ha redactado como consecuencia de los compromisos adquiridos por el Ministerio de Fomento en el "Protocolo de Cooperación entre el Ministerio de Fomento, la Generalitat de Cataluña, el Consell Comarcal del Baix Llobregat y los Ayuntamientos de Sant Boi de Llobregat, el Prat de Llobregat, L'Hospitalet de Llobregat y Cornellá de Llobregat, para el desarrollo de las infraestructuras de alta velocidad", firmado el 10 de octubre de 2001, y modificado posteriormente con fecha 28 de julio de 2003, así como en los Protocolos posteriormente suscritos, en fechas de 12 de diciembre de 2005 y 7 de mayo de 2007, entre el Ministerio de Fomento, la Generalitat de Cataluña, y el Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat.

Asimismo, la actuación está incluida en el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte (PEIT), aprobado por el Gobierno el 15 de julio de 2005.

2. Antecedentes.

El acceso a Barcelona-Sants de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Barcelona-Frontera Francesa ha supuesto un nuevo esquema ferroviario que afecta notablemente a la red de ancho ibérico existente en la zona suroeste del área metropolitana de Barcelona.

Con objeto de analizar este nuevo esquema y sus afecciones se redactaron por parte del Ministerio de Fomento tanto el Estudio Informativo "Línea de Alta Velocidad Madrid – Barcelona - Frontera Francesa. Tramo: Aeropuerto de Barcelona -L'Hospitalet – C/ Mallorca (Barcelona)", en el año 2000, como el Estudio Informativo "Línea de Alta Velocidad Madrid – Barcelona - Frontera Francesa. Tramo: Sant Joan Despí - La Torrassa", en el año 2003.

Por otra parte, el 10 de octubre de 2001 se firmó el "Protocolo de Cooperación entre el Ministerio de Fomento, la Generalitat de Cataluña, el Consell Comarcal del Baix Llobregat y los Ayuntamientos de Sant Boi de Llobregat, el Prat de Llobregat, L'Hospitalet de Llobregat y Cornellá de Llobregat, para el desarrollo de las infraestructuras de alta velocidad", en el que se acordó, en lo que respecta al acceso a la estación de Sants por el suroeste, la solución para la línea de ancho UIC y para las líneas de ancho ibérico (correspondientes a las líneas C-2 y C-4 de cercanías); posteriormente, el 28 de julio de 2003 se firmó una modificación de dicho Protocolo.

La solución acordada para las líneas de ancho ibérico consistía en una serie de actuaciones dirigidas a conseguir su integración urbana. Concretamente, en el caso de Hospitalet de Llobregat se definía el soterramiento de la línea de Vilanova (correspondiente a la línea C-2 de cercanías) a su paso por el barrio de Bellvitge, siguiendo el mismo corredor que la línea actual salvo en la zona de Tecla Sala, donde se planteó una variante que permitía el cruce con la línea de Vilafranca (C-4) a distinto nivel. También se preveía la construcción de un intercambiador con metro (líneas L1 y futura L9) en la zona de La Torrassa, así como la construcción de una estación subterránea en Bellvitge en sustitución de la actual estación en superficie.

Los estudios efectuados por la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias, en el marco del desarrollo a escala de los proyectos constructivos de los Estudios Informativos anteriormente indicados, así como la experiencia obtenida a partir de la ejecución de otros proyectos ferroviarios en la zona, llevaron a reconsiderar el método constructivo y a modificar parcialmente el trazado aprobado.

Para analizar, valorar y desarrollar esta modificación, el Ministerio de Fomento elaboró el Estudio Informativo objeto de la presente aprobación que cuenta con exención del procedimiento de evaluación de impacto ambiental concedida mediante la Resolución de 4 de diciembre de 2008 de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto "Modificación del soterramiento de la línea de Vilanova (C-2), Barcelona" (BOE de 27 de diciembre de 2008). Este Estudio Informativo ha sido sometido a información pública y oficial mediante la publicación de la correspondiente Nota-Anuncio en el BOE de fecha 30 de abril de 2009, y en el Boletín Oficial de Barcelona de 1 de mayo de 2009.

La Abogacía del Estado, mediante escrito de fecha 28 de septiembre de 2009 ha informado que el expediente ha sido tramitado ajustado a Derecho.

Finalmente, la Subdirección General de Planes y Proyectos elevó, con fecha 6 de octubre de 2009, la Propuesta de Aprobación del expediente de información pública y audiencia así como la Propuesta de Aprobación definitiva del Estudio Informativo de referencia.

3. Contenido del estudio informativo.

La solución aprobada en los Estudios Informativos anteriores para la línea de Vilanova (C-2) contemplaba un trazado en túnel excavado entre pantallas que comenzaba en la Ronda Litoral, tenía una estación subterránea a la altura de la actual en Bellvitge, continuaba en variante en la zona de Tecla Sala, cruzándose con la línea de Vilafranca a distinto nivel y la ejecución de un futuro intercambiador en La Torrassa (líneas de cercanías C-2 y C-4, y líneas de metro L-1 y futura L-9).

La nueva alternativa desarrollada en el Estudio Informativo objeto de la presente aprobación tiene una longitud de unos 4.320 m de los cuales el 47% se realizarán con tuneladora. El trazado coincide en planta con el aprobado anteriormente hasta las proximidades del centro cultural de Tecla Sala. A partir de aquí se separa del anterior con objeto de no pasar debajo del edificio principal de dicho centro. A continuación cruza bajo las vías actuales de la línea de Vilafranca, situándose al norte de las mismas, alejándose un máximo de unos 130 m del trazado anteriormente aprobado. En alzado el trazado se ha modificado para permitir la excavación en mina con tuneladora entre la estación de Bellvitge y el área de la subestación de Fecsa, donde se ubicará el pozo de extracción de la misma. La nueva alternativa consta de los siguientes elementos:

· Soterramiento de la línea C-2, con una longitud de unos 4.320 m.

· Estación de Bellvitge.

· Estación de Vilanova en la zona de La Torrassa.

· Salidas de emergencia y pozos de ventilación.

Por lo tanto, la principal modificación introducida en esta nueva solución es que reconsidera parte del trazado y cambia de propuesta en lo que se refiere al método constructivo, optándose por suprimir, en prácticamente la mitad del trazado la excavación entre pantallas. En su lugar se usará una tuneladora que avanzará desde la estación de Bellvitge hasta la altura de la subestación de Fecsa evitándose así posibles problemas geotécnicos derivados de la mala calidad de los terrenos atravesados, la afección al complejo cultural de Tecla Sala y reduciéndose las molestias por ruidos y vibraciones a la población durante la ejecución de las obras. Asimismo se independizarán las obras del soterramiento de la C-2 de las obras en la C-4, con una notable reducción de los plazos de ejecución.

4. Resolución.

Vista la propuesta de la Subdirección General de Planificación y Proyectos sobre el expediente del Estudio Informativo de referencia, esta Secretaría de Estado

Resuelve:

1. Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en los artículos 9 y 10 del Reglamento del Sector Ferroviario (Real Decreto 2387/2004 de 30 de diciembre)

2. Aprobar el expediente de Información Pública y Audiencia a las Administraciones y aprobar definitivamente el Estudio Informativo "Integración urbana de la línea C-2 de cercanías en L'Hospitalet e intercambiador de La Torrassa. Fase I" seleccionando como alternativa a desarrollar en los futuros proyectos constructivos la solución propuesta en el Estudio Informativo con la siguiente modificación:

· Se modificará la ubicación de las salidas de emergencia y pozos de ventilación de acuerdo con la futura urbanización en superficie prevista por el Ayuntamiento de Hospitalet.

3. De acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Sector Ferroviario (R.D. 2387/2004, de 30 de diciembre) establecer que la ejecución y aprobación de los correspondientes proyectos constructivos corresponderá al Ministerio de Fomento.

4. Los proyectos constructivos adoptarán las medidas técnicas necesarias para reducir las afecciones al complejo cultural Tecla Sala al mínimo posible compatible con la seguridad del edificio.

5. Se tendrá en consideración en los proyectos constructivos el desmontaje y posterior reconstrucción del antiguo molino papelero de Tecla Sala, ejecutados ambos por el propio Ayuntamiento de Hospitalet, debiendo definir éste previamente las carga a transmitir a la futura estación subterránea de La Torrassa

6. Durante la redacción de los proyectos constructivos se mantendrá una adecuada coordinación con otras Administraciones y Entidades afectadas, en especial en lo referente a la compatibilidad con el planeamiento urbano. Asimismo se mantendrá la adecuada coordinación con Transports Metropolitans de Barcelona, Ferrocarrils de la Generalitat de Cataluña, el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalitat de Cataluña,y FECSA, así como con cuantos Organismos sean afectados

7. Se tendrá en cuenta la normativa legal existente sobre la calidad del aire en el municipio de Hospitalet y su declaración como "zona de protección especial del ambiente atmosférico".

8. Los estudios de ruido y vibraciones del Estudio Informativo se completarán durante el desarrollo de los proyectos constructivos adoptándose las medidas necesarias en los edificios próximos durante la ejecución de las obras y, posteriormente, en fase de servicio ferroviario.

9. Los proyectos constructivos incluirán un estudio específico sobre los efectos de la obra sobre el acuífero del Llobregat de acuerdo con las prescripciones de la Agencia Catalana del Agua (ACA).

10. Se realizará un catálogo de edificios cercanos al trazado indicando su estado y posible afección y se proyectarán los tratamientos y medidas de auscultación necesarias durante la ejecución de las obras.

11. La reposición de viales, servidumbres y accesos del Estudio Informativo se considerará de nuevo en los proyectos constructivos para analizar posibles modificaciones, así como la ejecución de nuevos pasos o carreteras. Durante la redacción de dichos proyectos se mantendrán contactos con los ayuntamientos, asociaciones y otros interesados, para concretar con exactitud las carreteras y pasos que hay que reponer o construir, así como prever la reposición de todos los servicios afectados.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la mencionada aprobación podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de la Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 19 de octubre de 2009.- El Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación.- Fdo. Víctor Morlán Gracia.

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