Edicto.
Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente
Hago saber: Que en este Juzgado se tramita Procedimiento Concursal número 338/07 en el que se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
1.-Se declara concluso el concurso de acreedores de Ukres Intercom, Sociedad Limitada, el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores inicial ejecuciones singulares.
2.-Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo de las que se contengan en la sentencia de calificación.
3.-Se acuerda la disolución de Ukres Intercom, Sociedad Limitada, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Señor Registrador Mercantil de la Provincia.
4.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 07/07/2009.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 de la Ley Cambiaria.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilustrísimo/a Señor/a Don/Doña Rafael Fuentes Devesa Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fé.
Firma del Magistrado Juez.Firma del Secretario y para que conste expido el presente.
Alicante, 22 de septiembre de 2009.- Secretario Judicial.
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