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Documento BOE-B-2009-25640

Anuncio de la Subdirección General de Recursos sobre notificación de la resolución recaída en los recursos de alzada números 2008/02011 al 2019 interpuestos por D. José Antonio Berenguer Prieto contra resoluciones de 6 de junio de 2008 de la Dirección General de Transportes por Carretera.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 2009, páginas 88655 a 88655 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-25640

TEXTO

Intentada notificación al interesado conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla tras haberse intentado en el último domicilio conocido por dos veces, a los efectos previstos en el citado artículo, por el presente anuncio se notifica a D. José Antonio Berenguer Prieto en representación de Balasto y Rodaduras, S.A. el acto siguiente:

"Esta Secretaría General de Transportes, de conformidad con la propuesta formulada por la Subdirección General de Recursos ha resuelto desestimar los recursos de alzada formulados por D. José Antonio Belenguer Prieto, en nombre y representación de Balasto y Rodaduras, S.A., contra las resoluciones de la Dirección General de Transportes por Carretera, de fecha 6 de junio de 2008, que le sancionan con nueve multas por un importe total de 3.139,00 euros por la comisión de otras tantas infracciones leves tipificadas en el artículo 142.2 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 29/2003, de 8 de octubre por exceso de peso superior al 5% hasta el 10% en vehículos de más de 10 a 20 tm (Expedientes IC/246/2008, IC/247/2008, IC/248/2008, IC/249/2008, IC/250/2008, IC/251/2008, IC/252/2008, IC/253/20 e IC/254/2008), resoluciones que se declaran subsistentes y definitivas en vía administrativa.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.

Las referidas multas deberán hacerse efectivas dentro del plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución, transcurrido el cual sin haber satisfecho la sanción impuesta en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en los artículos 146.5 de la LOTT y 215 de su Reglamento de aplicación, incrementada con el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.

Las multas impuestas deberán hacerse efectivas mediante ingreso o transferencia en la cuenta corriente del BBVA 0182-9002-42, nº 0200000470, Pº de la Castellana, 67, Madrid, haciendo constar el número del expediente sancionador. "

El texto completo de la citada resolución puede ser solicitado por el interesado en la Subdirección General de Recursos, Paseo de la Castellana 67 (Nuevos Ministerios).

Madrid, 17 de julio de 2009.- Isidoro Ruiz Girón, Subdirector General de Recursos.

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