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Documento BOE-B-2006-128203

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla por la que se autoriza, se aprueba y reconoce la utilidad pública del proyecto de instalaciones «Antena de suministro de gas natural a Estepa, en el término municipal de Estepa», así como su estudio de impacto ambiental (expte.: 237.920).

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2006, páginas 5525 a 5526 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2006-128203

TEXTO

Gas Natural Andalucía, S.A., mediante escrito del 8 de febrero de 2005, solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, reconocimiento de la utilidad pública y declaración de impacto ambiental de las instalaciones correspondientes al proyecto «Antena de suministro de gas natural a Estepa, en el término municipal de Estepa», en el término municipal de Estepa (Sevilla), dando cumplimiento a lo previsto en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. Por Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, se delegan competencias en materia de instalaciones de gas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería. El proyecto de instalaciones, junto con la relación de bienes y derechos afectados y los planos parcelarios de expropiaciones, fue sometido a información pública en el B.O.E. de 31 de mayo de 2005; B.O.P. de 22 de junio de 2005; en los diarios El Correo de Andalucía y Diario de Sevilla el 30 de abril de 2005 y 13 de abril de 2005 respectivamente, así como en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de Estepa. Durante el período de información pública no se han recibido alegaciones por parte de ninguno de los afectados. Igualmente, se ha solicitado informe de los Ayuntamientos afectados, de la Delegación Provincial de Medio Ambiente, de Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y la Diputación Provincial de Sevilla, como únicos organismos de servicio público o de servicios de interés general afectados por la construcción del gasoducto. Con fecha 9 de marzo de 2006, la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla ha emitido la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental por la que se manifiesta la viabilidad, a los solos efectos ambientales, del proyecto «Antena de suministro de gas natural a Estepa, en el término municipal de Estepa». De acuerdo con lo dispuesto en el Título V de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector Hidrocarburos, la declaración de utilidad pública lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954. Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, citada; el Real Decreto 1434/2002, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, aprobado por Orden Ministerial de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974, modificado por Órdenes de 26 de octubre de 1983 y de 6 de julio de 1984. Esta Delegación Provincial, a la vista del proyecto de instalaciones «Antena de suministro de gas natural a Estepa, en el término municipal de Estepa» ha resuelto conceder autorización administrativa, aprobar el proyecto de instalaciones, reconocer la utilidad pública del citado proyecto presentado por Gas Natural Andalucía, S.A. para el proyecto «Antena de suministro de gas natural a Estepa, en el término municipal de Estepa» debiendo a someterse a las condiciones siguientes:

Primera: En todo momento se deberá cumplir cuanto establece la Ley 34/1998, el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural, el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles, así como la Declaración de Impacto Ambiental, de fecha 6 de marzo de 2006, de la Delegación Provincial de Medio Ambiente.

Segunda: La construcción de las instalaciones que se autorizan por la presente Resolución habrá de realizarse de acuerdo con el proyecto técnico denominado «Antena de suministro de gas natural a Estepa, en el término municipal de Estepa», firmado por don Antonio Ceña Toribio, Ingeniero Industrial, colegiado n.º 1382, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental el 23 de septiembre de 2004 con el número 017850. De acuerdo con dicho proyecto, los principales detalles de la instalación son los siguientes:

Recorrido: La conducción partirá de la E.R.M. uniendo la nueva tubería de PE 100 SDR 17.6 DN 200, a la existente a la salida del armario de regulación. En el inicio de la antena, a una distancia aproximada de 6 m de la E.R.M. se instalará una válvula metálica de bola enterrada en arqueta.

De este punto la línea continua paralela a la carretera SE - 495, una longitud aproximada de 1630, hasta llegar al punto final situado en la zona urbana al comienzo de dicha carretera. Presión de diseño: 4 - 0,4 bar. Tubería: Material de polietileno, PE 100 SDR 17.6. Presupuesto: 65.045,78 €.

Tercera: Previamente a la ejecución de las conexiones Gas Natural Andalucía, S.A. entregará los procedimientos de interconexión con la tubería existente.

Cuarta: Los cruces especiales y otras afecciones a bienes de dominio público se realizarán de conformidad con los condicionados impuestos por Administraciones, Organismos y empresas de servicio público y interés general que hayan informado del expediente y se le haya dado traslado a Gas Natural Andalucía, S.A. Quinta: El plazo máximo para la realización de las instalaciones que se autorizan será de 2 años a partir de la fecha de ocupación real de las fincas que han de ser afectadas por aquéllas. Sexta: La empresa constituirá en el plazo de 3 meses una fianza en la caja General de Depósitos de la Delegación Provincial de Hacienda de la Junta de Andalucía en Sevilla por un importe correspondiente al 2 % del presupuesto de las instalaciones como queda establecida en el art. 82 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre. Séptima: Esta autorización se concede sin perjuicio de terceros y de las concesiones, autorizaciones administrativas y licencias necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables. Octava: Gas Natural Andalucía, S.A. dará cuenta de la terminación de la instalación objeto del proyecto a la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla para su conocimiento definitivo y Levantamiento de Acta de Puesta en Servicio de las Instalaciones, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento. A la solicitud de puesta en servicio de las instalaciones el peticionario deberá acompañar, por duplicado, la siguiente documentación:

a) Certificado final de obra, firmado por técnico titulado competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se ha efectuado de acuerdo con lo previsto en el proyecto presentado por Gas Natural Andalucía, S.A. y en los reglamentos, normas y especificaciones aplicados en el mismo.

b) Certificado final de las entidades o empresas encargadas de la supervisión y control del montaje de las instalaciones, en el que se haga constar el resultado satisfactorio de las inspecciones definitivas, así como los ensayos y pruebas realizadas según lo previsto en las normas y código aplicados en el proyecto.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Sevilla, 18 de abril de 2006.-El Delegado Provincial, Francisco Álvaro Julio.

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