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Documento BOE-B-2006-128197

Anuncio de la Demarcación de Costas en Valencia notificando la aprobación por Orden ministerial de la corrección de la anchura de servidumbre de protección en el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en el tramo de costa comprendido entre la Plaza de la Safor y el límite con el término municipal de Xeraco, en el T.M. de Tavernes de Valldigna (Valencia). Ref.: DL-6/1-Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2006, páginas 5522 a 5522 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2006-128197

TEXTO

Se comunica lo siguiente a los afectados desconocidos, a aquellos cuyo domicilio se ignora y a los propietarios colindantes en el expediente de deslinde de referencia cuya notificación personal resulte infructuosa (relacionados en los edictos publicados en los tablones de anuncio de los Ayuntamientos en que consta su último domicilio conocido, así como en el tablón de la Demarcación de Costas en Valencia), de acuerdo con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (LRJ):

«Por Orden de 29 de marzo de 2006, la Dirección General de Costas, por delegación de la Sra. Ministra, ha resuelto: Prestar conformidad a los planos fechados en octubre de 2002 y suscritos por los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Jefe de Servicio de Gestión del Dominio Público y Jefe de la Demarcación de Costas del Ministerio de Medio Ambiente en Valencia, en los que se corrige la anchura de la zona de servidumbre de protección en el ámbito del sector "Marenys" del Plan General de Ordenación Urbana, entre los vértices M-43 y M-83 del deslinde del dominio público marítimo-terrestre aprobado por Orden ministerial de 1 de diciembre de 2000, en el término municipal de Tavernes de Valldigna (Valencia).

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Sra. Ministra de Medio Ambiente o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.»

Valencia, 9 de mayo de 2006.-La Jefa de la Demarcación, Lidia Pérez González.

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