El artículo 10.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dispone que la selección de los funcionarios interinos habrá de realizarse mediante procedimientos ágiles que respetarán en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
El artículo 2.3 de la citada norma establece que el personal docente se regirá por la legislación específica dictada por el Estado y las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias y por lo previsto en el propio Estatuto, con las excepciones que en dicho artículo se contienen.
El artículo 1.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, incluye en su ámbito de aplicación al personal docente, señalando que se regirá por este Reglamento en lo no previsto por las normas específicas que les sean de aplicación.
La Orden ECD/697/2017, de 24 de julio, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar en régimen de interinidad plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla, abordó el establecimiento de un sistema de selección que perseguía lograr una correcta valoración de los méritos relacionados con la práctica docente que han de desempeñar los aspirantes, con especial consideración de aquella experiencia docente de quienes, en virtud de esos méritos, han desempeñado servicios docentes previos, buscando, además, que los aspirantes reuniesen la capacitación específica para el desempeño de las concretas especialidades docentes a las que se hace referencia en la disposición adicional séptima, 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Asimismo, la orden pretendía atender a una pronta cobertura de vacantes y sustituciones por personal interino que diese respuesta a las necesidades de profesorado existentes en cada momento y asegurase la continuidad educativa del alumnado.
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, declaró el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional como un cuerpo a extinguir. Por otro lado, la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, creó el Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de la formación profesional, determinando en su disposición adicional quinta las especialidades del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional que se integran en él, así como las especialidades de ese cuerpo a extinguir que se integran en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
Asimismo, la experiencia en la gestión desde la aprobación de la Orden ECD/697/2017, de 24 de julio, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar en régimen de interinidad plazas de los cuerpos docentes en Ceuta y Melilla, ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar algunos aspectos regulados en la misma, con el fin de mejorar la gestión de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes, de forma que se garantice una adecuada prestación del servicio público educativo y se mejore la cobertura de las plazas de trabajo docentes.
A fin de agilizar dicha gestión se establece, entre otros aspectos, la obligatoriedad de presentación electrónica de las solicitudes, teniendo en cuenta que dichas listas de aspirantes se forman y renuevan a partir de la participación en los procedimientos selectivos que se convoquen, siendo obligatoria la presentación de solicitudes de participación en los mismos por vía electrónica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. Por otro lado, las titulaciones exigidas como requisito específico para el ingreso en los cuerpos de personal funcionario docente, que constituyen un requisito exigible para formar parte de las listas de aspirantes al desempeño de puestos docentes en régimen de interinidad, así como las funciones que desenvuelve este personal, presuponen que las personas aspirantes poseen la capacidad técnica suficiente para el acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presente orden se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En lo que se refiere a los principios de necesidad y eficacia, se trata de una norma necesaria para adaptar la normativa reguladora de las listas de aspirantes a desempeñar en régimen de interinidad en las ciudades de Ceuta y Melilla, a la nueva ordenación de los cuerpos docentes que se establece en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, con la necesaria determinación de las titulaciones que, en cada caso, permiten inferir la posesión de los conocimientos necesarios para impartir los contenidos propios de cada especialidad docente. De acuerdo con el principio de proporcionalidad, contiene el desarrollo normativo imprescindible para cumplir con la finalidad señalada, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos. Conforme a los principios de seguridad jurídica y eficiencia, resulta coherente con el ordenamiento jurídico. Finalmente cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través de los trámites de audiencia e información pública.
Para la elaboración esta orden se ha consultado con las organizaciones sindicales más representativas, y ha sido informada por la Comisión Superior de Personal.
En virtud de lo expuesto, previa aprobación de la Ministra de Hacienda y Función Pública, dispongo:
La Orden ECD/697/2017, de 24 de julio, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar en régimen de interinidad plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla, se modifica en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el artículo 3. Listas de aspirantes, que queda redactado del siguiente modo:
«1. Las listas de aspirantes a cubrir plazas docentes en régimen de interinidad se formarán conforme a las especificaciones que se establecen en esta Orden y se renovarán con ocasión del procedimiento selectivo correspondiente que se convoque al amparo de la normativa reguladora de los procesos selectivos de ingreso en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2. Se constituirá para cada cuerpo y especialidad una lista de aspirantes para el desempeño de plazas, que se ordenará conforme a las puntuaciones obtenidas en aplicación del baremo de méritos al que se hace referencia en el anexo I de esta orden. Estas listas estarán constituidas por aquellos aspirantes que, reuniendo los requisitos generales y específicos que se establecen en el artículo 4 de esta orden, soliciten ser incluidos en las mismas, para lo cual deberán cumplimentar, en los plazos y forma que se indican en el artículo 5, la correspondiente solicitud.
Aquellos aspirantes que tengan reconocido por los órganos competentes del Ministerio de Sanidad o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y cumplan el resto de requisitos exigidos en el artículo 4, podrán hacer constar esta condición en la solicitudes que formulen conforme a lo dispuesto en los apartados primero y segundo del artículo 5 de la presente orden, aportando la documentación justificativa o, en su caso, autorizando la consulta cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en algunas de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección: https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. Dichos aspirantes deberán, además, acreditar con carácter previo a su nombramiento que poseen las condiciones personales de aptitud necesarias para el ejercicio de las funciones docentes, a través del dictamen emitido por el órgano competente.
En la gestión de las correspondientes listas de aspirantes en cada especialidad, se tendrá en cuenta el porcentaje de plazas que, con carácter general, debe respetarse en el acceso al empleo público para ser cubiertas por personas con discapacidad, de forma que en cada lista de las especialidades y cuerpos docentes, en aquellos supuestos en los que formen parte de dichas listas aspirantes que hayan acreditado esa condición, se incluirá al aspirante que corresponda por su orden, tras cada quince personas integrantes de dicha lista.
Los nombramientos que, como consecuencia de la gestión ordinaria de dichas listas, pudieran recaer en personas aspirantes que acrediten la condición de discapacidad por el orden de prelación que ocupen en esa lista en el tramo correspondiente, serán computados a efectos del cumplimiento de lo previsto en el párrafo anterior.
El reconocimiento de la condición de discapacidad de una persona aspirante en una de las especialidades, conllevará su reconocimiento de forma automática en el resto de las especialidades en cuyas listas pueda figurar.
3. Las plazas que deban cubrirse por funcionarios interinos se ofertarán, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado segundo, por riguroso orden de puntuación a los aspirantes que integren las listas de cada cuerpo y especialidad que se establezcan en cada una de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla.
4. Cuando las necesidades de profesorado conlleven la cobertura de plazas del Convenio British Council y aquellas otras que hayan sido identificadas como bilingües de acuerdo con las enseñanzas impartidas en los centros educativos, estos puestos serán cubiertos por aspirantes de las listas de la especialidad correspondiente que acrediten la competencia lingüística requerida. Las plazas bilingües ofertadas serán identificadas con la función del idioma correspondiente. Dentro de cada una de las listas se distinguirán aquellos aspirantes que, acreditando la competencia lingüística conforme a lo dispuesto en el artículo 4.2.a) de la presente orden, soliciten formar parte de las listas bilingües que se elaboren. La cobertura de estos puestos tendrá carácter preferente y prioritario, siendo su aceptación obligatoria para aquellos aspirantes que lo hayan solicitado, con la excepción de las plazas señaladas en el artículo 10.
5. En aquellos cursos académicos en que no se convoquen procedimientos selectivos de ingreso a uno o varios cuerpos o a especialidades concretas de los mismos, se considerarán prorrogadas las listas de aspirantes a cubrir puestos en régimen de interinidad de los respectivos cuerpos o especialidades correspondientes al curso anterior y se mantendrán los aspirantes que formen estas listas, siempre que, a fecha de 30 de junio, hubieran permanecido en las listas de interinidad de ese curso, sin perjuicio de que puedan aportar nueva documentación en los plazos que se determinen conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la presente orden.»
Dos. Se modifica el primer párrafo del apartado 2.b) del artículo 4. Requisitos de los aspirantes, que queda redactado del siguiente modo:
«b) Haberse presentado a los procedimientos selectivos, caso de haberse convocado su especialidad, realizados por este Departamento para el ingreso en el correspondiente cuerpo docente y especialidad a que se opta en Ceuta o Melilla, respectivamente, en el mismo curso escolar en el que se participa para formar parte de la lista de interinos. En el supuesto de que para la especialidad y cuerpo a las que se aspira para formar parte de las listas de interinos se convocaran procedimientos selectivos en ambas Ciudades, únicamente se podrá entrar a formar parte de la lista de interinos en aquella Ciudad por la que se presente, pudiendo permanecer en cualquiera de las dos listas en aquellos supuestos en los que se haya formado parte de ellas durante el curso anterior. A estos efectos se entenderá por «presentarse» el haber realizado, al menos, las dos partes, A y B, de la primera prueba de la fase de oposición, a que se hace referencia en el artículo 21.1 del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.»
Tres. Se modifican los apartados 1, 2 y 5 del artículo 5. Solicitudes, documentación justificativa y plazo de presentación, que quedan redactados en los siguientes términos:
«1. Quienes deseen ser incluidos en las listas de aspirantes a cubrir puestos en régimen de interinidad, deberán hacerlo constar en la solicitud que a tal efecto se establezca en la Resolución de la Dirección Provincial correspondiente por la que se convoque la formación de listas de aspirantes, utilizando el modelo normalizado que en la misma figure.
La tramitación del procedimiento tendrá carácter electrónico y la presentación de estas solicitudes deberá hacerse de forma electrónica en la forma que se determine, dirigiéndose a la Dirección Provincial correspondiente.
2. En aquellos cursos académicos en que no se convoquen procedimientos selectivos de ingreso a uno o varios cuerpos o a especialidades concretas de los mismos y dichas listas de aspirantes sean prorrogadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.5 de la presente orden, por Resolución de la Dirección Provincial correspondiente se establecerá el plazo en el que sus integrantes puedan aportar para su valoración, en el supuesto de que no hubieran obtenido la puntuación máxima en alguno de los apartados o subapartados del baremo de méritos, la documentación acreditativa de aquellos méritos que hubieran sido perfeccionados con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria por la que dicha lista se haya constituido o, de haber sido prorrogada, de la fecha de finalización del plazo para aportar nueva documentación en el curso en que se hubiese acordado la última prórroga.
5. No obstante, aquellos aspirantes que, en el momento de la convocatoria para la formación de nuevas listas de aspirantes en cada cuerpo y especialidad con ocasión del procedimiento selectivo de ingreso que se convoque, ya formasen parte de las listas de aspirantes que en ese momento estén vigentes en la especialidad correspondiente, podrán manifestar su conformidad con el baremo que posean en dichas listas, en cuyo caso deberán aportar únicamente junto con la solicitud, en el supuesto de que no hubieran obtenido la puntuación máxima en alguno de los apartados o subapartados del baremo de méritos, aquella documentación acreditativa de los méritos que hubieran sido perfeccionados con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria por la que esa lista que esté vigente se haya constituido o, de haber sido prorrogada, de la fecha de finalización del plazo para aportar nueva documentación en el curso en que se hubiese acordado la última prórroga.
No será necesario acreditar la experiencia docente previa en centros públicos cuando ésta se haya prestado en centros de la misma Dirección Provincial en la que se presenta la solicitud.
En cualquier caso, la Administración podrá requerir al interesado, en cualquier momento, para que justifique aquellos méritos sobre los que se planteen dudas o reclamaciones, prevaleciendo en este supuesto la puntuación resultante de la justificación requerida.»
Cuatro. Se modifica el artículo 9. Permanencia en listas, que queda redactado en los siguientes términos:
«1. A quienes renuncien a obtener un nombramiento en alguna de las listas de los distintos cuerpos y especialidades de las que formen parte, no se les ofertará puesto en esa lista durante el curso escolar, sin perjuicio de que sigan estando disponibles en las otras listas de las que formasen parte.
2. Decaerán de todas las listas, del mismo o distinto cuerpo docente, quienes habiendo sido nombrados renuncien al nombramiento, salvo que lo hagan por haber aceptado antes otra oferta en virtud de su pertenencia a una lista del mismo o distinto cuerpo docente en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional, o por encontrarse en alguna de las situaciones previstas en los apartados siguientes.
3. Excepcionalmente, no supondrá exclusión de las listas la renuncia a un nombramiento por causas debidas a la condición de víctimas de terrorismo o de violencia de género, que deberán, en todo caso, ser acreditadas. Los integrantes de las listas en los que concurra alguna de estas causas permanecerán en ellas en las mismas condiciones que tuvieran en el momento de ser consideradas víctimas.
4. Asimismo, no decaerán de las listas quienes renuncien a un nombramiento por causas de fuerza mayor apreciadas, en su caso, por la Dirección Provincial. Tampoco decaerán de las listas aquellos aspirantes en los que concurran alguno de los supuestos que conlleven la declaración de servicios especiales para los funcionarios de carrera o la concesión para estos mismos de licencias o permisos, excepto los de interés particular, así como los que motivan la excedencia por cuidado de hijos y la excedencia por cuidado de un familiar hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, sin que su duración pueda exceder de tres años y previa justificación documental de las causas alegadas que, en el supuesto de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluirá el certificado de vida laboral del aspirante, acreditación del grado de parentesco, así como los informes que acrediten la situación del familiar a cargo del aspirante y especifiquen que es la persona responsable del cuidado.
5. Decaerán en su derecho a estar en las listas aquellos candidatos que hubieran mostrado un rendimiento insuficiente, que no comporte inhibición, o una evidente y documentada falta de capacidad funcional para el desempeño de las tareas docentes.
La resolución para la exclusión de las listas de aspirantes será adoptada por la Subsecretaría, a propuesta motivada de la Dirección Provincial, previa tramitación de un procedimiento, con audiencia a la persona interesada, que será incoado por la Dirección Provincial correspondiente y en el que se evaluará por el Servicio de Inspección Educativa el desempeño del puesto de trabajo por el personal funcionario interino. Dicha propuesta será comunicada a la Junta de Personal Docente.
La resolución adoptada por la Subsecretaría será notificada a la persona interesada y conllevará, en su caso, el cese del personal funcionario interino y su exclusión de las listas, sin perjuicio de su derecho a volver a ser incluido en las listas de aspirantes a desempeñar en régimen de interinidad plazas de los cuerpos docentes que se formen con ocasión de los procedimientos selectivos que se convoquen, si cumpliera los requisitos exigidos. Las resoluciones dictadas por la Subsecretaría en este procedimiento pondrán fin a la vía administrativa, y contra ellas las personas interesadas podrán interponer recurso de conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
6. Asimismo, decaerán de las listas los aspirantes que no se presenten a los procedimientos selectivos convocados en el cuerpo y especialidad correspondientes, de conformidad con lo que se determina en el artículo 4.2.b), o incurran en alguno de los supuestos que, de acuerdo con lo preceptuado en los apartados anteriores del presente artículo, conlleve la exclusión de las listas.
7. Los aspirantes, una vez asignado un puesto de trabajo, no podrán optar a otro puesto docente dependiente de este Departamento, mientras se les mantenga en el desempeño del primero.
8. Al funcionario interino, cuando finalice el período de su nombramiento antes de la terminación del curso escolar, se le volverá a incluir en la lista de aspirantes de su cuerpo y especialidad, en el orden que le corresponda, quedando disponible para un posible nombramiento dentro de ese curso, siempre que no decaiga de la permanencia en esta lista por algunas de las circunstancias que se indican en este artículo 9.»
Cinco. Se modifica el primer párrafo del artículo 12. Circunstancias relacionadas con la maternidad, que queda redactado en los siguientes términos:
«Aquellas personas aspirantes que en el momento de ser convocadas se encontrasen en alguno de los supuestos que pueden motivar la concesión de los permisos previstos en los apartados a), b) y c) del artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, podrán optar a que se les reserve la plaza vacante ofertada hasta la finalización de los periodos anteriormente señalados, momento en el que se formalizará la toma de posesión correspondiente y se incorporarán al destino asignado. Durante el disfrute de dicho período de descanso, se efectuará la provisión de un sustituto en la plaza que le haya sido reservada.»
Seis. Se modifican los apartados 2 y 3 del artículo 13. Realización de convocatorias extraordinarias, que quedan redactados en los siguientes términos:
«2. Las listas de aspirantes que se formen como consecuencia de estas convocatorias extraordinarias se mantendrán, ordenándose a continuación de la lista ordinaria de acuerdo con la fecha en la que hayan sido elaboradas, para los cursos escolares sucesivos, hasta que se convoque procedimiento selectivo de ingreso para plazas del mismo cuerpo docente y especialidad. La permanencia en estas listas quedará condicionada a que se siga formando parte de las mismas a fecha 30 de junio de cada curso académico, reconociéndoseles la puntuación entonces obtenida, a la que se añadirá únicamente, cuando se solicite en los plazos que cada año se establezcan en la Resolución de la Dirección Provincial correspondiente, la de los méritos perfeccionados y justificados con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria por la que dicha lista se haya constituido o, de haber sido prorrogada, de la fecha de finalización del plazo para aportar nueva documentación en el curso en que se hubiese producido la última prórroga, siempre que no hubieran obtenido la puntuación máxima asignada al correspondiente apartado o subapartado del baremo de méritos.
3. Siempre que las Direcciones Provinciales correspondientes previesen la necesidad de profesorado para alguno de los cuerpos y especialidades, aunque dispusieran ya de listas de aspirantes para cubrir esos puestos, llevarán a cabo, en los términos indicados en el apartado 1 de este artículo, la realización de una nueva convocatoria extraordinaria.»
Siete. Se modifica la disposición final primera. Habilitación para el desarrollo, con la siguiente redacción:
«Se faculta a la Subsecretaría de Educación y Formación Profesional para dictar cuantas instrucciones resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente orden.
Asimismo, a la vista de las nuevas titulaciones que puedan surgir y que permitan acreditar la cualificación necesaria para impartir la distintas especialidades docentes, así como la competencia lingüística cuando constituya un requisito exigible, se habilita a la Subsecretaría de Educación y Formación Profesional para que, previo informe de la Subdirección General de Ordenación Académica, actualice los anexos II y III de esta orden, mediante Resolución que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Las posibles modificaciones que puedan realizarse en ningún caso afectarán al personal que en ese momento integre las listas de aspirantes que no se verá afectado por las actualizaciones introducidas, pudiendo continuar en las listas correspondientes siempre que sigan cumpliendo los requisitos de titulación que estaban vigentes cuando accedieron a las mismas.»
Ocho. Se modifica la disposición transitoria primera. Experiencia docente y cualificación para impartir la especialidad, que queda redactada en los siguientes términos:
«Aquellos aspirantes que en el momento de entrada en vigor de la presente orden tuviesen una experiencia docente de, al menos, dos cursos académicos como funcionario interino en el mismo cuerpo y especialidad de los solicitados en las Ciudades de Ceuta o Melilla, quedan exentos de acreditar estar en posesión de la titulación requerida para impartir la especialidad a que se hace referencia en el artículo 4.2.a) de esta orden, siempre que se les hubiera asignado número de registro de personal, sigan formando parte de las listas de interinos de las Ciudades de Ceuta o Melilla a la finalización del curso académico anterior a la entrada en vigor de esta Orden y soliciten su permanencia en listas.
Asimismo, quienes a la finalización del curso 2022/2023 formen parte de las listas de aspirantes a ocupar puestos en régimen de interinidad en aquellas especialidades del cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional que han sido integradas en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, en aquellos supuestos en los que no puedan presentarse a los procedimientos selectivos de esa especialidad que sean convocados en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria por no cumplir los requisitos de titulación exigidos, siempre que se les hubiera asignado número de registro de personal y acrediten una experiencia docente de, al menos, dos cursos académicos como personal funcionario interino en esa especialidad en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, podrán permanecer en dichas listas. Dichos aspirantes deberán participar en las convocatorias para la formación de listas de aspirantes al desempeño de puestos en régimen de interinidad que se realicen en la correspondiente especialidad, en las que quedarán exentos de acreditar el cumplimiento del requisito establecido en el apartado 4.2.b) de la presente Orden. De acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, dichos aspirantes podrán ser nombrados como personal funcionario interino en el cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional, si cumpliesen los requisitos exigidos en el mismo.
A estos efectos, se entenderá por curso académico el desempeño durante un mismo curso de, al menos, cinco meses y medio de trabajo.»
Nueve. Se añade una disposición transitoria tercera. «Procedimientos de estabilización», con la siguiente redacción:
«En aquellos procedimientos selectivos que se realicen al amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de Nuevas Especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, el requisito de presentarse a los procedimientos selectivos establecido en el apartado 4.2.b) de la presente orden, se entenderá cumplido por haber realizado las dos partes, A y B, de la prueba única de la fase de oposición.
A los efectos previstos en el apartado II del baremo de méritos, para el cálculo de la puntuación obtenida en la fase de oposición se dividirá por dos la suma de las calificaciones obtenidas en las dos partes de la prueba única de la fase de oposición del procedimiento selectivo, considerando como nota de la parte B de la citada prueba, en aquellas especialidades en las que deba realizarse un ejercicio de carácter práctico, la media de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios. A estos efectos, la parte de la prueba o, en su caso, ejercicio no realizado se calificarán con 0,000 puntos.»
Diez. Se modifica el anexo I por el que se establece el baremo de méritos, en los siguientes apartados:
a) El apartado I. Experiencia docente, respecto a la valoración de la experiencia docente establecida en los apartados 1.1, 1.2, 1.3 y 1.4, la columna «Méritos» queda redactada en los siguientes términos:
«No se podrá alcanzar más de 10 puntos por la valoración de los méritos.
I. Experiencia docente (máximo 7 puntos). A efectos de este apartado I, cuando no se acredite la materia impartida o la misma no coincida con alguna de las especialidades de los restantes cuerpos, los servicios se entenderán prestados en distinta especialidad a la que se opta.
A estos efectos, los servicios prestados en el nivel de Educación General Básica con anterioridad al curso 1990/91, primero en el que fue de aplicación el Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, modificado por el Real Decreto 1664/1991, 8 de noviembre, que reguló la provisión de puestos por especialidades, serán considerados en la especialidad de opción.
A efectos de los subapartados 1.1, 1.3, 1.5 y 3.3, se entenderá por centros públicos los centros a los que se refiere el capítulo II del título IV de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, integrados en la red pública de centros y de gestión directa de las Administraciones educativas.
Se entenderá por «otros centros» aquellos cuyo titular es una persona física o jurídica de carácter privado, cuya apertura y funcionamiento están sometidos al principio de autorización administrativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
A los efectos de este apartado no podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado simultáneamente en más de un centro docente.
Por año escolar de experiencia docente, se entiende tener, al menos, cinco meses y medio de nombramiento o prestación de servicios en el mismo curso escolar. Cuando se hayan prestado servicios en el mismo curso escolar que deban ser valorados en distintos apartados del baremo, la puntuación total otorgada por el año de experiencia docente no podrá exceder de la que corresponda en aquel apartado de baremo que, en cada caso, más beneficie a la persona aspirante de acuerdo con esos servicios que se acrediten en el correspondiente curso académico.
1.1 Por cada año escolar de experiencia docente en el mismo cuerpo y especialidad a la que opta el aspirante en centros públicos. Si la experiencia fuese inferior a cinco meses y medio en el mismo curso escolar, se computará de la siguiente forma:
– A razón de 0,090 por cada mes completo.
– Por cada fracción de mes a razón de 0,020 por cada semana completa o fracción, con un máximo de 0,090.
1.2 Por cada año escolar de experiencia docente en el mismo nivel educativo y especialidad a la que opta el aspirante, en otros centros. Si la experiencia fuese inferior a cinco meses y medio en el mismo curso escolar, se computará de la siguiente forma:
– A razón de 0,045 por cada mes completo.
– Por cada fracción de mes a razón de 0,011 por cada semana completa o fracción, con un máximo de 0,045.
1.3 Por cada año escolar de experiencia docente en el mismo cuerpo y en diferente especialidad a la que opta el aspirante, o en otros cuerpos, en centros públicos. Si la experiencia fuese inferior a cinco meses y medio en el mismo curso escolar, se computará de la siguiente forma:
– A razón de 0,060 por cada mes completo.
– Por cada fracción de mes a razón de 0,015 por cada semana completa o fracción, con un máximo de 0,060.
1.4 Por cada año escolar de experiencia docente en el mismo nivel educativo y en diferente especialidad a la que opta el aspirante, o en otro nivel educativo, en otros centros. Si la experiencia fuese inferior a cinco meses y medio en el mismo curso escolar, se computará de la siguiente forma:
– A razón de 0,027 por cada mes completo.
– Por cada fracción de mes a razón de 0,0060 por cada semana completa o fracción, con un máximo de 0,027.
1.5 Por cada año escolar impartiendo la enseñanza de la religión en el mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos y en régimen de contrato laboral.»
b) El apartado III. Otros méritos en su subapartado 3.1, cuya columna «Méritos» queda redactada y numerada del siguiente modo:
« 3.1 Formación académica (máximo 1 punto): A los efectos de este apartado 3.1 únicamente se tendrán en cuenta los títulos con validez oficial en el Estado español y la posesión de titulaciones que figuren en el Catálogo oficial de títulos universitarios, y aquellos otros títulos obtenidos en el extranjero que hayan sido objeto de homologación o equivalencia de acuerdo con la correspondiente normativa de aplicación.
3.1.1 Cuerpos de subgrupo A 2:
– Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, que constituyan titulaciones distintas de la alegada para la especialidad a la que se opta: 0,500.
– Por los estudios correspondientes a una Licenciatura, Ingeniería Superior, Arquitectura Superior, o título de Grado que sea distinto del alegado para la especialidad a la que se opta. Cuando para la obtención del título de Grado se haya utilizado alguna otra titulación universitaria (Diplomaturas, Ingenierías Técnicas, Arquitecturas Técnicas o Licenciatura) la titulación de Grado se valorará con 0,250 puntos: 1,000.
– Por la posesión de nota media de sobresaliente (9 o más puntos en la escala de 0 a 10, o 3 o más puntos en la escala de 0 a 4) en el expediente académico de la titulación alegada para la especialidad a la que se opta: 1,000.
3.1.2 Cuerpos de subgrupo A 1:
– Por la posesión, al margen de la titulación alegada para la especialidad a la que se opta, de la segunda y restantes Licenciaturas, Ingenierías Superiores, Arquitectura Superior o títulos de Grado correspondientes. Cuando para la obtención del título de Grado se haya utilizado alguna otra titulación universitaria (diplomaturas, ingenierías técnicas, arquitecturas técnicas o licenciatura) la titulación de Grado se valorará con 0,250 puntos: 1,000.
– Por la posesión de nota media de sobresaliente (9 o más puntos en la escala de 0 a 10, o 3 o más puntos en la Escala de 0 a 4) en el expediente de la titulación alegada para la especialidad a la que se opta: 1,000.
Para la obtención de la nota media de «sobresaliente», contemplada en los subapartados 3.1.1 y 3.1.2, las calificaciones cualitativas, en los casos en que no figure la expresión numérica concreta, se valorarán de acuerdo con la siguiente escala:
Escala de 0 a 10.
Aprobado: 6 puntos.
Notable: 8 puntos.
Sobresaliente: 9,5 puntos.
Matrícula de Honor: 10 puntos.
Escala de 0 a 4 (en créditos).
Aprobado: 1.
Notable: 2.
Sobresaliente: 3.
Matrícula de Honor: 4.
Una vez sumadas las puntuaciones de todas las asignaturas, el resultado se dividirá por el número total de aquellas, obteniéndose una media, y valorándose el «sobresaliente» de acuerdo con la siguiente escala:
Escala de 0 a 10: De 9,00 hasta 10,00.
Escala de 0 a 4 (en créditos): De 3,00 a 4,00.
Aquellas calificaciones que contengan la expresión literal «bien» se valorarán con 6 puntos y las «convalidadas» o «aptas» con 5 puntos en la escala de 0 a 10 puntos, y con 1 punto en la escala de 0 a 4 créditos En el caso de las «convalidadas», cuando se aporte certificación que acredite la calificación que dio origen a la convalidación, se tendrá en cuenta la calificación originaria.
No se considerarán para la obtención de la nota media de «sobresaliente» en el expediente académico las calificaciones de materias complementarias, proyectos fin de carrera, tesinas o análogos.
3.1.3 Por poseer el Título de Doctor. 1,000.
3.1.4 Por el Certificado-Diploma acreditativo de estudios avanzados (Real Decreto 778/1998, de 30 de abril) el título universitario oficial de Máster (Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre), Suficiencia Investigadora (Real Decreto 185/1985, de 23 de abril) o cualquier otro título equivalente: 1,000.
No se valorarán aquellos títulos universitarios oficiales de Máster que constituyeran requisito exigido para impartir docencia en el nivel educativo al que se opte.
Igualmente, no serán objeto de valoración el Certificado-Diploma acreditativo de estudios avanzados y la Suficiencia Investigadora cuando haya sido alegado el título de Doctor.
Tampoco se valorarán por este apartado los Máster que sean expedidos por las universidades en uso de su autonomía, conforme a la disposición undécima del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
3.1.5 Titulaciones de las Escuelas Oficiales de Idiomas y otros certificados de nivel equivalente o superior al nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas.
a) Por cada certificado de Ciclo Elemental, Nivel Intermedio, o Nivel Intermedio B1: 0,100.
b) Por cada certificado de Aptitud, Nivel Avanzado o nivel Intermedio B2 de las enseñanzas de idiomas o equivalente conforme a lo dispuesto en el anexo III. 0,200.
c) Por cada certificado de Nivel Avanzado C1 o C2 de las enseñanzas de idiomas o certificado equivalente conforme a lo dispuesto en el anexo III. 0,200.
Cuando proceda valorar el Certificado de Nivel Avanzado, de Aptitud o el certificado de nivel equivalente o superior al nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas de un idioma, no se valorará el Certificado de Nivel Intermedio o Elemental de ese mismo idioma. Tampoco se valorarán dos certificados en un mismo idioma que acrediten el nivel B2 o superior.»
Once. Se sustituyen los anexos II y III, que quedan redactados en los siguientes términos:
«ANEXO II
A) Cuerpo de Maestros
Especialidades Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad Audición y Lenguaje. • Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Audición y Lenguaje.
• Título de Maestro, especialidad de Audición y Lenguaje (RD 1440/1991).
• Título que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro/a en cualquiera de sus planes de estudios y de cualquier especialidad y, además, estar en posesión de alguno de los títulos siguientes o equivalentes:
– Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Logopeda.
– Diplomatura en Logopedia.
Educación Física. • Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Educación Física.
• Título de Maestro especialista de Educación Física (RD 1440/1991).
• Título que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro/a en cualquiera de sus planes de estudios y de cualquier especialidad y, además, estar en posesión de alguno de los títulos siguientes o equivalentes:
– Título de Grado en el ámbito de la Actividad Física y del Deporte.
– Licenciatura en Educación Física.
– Diplomatura en Educación Física.
Educación Infantil. • Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Infantil.
• Título de Maestro especialidad de Educación Infantil (RD 1440/1991).
• Diplomatura en Profesorado de Educación General Básica especialidad de Preescolar.
• Título que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro/a en cualquiera de sus planes de estudios y de cualquier especialidad y, además, estar en posesión de alguno de los títulos siguientes o equivalentes:
– Especialidad en Educación Preescolar o en Pedagogía Preescolar de las licenciaturas de Filosofía y Letras (Sección Ciencias de la Educación) o de Filosofía y Ciencias de la Educación (Sección Ciencias de la Educación).
Idioma extranjero: Inglés/francés. • Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Lengua extranjera en el idioma correspondiente y, además del mencionado título, la acreditación del nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas.
• Diplomatura en Profesorado de Educación General Básica especialidad de Filología en el idioma correspondiente.
• Título de Maestro especialidad de Lengua Extranjera (RD 1440/1991) en el idioma correspondiente.
• Título que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro/a en cualquiera de sus planes de estudios y de cualquier especialidad y, además, estar en posesión de alguno de los títulos siguientes o equivalentes relativos al idioma:
– Títulos de Grado en el ámbito de una lengua extranjera en el idioma correspondiente.
– Certificado de nivel Intermedio B2 de las enseñanzas de idiomas para la lengua correspondiente o los certificados equivalentes de acuerdo al anexo III de esta Orden.
– Licenciatura en Filología del idioma correspondiente.
– Licenciatura/Diplomatura por las facultades/Escuelas universitarias de Idiomas (traducción e interpretación) en el idioma correspondiente.
Música. • Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Música.
• Título de Maestro especialidad de Educación Musical (RD 1440/1991).
• Título que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro/a en cualquiera de sus planes de estudios y de cualquier especialidad y, además, estar en posesión de alguno de los títulos siguientes o equivalentes:
– Título de Grado en el ámbito de la Música.
– Título Superior de Música de la Ley 1/1990, de 3 de octubre, o titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.
– Licenciatura en Musicología o en Historia y Ciencia de la Música.
– Título Profesional de Música de la Ley Orgánica 1/1990 o de la Ley Orgánica 2/2006.
Pedagogía Terapéutica. • Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Pedagogía Terapéutica o aquellas otras menciones cuyo currículo esté específicamente relacionado con la atención al alumnado con necesidades educativas especiales.
• Título de Maestro especialidad de Educación Especial (RD 1440/1991).
• Diplomatura en Profesorado de Educación General Básica especialidad Educación Especial.
• Título que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro/a en cualquiera de sus planes de estudios y de cualquier especialidad y, además, estar en posesión de alguno de los títulos siguientes o equivalentes:
– Licenciatura en Psicopedagogía.
– Licenciatura en Filosofía y Letras, Sección de Pedagogía, Subsección de Educación Especial, o equiparación correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 7 de noviembre de 1983 («Boletín Oficial del Estado» del 11).
Educación Primaria. • Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria.
• Título de Maestro especialidad de Educación Primaria (RD 1440/1991).
• Título de Maestro (RD 1440/1991) en cualquiera de sus especialidades.
• Diplomatura en Profesorado de Educación General Básica en cualquiera de sus especialidades.
• Título de Maestro de Primera enseñanza (Plan de estudios de 1967).
• Título de Maestro de Enseñanza Primaria (Plan de estudios de 1950).
B) Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
Especialidades Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad Filosofía. • Licenciatura en:
– Filosofía y Letras Sección Filosofía.
– Filosofía y Ciencias de la Educación, Sección Filosofía.
– Filosofía.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber cursado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones antes enumeradas en este apartado.
• Grado en:
Filosofía.
Filosofía, Política y Economía.
Griego.
Latín.
• Licenciatura en:
– Filosofía y Letras, sección Filología clásica.
– Filología clásica.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber cursado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones antes enumeradas en este apartado.
• Grado en:
Ciencias y Lenguas de la Antigüedad.
Estudios Clásicos.
Estudios Clásicos y Románicos.
Estudios de Catalán y de Clásicas.
Estudios de Español y de Clásicas.
Estudios de Francés y de Clásicas.
Estudios de Inglés y de Clásicas.
Filología Bíblica Trilingüe.
Filología Clásica.
Lengua Castellana y Literatura. • Licenciatura en:
– Filosofía y Letras (Sección Filología Hispánica o Románica).
– Filología Románica.
– Filología Hispánica.
– Lingüística y haber cursado Lengua Española y Literatura Española.
– Teoría de la Literatura y Literatura Comparada y haber cursado Lengua Española y Literatura Española.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber cursado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones antes enumeradas en este apartado.
• Grado en:
Ciencias del Lenguaje y Estudios Literarios.
Español: Estudios Lingüísticos y Literarios.
Español: Lengua y Literatura.
Estudios de Catalán y Español.
Estudios de Español y de Clásicas.
Estudios de Francés y Español.
Estudios de Gallego y Español.
Estudios de Inglés y Español.
Estudios Hispánicos.
Estudios Hispánicos: Lengua y Literatura.
Estudios Hispano-Alemanes.
Filología Clásica.
Filología Hispánica.
Filología Románica.
Lengua y Literatura Española.
Lengua y Literatura Españolas.
Lengua y Literatura Hispánica.
Lengua Española y su Literatura.
Lengua Española y Literaturas Hispánicas.
Lenguas Románicas y sus Literaturas.
Lenguas, Literaturas y Culturas Románicas.
Lingüística y haber cursado Lengua Española y Literatura.
Lingüística y Lenguas aplicadas y haber cursado Lengua Española y Literatura.
Literaturas Comparadas y haber cursado Lengua Española y Literatura.
Geografía e Historia. • Licenciatura en:
– Filosofía y Letras (Sección Geografía e Historia),
– Geografía, Geografía e Historia, Historia.
– Historia del arte.
– Humanidades.
– Antropología Social y cultural.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber cursado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones antes enumeradas en este apartado.
• Grado en:
Antropología y Evolución Humana.
Antropología Social y Cultural.
Arqueología.
Ciencias Sociales.
Historia.
Historia del Arte.
Historia del Arte y Patrimonio Histórico Artístico.
Historia del Arte y Gestión del Patrimonio Artístico.
Historia y Patrimonio.
Historia y Patrimonio Histórico.
Historia y Geografía.
Humanidades.
Humanidades y Antropología Social.
Humanidades y Estudios Culturales.
Humanidades y Estudios Sociales.
Humanidades y Patrimonio.
Humanidades: Estudios Interculturales.
Humanidades: Historia Cultural.
Geografía.
Geografía e Historia.
Geografía y Medio Ambiente.
Geografía y Ordenación del Territorio.
Geografía y Gestión del Territorio.
Geografía, Ordenación del Territorio y Gestión del Medio Ambiente.
Sociología.
Matemáticas. • Arquitectura.
• Licenciatura en:
– Ciencias, Sección Matemáticas.
– Ciencias Matemáticas.
– Ciencias y Técnicas Estadísticas.
– Matemáticas.
– Ciencias, sección Físicas.
– Ciencias Físicas.
– Física.
– Informática.
• Ingeniería superior.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o bien una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura.
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Arquitectura Técnica.
Arquitectura Técnica y Edificación.
Ciencia y Tecnología de la Edificación.
Ciencias y Tecnologías de Telecomunicación.
Ciencias Experimentales.
Edificación.
Ingeniería, todos los grados.
Estadística.
Estadística Aplicada.
Estadística y Empresa.
Estadística Empresarial.
Estudios de Arquitectura.
Física.
Fundamentos de la Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
Informática y Servicios.
Marina.
Matemática Computacional.
Matemáticas.
Matemáticas y Estadística.
Matemáticas e Informática.
Nanociencia y Nanotecnología.
Náutica y Transporte Marítimo.
Tecnología de la Ingeniería Civil.
Física y Química. • Licenciatura en:
– Ciencias, sección Física o Química.
– Ciencias Físicas.
– Ciencias Químicas.
– Física.
– Química.
– Bioquímica.
– Biotecnología.
– Farmacia.
• Ingeniería:
– Química.
– Aeronáutica.
– Industrial.
– De Telecomunicación.
– De Caminos, Canales y Puertos.
– Naval y Oceánico.
– Geólogica.
– Minas.
– Montes.
– Agrónoma.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o bien una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
– Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
– Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
– Bioquímica.
– Bioquímica y Biología Molecular.
– Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
– Biotecnología.
– Ciencias Ambientales.
– Ciencias Experimentales.
– Farmacia.
– Física.
– Ingeniería Aeroespacial.
– Ingeniería Civil.
– Ingeniería de Diseño Industrial.
– Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
– Ingeniería de Ecotecnologías en Procesos Industriales.
– Ingeniería de Electrónica Industrial.
– Ingeniería de Electrónica Industrial y Automática.
– Ingeniería de Electrónica y Automática Industrial.
– Ingeniería de los Recursos Energéticos.
– Ingeniería de Materiales.
– Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
– Ingeniería de Química Industrial.
– Ingeniería de Sistemas de Defensa.
– Sistemas Audiovisuales de Telecomunicación.
– Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
– Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación,Sonido e Imagen.
– Ingeniería de Sistemas Industriales.
– Ingeniería de Sistemas y Tecnología Naval.
– Ingeniería de Sonido e Imagen en Telecomunicación.
– Ingeniería de Tecnología Industrial.
– Ingeniería de Tecnología Naval.
– Ingeniería de Tecnologías de Caminos.
– Ingeniería Tecnologías de la Telecomunicación.
– Ingeniería de Tecnologías Específicas de Telecomunicación.
– Ingeniería de Tecnologías Industriales.
– Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
– Ingeniería de Recursos Mineros y Energéticos.
– Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
– Ingeniería Electrónica de Telecomunicación.
– Ingeniería Electrónica y Automática (Rama Industrial).
– Ingeniería Eléctrica (Rama Industrial).
– Ingeniería en Tecnología Minera.
– Ingeniería Física.
– Ingeniería Forestal.
– Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
– Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
– Ingeniería Geológica.
– Ingeniería Mecánica (Rama Industrial).
– Ingeniería Minera y Energética.
– Ingeniería Naval y Oceánica.
– Ingeniería Química.
– Ingeniería Química Industrial.
– Ingeniería Radioelectrónica Naval.
– Técnica Industrial.
– Química.
– Ingeniería Agrícola.
– Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
– Ingeniería Agrónoma.
– Ingeniería Agroalimentaria..
– Tecnología de la Ingeniería Civil.
– Tecnologías de Telecomunicación.
Biología y Geología. • Licenciatura en:
– Ciencias Naturales.
– Ciencias, sección Biología o Geología.
– Ciencias Biológicas.
– Ciencias Geológicas.
– Biología.
– Bioquímica.
– Ciencias Ambientales.
– Geología.
– Ciencias del mar.
– Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
– Biotecnología.
– Farmacia.
– Medicina.
– Veterinaria.
• Ingeniería:
– Agrónoma.
– De Montes.
– De Minas.
– Geológica.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o bien una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Biomedicina Básica y Experimental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias Agrarias y Bioeconomía.
Ciencias Ambientales.
Ciencias Biomédicas.
Ciencias de la Salud Animal.
Ciencias del Mar.
Ciencias Experimentales.
Enfermería.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agroambiental y del Paisaje.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería Ambiental.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería de la Salud.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de la Energía y Medio Ambiente.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Recursos Mineros y Energéticos.
Ingeniería de Recursos Minerales y Energía.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería del Medio Natural.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería de los Recursos Mineros y Energéticos.
Ingeniería de los Recursos Minerales.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Geomática y Topografía.
Ingeniería en Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería en Tecnología Minera.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Geomática.
Ingeniería Geomática y Topografía.
Ingeniería Hortofrutícola y Jardinería.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Geológica.
Farmacia.
Geología.
Genética.
Medicina.
Microbiología.
Nanociencia y Nanotecnoloxía.
Nutrición Humana y Dietética.
Odontología.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Tecnologías de la Información para la Salud.
Veterinaria.
Dibujo. • Licenciatura en:
– Bellas Artes.
• Arquitectura.
• Ingeniería:
– de Caminos, Canales y Puertos.
– Aeronáutica.
– Naval.
– Industrial.
– Montes.
– Agrónoma.
• Titulo Superior de Diseño según RD 633/2010, de 14 de mayo.
• Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes culturales según RD 635/2010, de 14 de mayo.
• Título Superior de Artes Plásticas según RD 634/2010, de 14 de mayo.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria cumplir alguno de los siguientes requisitos:
– haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.
– haber cursado una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías superiores asimismo enumeradas.
– poseer el título de Conservación y Restauración de Bienes Culturales según RD 1387/1991, de 18 de septiembre o Títulos equivalentes recogidos en el artículo 2 del Real Decreto 440/1994 de 11 de marzo (BOE de 6 de abril).
– poseer el título de Diseño según RD 1496/1999, de 24 de septiembre.
• Grado en:
Arquitectura.
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Arquitectura Técnica.
Arquitectura Técnica y Edificación.
Artes.
Artes y Diseño.
Bellas Artes.
Ciencia y Tecnología de la Edificación.
Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural.
Creación y Diseño.
Diseño.
Diseño de Interiores.
Diseño de Moda.
Diseño Digital.
Diseño Integral y Gestión de la Imagen.
Diseño Multimedia y Gráfico.
Diseño Visual de Contenidos Digitales.
Diseño y Desarrollo de Videojuegos.
Diseño y Gestión de Moda.
Edificación.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería Civil.
Ingeniería Civil y Territorial.
Ingeniería Civil en Construcciones Civiles.
Ingeniería Civil en Hidrología.
Ingeniería Civil en Transportes y Servicios Urbanos.
Ingeniería Civil, Construcciones Civiles.
Ingeniería de la Edificación.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Producto.
Ingeniería de Edificación.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería Eléctrica.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería Electrónica y Automática (rama Industrial).
Ingeniería Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería en Electrónica Industrial.
Ingeniería en Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal, Industrias Forestales.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Estudios de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
Marina.
Náutica y Transporte Marítimo.
Tecnología de la Ingeniería Civil.
Alemán.
Francés.
Inglés.
• Licenciatura en:
– Filología de la lengua extranjera correspondiente.
– Traducción e Interpretación Lingüística cursando la lengua extranjera correspondiente como primera lengua.
• Cualquier titulación universitaria del área de Humanidades y, además, acreditar como formación complementaria, como mínimo, un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas en el idioma correspondiente a través de la posesión del certificado de ese nivel de las enseñanzas de idiomas o equivalente conforme al anexo III.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de la licenciatura del idioma correspondiente junto con los estudios complementarios citados en el párrafo anterior.
• Grado, según el correspondiente idioma, en:
– Francés:
Estudios de Francés y Catalán.
Estudios de Francés y de Clásicas.
Estudios de Francés y Español.
Estudios de Inglés y Francés.
Estudios Franceses.
Estudios Francófonos Aplicados.
Lenguas y Literaturas Modernas, Francés.
Lenguas Modernas y sus Literatura (francés como primer idioma extranjero).
Lenguas Modernas, Cultura e Comunicación (francés como primer idioma extranjero).
Lenguas Románicas y sus Literaturas (francés como primer idioma extranjero).
Traducción (francés como primer idioma extranjero).
Traducción y Comunicación Intercultural (francés como primer idioma extranjera).
Traducción e Interpretación (francés como primer idioma extranjero).
Traducción y Mediación Interlingüística (francés como primer idioma extranjero).
– Inglés:
Estudios de Inglés y Catalán.
Estudios de Inglés y de Clásicas.
Estudios de Inglés y Español.
Estudios de Inglés y Francés.
Estudios Ingleses.
Estudios Ingleses. Lengua, Literatura e Cultura.
Filología Moderna. Inglés.
Inglés.
Inglés: Estudios Lingüísticos y Literarios.
Lengua y Literatura Inglesas.
Lenguas Aplicadas a la Comunicación y al Márketing.
Lenguas y Literaturas Modernas, Inglés.
Lenguas Modernas y Gestión, Inglés.
Lenguas Extranjeras (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
Lenguas Modernas y Traducción (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
Lenguas Modernas, Cultura y Comunicación (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
Traducción (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
Traducción y Comunicación Intercultural (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
Traducción e Interpretación (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
Traducción y Mediación Interlingüística (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
– Aleman:
Estudios Alemanes.
Estudios Hispano-Alemanes.
Lengua y Literatura Alemana.
Lenguas y Literaturas Modernas, especialidad Alemán.
Filología (alemán como primer idioma extranjero).
Lenguas Modernas (alemán como primer idioma extranjero).
Lenguas Modernas y sus Literaturas (alemán como primer idioma extranjero).
Lenguas Modernas y Traducción (alemán como primer idioma extranjero).
Lenguas Modernas, Cultura y Comunicación (alemán como primer idioma extranjero).
Traducción (alemán como primer idioma extranjero).
Traducción y Comunicación Intercultural (alemán como primer idioma extranjero).
Traducción e Interpretación (alemán como primer idioma extranjero).
Italiano. • Licenciatura en:
– Filología de la lengua extranjera correspondiente.
– Traducción o Interpretación Lingüística.
• Cualquier titulación universitaria del área de Humanidades y, además, acreditar como formación complementaria, como mínimo, un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas en el idioma correspondiente a través de la posesión del certificado de ese nivel de las enseñanzas de idiomas o equivalente conforme al anexo III.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de la licenciatura del idioma correspondiente, junto con los estudios complementarios citados en el párrafo anterior.
• Grado en:
– Estudios Italianos.
– Lenguas y Literaturas Modernas (Italiano como primer idioma).
– Lenguas Modernas y sus Literaturas (Italiano como primer idioma).
– Lingüística y Lenguas Aplicadas. (Italiano como primer idioma).
– Literaturas Comparadas (Italiano como primer idioma).
– Traducción e Interpretación (italiano).
Música. • Licenciatura en:
– Historia y Ciencias de la Música.
– Historia, especialidad Historia del Arte (Sección Musicología).
– Musicología.
• Título Superior de Música.
• Titulaciones declaradas equivalentes al Título Superior de Música según R.D. 1542/1994, de 8 de julio.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria estar en posesión del Título de Profesor, según lo establece el R.D. 2618/1966 de 10 de septiembre, de la especialidad.
• Grado en:
Composición de Músicas Contemporáneas.
Composición Musical.
Creación Musical.
Historia y Ciencias de la Música.
Historia y Ciencias de la Música y Tecnología Musical.
Interpretación de Música Moderna.
Interpretación Musical.
Música.
Musicología.
Educación Física. • Licenciatura en:
– Educación Física.
– Ciencias de la actividad física y del deporte.
• Cualquier titulación universitaria superior y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores de Educación Física o Ciencias de la actividad física y del Deporte.
• Grado en:
Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
Ciencias del Deporte.
Orientación Educativa. • Licenciatura en:
– Psicología.
– Pedagogía.
– Filosofía y Ciencias de la Educación, sección Psicología o Ciencias de la Educación o.
Pedagogía.
– Filosofía y letras, Sección Pedagogía o Psicología.
– Psicopedagogía.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria tener el título de Diplomado en las Escuelas Universitarias de Psicología hasta 1974 o haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.
• Grado en:
Pedagogía.
Psicología.
Tecnología. • Ingeniería.
• Arquitectura.
• Licenciatura en:
– Ciencias (sección Físicas).
– Ciencias Físicas.
– Física.
– Informática.
– Química.
– Marina Civil.
– Máquinas navales.
– Náutica y Transporte Marítimo.
– Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería Técnica.
• Arquitectura Técnica.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura.
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Arquitectura Técnica.
Arquitectura Técnica y Edificación.
Ciencia y Tecnología de la Edificación.
Ciencias y Tecnologías de Telecomunicación.
Creación y Desarrollo de Videojuegos.
Desarrollo de Videojuegos.
Diseño de Productos Interactivos.
Diseño y Desarrollo de Videojuegos.
Diseño y Producción de Videojuegos.
Edificación.
Ingeniería.
Estudios de Arquitectura.
Física.
Fundamentos de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
Informática y Servicios.
Marina.
Nanociencia y Nanotecnología.
Náutica y Transporte Marítimo.
Química.
Tecnología de la Ingeniería Civil.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Tecnología y Gestión Alimentaria.
Tecnologías de la Información para la Salud.
Tecnologías Marinas.
Tecnologías para la Sociedad de la Información.
Economía. • Licenciatura en:
– Ciencias Económicas y Empresariales.
– Ciencias del Trabajo.
– Administración y Dirección de Empresas.
– Ciencias Actuariales y Financieras.
– Economía.
– Investigación y Técnicas del Mercado.
• Ingeniería en Organización Industrial.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Administración de Empresas.
Administración de Empresas y Gestión de la Innovación.
Administración y Dirección de Empresas.
Administración y Dirección de Empresas Tecnológicas.
Administración y Gestión Pública.
Análisis de Negocios.
Análisis Económico.
Asistencia de Dirección.
Ciencias del Trabajo y Recursos Humanos.
Ciencias del Trabajo, Relaciones Laborales y Recursos Humanos.
Ciencias Económicas.
Ciencias Empresariales.
Comercio.
Comercio y Márketing.
Comercio Internacional.
Consultoría y Gestión de la Información.
Contabilidad y Finanzas.
Creación, Administración y Dirección de Empresas.
Dirección Comercial y Márketing.
Dirección de Empresas.
Dirección de Empresas Tecnológicas.
Dirección y Administración de Empresas.
Dirección y Creación de Empresas.
Dirección y Gestión de Empresas en el Ámbito Digital.
Dirección y Gestión Pública.
Dirección Financiera y Contabilidad.
Dirección Internacional de Empresas.
Dirección Internacional de Empresas de Turismo.
Economía.
Economía y Finanzas.
Economía y Negocios Internacionales.
Economía y Gestión.
Economía Financiera y Actuarial.
Empresa y Tecnología.
Empresa Internacional.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería y Gestión Empresarial.
Ingeniería en Organización Industrial.
Estadística y Empresa.
Estadística Empresarial.
Estudios Internacionales de Economía y Empresa.
Filosofía, Política y Economía.
Finanzas.
Finanzas y Contabilidad.
Finanzas y Seguros.
Finanzas, Banca y Seguros.
Fiscalidad y Administración Pública.
Márketing.
Márketing y Comercialización Internacional.
Márketing y Comunicación.
Márketing y Comunicación Comercial.
Márketing y Comunicación Digital.
Márketing y Comunicación Empresarial.
Márketing e Investigación de Mercados.
Márketing e Investigación de Mercados (MIM).
Técnicas Cuantitativas para la Economía y la Empresa.
Gestión Comercial y Márketing.
Gestión de Empresas.
Gestión de Negocios.
Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas.
Gestión y Administración Pública.
Gestión y Márketing Empresarial.
Gestión Económica y Financiera.
Gestión Informática Empresarial.
Administración de Empresas. • Licenciatura en:
– Administración y Dirección de Empresas.
– Ciencias Actuariales y Financieras.
– Ciencias del Trabajo.
– Ciencias Políticas y de la Administración.
– Economía.
– Derecho.
• Diplomatura en Ciencias Empresariales.
• Diplomatura en Gestión y Administración Pública.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.
• Grado en:
Administración de Empresas.
Administración de Empresas y Gestión de la Innovación.
Administración y Dirección de Empresas.
Administración y Dirección de Empresas Tecnológicas.
Administración y Gestión Pública.
Análisis de Negocios.
Análisis Económico.
Asistencia de Dirección.
Ciencias del Trabajo y Recursos Humanos.
Ciencias del Trabajo, Relaciones Laborales y Recursos Humanos.
Ciencias Económicas.
Ciencias Empresariales.
Ciencias Políticas y de la Administración.
Ciencias Políticas y de la Administración Pública.
Ciencias Políticas y Gestión Pública.
Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas.
Comercio.
Comercio y Márketing.
Comercio Internacional.
Consultoría y Gestión de la Información.
Contabilidad y Finanzas.
Creación, Administración y Dirección de Empresas.
Derecho.
Dirección Comercial y Márketing.
Dirección de Empresas.
Dirección de Empresas Tecnológicas.
Dirección y Administración de Empresas.
Dirección y Creación de Empresas.
Dirección y Gestión de Empresas en el Ámbito Digital.
Dirección y Gestión Pública.
Dirección Financiera y Contabilidad.
Dirección Internacional de Empresas.
Economía.
Economía y Finanzas.
Economía y Negocios Internacionales.
Economía y Gestión.
Economía Financiera y Actuarial.
Empresa y Tecnología.
Empresa Internacional.
Empresas y Actividades Turísticas.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería y Gestión Empresarial.
Ingeniería en Organización Industrial.
Estadística y Empresa.
Estadística Empresarial.
Estudios Internacionales de Economía y Empresa/International.
Filosofía, Política y Economía.
Finanzas.
Finanzas y Contabilidad.
Finanzas y Seguros.
Finanzas, Banca y Seguros.
Fiscalidad y Administración Pública.
Negocios y Marketing.
Relaciones Laborales.
Técnicas Cuantitativas para la Economía y la Empresa.
Gestión Comercial y Márketing.
Gestión de Empresas.
Gestión de Negocios.
Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas.
Gestión y Administración Pública.
Gestión y Márketing Empresarial.
Gestión Económica y Financiera.
Gestión Informática Empresarial.
Análisis y Química Industrial. • Licenciatura en:
– Bioquímica.
– Biotecnología.
– Ciencias Ambientales.
– Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
– Farmacia.
– Química.
• Ingeniería:
– Química.
– Montes.
– Agrónoma.
• Ingeniería Técnica:
– Industrial, especialidad en Química Industrial.
– Forestal, especialidad en Industrias Forestales.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Biología Ambiental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias Ambientales.
Ciencias de la Alimentación.
Ciencias Experimentales.
Enología.
Ingeniería Alimentaria.
Ingeniería Ambiental.
Ingeniería de Bioprocesos Alimentarios.
Ingeniería de Energía y Medio Ambiente.
Ingeniería Energética.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Química.
Ingeniería Química Industrial.
Farmacia.
Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.
Innovación y Seguridad Alimentaria.
Nutrición Humana y Dietética.
Química.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Asesoría y Procesos de Imagen Personal. • Licenciatura en:
– Biología.
– Bioquímica.
– Farmacia.
– Medicina.
– Química.
• Ingeniería Química.
• Cualquier titulación Universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Biomedicina Básica y Experimental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Ciencias Biomédicas.
Enfermería.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería de la Salud.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería Química.
Farmacia.
Fisioterapia.
Medicina.
Microbiología.
Nutrición Humana y Dietética.
Odontología.
Podología.
Química.
Construcciones Civiles y Edificación. • Arquitectura.
• Ingeniería:
– Caminos, Canales y Puertos.
– Industrial.
– De Materiales.
– Naval y Oceánica.
– Geológica.
– Montes.
– Agrónoma.
– Geodesia y cartografía.
• Arquitectura Técnica.
• Ingeniería Técnica:
– Industrial, en todas sus especialidades.
– De Obras Públicas en todas sus especialidades.
– En Topografía.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura.
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniaría Marítima.
Arquitectura Técnica.
Arquitectura Técnica y Edificación.
Ciencia y Tecnología de la Edificación.
Ciencia y Tecnología de la Edificación.
Diseño de Interiores.
Edificación.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Civil.
Ingeniería Civil y Territorial.
Ingeniería Civil en Construcciones Civiles.
Ingeniería Civil en Hidrología.
Ingeniería Civil en Transportes y Servicios Urbanos.
Ingeniería de la Edificación.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Materiales.
Ingeniería de Obras Públicas.
Ingeniería de Obras Públicas en Construcciones Civiles.
Ingeniería de Obras Públicas en Transportes y Servicios Urbanos.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Recursos Minerales y Energía.
Ingeniería de Tecnologías de Caminos.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Geomática y Topografía.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería Geomática.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Estudios de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
Marina.
Náutica y Transporte Marítimo.
Proyectos de interiorismo.
Tecnología de la Ingeniería Civil.
Urbanismo, Ordenación Territorial y Sostenibilidad.
Formación y Orientación Laboral. • Licenciatura en:
– Administración y Dirección de Empresas.
– Ciencias del Trabajo.
– Ciencias Actuariales y Financieras.
– Ciencias Políticas y de la Administración.
– Derecho.
– Economía.
– Psicología.
– Sociología.
• Ingeniería en Organización Industrial.
• Diplomatura en:
– Ciencias Empresariales.
– Educación Social.
– Relaciones Laborales.
– Trabajo Social.
– Gestión y Administración Pública.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Administración de Empresas.
Administración de Empresas y Gestión de la Innovación.
Administración y Dirección de Empresas.
Administración y Dirección de Empresas Tecnológicas.
Administración y Gestión Pública.
Análisis de Negocios.
Análisis Económico.
Asistencia de Dirección.
Ciencias del Trabajo y Recursos Humanos.
Ciencias del Trabajo, Relaciones Laborales y Recursos Humanos.
Ciencias Económicas.
Ciencias Empresariales.
Ciencias Políticas y de la Administración.
Ciencias Políticas y Gestión Pública.
Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas.
Comercio.
Comercio y Márketing.
Comercio Internacional.
Consultoría y Gestión de la Información.
Contabilidad y Finanzas.
Creación, Administración y Dirección de Empresas.
Derecho.
Dirección Comercial y Márketing.
Dirección de Empresas.
Dirección de Empresas Tecnológicas.
Dirección y Administración de Empresas.
Dirección y Creación de Empresas.
Dirección y Gestión de Empresas en el Ámbito Digital.
Dirección y Gestión Pública.
Dirección Financiera y Contabilidad.
Dirección Internacional de Empresas.
Economía.
Economía y Finanzas.
Economía y Negocios Internacionales.
Economía y Gestión.
Educación Social.
Empresa y Tecnología.
Empresa Internacional.
Empresas y Actividades Turísticas.
Ingeniería de Organización.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería de Gestión Empresarial.
Estadística y Empresa.
Estadística Empresarial.
Estudios Internacionales de Economía y Empresa.
Filosofía, Política y Economía.
Finanzas.
Finanzas y Contabilidad.
Finanzas y Seguros.
Finanzas, Banca y Seguros.
Fiscalidad y Administración Pública.
Negocios y Márketing.
Negocios y Márketing Internacionales.
Negocios Internacionales.
Relaciones Laborales.
Relaciones Laborales y Desarrollo de Recursos Humanos.
Relaciones Laborales y Empleo.
Relaciones Laborales y Ocupación.
Relaciones Laborales y Recursos Humanos.
Técnicas Cuantitativas para la Economía y la Empresa.
Trabajo Social.
Gestión de Empresas.
Gestión de Negocios.
Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas.
Gestión y Administración Pública.
Gestión y Márketing Empresarial.
Gestión Económica y Financiera.
Hostelería y Turismo. • Licenciatura en:
– Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
– Administración y Dirección de Empresas.
• Diplomatura en:
– Turismo.
– Empresas y Actividades Turísticas.
– Hostelería y Turismo.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.
• Grado en:
Administración de Empresas.
Administración de Empresas y Gestión de la Innovación.
Administración y Dirección de Empresas.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias Culinarias y Gastronómicas.
Ciencias de la Alimentación.
Ciencias Empresariales.
Creación, Administración y Dirección de Empresas.
Dirección de Empresas.
Dirección y Administración de Empresas.
Dirección y Creación de Empresas.
Dirección Hostelera.
Dirección Internacional de Empresas.
Dirección Internacional de Empresas de Turismo y Ocio.
Empresas y Actividades Turísticas.
Enología.
Ingeniería Alimentaria.
Gastronomía.
Gastronomía y Artes Culinarias.
Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.
Innovación y Seguridad Alimentaria.
Nutrición Humana y Dietética.
Tecnología e Innovación Alimentaria.
Tecnología y Gestión Alimentaria.
Turismo.
Turismo y Gestión del Tiempo libre.
Gestión de Empresas.
Gestión de Negocios.
Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas.
Gestión Hotelera y Turística.
Gestión Turística y Hotelera.
Informática. • Licenciatura en:
– Informática.
– Matemáticas.
– Física.
– Ciencias y Técnicas Estadísticas.
• Ingeniería en:
– Informática.
– Telecomunicación.
– Electrónica.
– Automática y Electrónica Industrial.
• Ingeniería Técnica en:
– Informática de Gestión.
– Informática de Sistemas.
– Telecomunicación, especialidad en Telemática.
• Diplomatura en Estadística.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Bioinformática.
Ciencias y Tecnologías de Telecomunicación.
Ciencia e Ingeniería de datos.
Ingeniería de las Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Computadores.
Ingeniería de Sistemas Audiovisuales de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones.
Ingeniería de Sistemas de Información.
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas TIC.
Ingeniería de Sonido e Imagen en Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Específicas de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica de Comunicaciones.
Enxeñaría Electrónica de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Informática.
Ingeniería Multimedia.
Ingeniería en Organización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnología de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías de la Información.
Ingeniería en Tecnologías de la Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería Informática de Servicios y Aplicaciones.
Ingeniería Informática de Gestión y Sistemas de Información.
Ingeniería Informática do Software.
Ingeniería Informática en Computación.
Ingeniería en Informática de Sistemas.
Ingeniería Informática en Ingeniería de Computadores.
Ingeniería Informática en Ingeniería de Software.
Ingeniería Informática en Sistemas de Información.
Ingeniería Informática en Tecnologías de la Información.
Ingeniería Informática, Tecnologías Informáticas.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval.
Ingeniería Telemática.
Estadística.
Estadística Aplicada.
Estadística y Empresa.
Estadística Empresarial.
Física.
Informática y Servicios.
Matemática Computacional.
Matemáticas.
Matemáticas y Estadística.
Matemáticas e Informática.
Multimedia.
Tecnología Digital y Multimedia.
Tecnologías de Telecomunicación.
Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Gestión Informática Empresarial.
Intervención Sociocomunitaria. • Licenciatura en:
– Pedagogía.
– Psicología.
– Psicopedagogía.
– Sociología.
– Antropología social y cultural.
• Diplomatura en:
– Educación Social.
– Trabajo Social.
• Título de Maestro, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.
• Grado en:
Antropología y Evolución Humana.
Antropología Social y Cultural.
Educación Infantil.
Educación Primaria.
Educación Social.
Humanidades y Antropología Social.
Igualdad de género.
Logopedia.
Pedagogía.
Psicología.
Sociología.
Sociología Aplicada.
Terapia Ocupacional.
Trabajo Social.
Navegación e Instalaciones Marinas. • Licenciatura en:
– Máquinas Navales.
– Náutica y Transporte Marítimo.
– Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería:
– Agrónoma.
– Aeronáutica.
– Caminos, Canales y Puertos.
– Geodesia y Cartografía.
– Industrial.
– De Materiales.
– De Minas.
– De Montes.
– Naval y Oceánica.
– Organización Industrial.
• Diplomatura en:
– Máquinas Navales.
– Navegación Marítima.
– Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería Técnico Naval, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Ciencias del Mar.
Ingeniería Agrícola y Alimentaria.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería de las Industrias Alimentarias.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval.
Ingeniería en Organización Industrial.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Marina.
Náutica y Transporte Marítimo.
Tecnologías Marinas.
Organización y Gestión Comercial. • Licenciatura en:
– Administración y Dirección de Empresas.
– Ciencias Actuariales y Financieras.
– Ciencias del Trabajo.
– Economía.
– Derecho.
– Investigación y Técnicas de Mercado.
– Publicidad y Relaciones Públicas.
• Diplomatura en Ciencias Empresariales.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.
• Grado en;
Administración de Empresas.
Administración de Empresas y Gestión de la Innovación.
Administración y Dirección de Empresas.
Administración y Dirección de Empresas Tecnológicas.
Administración y Gestión Pública.
Análisis de Negocios.
Análisis Económico.
Asistencia de Dirección.
Ciencias Económicas.
Ciencias Empresariales.
Comercio.
Comercio y Márketing.
Comercio Internacional.
Consultoría y Gestión da Información.
Contabilidad y Finanzas.
Creación, Administración y Dirección de Empresas.
Derecho.
Desarrollo, Gestión Comercial y Estrategias de Mercado.
Dirección Comercial y Márketing.
Dirección de Empresas.
Dirección de Empresas Tecnológicas.
Dirección y Administración de Empresas.
Dirección y Creación de Empresas.
Dirección y Gestión de Empresas en el Ámbito Digital.
Dirección y Gestión Pública.
Dirección Financiera y Contabilidad.
Dirección Hotelera.
Dirección Internacional de Empresas.
Dirección Internacional de Empresas de Turismo y Ocio.
Economía.
Economía y Finanzas.
Economía y Negocios Internacionales.
Economía y Gestión.
Empresa y Tecnología.
Empresa Internacional.
Empresas y Actividades Turísticas.
Ingeniería y Gestión Empresarial.
Estadística y Empresa.
Estadística Empresarial.
Estudios Internacionales de Economía y Empresa.
Finanzas.
Finanzas y Contabilidad.
Finanzas y Seguros.
Finanzas, Banca y Seguros.
Fiscalidad y Administración Pública.
Logística y Negocios Marítimos.
Márketing.
Márketing y Comercialización Internacional.
Márketing y Comunicación.
Márketing y Comunicación Comercial.
Márketing y Comunicación Digital.
Márketing y Comunicación Empresarial.
Márketing y Comunidades Digitales.
Márketing y Dirección Comercial.
Márketing e Investigación de Mercados.
Márketing y Gestión Comercial.
Negocios y Márketing.
Negocios y Márketing Internacionales.
Negocios Internacionales.
Publicidad y Relaciones Públicas.
Publicidad, Márketing y Relaciones Públicas.
Relaciones Laborales y Recursos Humanos.
Técnicas Cuantitativas para la Economía y la Empresa.
Gestión Comercial y Márketing.
Gestión de Empresas.
Gestión de Negocios.
Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas.
Gestión Económica y Financiera.
Gestión Informática Empresarial.
Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos. • Ingeniería:
– Aeronáutica.
– Agrónoma.
– Automática y electrónica industrial.
– Industrial.
– De Minas.
– De Montes.
– Naval y Oceánica.
• Licenciado en:
– Máquinas Navales.
– Náutica y Transporte Marítimo.
– Radioelectrónica Naval.
• Diplomatura en:
– Máquinas Navales.
– Navegación Marítima.
– Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería Técnica en:
– Aeronáutica, en todas sus especialidades.
– Agrícola, en todas sus especialidades.
– Industrial, en todas sus especialidades.
– Forestal, en todas sus especialidades.
– Minas, en todas sus especialidades.
– Naval, en todas sus especialidades.
– Obras Públicas, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de Aeronavegación.
Ingeniería de Aeropuertos.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Obras Públicas.
Ingeniería de Obras Públicas en Construcciones Civiles.
Ingeniería de Obras Públicas en Transportes y Servicios Urbanos.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería de Sistemas Electrónicos.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías de Caminos.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería del Automóvil.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería de los Recursos Mineros y Energéticos.
Ingeniería de Recursos Minerales.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Ingeniería Eléctrica.
Ingeniería Electromecánica.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Diseño Industrial y desarrollo de Producto.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Ecotecnologías en los Procesos Industriales.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería en Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Minera.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Aeroespaciales.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Mecatrónica.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval.
Ingeniería Robótica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Marina.
Náutica y Transporte Marítimo.
Tecnologías Marinas.
Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica.
• Ingeniería:
– Aeronáutica.
– Automática y Electrónica Industrial.
– Industrial.
– Minas.
– Organización Industrial.
– Materiales.
– Naval y Oceánica.
– Agrónoma.
• Licenciatura en Máquinas Navales.
• Diplomatura en Máquinas Navales.
• Ingeniería Técnica en:
– Aeronáutica, especialidad Aeronaves, especialidad en Equipos y Materiales Aeroespaciales.
– Agrícola, especialidad en Explotaciones Agropecuarias, especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales.
– Diseño Industrial.
– Industrial, en todas sus especialidades.
– Minas, en todas sus especialidades.
– Naval, especialidad en Estructuras Marinas.
– Obras Públicas, especialidad en Construcciones Civiles.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Enxeñaría Marítima.
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agroambiental y del Paisaje.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería Civil.
Ingeniería Civil en Construcciones Civiles.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de las Explotaciones Agropecuarias.
Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de Aeronavegación.
Ingeniería de Aeropuertos.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Materiales.
Ingeniería de Obras Públicas.
Ingeniería de Obras Públicas en Construcciones Civiles.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Recursos Minerales y Energía.
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería de Sistemas Electrónicos.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería del Automóvil.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería de los Recursos Mineros y Energéticos.
Ingeniería de los Recursos Minerales.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Ingeniería Eléctrica.
Ingeniería Electromecánica.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Producto.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Organización Industrial.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Aeroespaciales.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Mecatrónica.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval,
Ingeniería Robótica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Marina.
Náutica.
Náutica y Transporte Marítimo.
Tecnología de la Ingeniería Civil.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos. • Arquitectura.
• Ingeniería:
– Industrial.
– Aeronáutica.
– Automática y electricidad.
– Caminos, Canales y Puertos.
– De Telecomunicación.
– Naval y Oceánica.
– Agrónoma.
– De Minas.
– Geológica.
– Montes.
• Licenciatura en Máquinas Navales.
• Diplomatura en Máquinas Navales.
• Ingeniería Técnica:
– Industrial, en todas sus especialidades.
– Aeronáutica, en todas sus especialidades.
– Obras Públicas, en todas sus especialidades.
– Telecomunicación, en todas sus especialidades.
– Naval, en todas sus especialidades.
– Agrícola, en todas sus especialidades.
– De Minas, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura.
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Arquitectura Técnica.
Arquitectura Técnica y Edificación.
Ciencia y Tecnología de la Edificación.
Ciencia y Tecnología de Edificación.
Ciencias Agrarias y Bioeconomía.
Ciencias y Tecnologías de la Edificación.
Edificación.
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería Civil.
Ingeniería Civil y Territorial.
Ingeniería Civil en Construcciones Civiles.
Ingeniería Civil en Hidrología.
Ingeniería Civil en Transportes y Servicios Urbanos.
Ingeniería de la Edificación.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería da Tecnología Minera.
Ingeniería de las Explotaciones Agropecuarias.
Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de las Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Aeronavegación.
Ingeniería de Aeropuertos.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Edificación.
Ingeniería de Obras Públicas.
Ingeniería de Obras Públicas en Construcciones Civiles.
Ingeniería de Obras Públicas en Transportes y Servicios Urbanos.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería de Recursos Energéticos.
Ingeniería de Recursos Mineros y Energéticos.
Ingeniería de Recursos Minerales y Energía.
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones.
Ingeniería de Sistemas de Información.
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas Electrónicos.
Ingeniería de Sistemas TIC.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías de Caminos.
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Específicas.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería de los Recursos Energéticos.
Ingeniería de los Recursos Energéticos, Combustibles y Explosivos.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Ingeniería Eléctrica.
Ingeniería Electromecánica.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica de Comunicaciones.
Ingeniería Electrónica de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería en Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Aeroespaciales.
Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Mecatrónica.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval.
Ingeniería Robótica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Ingeniería Telemática.
Estudios de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
Marina.
Nanociencia y Nanotecnología.
Náutica y Transporte Marítimo.
Tecnología de la Ingeniería Civil.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Tecnologías de Telecomunicación.
Tecnologías Marinas.
Procesos de Cultivo Acuícola. • Licenciadtura en:
– Biología.
– Bioquímica.
– Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
– Ciencias del Mar.
– Veterinaria.
• Ingeniería:
– Agrónoma.
– Montes.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Biología.
Biología ambiental.
Biología humana.
Biología Sanitaria.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencia y Salud Animal.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias Ambientales.
Ciencias del Mar.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Ambiental.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería en Tecnologías Ambientales.
Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.
Marina.
Nutrición Humana y Dietética.
Química.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Tecnología e Innovación Alimentaria.
Tecnología y Gestión Alimentaria.
Tecnologías Marinas.
Veterinaria.
Procesos de Producción Agraria. • Licenciatura en:
– Biología.
– Biotecnología.
– Geología.
– Veterinaria.
• Ingeniería:
– Agrónoma.
– De Montes.
• Ingeniería Técnica:
– Agrícola, en todas sus especialidades.
– Forestal, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Biomedicina Básica y Experimental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencias Agrarias y Bioeconomía.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agroambiental y del Paisaje.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería de las Explotaciones Agropecuarias.
Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Veterinaria.
Procesos en la Industria Alimentaria. • Licenciatura en:
– Biología.
– Bioquímica.
– Biotecnología.
– Ciencias Ambientales.
– Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
– Enología.
– Farmacia.
– Química.
– Veterinaria.
• Ingeniería:
– Agrónoma.
– Química.
• Ingeniería Técnica Agrícola, especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias.
• Diplomatura en Nutrición Humana y Dietética.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencia y Salud Animal.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias Ambientales.
Ciencias Biomédicas.
Ciencias Culinarias y Gastronómicas.
Ciencias de la Alimentación.
Ciencias Gastronómicas.
Enología.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agroambiental y del Paisaje.
Ingeniería Alimentaria.
Ingeniería Ambiental.
Ingeniería de Bioprocesos industriales.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería en Tecnologías Ambientales.
Ingeniería Química.
Ingeniería Química Industrial.
Farmacia.
Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.
Innovación y Seguridad Alimentaria.
Microbiología.
Nutrición Humana y Dietética.
Química.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Tecnología e Innovación Alimentaria.
Tecnología y Gestión Alimentaria.
Veterinaria.
Procesos Diagnóstico Clínicos y Productos Ortoprotésicos.
• Licenciatura en:
– Medicina.
– Farmacia.
– Biología.
– Bioquímica.
– Biotecnología.
– Química.
– Ciencias ambientales.
– Odontología.
– Veterinaria.
• Diplomatura en:
– Fisioterapia.
– Enfermería.
– Podología.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.podologia.
• Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Biomedicina Básica y Experimental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencias Ambientales.
Ciencias Biomédicas.
Enfermería.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Ambiental.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería de la Salud.
Ingeniería de la Energía y Medio Ambiente.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Química.
Farmacia.
Fisioterapia.
Medicina.
Microbiología.
Odontología.
Podología.
Química.
Veterinaria.
Procesos Sanitarios. • Licenciatura en:
– Biología.
– Bioquímica.
– Biotecnología.
– Farmacia.
– Medicina.
– Odontología.
– Veterinaria.
• Diplomatura en:
– Fisioterapia.
– Enfermería.
– Podología.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.
• Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Biomedicina Básica y Experimental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencias Biomédicas.
Enfermería.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería de la Salud.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Química.
Farmacia.
Fisioterapia.
Medicina.
Microbiología.
Odontología.
Podología.
Química.
Veterinaria.
Genética.
Procesos y Medios de Comunicación. • Licenciatura en:
– Comunicación Audiovisual.
– Publicidad y Relaciones Públicas.
– Periodismo.
• Ingeniería de Telecomunicación.
• Título Superior de Diseño, Especialidad Diseño Gráfico.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Animación.
Audiovisual y Multimedia.
Ciencias y Tecnologías de Telecomunicación.
Cine.
Cine y Medios Audiovisuales.
Cine y Televisión.
Cinematografía y Artes Audiovisuales.
Comunicación.
Comunicación Audiovisual.
Comunicación Audiovisual y Multimedia.
Comunicación Cultural.
Comunicación Digital.
Comunicación e Industrias Culturales.
Comunicación y Relaciones Públicas.
Comunicación y Periodismo Audiovisuales.
Comunicación Publicitaria.
Contenidos Digitales Interactivos.
Creación y Desarrollo de Videojuegos.
Creación y Diseño.
Creación y Narración de Videojuegos.
Desenvolvimiento de Videojuegos.
Diseño de Productos Interactivos.
Diseño Digital.
Diseño y desarrollo de Videojuegos.
Diseño y Producción de Videojuegos.
Diseño y Tecnologías Creativas.
Diseño Integral y Gestión de la Imagen.
Diseño Multimedia y Gráfico.
Diseño Visual de Contenidos Digitales.
Ingeniería de las Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas Audiovisuales.
Ingeniería de Sistemas Audiovisuales de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones.
Ingeniería de Sistemas de Información.
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas TIC.
Ingeniería de Sonido e Imagen en Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Específicas de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica de Comunicaciones.
Ingeniería Electrónica de Telecomunicación.
Ingeniería en Desarrollo de Contenidos Digitales.
Ingeniería en Organización de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.
Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías de la Información.
Ingeniería en Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería Multimedia.
Ingeniería Telemática.
Fotografía.
Fotografía y Creación Digital.
Márketing y Comunicación.
Márketing y Comunicación Comercial.
Márketing y Comunicación Digital.
Márketing y Comunicación Empresarial.
Márketing y Comunidades Digitales.
Medios Audiovisuales.
Multimedia.
Multimedia y Artes Digitales.
Publicidad.
Publicidad y Relaciones Públicas.
Publicidad, Márketing y Relaciones Públicas.
Publicidad, Relaciones Públicas y Márketing.
Sistemas Audiovisuales y Multimedia.
Tecnologías de Telecomunicación.
Tecnologías para la Sociedad de la Información.
Gestión de Sistemas de Información.
Periodismo.
Periodismo y Comunicación Corporativa.
Procesos y Productos de Textil, Confección y Piel. • Licenciatura en Química.
• Ingeniería:
– Química.
– Industrial.
• Ingeniería Técnica Industrial, especialidad Textil.
• Título Superior de Diseño, especialidad Diseño de Moda, según el Real decreto 633/2010, de 14 de mayo.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Diseño.
Diseño de Moda.
Diseño y Gestión de Moda.
Ingeniería de Diseño y Tecnología Textil.
Ingeniería de Organización.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería de Tecnología y Diseño Textil.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Diseño de Moda.
Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo del Producto.
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería Química.
Ingeniería Técnica Industrial.
Química.
Gestión Industrial de la Moda.
Procesos y Productos de Vidrio y Cerámica. • Licenciatura en:
– Física.
– Química.
• Ingeniería:
– Química.
– Industrial.
– De Materiales.
– Automática y Electrónica Industrial.
• Ingeniería Técnica Industrial, especialidad en Química Industrial.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de producto.
Ingeniería de Materiales.
Ingeniería Química Industrial.
Física.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería Industrial.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Química.
Ingeniería Química Industrial.
Química.
Procesos y Productos de Artes Gráficas. • Licenciatura en:
– Comunicación Audiovisual.
– Periodismo.
– Publicidad y Relaciones Públicas.
– Química.
• Ingeniería Química.
• Título Superior de Diseño, especialidad Diseño Gráfico, según el Real decreto 633/2010, de 14 de mayo.
• Ingeniería Técnica en:
– Diseño Industrial.
– Forestal, especialidad en Industrias Forestales.
– Industrial: Especialidad en Química Industrial.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Audiovisual e Multimedia.
Cine.
Cine y Medios Audiovisuales.
Cine y Televisión.
Cinematografía y Artes Audiovisuales.
Comunicación.
Comunicación Audiovisual.
Comunicación Audiovisual y Multimedia.
Comunicación Cultural.
Comunicación Digital.
Comunicación y Industrias Culturales.
Comunicación y Relaciones Públicas.
Comunicación y Periodismo Audiovisuales.
Comunicación Publicitaria.
Contenidos Digitales Interactivos.
Diseño de Productos Interactivos.
Diseño Digital.
Diseño y Tecnologías Creativas.
Diseño Integral y Gestión de la Imagen.
Diseño Multimedia y Gráfico.
Diseño Visual de Contenidos Digitales.
Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería de Sistemas Audiovisuales.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales y Multimedia.
Ingeniería en Sistemas TIC.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Química.
Ingeniería Química Industrial.
Fotografía.
Fotografía y Creación Digital.
Medios Audiovisuales.
Publicidad.
Publicidad y Relaciones Públicas.
Publicidad, Márketing Relaciones Públicas.
Química.
Periodismo.
Periodismo y Comunicación Corporativa.
Procesos y Productos en Madera y Mueble.
• Arquitectura.
• Ingeniería:
– Industrial.
– De Materiales.
– De Montes.
– En Organización Industrial.
• Arquitectura Técnico.
• Ingeniería Técnico:
– En Diseño Industrial.
– Forestal, especialidad en Industrias Forestales.
– Industrial, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Título Superior de Diseño, especialidad Diseño de Interiores, según el Real decreto 633/2010, de 14 de mayo.
• Título Superior de Diseño, especialidad Diseño de Producto, según el Real decreto 633/2010, de 14 de mayo.
• Grado en:
Arquitectura.
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Arquitectura Técnica.
Arquitectura Técnica y Edificación.
Ciencia y Tecnología de la Edificación.
Edificación.
Ingeniería de la Edificación.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Edificación.
Ingeniería de Materiales.
Ingeniería del Medio Natural.
Ingeniería de Organización.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Mecatrónica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Estudios de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
Sistemas Electrónicos. • Licenciatura en:
– Física.
– Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería:
– Aeronáutica.
– Automática y Electrónica Industrial.
– Electrónica.
– Industrial.
– Minas.
– Naval y Oceánico.
– Telecomunicación.
• Diplomatura en Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería Técnica:
– Aeronáutica, especialidad en Aeronavegación.
– En Informática de Sistemas.
– Industrial, especialidad en Electricidad, especialidad en Electrónica Industrial.
– De Telecomunicaciones, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Ciencias y Tecnologías de Telecomunicación.
Energía.
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de las Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Aeronavegación.
Ingeniería de Aeropuertos.
Ingeniería de Ordenadores.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Materiales.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Recursos Mineros y Energía.
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones.
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas Electrónicos.
Ingeniería de Sistemas TIC.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Específicas de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería del Automóvil.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería de los Recursos Minerales.
Ingeniería Eléctrica.
Ingeniería Electromecánica.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica de Comunicaciones.
Ingeniería Electrónica de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Diseño Industrial y Desenvolvimiento de Productos.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Informática.
Ingeniería en Informática de Sistemas.
Ingeniería en Organización de las Tecnologías de la Información y de la.
Comunicación.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería en Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales y Multimedia.
Ingeniería en Sistemas de Información.
Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Minera.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Aeroespaciales.
Ingeniería en Tecnologías de la Información.
Ingeniería en Tecnologías de la Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Física.
Ingeniería Informática.
Ingeniería Informática de Servicios y Aplicaciones.
Ingeniería Informática de Gestión y Sistemas de Información.
Ingeniería Informática de Software.
Ingeniería Informática en Computación.
Ingeniería Informática en Ingeniería de Computadores.
Ingeniería Informática en Ingeniería del Software.
Ingeniería Informática en Sistemas de Información.
Ingeniería Informática en Tecnologías de la Información.
Ingeniería Informática, Tecnologías Informáticas.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Multimedia.
Ingeniería Náutica yTransporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval.
Ingeniería Técnica Industrial.
Ingeniería Telemática.
Física.
Informática y Servicios.
Marina.
Nanociencia y Nanotecnología.
Náutica y Transporte Marítimo.
Sistemas de Información.
Tecnologías de Telecomunicación.
Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Tecnologías Marinas.
Gestión de Sistemas de Información.
Sistemas Electrotécnicos y Automáticos. • Licenciatura en:
– Física.
– Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería en:
– Aeronáutica.
– Automática y Electrónica Industrial.
– Electrónica.
– Industrial.
– Informática.
– Minas.
– Naval y Oceánica.
– Telecomunicación.
• Diplomatura en Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería Técnica en:
– Aeronáutica, especialidad en Aeronavegación.
– Informática de Sistemas.
– Industrial, especialidad en Electricidad, especialidad en Electrónica Industrial.
– Telecomunicaciones, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Ciencias y Tecnologías de Telecomunicación.
Energía.
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de las Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Aeronavegación.
Ingeniería de Aeropuertos.
Ingeniería de Computadores.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Materiales.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Recursos Minerales y Energía.
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones.
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas Electrónicos.
Ingeniería de Sistemas TIC.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Específicas de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería del Automóvil.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería de los Recursos Minerales.
Ingeniería Eléctrica.
Ingeniería Electromecánica.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica de Comunicaciones.
Ingeniería Electrónica de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Informática.
Ingeniería en Informática de Sistemas.
Ingeniería en Organización de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería en Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales y Multimedia.
Ingeniería en Sistemas de Información.
Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Minera.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Aeroespaciales.
Ingeniería en Tecnologías de la Información.
Ingeniería en Tecnologías de la Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Física.
Ingeniería Informática.
Ingeniería Informática de Servicios y Aplicaciones.
Ingeniería Informática de Gestión y Sistemas de Información.
Ingeniería Informática de Software.
Ingeniería Informática en Computación.
Ingeniería Informática en Ingeniería de Computadores.
Ingeniería Informática en Ingeniería del Software.
Ingeniería Informática en Sistemas de Información.
Ingeniería Informática en Tecnologías de la Información.
Ingeniería Informática, Tecnologías Informáticas.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Multimedia.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval e Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval.
Ingeniería Técnica Industrial.
Ingeniería Telemática.
Física.
Informática y Servicios.
Marina.
Nanociencia y Nanotecnología.
Náutica y Transporte Marítimo.
Sistemas de Información.
Tecnologías de Telecomunicación.
Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Tecnologías Marinas.
Gestión de Sistemas de Información.
Equipos Electrónicos. • Licenciatura en:
– Física.
– Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería:
– Aeronáutica.
– En Automática y Electrónica Industrial.
– En Electrónica.
– Informática.
– Industrial.
– De Minas.
– Naval.
– De Telecomunicación.
• Diplomatura en Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería Técnica en:
– Aeronáutica, especialidad en Aeronavegación.
– Informática de Sistemas.
– Industrial, especialidad en Electricidad y especialidad en Electrónica Industrial.
– Telecomunicación, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Ciencias y Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de las Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Aeronavegación.
Ingeniería de Aeropuertos.
Ingeniería de Ordenadores.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Materiales.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Recursos Mineros y Energía.
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones.
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas Electrónicos.
Ingeniería de Sistemas TIC.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Específicas de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería del Automóvil.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería de los Recursos Minerales.
Ingeniería Eléctrica.
Ingeniería Electromecánica.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica de Comunicaciones.
Ingeniería Electrónica de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Informática.
Ingeniería en Informática de Sistemas.
Ingeniería en Organización de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería en Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales y Multimedia.
Ingeniería en Sistemas de Información.
Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Minera.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Aeroespaciales.
Ingeniería en Tecnologías de la Información.
Ingeniería en Tecnologías de la Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Física.
Ingeniería Informática.
Ingeniería Informática de Servicios y Aplicaciones.
Ingeniería Informática de Gestión y Sistemas de Información.
Ingeniería Informática do Software.
Ingeniería Informática en Computación.
Ingeniería Informática en Ingeniería de Ordenadores.
Ingeniería Informática en Ingeniería del Software.
Ingeniería Informática en Sistemas de Información.
Ingeniería Informática en Tecnologías de la Información.
Ingeniería Informática, Tecnologías Informáticas.
Ingeniería Matemática.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Multimedia.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval.
Ingenoería Robótica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Ingeniería Telemática.
Física.
Informática y Servicios.
Marina.
Nanociencia y Nanotecnología.
Náutica y Transporte Marítimo.
Sistemas de Información.
Tecnologías de Telecomunicación.
Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Tecnologías Marinas.
Gestión de Sistemas de Información.
Instalación y Mantenimiento de Equipos Térmicos y de Fluídos. • Arquitectura.
• Ingeniería:
– Industrial.
– Aeronáutico.
– Naval y Oceánico.
– Agrónomo.
– Minas.
• Licenciatura en Máquinas Navales.
• Diplomatura en Máquinas Navales.
• Arquitectura Técnico.
• Ingeniería Técnica:
– Industrial, en todas sus especialidades.
– Aeronáutica, en todas sus especialidades.
– Forestal, especialidad en Industrias Forestales.
– Naval, especialidad en Propulsión y Servicios del Buque.
– Agrícola, especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales.
– Minas, en todas sus especialidades.
– Montes.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura.
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Arquitectura Técnica.
Arquitectura Técnica y Edificación.
Ciencia y Tecnología de la Edificación.
Ciencias Agrarias y Bioeconomía.
Edificación.
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería Civil.
Ingeniería de la Edificación.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería da Tecnología Mineira.
Ingeniería de las Explotaciones Agropecuarias.
Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de Aeronavegación.
Ingeniería de Aeropuertos.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Edificación.
Ingeniería de Recursos Energéticos.
Ingeniería de Energías Renovables.
Ingeniería de Recursos Mineros y Energéticos.
Ingeniería de Recursos Minerales y Energía.
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería de los Recursos Energéticos.
Ingeniería de los Recursos Energéticos, Combustibles y Explosivos.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Ingeniería Eléctrica.
Ingeniería Electromecánica.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería en Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Aeroespaciales.
Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Mecatrónica.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval.
Ingeniería Robótica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Estudios de Arquitectura.
Fundamentos da Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
Marina.
Nanociencia y Nanotecnología.
Náutica y Transporte Marítimo.
Tecnología das Industrias Agrarias y Alimentarias.
Tecnologías Marinas.
Instalaciones Electrotécnicas. • Licenciatura en:
– Física.
– Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería:
– Aeronáutico.
– Automática y Electrónica Industrial.
– Electrónica.
– Industrial.
– Minas.
– Naval y Oceánico.
– Telecomunicación.
• Diplomatura en Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería Técnica:
– Aeronáutica, especialidad en Aeronavegación.
– Informática de Sistemas.
– Industrial, especialidad en Electricidad y.
especialidad en Electrónica Industrial.
– Telecomunicación, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Ciencias y Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de las Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Aeronavegación.
Ingeniería de Aeropuertos.
Ingeniería de Computadores.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Materiales.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Recursos Mineros y Energía.
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones.
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas Electrónicos.
Ingeniería de Sistemas TIC.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Específicas de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería del Automóvil.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería de los Recursos Minerales.
Ingeniería Eléctrica.
Ingeniería Electromecánica.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica de Comunicaciones.
Ingeniería Electrónica de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Informática.
Ingeniería en Informática de Sistemas.
Ingeniería en Organización de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales y Multimedia.
Ingeniería en Sistemas de Información.
Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Minera.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Aeroespaciales.
Ingeniería en Tecnologías de la Información.
Ingeniería en Tecnologías de la Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Física.
Ingeniería Informática.
Ingeniería Informática de Servicios y Aplicaciones.
Ingeniería Informática de Gestión y Sistemas de Información.
Ingeniería Informática del Software.
Ingeniería Informática en Computación.
Ingeniería Informática en Ingeniería de Computadores.
Ingeniería Informática en Ingeniería del Software.
Ingeniería Informática en Sistemas de Información.
Ingeniería Informática en Tecnologías de la Información.
Ingeniería Informática, Tecnologías Informáticas.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Multimedia.
Ingeniería Náutica e Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval e Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval.
Ingeniería Telemática.
Física.
Informática y Servicios.
Marina.
Nanociencia y Nanotecnología.
Náutica y Transporte Marítimo.
Sistemas de Información.
Tecnologías de Telecomunicación.
Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Tecnologías Marinas.
Gestión de Sistemas de Información.
Instalaciones y Equipos de Cría y Cultivo. • Licenciatura en:
– Biología.
– Biotecnología.
– Ciencias del Mar.
– Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
– Veterinaria.
• Ingeniería:
– Agrónoma.
– Montes.
• Ingeniería Técnica Agrícola, especialidad en Explotaciones Agropecuarias.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Graduado/a en:
Biología.
Biología ambiental.
Biología humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencias Agrarias y Bioeconomía.
Ciencias Ambientales.
Ciencias del Mar.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Ambiental.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Veterinaria.
Laboratorio. • Licenciatura en:
– Química.
– Bioquímica.
– Biotecnología.
– Farmacia.
– Ciencias y Tecnología de los Alimentos.
– Ciencias Ambientales.
• Ingeniería:
– Química.
– Agrónoma.
• Ingeniería Técnica Industrial, especialidad en Química Industrial.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Graduado/a en:
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias Ambientales.
Ciencias de la Alimentación.
Ciencias Experimentales.
Enología.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Agroambiental y del Paisaje.
Ingeniería Alimentaria.
Ingeniería Ambiental.
Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Ingeniería en Tecnologías Ambientales.
Ingeniería Química.
Ingeniería Química Industrial.
Farmacia.
Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.
Innovación y Seguridad Alimentaria.
Nutrición Humana y Dietética.
Química.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Tecnología e Innovación Alimentaria.
Tecnología y Gestión Alimentaria.
Máquinas, Servicios y Producción. • Licenciatura en:
– Máquinas Navales.
– Náutica y Transporte Marítimo.
– Radioelectrónica Naval.
• Ingeniería:
– Agrónoma.
– Aeronáutica.
– Caminos, Canales y Puertos.
– Geodesia y Cartografía.
– Industrial.
– Materiales.
– Minas.
– Montes.
– Naval y Oceánico.
• Diplomatura en:
– Máquinas Navales.
– Navegación Marítima.
• Ingeniería Técnica:
– Naval, especialidades en Estructuras Marinas o en Propulsión y Servicios del Buque.
– Aeronáutica, especialidades en Aeromotores en Aeronavegación, en.
Aeronaves o en Equipos y Materiales Aeroespaciales.
– Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales.
– Forestal, especialidad en Industrias Forestales.
– Industrial, especialidades en Electricidad o en Mecánica.
– De Minas, especialidades en Explotación de Minas, en Instalaciones.
Electromecánicas Mineras, en Mineralurgia y Metalurgia, en Recursos.
Energéticos o en Combustibles y Explosivos.
– De Obras Públicas, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Graduado/a en:
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agroambiental y del Paisaje.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería Civil.
Ingeniería Civil en Construcciones Civiles.
Ingeniería Civil en Hidrología.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de las Explotaciones Agropecuarias.
Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de Aeronavegación.
Ingeniería de Aeropuertos.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Materiales.
Ingeniería de Obras Públicas.
Ingeniería de Obras Públicas en Construcciones Civiles.
Ingeniería de Obras Públicas en Transportes y Servicios Urbanos.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Recursos Minerales y Energía.
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería de Tecnología de Caminos.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería del Automóvil.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería de los Recursos Mineros y Energéticos.
Ingeniería de los Recursos Minerales.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Ingeniería Eléctrica.
Ingeniería Electromecánica.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Aeroespaciales.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Mecatrónica.
Ingeniería Mineira.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval,
Ingeniería Robótica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Marina.
Náutica.
Náutica y Transporte Marítimo.
Tecnología de la Ingeniería Civil.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Tecnologías Marinas.
Oficina de Proyectos de Construcción. • Arquitectura.
• Ingeniería:
– Industrial.
– Naval y Oceánico.
– Caminos, de Canales y Puertos.
– Montes.
– Agrónoma.
• Arquitectura técnica.
• Ingeniería Técnica:
– Industrial, en todas sus especialidades.
– Obras Públicas, en todas sus especialidades.
– Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales.
• Título Superior de Diseño, Especialidad: Diseño de Interiores.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Graduado/a en:
Arquitectura.
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniaría Marítima.
Arquitectura Técnica.
Arquitectura Técnica y Edificación.
Ciencia y Tecnología de la Edificación.
Diseño de Interiores.
Edificación.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Civil.
Ingeniería Civil y Territorial.
Ingeniería Civil en Construcciones Civiles.
Ingeniería Civil en Hidrología.
Ingeniería Civil en Transportes y Servicios Urbanos.
Ingeniería de la Edificación.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Materiales.
Ingeniería de Obras Públicas.
Ingeniería de Obras Públicas en Construcciones Civiles.
Ingeniería de Obras Públicas en Transportes y Servicios Urbanos.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería de Tecnologías de Caminos.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería Geomática y Topografía.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Mecatrónica.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Estudios de la Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
Tecnología de la Ingeniería Civil.
Urbanismo, Ordenación Territorial y Sostenibilidad.
Oficina de Proyectos de Fabricación Mecánica. • Arquitectura.
• Ingeniería:
– Aeronáutica.
– Industrial.
– Minas.
– Naval y Oceánico.
– Agrónoma.
• Licenciatura en Máquinas Navales.
• Diplomatura en Máquinas Navales.
• Arquitectura Técnica.
• Ingeniería Técnica:
– Aeronáutica, especialidad Aeronaves.
– Industrial, especialidad en Mecánica.
– Diseño Industrial.
– Naval, especialidad en Estructuras Marinas.
– Minas, especialidad en Instalaciones Electromecánicas Mineras.
– Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Arquitectura Técnica.
Arquitectura Técnica y Edificación.
Ciencia y Tecnología de la Edificación.
Edificación.
Estudios de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura.
Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería de la Edificación.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de las Explotaciones Agropecuarias.
Ingeniería de Aeronavegación.
Ingeniería de Aeropuertos.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Recursos Minerales y Energía.
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería de los Recursos Mineros y Energéticos.
Ingeniería de los Recursos Minerales.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Diseño Mecánico y Desarrollo de Producto.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Aeroespaciales.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Mecatrónica.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval.
Ingeniería Robótica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Marina.
Náutica.
Náutica y Transporte Marítimo.
Operaciones y Equipos de Elaboración de Productos Alimentarios. • Licenciatura en:
– Biología.
– Bioquímica.
– Biotecnología.
– Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
– Ciencias Ambientales.
– Enología.
– Farmacia.
– Química.
– Veterinaria.
• Ingeniería:
– Agrónoma.
– Industrial.
– Químico.
• Ingeniería Técnica:
– Agrícola, especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias.
– Industrial, especialidad en Química Industrial.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias Ambientales.
Ciencias Biomédicas.
Ciencias Culinarias y Gastronómicas.
Ciencias de la Alimentación.
Ciencias Gastronómicas.
Enología.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agroambiental y del Paisaje.
Ingeniería Alimentaria.
Ingeniería Ambiental.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería de la Salud.
Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería Química.
Ingeniería Química Industrial.
Farmacia.
Gastronomía.
Gastronomía y Artes Culinarias.
Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.
Innovación y Seguridad Alimentaria.
Microbiología.
Nutrición Humana y Dietética.
Química.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Tecnología e Innovación Alimentaria.
Tecnología y Gestión Alimentaria.
Veterinaria.
Operaciones de Procesos. • Licenciatura en:
– Química.
– Bioquímica.
– Farmacia.
– Ciencias y Tecnología de los Alimentos.
– Ciencias Ambientales.
• Ingeniería:
– Química.
– Industrial.
– Agrónoma.
– Montes.
• Ingeniería Técnica:
– Industrial, especialidad en Química Industrial.
– Forestal, especialidad en Industrial Forestales.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Biología Ambiental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias Ambientales.
Ciencias del Alimentación.
Ciencias Experimentales.
Enología.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agroambiental y del Paisaje.
Ingeniería Alimentaria.
Ingeniería Ambiental.
Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de la Energía y el Medio Ambiente.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería en Tecnologías Ambientales.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Química.
Ingeniería Química Industrial.
Farmacia.
Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.
Innovación y Seguridad Alimentaria.
Nutrición Humana y Dietética.
Química.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Tecnología e Innovación Alimentaria.
Tecnología y Gestión Alimentaria.
Operaciones y Equipos de Producción Agraria. • Licenciatura en:
– Biología.
– Biotecnología.
– Ciencias Ambientales.
– Ciencias y Tecnología de los Alimentos.
– Geología.
– Química.
– Veterinaria.
• Ingeniería:
– Agrónoma.
– Montes.
• Ingeniero Técnico:
– Agrícola en todas sus especialidades.
– Forestal, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Graduado/a en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias Agrarias y Bioeconomía.
Ciencias Ambientales.
Ciencias de la Alimentación.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agroambiental y del Paisaje.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería de las Explotaciones Agropecuarias.
Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Ingeniería Alimentaria.
Ingeniería Ambiental.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Química.
Ingeniería Química Industrial.
Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.
Innovación y Seguridad Alimentaria.
Tecnología e Innovación Alimentaria.
Tecnología de las Industrias Agrarias y Alimentarias.
Veterinaria.
Procedimientos Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico. • Licenciatura en:
– Medicina.
– Farmacia.
– Biología.
– Bioquímica.
– Biotecnología.
– Ciencia de Tecnología de los Alimentos.
– Ciencias Ambientales.
– Odontología.
– Química.
– Veterinaria.
• Diplomatura en:
– Enfermería.
– Fisioterapia.
– Podología.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Biomedicina Básica y Experimental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias Biomédicas.
Ciencias Ambientales.
Ciencias de la Alimentación.
Enfermería.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería de la Salud.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Farmacia.
Fisioterapia.
Medicina.
Microbiología.
Nutrición Humana y Dietética.
Odontología.
Podología.
Química.
Veterinaria.
Procedimientos Sanitarios y Asistenciales. • Licenciatura en:
– Medicina.
– Farmacia.
– Biología.
– Bioquímica.
– Biotecnología.
– Ciencias y Tecnología de los Alimentos.
– Odontología.
– Veterinaria.
• Diplomatura en:
– Enfermería.
– Fisioterapia.
– Podología.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Graduado/a en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Biomedicina Básica y Experimental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias Biomédicas.
Ciencias Ambientales.
Ciencias de la Alimentación.
Enfermería.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería de la Salud.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Farmacia.
Fisioterapia.
Medicina.
Microbiología.
Nutrición Humana y Dietética.
Odontología.
Podología.
Química.
Veterinaria.
Procesos Comerciales. • Licenciatura en:
– Administración y Dirección de Empresas.
– Ciencias Actuariales y Financieras.
– Economía.
– Investigación y Técnicas de Mercado.
– Publicidad y Relaciones Públicas.
• Ingeniería en:
– Informática.
• Diplomatura en:
– Biblioteconomía y Documentación.
– Ciencias Empresariales.
– Gestión y Administración Pública.
• Ingeniería Técnica en:
– Informática de Gestión.
– Informática de Sistemas.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Administración de Empresas.
Administración de Empresas y Gestión de la Innovación.
Administración y Dirección de Empresas.
Administración y Dirección de Empresas Tecnológicas.
Administración y Gestión Pública.
Análisis de Negocios.
Análisis Económico.
Asistencia de Dirección.
Ciencias Económicas.
Ciencias Empresariales.
Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas.
Comercio.
Comercio y Márketing.
Comercio Internacional.
Consultoría y Gestión de la Información.
Contabilidad y Finanzas.
Creación, Administración y Dirección de Empresas.
Desarrollo, Gestión Comercial y Estrategias de Mercado.
Dirección Comercial y Márketing.
Dirección de Empresas.
Dirección de Empresas Tecnológicas.
Dirección y Administración de Empresas.
Dirección y Creación de Empresas.
Dirección y Gestión de Empresas en el Ámbito Digital.
Dirección y Gestión Pública.
Dirección Financiera y Contabilidad.
Dirección Hostelera.
Dirección Internacional de Empresas.
Dirección Internacional de Empresas de Turismo y Ocio.
Economía.
Economía y Finanzas.
Economía y Negocios Internacionales.
Economía y Gestión.
Empresa y Tecnología.
Empresa Internacional.
Empresas y Actividades Turísticas.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería y Gestión Empresarial.
Ingeniería en Informática.
Ingeniería en Informática de Sistemas.
Ingeniería en Organización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Ingeniería en Organización Industrial.
Ingeniería en Tecnologías de la Información.
Ingeniería Informática.
Ingeniería Informática de Servicios y Aplicaciones.
Ingeniería Informática de Gestión y Sistemas de.
Información.
Ingeniería Informática del Software.
Ingeniería Informática en Computación.
Ingeniería Informática en Ingeniería de Ordenadores.
Ingeniería Informática en Ingeniería del Software.
Ingeniería Informática en Sistemas de Información.
Ingeniería Informática en Tecnologías de la Información.
Estadística y Empresa.
Estadística Empresarial.
Estudios Internacionales de Economía y Empresa.
Filosofía, Política y Economía.
Finanzas.
Finanzas y Contabilidad.
Finanzas y Seguros.
Finanzas, Banca y Seguros.
Fiscalidad y Administración Pública.
Logística y Negocios Marítimos.
Márketing.
Márketing y Comercialización Internacional.
Márketing y Comunicación.
Márketing y Comunicación Comercial.
Márketing y Comunicación Digital.
Márketing y Comunicación Empresarial.
Márketing y Comunidades Digitales.
Márketing y Dirección Comercial.
Márketing e Investigación de Mercados.
Márketing y Gestión Comercial.
Negocios y Márketing.
Negocios y Márketing Internacionales.
Negocios Internacionales.
Publicidad y Relaciones Públicas.
Publicidad, Márketing y Relaciones Públicas.
Relaciones Laborales y Recursos Humanos.
Técnicas Cuantitativas para la Economía y la Empresa.
Turismo.
Gestión Comercial y Márketing.
Gestión de Empresas.
Gestión de Negocios.
Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas.
Giestión y Administración Pública.
Gestión Económica y Financiera.
Gestión Informática Empresarial.
Procesos de Gestión Administrativa. • Licenciatura en:
– Administración y Dirección de Empresas.
– Ciencias Actuariales y Financieras.
– Ciencias Políticas y de la Administración.
– Ciencias del Trabajo.
– Economía.
– Derecho.
• Ingeniería Informática.
• Diplomatura en:
– Biblioteconomía y Documentación.
– Ciencias Empresariales.
– Gestión y Administración Pública.
– Relaciones Laborales.
• Ingeniería Técnica:
– Informática de Gestión.
– Informática de Sistemas.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Administración de Empresas.
Administración de Empresas y Gestión de la Innovación.
Administración y Dirección de Empresas.
Administración y Dirección de Empresas Tecnológicas.
Administración y Gestión Pública.
Análisis de Negocios.
Análisis Económico.
Asistencia de Dirección.
Ciencia Política y Administración Pública.
Ciencia Política y Gestión Pública.
Ciencias Económicas.
Ciencias Empresariales.
Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas.
Comercio.
Comercio y Márketing.
Comercio Internacional.
Consultoría y Gestión de la Información.
Contabilidad y Finanzas.
Creación, Administración y Dirección de Empresas.
Derecho.
Desarrollo, Gestión Comercial y Estrategias de Mercado.
Dirección Comercial y Márketing.
Dirección de Empresas.
Dirección de Empresas Tecnológicas.
Dirección y Administración de Empresas.
Dirección y Creación de Empresas.
Dirección y Gestión de Empresas en el Ámbito Digital.
Dirección y Gestión Pública.
Dirección Financiera y Contabilidad.
Dirección Hostelera.
Dirección Internacional de Empresas.
Dirección Internacional de Empresas de Turismo y Ocio.
Economía.
Economía y Finanzas.
Economía y Negocios Internacionales.
Economía y Gestión.
Empresa y Tecnología.
Empresa Internacional.
Empresas y Actividades Turísticas.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería y Gestión Empresarial.
Ingeniería en Informática.
Ingeniería en Informática de Sistemas.
Ingeniería en Organización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Ingeniería en Organización Industrial.
Ingeniería en Tecnologías da Información.
Ingeniería Informática.
Ingeniería Informática de Servicios y Aplicaciones.
Ingeniería Informática de Gestión y Sistemas de.
Información.
Ingeniería Informática del Software.
Ingeniería Informática en Computación.
Ingeniería Informática en Ingeniería de Ordenadores.
Ingeniería Informática en Ingeniería del Software.
Ingeniería Informática en Sistemas de Información.
Ingeniería Informática en Tecnologías de la.
Información.
Estadística y Empresa.
Estadística Empresarial.
Estudios Internacionales de Economía y Empresa.
Filosofía, Política y Economía.
Finanzas.
Finanzas y Contabilidad.
Finanzas y Seguros.
Finanzas, Banca y Seguros.
Fiscalidad y Administración Pública.
Logística y Negocios Marítimos.
Márketing.
Márketing y Comercialización Internacional.
Márketing y Comunicación.
Márketing y Comunicación Comercial.
Márketing y Comunicación Digital.
Márketing y Comunicación Empresarial.
Márketing y Comunidades Digitales.
Márketing y Dirección Comercial.
Márketing e Investigación de Mercados.
Márketing y Gestión Comercial.
Negocios y Márketing.
Negocios y Márketing Internacionales.
Negocios Internacionales.
Publicidad y Relaciones Públicas.
Publicidad, Márketing y Relaciones Públicas.
Relaciones Laborales y Recursos Humanos.
Técnicas Cuantitativas para la Economía y la Empresa.
Gestión Comercial y Márketing.
Gestión de Empresas.
Gestión de Negocios.
Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas.
Gestión Económica y Financiera.
Gestión Informática Empresarial.
Producción Textil y Tratamientos Físico-Químicos.
• Licenciatura en Química.
• Ingeniería:
– Química.
– Industrial.
• Ingeniería Técnica Industrial: especialidad Textil y especialidad en Química Industrial.
• Título Superior de Diseño de Moda.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Diseño.
Diseño de Moda.
Diseño de Producto.
Diseño y Gestión de Moda.
Ingeniería de Diseño y Tecnología Textil.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Organización Industrial.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería de Tecnología y Diseño Textil.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Diseño de Moda.
Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo del Producto.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Organización Industrial.
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería Química.
Ingeniería Química Industrial.
Ingeniería Técnica Industrial.
Química.
Servicios a la Comunidad. • Licenciatura en:
– Pedagogía.
– Psicología.
– Sociología.
– Psicopedagogía.
– Antropología Social y cultural.
• Diplomatura en:
– Educación Social.
– Terapia Ocupacional.
– Logopedia.
– Trabajo Social.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.
• Maestro, en todas sus especialidades.
• Grado en:
Antropología y Evolución Humana.
Antropología Social y Cultural.
Ciencias Sociales.
Educación Infantil.
Educación Primaria.
Educación Social.
Humanidades y Antropología Social.
Humanidades y Estudios Sociales.
Logopedia.
Pedagogía.
Psicología.
Sociología.
Sociología Aplicada.
Terapia Ocupacional.
Trabajo Social.
Sistemas y Aplicaciones Informáticas. • Licenciatura en:
– Matemáticas.
– Física.
• Ingeniería en:
– Informática.
– Electrónica.
– Telecomunicación.
• Ingeniería Técnica:
– Industrial especialidad en Electrónica Industrial.
– Informática de Gestión.
– Informática de Sistemas.
– Telecomunicación en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Graduado/a en:
Bioinformática.
Ciencias y Tecnologías de Telecomunicación.
Ciencia e Ingeniería de datos.
Ingeniería de las Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Ordenadores.
Ingeniería de Sistemas Audiovisuales de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones.
Ingeniería de Sistemas de Información.
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas TIC.
Ingeniería de Sonido e Imagen en Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Específicas de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica de Comunicaciones.
Enxeñaría Electrónica de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Informática.
Ingeniería en Informática de Sistemas.
Ingeniería Multimedia.
Ingeniería en Organización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnología de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías de la Información.
Ingeniería en Tecnologías de la Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería Informática de Servicios y Aplicaciones.
Ingeniería Informática de Gestión y Sistemas de Información.
Ingeniería Informática del Software.
Ingeniería Informática en Computación.
Ingeniería en Informática de Sistemas.
Ingeniería Informática en Ingeniería de Ordenadores.
Ingeniería Informática en Ingeniería de Software.
Ingeniería Informática en Sistemas de Información.
Ingeniería Informática en Tecnologías de la Información.
Ingeniería Informática, Tecnologías Informáticas.
Ingeniería Telemática.
Informática y Servicios.
Matemática Computacional.
Matemáticas.
Matemáticas y Estadística.
Matemáticas e Informática.
Multimedia.
Tecnología Digital y Multimedia.
Tecnologías de Telecomunicación.
Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Gestión Informática Empresarial.
Técnicas y Procedimientos de Imagen y Sonido. • Licenciatura en:
– Comunicación Audiovisual.
– Publicidad y Relaciones Públicas.
– Periodismo.
• Ingeniería de Telecomunicación.
• Ingeniería Técnica en Telecomunicación, especialidad en Sonido e Imagen.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Animación.
Audiovisual y Multimedia.
Ciencias y Tecnologías de Telecomunicación.
Cine.
Cine y Medios Audiovisuales.
Cine y Televisión.
Cinematografía y Artes Audiovisuales.
Comunicación.
Comunicación Audiovisual.
Comunicación Audiovisual y Multimedia.
Comunicación Cultural.
Comunicación Digital.
Comunicación e Industrias Culturales.
Comunicación y Relaciones Públicas.
Comunicación y Periodismo Audiovisuales.
Comunicación Publicitaria.
Contenidos Digitales Interactivos.
Creación y Desarrollo de Videojuegos.
Creación y Diseño.
Creación y Narración de Videojuegos.
Desarrollo de Videojuegos.
Diseño de Productos Interactivos.
Diseño Digital.
Diseño y Desarrollo de Videojuegos.
Diseño y Producción de Videojuegos.
Diseño y Tecnologías Creativas.
Diseño Integral y Gestión de la Imagen.
Diseño Multimedia y Gráfico.
Diseño Visual de Contenidos Digitales.
Ingeniería de las Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas Audiovisuales.
Ingeniería de Sistemas Audiovisuales de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones.
Ingeniería de Sistemas de Información.
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas TIC.
Ingeniería de Sonido e Imagen en Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería de Tecnologías Específicas de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica de Comunicaciones.
Ingeniería Electrónica de Telecomunicación.
Ingeniería en Desarrollo de Contenidos Digitales.
Ingeniería en Organización de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales.
Ingeniería en Sistemas de Información.
Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnología de Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías de la Información.
Ingeniería en Tecnologías de la Telecomunicación.
Ingeniería en Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
Ingeniería Multimedia.
Ingeniería Telemática.
Fotografía.
Fotografía y Creación Digital.
Márketing y Comunicación.
Márketing y Comunicación Comercial.
Márketing y Comunicación Digital.
Márketing y Comunicación Empresarial.
Márketing y Comunidades Digitales.
Medios Audiovisuales.
Multimedia.
Multimedia y Artes Digitales.
Publicidad.
Publicidad y Relaciones Públicas.
Publicidad, Márketing y Relaciones Públicas.
Publicidad, Relaciones Públicas y Márketing.
Sistemas Audiovisuales y Multimedia.
Tecnologías de Telecomunicación.
Tecnologías para la Sociedad de la Información.
Gestión de Sistemas de Información.
Periodismo.
Periodismo y Comunicación Corporativa.
C) Cuerpo de Profesores especialistas en sectores singulares de la Formación Profesional
Especialidades Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad Cocina y Pastelería. • Licenciatura en Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
• Diplomatura en Turismo.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.
• Grado en:
Ciencias Culinarias y Gastronómicas.
Ciencias Gastronómicas.
Gastronomía.
Gastronomía y Artes Culinarias.
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias de la Alimentación.
Dirección Hotelera.
Dirección Internacional de Empresas de Turismo y Ocio.
Empresas y Actividades Turísticas.
Ingeniería Alimentaria.
Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.
Innovación y Seguridad Alimentaria.
Nutrición Humana y Dietética.
Tecnología e Innovación Alimentaria.
Tecnología y Gestión Alimentaria.
Turismo.
Turismo y Gestión del Ocio.
Gestión Hotelera y Turística.
• Técnico Especialista en Hostelería.
• Técnico Superior en Restauración.
• Técnico Superior en Dirección de Cocina.
Estética. • Licenciatura en:
– Biología.
– Bioquímica.
– Farmacia;
– Medicina;
– Química.
• Diplomatura en:
– Fisioterapia,
– Enfermería;
– Podología.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.
• Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Biomedicina Básica y Experimental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencias Biomédicas.
Enfermería.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería de la Salud.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Ingeniería Química.
Farmacia.
Fisioterapia.
Medicina.
Microbiología.
Odontología.
Podología.
Química.
• Técnico Especialista en Estética.
• Técnico Superior en Estética.
• Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar.
Fabricación e Instalación de Carpintería y Mueble. • Ingeniería:
– Industrial.
– Montes.
– Materiales.
• Ingeniería Técnica en:
– Diseño Industrial.
– Industrial, especialidad en Mecánica.
– Forestal, en todas sus especialidades.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Materiales.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Ecotecnologías en Procesos Industriales.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Mecatrónica.
• Técnico Superior en Producción de Madera y Muebles, en Desarrollo de Productos en Carpintería y Mueble o en Diseño y Amueblamiento.
• Técnico Especialista en:
– Construcción Industrial de Madera.
– Ebanista.
– Madera.
– En Modelista de Fundición.
– Diseño y fabricación de Muebles.
Mantenimiento de Vehículos. • Ingeniería:
– Industrial.
– Aeronáutico.
– Naval y Oceánico.
– Agrónomo.
– Minas.
– Montes.
• Licenciatura en Máquinas Navales.
• Diplomatura en Máquinas Navales.
• Ingeniería Técnica:
– Industrial, especialidad en Mecánica.
– Aeronáutica, en todas sus especialidades.
– Naval, especialidad en Propulsión y Servicios del Buque.
– Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales.
– Minas, especialidad en Instalaciones Electromecánicas Mineras.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Graduado/a en:
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería de la Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de las Industrias Agropecuarias.
Ingeniería de Aeronavegación.
Ingeniería de Aeropuertos.
Ingeniería de Diseño mecánico.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería de Sistemas Electrónicos.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías de Caminos.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería del Automóvil.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería de los Recursos Mineros y Energéticos.
Ingeniería de Recursos Minerales.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Ingeniería Electromecánica.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería en Sistemas Aeroespaciales.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Minera.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Aeroespaciales.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Mecatrónica.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Robótica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Marina.
Náutica y Transporte Marítimo.
Tecnologías Marinas.
• Técnico Superior en Automoción.
• Técnico Especialista en:
– Automoción.
– Mantenimiento de Máquinas y Equipo de Construcción y Obras.
– Mecánica y Electricidad del Automóvil.
Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas. • Ingeniería:
– Automática y Electrónica Industrial.
– Industrial.
– Materiales.
– Naval y Oceánico.
– Agrónoma.
• Licenciatura en Máquinas Navales.
• Diplomatura en Máquinas Navales.
• Ingeniería Técnica:
– Industrial, especialidad en Mecánica.
– Diseño Industrial.
– Naval, especialidad en Estructuras Marinas.
– Minas, especialidad en Mineral urgía y Metalurgia.
– Agrícola especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Ingeniería Agraria.
Ingeniería Agraria y Alimentaria.
Ingeniería Agraria y del Medio Rural.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de la Tecnología Minera.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros.
Ingeniería de Recursos Minerales y Energía.
Ingeniería de Sistemas Electrónicos.
Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería de Tecnologías Mineras.
Ingeniería del Automóvil.
Ingeniería de los Recursos Mineros.
Ingeniería de los Recursos Mineros y Energéticos.
Ingeniería de los Recursos Minerales.
Ingeniería y Ciencia Agronómica.
Ingeniería Eléctrica.
Ingeniería Electromecánica.
Ingeniería Electrónica.
Ingeniería Electrónica y Automática.
Ingeniería Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial.
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería Electrónica, Robótica y Mecatrónica.
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería en Explotación de Minas y Recursos Energéticos.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Industrial.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería en Tecnologías Industriales.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Marítima.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Mecatrónica.
Ingeniería Minera.
Ingeniería Minera y Energética.
Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Radioelectrónica.
Ingeniería Radioelectrónica Naval,
Ingeniería Robótica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Marina.
Náutica.
Náutica y Transporte Marítimo.
• Técnico Superior en Producción por Mecanizado.
• Técnico Superior en Programación de la Producción en Fabricación Mecánica.
• Técnico Especialista en:
– Montaje y Construcción de maquinaria.
– Micromecánica de Máquinas Herramientas.
– Micromecánica de Instrumentos.
– Instrumentista en Sistemas de Medida.
– Utillajes y Montajes Mecánicas.
– Mecánico de Armas.
– Fabricación Mecánica;
– Máquinas-Herramientas;
– Matricería y Moldes.
– Control de Calidad.
– Micromecánica y Relojería.
Patronaje y Confección. • Ingeniería Técnica Industrial, especialidad Textil.
• Grado en:
Diseño de Moda.
Diseño y Gestión de Moda.
Ingeniería de Diseño y Tecnología Textil.
Ingeniería de Tecnología y Diseño Textil.
Ingeniería en Diseño de Moda.
Gestión Industrial de la Moda.
• Título Superior de Diseño, Especialidad Moda.
• Técnico Superior en:
– Procesos de Confección Industrial.
– Patronaje.
_ Patronaje y Moda.
• Técnico Especialista en:
– Confección Industrial de Prendas Exteriores.
– Confección Industrial de Prendas Interiores.
– Confección a Medidas de Señora.
– Producción en Industrias de la Confección.
– Sastrería y Modistería.
– Confección de Tejidos.
Peluquería. • Licenciatura en:
– Biología.
– Bioquímica.
– Farmacia.
– Medicina.
– Química.
• Diplomatura en:
– Fisioterapia.
– Enfermería.
– Podología.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Biomedicina Básica y Experimental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Biotecnología.
Ciencias Biomédicas.
Enfermería.
Farmacia.
Fisioterapia.
Medicina.
Microbiología.
Odontología.
Podología.
Química.
• Técnico Especialista en:
– Peluquería.
• Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal.
• Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa.
• Técnico Superior en Estilismo y Dirección de Peluquería.
Producción de Artes Gráficas. • Licenciatura en:
– Comunicación Audiovisual.
– Periodismo.
– Publicidad y Relaciones Públicas.
– Química.
• Ingeniería:
– Química.
– Montes.
• Ingeniería Técnica Industrial especialidad en:
– Química Industrial.
– Diseño Industrial.
– Forestal, especialidad en Industria Forestales.
• Título Superior en Diseño, Especialidad en Diseño Gráfico y especialidad de Productos.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Audiovisual e Multimedia.
Cine.
Cine y Medios Audiovisuales.
Cine y Televisión.
Cinematografía y Artes Audiovisuales.
Comunicación.
Comunicación Audiovisual.
Comunicación Audiovisual y Multimedia.
Comunicación Cultural.
Comunicación Digital.
Comunicación e Industrias Culturales.
Comunicación y Relaciones Públicas.
Comunicación y Periodismo Audiovisuales.
Comunicación Publicitaria.
Contenidos Digitales Interactivos.
Diseño de Productos Interactivos.
Diseño Digital.
Diseño y Tecnologías Creativas.
Diseño Integral y Gestión de la Imagen.
Diseño Multimedia y Gráfico.
Diseño Visual de Contenidos Digitales.
Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería de Sistemas Audiovisuales.
Ingeniería en Diseño Industrial.
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales.
Ingeniería en Sistemas Audiovisuales y Multimedia.
Ingeniería Forestal.
Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
Ingeniería Forestal: Industrias Forestales.
Ingeniería Química.
Ingeniería Química Industrial.
Fotografía.
Fotografía y Creación Digital.
Medios Audiovisuales.
Publicidad.
Publicidad y Relaciones Públicas.
Publicidad, Márketing y Relaciones Públicas.
Química.
Periodismo.
Periodismo y Comunicación Corporativa.
• Técnico Superior en Diseño y Gestión de la Producción Gráfica.
• Técnico Superior en Producción en Industrias de Artes Gráficas.
• Técnico Especialista en:
– Composición.
– Encuadernación.
– Impresión.
– Procesos Gráficos.
– Reproducción Fotomecánica.
– Composición de Artes Gráficas.
Servicios de Restauración. • Licenciatura en:
– Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
• Diplomatura en Turismo.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas.
• Grado en:
Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Ciencias de la Alimentación.
Dirección Hotelera.
Dirección Internacional de Empresas de Turismo y Ocio.
Enología.
Ingeniería Alimentaria.
Empresas y Actividades Turísticas.
Ingeniería Alimentaria.
Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.
Innovación y Seguridad Alimentaria.
Nutrición Humana y Dietética.
Tecnología e Innovación Alimentaria.
Tecnología y Gestión Alimentaria.
Turismo.
Turismo y Gestión del Ocio.
Gestión Hotelera y Turístic.
• Técnico Superior en Restauración.
• Técnico Especialista en Hostelería.
• Técnico Superior en Dirección de servicios de restauración.
• Técnico Superior en Dirección de cocina.
Soldadura. • Ingeniería:
– Industrial.
– Naval y Oceánico.
– Agrónoma.
• Licenciatura en Máquinas Navales.
• Diplomatura en Máquinas Navales.
• Ingeniería Técnica:
– Aeronáutico, especialidad en Equipos y Materiales.
Aeroespaciales.
– Industrial, especialidad en Mecánica.
– Diseño Industrial.
– Naval, especialidad en Estructuras Marinas.
– Obras Públicas, especialidad en Construcciones Civiles.
– Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales.
• Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
• Grado en:
Arquitectura Naval.
Ingeniería Aeroespacial.
Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales.
Ingeniería Aeronáutica.
Ingeniería Agraria y Energética.
Ingeniería Agrícola y del Medio Rural.
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental.
Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.
Ingeniería Agroambiental.
Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural.
Ingeniería de las Industrias Agroalimentarias.
Ingeniería de Diseño Industrial.
Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Productos.
Ingeniería de Obras Públicas.
Ingeniería de Obras Públicas en Construcciones Civiles.
Ingeniería de Obras Públicas en Transportes y Servicios Urbanos.
Ingeniería de Tecnologías Específicas.
Ingeniería de Tecnologías Industriales.
Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.
Ingeniería en Sistemas y Tecnología Naval.
Ingeniería en Sistemas Industriales.
Ingeniería en Tecnología Naval.
Ingeniería Marina.
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería Naval y Oceánica.
Ingeniería Técnica Industrial.
Tecnologías Marinas.
• Técnico especialista en:
– Construcciones Metálicas y Soldador.
– Fabricación Soldada.
– Calderería en Chapa Estructural.
– Soldadura.
– Construcción Naval.
– Trazador Naval.
• Técnico Superior en Construcciones Metálicas.
D) Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas
Especialidades Titulaciones para impartir la especialidad Formación complementaria Inglés. • Licenciatura en Filología Inglesa.
• Licenciatura en Traducción e Interpretación (Inglés).
• Grado en:
– Estudios de Inglés y Catalán.
– Estudios de Inglés y de Clásicas.
– Estudios de Inglés y Español.
– Estudios de Inglés y Francés.
– Estudios Ingleses.
– Estudios Ingleses. Lengua, Literatura y Cultura.
– Filología Moderna. Inglés.
– Inglés.
– Inglés: Estudios Lingüísticos y Literarios.
– Lengua y Literatura Inglesas.
– Lenguas y Literaturas Modernas, Inglés.
– Lenguas Modernas y Gestión, Inglés.
– Lenguas Extranjeras (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
– Lenguas Modernas y Traducción (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
– Lenguas Modernas, Cultura y Comunicación (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
– Traducción (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
– Traducción y Comunicación Intercultural (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
– Traducción e Interpretación (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
– Traducción y Mediación Interlingüística (Inglés como primer idioma en lengua extranjera).
Cualquier titulación superior del área de Humanidades. Acreditar, como mínimo, un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas en el idioma correspondiente a través de la posesión de los Certificados de Nivel Avanzado o de Aptitud emitidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas o equivalente conforme a lo dispuesto en el Anexo III. Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo. Haber cursado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de la licenciatura en Filología o en Traducción e Interpretación de la lengua correspondiente junto con los estudios complementarios citados en el apartado anterior. Francés. • Licenciatura en Filología Francesa.
• Licenciatura en Traducción e Interpretación, (francés).
• Grado en:
– Estudios de Francés y Catalán.
– Estudios de Francés y de Clásicas.
– Estudios de Francés y Español.
– Estudios de Inglés y Francés.
– Estudios Franceses.
– Estudios Francófonos Aplicados.
– Lenguas y Literaturas Modernas, Francés.
– Lenguas Modernas y sus Literaturas (francés como primer idioma extranjero).
– Lenguas Modernas, Cultura e Comunicación (francés como primer idioma extranjero).
– Lenguas Románicas y sus Literaturas (francés como primer idioma extranjero).
– Traducción (francés como primer idioma extranjero).
– Traducción y Comunicación Intercultural(francés como primer idioma extranjera).
– Traducción e Interpretación (francés como primer idioma extranjero).
– Traducción y Mediación Interlingüística (francés como primer idioma extranjero).
Cualquier titulación superior del área de Humanidades. Acreditar, como mínimo, un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas en el idioma correspondiente a través de la posesión de los Certificados de Nivel Avanzado o de Aptitud emitidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas o equivalente conforme a los dispuesto en el Anexo III. Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo. Haber cursado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de la licenciatura en Filología o en Traducción e Interpretación de la lengua correspondiente junto con los estudios complementarios citados en el apartado anterior. Alemán. • Licenciatura en Filología Alemana.
• Licenciatura en Traducción e Interpretación, (alemán).
• Grado en:
– Estudios de Alemán.
– Estudios Hispano-alemanes.
– Lengua y Literatura alemanas.
– Lenguas y Literaturas Modernas, Alemán.
– Filología (alemán como primer idioma extranjero).
– Lenguas Modernas (alemán como primer idioma extranjero).
– Lenguas Modernas y sus Literaturas (alemán como primer idioma extranjero).
– Lenguas Modernas, Cultura y Comunicación (alemán como primer idioma extranjero).
– Traducción (alemán como primer idioma extranjero).
– Traducción y Comunicación Intercultural (alemán como primer idioma extranjera).
– Traducción e Interpretación (alemán como primer idioma extranjero).
– Traducción y Mediación Interlingüística (alemán como primer idioma extranjero).
Cualquier titulación superior del área de Humanidades. Acreditar, como mínimo, un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas en el idioma correspondiente a través de la posesión de los Certificados de Nivel Avanzado o de Aptitud emitidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas o equivalente conforme a lo dispuesto en el Anexo III. Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo. Haber cursado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de la licenciatura en Filología o en Traducción e Interpretación de la lengua correspondiente junto con los estudios complementarios citados en el apartado anterior. Árabe. • Licenciatura en Filología Árabe.
• Licenciatura en Traducción e Interpretación, (árabe).
• Grado en:
– Estudios Árabes y Hebreos.
– Estudios Árabes e Islámicos.
– Estudios de Asia y África, itinerario árabe.
– Estudios semíticos e Islámicos.
– Traducción e interpretación (árabe como primer idioma extranjero).
Cualquier titulación superior del área de Humanidades. Acreditar, como mínimo, un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas en el idioma correspondiente a través de la posesión de los Certificados de Nivel Avanzado o de Aptitud emitidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas o equivalenteconforme a lo dispuesto en el Anexo III. Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo. Haber cursado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de la licenciatura en Filología o en Traducción e Interpretación de la lengua correspondiente junto con los estudios complementarios citados en el apartado anterior. Español para Extranjeros. • Licenciatura en Filología Hispánica.
• Licenciatura en Filología (Sección Filología Hispánica).
• Licenciatura en Filosofía y Letras (Sección Filología Hispánica y Románica).
• Grado en:
– Estudios Hispánicos: lengua española y sus literaturas.
– Filología Hispánica.
– Filología Aplicada (Español).
– Lenguas Modernas y sus Literaturas: Especialidad Español.
– Lengua Española y su Literatura.
– Lenguas, Literaturas y Culturas Románicas:Especialidad Español.
Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo. Haber cursado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las licenciaturas señaladas o acreditar la posesión de un Máster oficial en Didáctica de la Lengua y Literatura (Español) o en Enseñanza de Español como Lengua Extranjera (ELE). E) Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas
Especialidades Titulaciones para impartir la especialidad Clarinete. • Título Superior de Música, especialidad Clarinete.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Clarinete.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Clarinete.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Flauta Travesera. • Título Superior de Música, Flauta Travesera.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Flauta Travesera.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Flauta Travesera.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Fundamentos de Composicion. • Título Superior de Música, especialidad Composición.
• Título Superior de Música, especialidad Composición (LOE).
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad de Armonía, Contrapunto, Composición e Instrumentación.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad de Armonía, Contrapunto, Composición e Instrumentación.
Guitarra. • Título Superior de Música, especialidad Guitarra.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Guitarra.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Guitarra.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Lenguaje Musical. • Título Superior de Música, especialidad Pedagogía del Lenguaje y de la Educación Musical.
• Título Superior de Música, especialidad Pedagogía (LOE).
• Título de Profesor Superior de Pedagogía Musical del Plan regulado conforme al Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre.
• Título de Profesor Superior de Solfeo, Teoría de la Música, Transposición y Acompañamiento del Plan regulado conforme al Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre.
• Título de Profesor de Solfeo, Teoría de la Música, Transposición y Acompañamiento del Plan regulado conforme al Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedidos al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores.
Oboe. • Título Superior de Música, especialidad Oboe.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Oboe.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Oboe.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Percusion. • Título Superior de Música, especialidad Percusión.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Percusión.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Percusión.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Piano. • Título Superior de Música, especialidad Piano.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Piano.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Piano.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Saxofón. • Título Superior de Música, especialidad Saxofón.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Saxofón.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Saxofón.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Trompa. • Título Superior de Música especialidad Trompa.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Trompa.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Trompa.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Trombon. • Título Superior de Música, especialidad Trombón.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Trombón.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Trombón.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Trompeta. • Título Superior de Música, especialidad Trompeta.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Trompeta.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Trompeta.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Viola. • Título Superior de Música, especialidad Viola.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Viola.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Viola.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Violin. • Título superior de Música, especialidad Violín.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Violín.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Violín.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
Violonchelo. • Título superior de Música, especialidad Violonchelo.
• Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Violonchelo.
• Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento (*) Violonchelo.
• Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
• Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad correspondiente.
F) Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño
Especialidades Titulaciones para impartir la especialidad Dibujo Artístico y Color. • Licenciatura en Bellas Artes.
• Arquitectura.
• Grado en:
– Arquitectura.
– Arte.
– Artes.
– Bellas Artes.
– Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
– Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural.
– Creación y Diseño.
– Diseño.
– Diseño de Interiores.
– Diseño de Moda.
– Diseño Digital.
– Diseño Integral y Gestión de la Imagen.
– Diseño Multimedia y Gráfico.
– Diseño Visual de Contenidos Digitales.
– Diseño y Desarrollo de Videojuegos.
– Diseño y Gestión de Moda.
– Diseño.
– Estudios de Arquitectura.
– Estudios de Arquitectura.
– Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
– Fundamentos de Arquitectura.
• Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (Enseñanzas Artísticas Superiores LOE).
• Título Superior de Diseño. (Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño LOE).
Dibujo Técnico. • Licenciatura en Bellas Artes.
• Arquitectura.
• Ingeniería.
• Grado en:
– Arquitectura.
– Arquitectura Naval.
– Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
– Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
– Arquitectura Técnica.
– Arquitectura Técnica y Edificación.
– Bellas Artes.
– Ciencia y Tecnología de la Edificación.
– Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
– Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural.
– Diseño.
– Diseño de Interiores.
– Diseño Multimedia y Gráfico.
– Diseño Visual de Contenidos Digitales.
– Edificación.
– Estudios de Arquitectura.
– Estudios de Arquitectura.
– Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
– Fundamentos de Arquitectura.
– Ingeniería Civil.
– Ingeniería Civil en Construcciones Civiles.
– Ingeniería Civil, Hidrología.
– Ingeniería Civil en Transportes y Servicios Urbanos.
– Ingeniería Civil y Territorial.
– Ingeniería de Diseño Industrial.
– Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo del Producto.
– Ingeniería de Diseño Mecánico.
– Ingeniería de Diseño y Tecnología Textil.
– Ingeniería de Edificación.
– Ingeniería de Ecotecnologías en Procesos Industriales.
– Ingeniería de Organización Industrial.
– Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
– Ingeniería de Química Industrial.
– Ingeniería de Sistemas y Tecnología Naval.
– Ingeniería de Tecnología Industrial.
– Ingeniería de Tecnología Naval.
– Ingeniería de Tecnología y Diseño Textil.
– Ingeniería de Tecnologías de Caminos.
– Ingeniería de Tecnologías Industriales.
– Ingeniería Electrónica Industrial.
– Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
– Ingeniería Electrónica y Automática (Rama Industrial).
– Ingeniería Electrónica y Automática Industrial.
– Ingeniería Eléctrica (Rama Industrial).
– Ingeniería Mecánica (Rama Industrial).
– Ingeniería Naval y Oceánica.
– Ingeniería Radioelectrónica Naval.
– Ingeniería Técnica Industrial.
– Tecnología de la Ingeniería Civil.
• Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (Enseñanzas Artísticas Superiores LOE).
• Título Superior de Diseño. (Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño LOE).
Organización Industrial y Legislacion. • Licenciatura en:
– Administración y Dirección de Empresas.
– Ciencias Actuariales y Financieras.
– Ciencias del trabajo.
– Ciencias Políticas y de la Administración.
– Derecho.
– Economía.
• Ingeniería en Organización Industrial.
• Grado en:
– Administración de Empresas.
– Administración y Dirección de Empresas.
– Administración y Dirección de Empresas Tecnológicas.
– Administración de Empresas y Gestión de la Innovación.
– Ciencias del Trabajo, Relaciones Laborales y Recursos Humanos.
– Ciencias del Trabajo y Recursos Humanos.
– Ciencias Económicas.
– Ciencias Empresariales.
– Creación, Administración y Dirección de Empresas.
– Derecho.
– Economía.
– Empresa y Tecnología.
– Ingeniería de Organización Industrial.
– Ingeniería de Organización Industrial y Logística.
– Ingeniería y Gestión Empresarial.
– Marketing e Investigación de Mercados.
– Relaciones Laborales.
– Relaciones Laborales y Desarrollo de Recursos Humanos.
– Relaciones Laborales y Empleo.
– Relaciones Laborales y Ocupación.
– Relaciones Laborales y Recursos Humanos.
Historia del Arte. • Licenciatura en Historia del Arte.
• Grado en:
– Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
– Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural.
– Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
– Historia del Arte.
– Historia del Arte y Arqueología.
– Historia del Arte y Gestión del Patrimonio Artístico.
– Historia del Arte y Patrimonio Histórico-Artístico.
Materiales y Tecnología: Diseño. • Arquitectura.
• Ingeniería.
• Licenciatura en Bellas Artes, especialidad Grabado y Diseño.
• Grado en:
– Arquitectura.
– Arquitectura Naval.
– Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
– Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
– Arquitectura Técnica.
– Arquitectura Técnica y Edificación.
– Ciencia y Tecnología de la Edificación.
– Edificación.
– Estudios de Arquitectura.
– Estudios de Arquitectura.
– Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
– Fundamentos de la Arquitectura.
– Ingeniería Aeroespacial.
– Ingeniería Civil.
– Ingeniería Civil en Construcciones Civiles.
– Ingeniería Civil en Hidrología.
– Ingeniería Civil en Transportes y Servicios Urbanos.
– Ingeniería Civil y Territorial.
– Ingeniería de Diseño Industrial.
– Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo del Producto.
– Ingeniería de Diseño Mecánico.
– Ingeniería de Diseño y Tecnología Textil.
– Ingeniería de Ecotecnología.
– Ingeniería de Organización Industrial.
– Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
– Ingeniería de Química Industrial.
– Ingeniería de Sistemas y Tecnología Naval.
– Ingeniería de Tecnología Industrial.
– Ingeniería de Tecnología Naval.
– Ingeniería de Tecnología y Diseño Textil.
– Ingeniería de Tecnologías de Caminos.
– Ingeniería de Tecnologías Industriales.
– Ingeniería Mecánica (Rama Industrial).
– Ingeniería Naval y Oceánica.
– Ingeniería Técnica Industrial.
– Ingeniería de Materiales.
– Tecnología de la Ingeniería Civil.
• Título Superior de Diseño (Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño LOE).
Volumen. • Licenciatura en Bellas Artes.
• Arquitectura.
• Grado en:
– Arquitectura.
– Arte.
– Bellas Artes.
– Bienes Culturales.
– Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural.
– Estudios de Arquitectura.
– Estudios de Arquitectura.
– Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
– Fundamentos de la Arquitectura.
• Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (Enseñanzas Artísticas Superiores LOE).
• Título Superior de Diseño. (Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño LOE).
Fotografia. • Licenciatura en Bellas Artes.
• Licenciatura en Comunicación Audiovisual.
• Grado en:
– Fotografía.
– Fotografía y Creación Digital.
– Arte.
– Artes.
– Arte Electrónico y Digital.
– Audiovisual y Multimedia.
– Bellas Artes.
– Cine y Medios Audiovisuales.
– Cine y Televisión.
– Cinematografía y Artes Audiovisuales.
– Comunicación Audiovisual.
– Comunicación Audiovisual y Multimedia.
– Comunicación.
– Comunicación Publicitaria.
– Comunicación y Periodismo Audiovisuales.
– Creación y Diseño.
– Diseño Integral y Gestión de la Imagen.
– Diseño Visual de Contenidos Digitales.
– Medios Audiovisuales.
• Título Superior de Diseño Gráfico. (Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño LOE).
Diseño Gráfico. • Licenciatura en Bellas Artes.
• Arquitectura.
• Título Superior de Diseño, especialidad Gráfico, establecido en el Real Decreto 633/2010, de 14 de mayo.
• Título de Diseño según RD 1496/1999, de 24 de septiembre, especialidad de Gráfico (equivalencia a efecto de docencia RD363/2004).
• Grado en:
– Artes y Diseño.
– Diseño.
– Diseño Digital.
– Diseño Multimedia y Gráfico.
– Arquitectura.
– Arte.
– Artes.
– Bellas Artes.
– Creación y Diseño.
– Diseño Integral y Gestión de la Imagen.
– Estudios de Arquitectura.
– Estudios de Arquitectura.
– Fundamentos de (la) Arquitectura.
– Fundamentos de Arquitectura y Urbanismo.
Diseño de Interiores. • Licenciatura en bellas artes.
• Título Superior de Diseño según RD 633/2010, especialidad Interiores.
• Título de Diseño según RD 1496/1999, de 24 de septiembre, especialidad de Interiores (equivalencia a efecto de docencia RD363/2004).
• Grado en:
– Diseño de Interiores.
– Bellas Artes.
Medios Informaticos. • Licenciatura en Bellas Artes.
• Arquitectura.
• Licenciatura en Comunicación Audiovisual.
• Licenciatura en Informática.
• Ingeniería en Informática.
• Grado en:
– Ciencias y Tecnologías de Telecomunicación.
– Diseño y Desarrollo de Videojuegos.
– Diseño Digital.
– Diseño Visual de Contenidos Digitales.
– Gestión Informática Empresarial.
– Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
– Informática y Servicios.
– Ingeniería de Computadores.
– Ingeniería de Datos.
– Ingeniería de la Ciberseguridad.
– Ingeniería de las Tecnologías de Telecomunicación.
– Ingeniería de Sistemas Audiovisuales de Telecomunicación.
– Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones.
– Ingeniería de Sistemas de Información.
– Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación.
– Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación, Sonido e Imagen.
– Ingeniería de Sistemas Electrónicos.
– Ingeniería de Sistemas TIC.
– Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación.
– Ingeniería de Tecnologías Específicas de Telecomunicación.
– Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación.
– Ingeniería del Software.
– Ingeniería Electrónica de Comunicaciones.
– Ingeniería Electrónica de Telecomunicación.
– Graduado o Graduada en Ingeniería en Informática.
– Ingeniería en Informática de Sistemas.
– Ingeniería en Matemática Aplicada al Análisis de Datos.
– Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación.
– Ingeniería en Tecnologías de la Información.
– Ingeniería en Tecnologías de la Telecomunicación.
– Ingeniería en Sistemas de Información.
– Ingeniería Informática.
– Ingeniería Informática-Ingeniería de Computadores.
– Ingeniería Informática-Ingeniería del Software.
– Ingeniería Informática de Gestión y Sistemas de Información.
– Ingeniería Informática de Servicios y Aplicaciones.
– Ingeniería Informática del Software.
– Ingeniería Informática en Sistemas de Información.
– Ingeniería Informática en Tecnologías de la Información.
– Ingeniería Informática-Ingeniería de Computadores.
– Ingeniería Informática-Tecnologías Informáticas.
– Ingeniería Informática y Tecnologías Virtuales.
– Ingeniería Matemática en Ciencia de Datos.
– Ingeniería Multimedia.
– Ingeniería Telemática.
– Matemática Computacional y Analítica de Datos.
– Sistemas de Información.
– Tecnologías de Telecomunicación.
– Arte.
– Artes.
– Artes y Diseño.
– Bellas Artes.
– Diseño Integral y Gestión de la Imagen.
– Diseño Multimedia y Gráfico.
– Estudios de Arquitectura.
– Arquitectura.
– Fundamentos de la Arquitectura.
• Título Superior de Diseño Gráfico. (Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño LOE).
Medios Audiovisuales. • Licenciatura en Bellas Artes.
• Licenciatura en Comunicación Audiovisual.
• Grado en:
– Arte Electrónico y Digital.
– Audiovisual y Multimedia.
– Bellas Artes.
– Cine y Medios Audiovisuales.
– Cine y Televisión.
– Cinematografía y Artes Audiovisuales.
– Comunicación.
– Graduado o Graduada en Comunicación Audiovisual.
– Comunicación Audiovisual y Multimedia.
– Comunicación Publicitaria.
– Comunicación y Periodismo Audiovisuales.
– Diseño Visual de Contenidos Digitales.
– Medios Audiovisuales.
– Arte.
– Artes.
– Artes y Diseño.
– Bellas Artes.
– Creación y Diseño.
– Diseño.
– Diseño Digital.
– Diseño Integral y Gestión de la Imagen.
– Diseño Multimedia y Gráfico.
– Diseño Visual de Contenidos Digitales.
– Diseño y Desarrollo de Videojuegos.
• Título Superior de Diseño, especialidad Gráfico. (Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño LOE).
G) Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
Especialidades Titulaciones para impartir la especialidad Técnicas de Grabado y Estampacion. • Licenciado en Bellas Artes, especialidad Grabado y Diseño.
• Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño:
– Edición de Arte.
– Grabado y Técnicas de Estampación.
– Ilustración.
• Los Títulos de Graduado en Artes Aplicadas que conforme a la Orden de 14 de mayo de 1999 (BOE del 25) tengan correspondencia con los Títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño indicados en el punto anterior.
Técnicas Murales. • Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño: Artes Aplicadas al Muro.
• Los Títulos de Graduado en Artes Aplicadas que conforme a la Orden de 14 de mayo de 1999 (BOE del 25) tengan correspondencia con los Títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño indicados en el punto anterior.
Fotografia y Procesos de Reproduccion. • Licenciatura en Bellas Artes.
• Grado en:
Fotografía.
Fotografía y Creación Digital.
• Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en: Fotografía(LOE), Fotografía Artística; Gráfica Publicitaria; Ilustración.
• Los Títulos de Graduado en Artes Aplicadas que conforme a la Orden de 14 de mayo de 1999 (BOE del 25) tengan correspondencia con los Títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño indicados en el punto anterior.
Ebanistería Artistica. • Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño: Artes aplicadas a la madera Y Artes aplicadas al mobiliario.
• Los Títulos de Graduado en Artes Aplicadas que conforme a la Orden de 14 de mayo de 1999 (BOE del 25) tengan correspondencia con los Títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño indicados en el punto anterior.»
«ANEXO III
Titulaciones, certificados y diplomas para la acreditación de competencia en lenguas
Todos los idiomas
Certificado Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Nivel C2 MCER Enseñanzas de Idiomas de régimen especial (escuelas oficiales de idiomas). Certificado de nivel Intermedio B2 (o Certificado de Aptitud o Certificado Avanzado B2, según el anexo II del Real Decreto 1/2019, de 22 de diciembre). Certificado de nivel Avanzado C1 (o Certificado de nivel C1, según el anexo II del Real Decreto 1/2019, de 22 de diciembre). Certificado de nivel Avanzado C2. Universidades españolas acreditadas por la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior (ACLES). CertAcles B2. CertAcles C1. CertAcles C2. UNED-CUID. Certificado de nivel B2 (CUID) [o Certificado de nivel avanzado (CUID)]. Certificado de Nivel C1 (CUID). Certificado de Nivel C2 (CUID). Para el resto de certificados para los distintos idiomas que se reconocen como equivalentes en este anexo, se tendrá en cuenta lo siguiente:
– Se reconocen únicamente los certificados que tienen como referencia el MCER.
– Se reconocen exclusivamente los certificados que evalúan la comprensión oral y escrita y la expresión oral y escrita.
– En los casos en los que la certificación refleje los niveles obtenidos en cada una de las destrezas, a efectos de certificación se tendrá en cuenta la certificación más baja obtenida.
– De igual modo, en los certificados multinivel, se tendrá en cuenta el nivel más bajo obtenido.
– En los casos en los que, en un certificado de un nivel, por la nota obtenida se indique una competencia de un nivel superior, se reconocerá únicamente el nivel del certificado para el que el candidato o candidata se presentó.
Alemán
Titulaciones universitarias Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Título de maestro o grado equivalente, especialidad Lengua extranjera Alemán. Nivel B2 – Diplomado en Traducción e Interpretación. Lengua B Alemán. Nivel B2 – Licenciatura en Traducción e Interpretación (Alemán como primera lengua extranjera). – Nivel C1 Licenciatura en Filología Alemana. – Nivel C1 Licenciatura en Filología: Sección Filología Germánica (Alemán). – Nivel C1 Licenciatura en Filología: Sección Filología Moderna: Especialidad Alemán. – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: Sección Filología Alemana. – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: División Filología: Sección Filología Moderna: Especialidad Alemán. – Nivel C1 Grado en Estudios Alemanes. – Nivel C1 Grado en Lenguas Modernas y sus Literaturas Especialidad Alemán. – Nivel C1
Certificado Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Nivel C2 MCER Goethe Institut Goethe-Zertifikat B2 Goethe-Zertifikat C1 Goethe-Zertifikat C2 Zertifikat Deutsch für den Beruf (ZdfB) Prüfung Wirtschaftsdeutsch International (PWD) Großes Deutsches Sprachdiplom (GDS) Kleines Deutsches Sprachdiplom (KDS) Zentrale Oberstufenprüfung (ZOP) Österreichisches Sprachdiplom Deutsch (ÖSD) B2 Mittelstufe Deutsch (MD) C1 Oberstufe Deutsch (OD) C2 Wirtschaftssprache Deutsch (WD) Deutsche Sprachprüfung für den Hochschulzugang (DSH) DSH-1 DSH-2 DSH-3 CERTIFICADO Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Nivel C2 MCER Certificados homologados CLES CLES B2 CLES C1 – The Association of Academic Foreign Language Centres–SERMO Acert B2 Acert C1 Acert C2 Test DaF (Deutsch als Fremdsprache) TDN 4 TDN 5 – The European Language Certificates (TELC) telc Deutsch B2 telc Deutsch C1 telc Deutsch C2 telc B2+ Beruf telc B2 Beruf Árabe
Titulaciones universitarias Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Diplomado en Traducción e Interpretación. Lengua B Árabe. Nivel B2 – Grado en Estudios de Asia y África. Especialidad Árabe. Nivel B2 – Licenciatura en Traducción e Interpretación (Árabe como primera lengua extranjera). – Nivel C1 Licenciatura en Filología Árabe. – Nivel C1 Licenciatura en Filología: Sección Filología Semíticas (Árabe). – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: Sección Filología Árabe. – Nivel C1 Grado en Lenguas Modernas y sus Literaturas Especialidad Árabe. – Nivel C1 Grado en Estudios Árabes e Islámicos/Hebreos. Especialidad Árabe. – Nivel C1 Grado en Estudios Semíticos e Islámicos. Especialidad Árabe. – Nivel C1 Español como lengua extranjera
Titulaciones universitarias Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Licenciatura en Filología Hispánica – Nivel C1 Licenciatura en Filología: Sección Filología Hispánica – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: Sección Filología Hispánica – Nivel C1 Grado en Lenguas Modernas y sus Literaturas Especialidad Español – Nivel C1 Grado en Filología Hispánica – Nivel C1 Grado en Estudios Hispánicos: lengua española y sus literaturas – Nivel C1 Grado en Lenguas, Literaturas y Culturas Románicas. Especialidad Español – Nivel C1 Grado en Filología Aplicada (Español) – Nivel C1 Máster oficial en Didáctica de la Lengua y Literatura (Español) – Nivel C1 Máster oficial en Enseñanza de Español como Lengua Extranjera (ELE) – Nivel C1
Certificado Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Nivel C2 MCER Instituto Cervantes (DELE) B2 C1 C2 Certificados homologados CLES CLES 2 CLES 3 – Servicio Internacional de Evaluación de la Lengua Española (SIELE) Comp. lectora: 178-216.99
Comp. auditiva: 164-210.99
Expresión e interacción escritas: 167-214.99
Expresión e interacción orales: 176-214.99
Comp. lectora: 217-250
Comp. auditiva: 211-250
Expresión e interacción escritas: 215-250
Expresión e interacción orales: 215-250
– The European Language Certificates (TELC) telc Español B2 – – Francés
Titulaciones universitarias Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Título de maestro o grado equivalente, especialidad Lengua extranjera Francés Nivel B2 – Diplomado en Traducción e Interpretación. Lengua B Francés Nivel B2 – Licenciatura en Traducción e Interpretación Francés. Lengua B Francés. – Nivel C1 Licenciatura en Filología Francesa – Nivel C1 Licenciatura en Filología: Sección Filología Románica. Francés – Nivel C1 Licenciatura en Filología: Sección Filología Moderna: Especialidad Francés – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: Sección Filología Francesa – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: División Filología: Sección Filología Francesa – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: División Filología: Sección Filología Románica. Francés – Nivel C1 Grado en Estudios Franceses – Nivel C1 Grado en Lenguas Modernas y sus Literaturas Especialidad Francés – Nivel C1 Grado en Lenguas, Literaturas y Culturas Románicas. Especialidad Francés – Nivel C1
Certificado Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Nivel C2 MCER DELF – DALF Ministerio de Educación de Francia – CIEP (Centre International d’Études Pédagogiques) Diplôme d’Études en Langue Française DELF B2 Diplôme Approfondi de la Langue Française DALF C1 Diplôme Approfondi de la Langue Française DALF C2 ALLIANCE FRANÇAISE Diplôme de Langue Française (DLF) Diplôme Supérieure d’Études Françaises Modernes (DS) Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF) Certificados homologados CLES CLES 2 CLES 3 – The European Language Certificates (TELC) telc B2 – – Inglés
Titulaciones universitarias Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Título de maestro o grado equivalente, especialidad Lengua extranjera Inglés Nivel B2 – Diplomado en Traducción e Interpretación. Lengua B Inglés Nivel B2 – Licenciatura en Traducción e Interpretación Francés. Lengua B Inglés. – Nivel C1 Licenciatura en Filología Inglesa – Nivel C1 Licenciatura en Filología: Sección Filología: Especialidad Inglesa Licenciatura en Filología: Sección Filología Anglogermánica. Inglés – Nivel C1 Licenciatura en Filología: Sección Filología Germánica. Inglés – Nivel C1 Licenciatura en Filología: Sección Filología Moderna: Especialidad Inglesa – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: Sección Filología Inglesa – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: División Filología: Sección Filología Anglogermánica. Inglés – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: División Filología: Sección Filología Germánica. Inglés – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: División Filología: Sección Filología Moderna: Especialidad Inglés – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: División Filología: Sección Filología Inglesa – Nivel C1 Grado en Estudios Ingleses – Nivel C1 Grado en Lenguas Modernas y sus Literaturas Especialidad Inglés – Nivel C1
Certificado Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Nivel C2 MCER ANGLIA ESOL Examinations (General and Business) Advanced (Anglia General) Proficiency (Anglia General) Masters (Anglia General) THE ASSOCIATION OF ACADEMIC FOREIGN LANGUAGE CENTRES – SERMO Acert B2 Acert C1 CAMBRIDGE: General English Exams First Certificate in English (FCE) Certificate in Advanced English (CAE) Certificate of Proficiency in English (CPE) CAMBRIDGE assessment LINGUASKILL 160-179 Linguaskill B2 180 + Linguaskill C1 – Certificados homologados CLES CLES B2 CLES C1 – The European Language Certificates (TELC) telc B2 telc C1 telc C2 Languagecert International ESOL: Listening, Reading, Writing, Speaking Communicator B2 Expert C1 Mastery C2 OXFORD Test of English (OTE) 111-140 (B2) – – PEARSON: English International Certificate (General) (anteriormente PTE y LTE) B2 C1 C2 Italiano
Titulaciones universitarias Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Diplomado en Traducción e Interpretación. Lengua B Italiano Nivel B2 – Licenciatura en Traducción e Interpretación. Legua B Italiano – Nivel C1 Licenciatura en Filología Italiana – Nivel C1 Licenciatura en Filología: Sección Filología Moderna: Especialidad Italiano – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: Sección Filología Italiana – Nivel C1 Licenciatura en Filosofía y Letras: División Filología: Sección Filología Moderna: Especialidad Italiano – Nivel C1 Grado en Estudios Italianos – Nivel C1 Grado en Lenguas Modernas y sus Literaturas Especialidad Italiano – Nivel C1
Certificado Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Nivel C2 MCER Certificados homologados CLES CLES 2 CLES 3 – Società Dante Alighieri PLIDA B2 (Progetto Lingua Italiana Dante Alighieri) PLIDA C1 (Progetto Lingua Italiana Dante Alighieri) PLIDA C2 (Progetto Lingua Italiana Dante Alighieri) The European Language Certificates (TELC) telc B2 – – Università per Stranieri di Siena. Certificazione di Italiano come Lingua Straniera (CILS) CILS Due-B2 CILS Tre-C1 CILS Quattro-C2 Università per Stranieri di Perugia Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana) – (CELI 3 – B2) Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana) – (CELI 4 - C1) Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana) (CELI 5 - C2) Università degli Studi Roma Tre. Certificazione di Italiano (CERT.IT) CERT.IT B2 CERT.IT C1 CERT.IT C2 Portugués
Titulaciones universitarias Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Licenciatura en Traducción e Interpretación. Legua B Portugués – Nivel C1 Licenciatura en Filología Portuguesa – Nivel C1 Grado en Estudios Portugueses y Brasileños – Nivel C1 Grado en Lenguas Modernas y sus Literaturas Especialidad Portugués – Nivel C1 Grado en Traducción e Interpretación. Portugués. – Nivel C1
Certificado Nivel B2 MCER Nivel C1 MCER Nivel C2 MCER Centro de Avaliação de Português Língua Estrangeira (Examenes para falantes de Português Língua Estrangeira PLE).
DIPLE DAPLE DUPLE»
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de mayo de 2023.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, María del Pilar Alegría Continente.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid