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Documento BOE-A-2022-733

Resolución de 11 de enero de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Gobierno de las Illes Balears, para el desarrollo científico de la Estación de Investigación Jaume Ferrer (La Mola, Menorca).

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2022, páginas 4460 a 4477 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2022-733

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el convenio el 23 de diciembre de 2021, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 11 de enero de 2022.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Rosa Menéndez López.

ANEXO
Convenio entre la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura del Gobierno de las Illes Balears y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a través del Instituto Español de Oceanografía, para el desarrollo científico de la Estación de Investigación Jaume Ferrer (La Mola, Menorca)

INTERVIENEN

De una parte, la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura y en su nombre y representación don Miquel Company i Pons, Consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura del Gobierno de las Illes Balears, nombrado por el Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero de 2021), actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por los apartados b) y c) del artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en relación con el artículo 80.4 de la misma Ley.

De otra parte, la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), y en su nombre y representación, doña Rosa María Menéndez López, en su condición de Presidenta del CSIC, nombrada por el Real Decreto 993/2017 (BOE núm. 280, de 18 de noviembre de 2017), organismo con sede central en Madrid (CP 28006), domicilio institucional en la calle de Serrano, 117, y NIF Q-2818002-D.

La Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P, en adelante denominados conjuntamente «las partes», declaran hallarse debidamente facultados y con la capacidad necesaria para obligarse en los términos del presente Convenio, a cuyo efecto,

EXPONEN

Primero.

Que el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (en adelante, CSIC) y el Gobierno de las Illes Balears (en adelante, GOIB) desean continuar coordinando sus actuaciones en materia de investigación científica, desarrollo e innovación con el objetivo común de promover el desarrollo de una investigación de excelencia que contribuya al avance del conocimiento, especialmente en el ámbito de las ciencias marinas.

Segundo.

Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, aprobada el 1 de junio de 2011, se crea con la vocación de establecer un marco general para el fomento y la coordinación de la investigación científica y técnica. El presente Convenio tiene su fundamento en el artículo 34.1 de la citada ley, en su apartado b), principalmente.

Tercero.

Que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia en materia de investigación científica y tecnológica en virtud de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOIB, núm. 32 ext. de 1 de marzo de 2007), por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero de 2021), reestructura las competencias especificadas en el Decreto 21/2019, de 2 de julio, y atribuye finalmente las competencias en materia de investigación a la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura.

Cuarto.

Que la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), de conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, es un organismo público de investigación (OPI) de la Administración General del Estado, actualmente adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Secretaría General de Investigación, que tiene por objeto el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en estas materias.

Quinto.

El CSIC está constituido como agencia estatal y, en dicha condición, se rige por lo establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de PGE para 2021) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por las disposiciones de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre.

Sexto.

El Instituto Español de Oceanografía (IEO) es un Centro Nacional del CSIC; sin personalidad jurídica diferenciada, previsto en el artículo 26 bis de su estatuto, que constituye el centro de investigación y servicios técnicos de referencia y soporte para la política pesquera del Gobierno en relación con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, así como para la protección y sostenibilidad del medio marino en relación con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Séptimo.

El CSIC, a través del IEO, tiene la consideración de organismo de referencia para la declaración de zonas de protección pesquera, áreas marinas protegidas y otros espacios, tal y como establece la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino.

Octavo.

Que el Plan de Ciencia, Tecnología, e Innovación de las Illes Balears 2018-2022 (aprobado el 29 de marzo de 2019) se articula a partir de cuatro líneas de actuación; de las cuales podemos tener en cuenta la promoción del talento y la excelencia investigadora. En la primera línea se incluye la formación y la incorporación de personal investigador; en la segunda se define el programa de infraestructuras y equipamiento científico-técnico. Estas líneas prevén, entre otras medidas, la consolidación de las estaciones ya creadas que forman parte de la red de estaciones de investigación, como es el caso de la Estación de Investigación Jaume Ferrer (La Mola, Menorca). Por otra parte, el Plan tiene como finalidad orientar la I+D hacia los retos a los cuales se enfrenta la sociedad de las Illes Balears entre los cuales se encuentran los retos i) Bioeconomía y economía circular: actividad agraria, y pesquera productiva, sostenible y de calidad; sostenibilidad de los recursos naturales y ii) Acciones para el cambio global: eficiencia en la utilización de recursos y materias primas.

Noveno.

Que teniendo en cuenta la localización de la Estación de Investigación Jaume Ferrer, la línea prioritaria de investigación a desarrollar en ella será el estudio multidisciplinar del mar y, especialmente, los problemas derivados del cambio global y de la explotación de sus ecosistemas y recursos. Líneas que coinciden en su totalidad con el objeto del CSIC-IEO, que tiene como misión la investigación y el desarrollo tecnológico, incluida la transferencia de conocimientos, sobre el mar y sus recursos.

Décimo.

La Estación de Investigación Jaume Ferrer (La Mola, Menorca) tiene la finalidad de crear un entorno atractivo y cómodo para el desarrollo de actividades de investigación de calidad, así como aportar el conocimiento científico necesario para mejorar la gestión de los ecosistemas marinos de Menorca.

Undécimo.

Que con fecha 21 de noviembre de 2007 se firma el Protocolo General entre el Ministerio de Defensa y el GOIB, relativo a la Batería de Punta de Afuera de la Fortaleza de La Mola. Mediante este convenio el Ministerio de Defensa otorga una concesión demanial, con carácter gratuito a favor del GOIB, sobre la Batería de «Punta de Afuera» por un período de 15 años, renovable anualmente hasta un máximo de 75 años, y el GOIB se compromete al establecimiento de una estación de investigación en Menorca.

Duodécimo.

Que con fecha de 17 de diciembre de 2009 se firma el convenio de colaboración entre la Consejería de Innovación, Interior y Justicia del GOIB y el IEO, para la puesta en marcha y el desarrollo científico de la Estación de Investigación Jaume Ferrer (La Mola, Menorca). Dicho convenio finalizó el 31 de marzo de 2015.

Decimotercero.

Que con fecha de 30 de diciembre de 2015 se firma el segundo convenio de colaboración entre la Consejería de Innovación, Investigación y Turismo del GOIB y el IEO, para la consolidación y el desarrollo científico de la Estación de Investigación Jaume Ferrer (La Mola, Menorca). Dicho convenio finalizó el 30 de noviembre de 2020.

Decimocuarto.

Que el 2 de marzo de 2021 se recibe en la Dirección General de Política Universitaria e Investigación de la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, un escrito del IEO en el cual se solicita el inicio de los trámites necesarios para la renovación del Convenio.

Decimoquinto.

Que la Dirección General de Política Universitaria e Investigación de la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, mediante su escrito de 31 de marzo de 2021, se muestra conforme a la tramitación de dicho nuevo Convenio.

Decimosexto.

Que de acuerdo con el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se deroga el Decreto 21/2019, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero de 2021) la dirección general con competencias en investigación es la Dirección General de Política Universitaria e Investigación.

Decimoséptimo.

Que las partes siguen interesadas en colaborar conjuntamente en la consolidación de la Estación de Investigación Jaume Ferrer (EIJF). En este contexto, la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura y el CSIC-IEO se han reunido con el objetivo de analizar los trabajos derivados de la ejecución de los convenios anteriores, y coinciden en valorar positivamente las ventajas que se han conseguido con la unión de esfuerzos humanos, materiales y económicos de forma coordinada entre las dos entidades y la necesidad de mantener dicha colaboración.

Decimoctavo.

Que de dicho trabajo de análisis y reflexión surge la necesidad de mejorar y adaptar el contenido de la mayor parte de las cláusulas del convenio anterior y por lo tanto las partes estiman conveniente subscribir un tercer convenio.

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan formalizar el tercer convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto del presente acuerdo es retomar la colaboración entre las partes que lo suscriben, en la realización del proyecto «Estación de Investigación Jaume Ferrer (La Mola, Menorca)» (en adelante, Proyecto).

La misión de la Estación de Investigación Jaume Ferrer (La Mola, Menorca) es:

– Albergar investigación de carácter interdisciplinar.

– Garantizar la ejecución de programas de monitoreo de una manera sostenida en el tiempo, que permitan la obtención de indicadores necesarios para la evaluación y gestión de los ecosistemas marinos de Menorca.

– Establecer un entorno atractivo y cómodo para la ejecución de proyectos de investigación y captar la participación de investigadores de probada reputación.

– Ofrecer un espacio para el desarrollo de formación especializada para post-graduados, incluyendo estudios pre-doctorales.

La visión del Proyecto es consolidar la Estación de Investigación Jaume Ferrer como centro de investigación de referencia en la isla de Menorca.

Para ello, se establecen los siguientes objetivos operativos:

– Dar apoyo logístico y científico a las actividades de investigación científica en el ámbito marino de Menorca, contribuyendo así a la descentralización de la investigación en un territorio fragmentado como el de las Illes Balears.

– Desarrollar los programas de seguimiento científico del medio marino de Menorca, que desde 2010 ha iniciado y potenciado el IEO a través de la Estación.

– Realizar proyectos y actividades de investigación en Menorca.

– Potenciar la realización y colaboración con actividades de formación de postgrado, contribuyendo así a la formación de futuros investigadores y técnicos en ciencias del mar.

Segunda. De los programas, proyectos y las actividades de la Estación de Investigación Jaume Ferrer.

En la Estación de Investigación se deben realizar los programas y actividades siguientes:

a) Programas de seguimiento científico de los ecosistemas y recursos marinos de Menorca, incluyendo los detallados en el Anexo 1.

b) Proyectos de investigación científica sobre los ecosistemas y recursos marinos de Menorca.

c) Desarrollo y mantenimiento de la base de datos y resultados obtenidos en los programas de seguimiento y en los proyectos de investigación científica anteriormente citados.

d) Actividades de difusión para dar a conocer la Estación a la sociedad local, así como a programas nacionales e internacionales de seguimiento científico del mar y sus recursos.

e) Participación en actividades de formación universitaria, especialmente postgrado, tales como prácticas del Máster de Ecología Marina de la Universitat de les Illes Balears (UIB) y otras universidades.

Estos programas, proyectos y actividades deben estar supervisados por la Comisión de Seguimiento del presente convenio.

Tercera. Obligaciones de la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura.

La Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura se compromete a:

– Proporcionar al CSIC-IEO las instalaciones e infraestructuras que conforman la Estación, que también podrán ser usadas para actividades y proyectos de investigación de otras instituciones, previa autorización de la comisión de seguimiento de este Convenio.

– Asumir la dirección institucional de la Estación, que comprenderá las funciones de relación con otras instituciones, así como el control del mantenimiento y la seguridad de sus instalaciones y equipos.

– Gestionar las solicitudes de acceso a la estación.

– Responsabilizarse de los gastos corrientes de la Estación, así como los costes de mantenimiento y vigilancia de sus instalaciones y del equipamiento científico propio.

– Aportar al CSIC-IEO la cantidad máxima de 816.377,50 euros, para la contratación de personal y los gastos de ejecución del proyecto de desarrollo de la Estación durante el período 2022-2026, según el importe y las anualidades de ejecución que se detallan a continuación:

Concepto 2022 2023 2024 2025 2026 Total
1 Titulado Superior Nivel 1. 43.625,48 43.625,48 43.625,48 43.625,48 43.625,48 218.127,40
2 Técnicos Grado Medio Nivel 2. 73.252,96 73.252,96 73.252,96 73.252,96 73.252,96 366.264,80
 Total Gastos de Personal. 116.878,44 116.878,44 116.878,44 116.878,44 116.878,44 584.392,20
 Gastos de Ejecución. 44.846,36 45.606,36 46.381,56 47.172,26 47.978,78 231.985,30
  Total. 161.724,80 162.484,80 163.260,00 164.050,70 164.857,22 816.377,50
Cuarta. Obligaciones del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

El CSIC-IEO, a través del Centro Oceanográfico de Baleares, se compromete a:

1. Asumir la dirección científica de la Estación, que comprenderá la revisión y el desarrollo de su programa científico, detallando en el mismo tanto objetivos científicos y tecnológicos, como líneas de actuación e indicadores del grado de cumplimiento.

2. Realizar las tareas de gestión para el mantenimiento y reposición del equipamiento científico, de las infraestructuras científicas y de apoyo a la investigación y seguimiento científico.

3. Aportar el personal funcionario, cuyo porcentaje de dedicación y coste se detalla a continuación:

Personal (% dedicación) 2022 2023 2024 2025 2026 Total
Investigador-doctor (100%). 63.859,00 63.859,00 63.859,00 63.859,00 63.859,00 319.295,00
Investigador-licenciado (35%). 19.440,75 19.440,75 19.440,75 19.440,75 19.440,75 97.203,75
Técnico Grado Medio (35%). 16.496,90 16.496,90 16.496,90 16.496,90 16.496,90 82.484,50
 Total. 99.796,65 99.796,65 99.796,65 99.796,65 99.796,65 498.983,25

4. Realizar la contratación del personal indicado en la cláusula anterior. Este personal se incorporará al Proyecto, de acuerdo con la normativa vigente y las normas a las cuales esté sometido el CSIC-IEO, que realizará el proceso necesario para su selección. Un representante de la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura formará parte del tribunal de selección, respetando los criterios de paridad en la formación de la comisión de selección correspondiente.

En concreto la contratación de personal deberá ajustarse a las limitaciones que para ello establece la Ley de Presupuestos del Estado del año correspondiente.

5. Realizar una campaña anual en Menorca, a bordo de un buque de investigación oceanográfica de su flota, con una duración de 5-10 días dependiendo del buque. Esta campaña contribuirá a reforzar el programa del CSIC-IEO para el seguimiento científico del medio marino de Menorca, y a mejorar la visualización de la Estación. El coste de este buque oceanográfico que aportará el CSIC-IEO se detalla a continuación:

Año 2022 2023 2024 2025 2026 Total
Total. 36.930,00 36.930,00 36.930,00 36.930,00 36.930,00 184.650,00

6. Cumplir con las obligaciones que se detallan a continuación:

a) Someterse a las actuaciones de comprobación que lleve a cabo la Dirección General de Política Universitaria e Investigación y a las actuaciones de control financiero que lleven a cabo la Intervención General de la Comunidad Autónoma, la Sindicatura de Cuentas y otras autoridades de control, en relación con los gastos realizados a cargo de este Convenio.

b) Informar adecuadamente, en todas las actividades de difusión de resultados de este Convenio, que su financiación ha corrido a cargo de la Dirección General de Política Universitaria e Investigación.

c) Disponer de un sistema de contabilidad separada o de un código de contabilidad separado para las operaciones de las inversiones financiadas con cargo al presente Convenio.

d) Hacer constar en las memorias justificativas que se redacten, así como en los trabajos, las actividades, las publicaciones, los documentos o los actos públicos relacionados con la finalidad del Convenio, la colaboración del GOIB. Concretamente, se tiene que incorporar la imagen corporativa de la Dirección General de Política Universitaria e Investigación. Una copia de estas publicaciones se tiene que enviar a dicha Dirección General.

Quinta. Equipamiento de la estación.

Actualmente la Estación de Investigación está equipada con el material científico-técnico que se detalla en el Anexo 2, propiedad del GOIB y del CSIC-IEO. El mantenimiento y reposición de este equipamiento científico correrá a cargo de su propietario.

Sexta. Financiación del convenio.

1. El importe total del Convenio para el período de ejecución 2022-2026 ascenderá, como máximo, a 1.500.010,75 euros, de los cuales 816.377,50 euros serán aportados por la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura para la contratación del personal y costes de ejecución del proyecto, y 683.633,25 euros euros serán aportados por el CSIC-IEO en concepto de aportación de personal propio y coste del buque de investigación.

Los 816.377,50 euros que como máximo aportará la Consejería tendrán carácter plurianual y serán abonados mediante transferencia bancaria al CSIC-IEO en la cuenta 9000 0001 20 0200005643 (IBAN: ES71) del Banco de España. Los pagos se harán efectivos en su totalidad, una vez se obtenga la conformidad, por parte del GOIB, de la justificación presentada por el CSIC-IEO de la totalidad de los gastos correspondientes a cada anualidad. En el supuesto de que no se justifique totalmente la cantidad correspondiente pero que se haya cumplido parcialmente los términos de la colaboración, esta se tiene que revisar y minorar proporcionalmente.

Los importes máximos de cada anualidad se distribuirán de la siguiente manera:

– Año 2022: 0,00 euros a cargo de la partida presupuestaria 13801 541A01 40100 00 del presupuesto del ejercicio 2022 o equivalente.

– Año 2023: 155.393,60 euros a cargo de la partida presupuestaria 13801 541A01 40100 00 del presupuesto del ejercicio 2023 o equivalente.

– Año 2024: 160.369,58 euros a cargo de la partida presupuestaria 13801 541A01 40100 00 del presupuesto del ejercicio 2024 o equivalente.

– Año 2025: 163.578,01 euros a cargo de la partida presupuestaria 13801 541A01 40100 00 del presupuesto del ejercicio 2025 o equivalente.

– Año 2026: 337.036,31 euros a cargo de la partida presupuestaria 13801 541A01 40100 00 del presupuesto del ejercicio 2026 o equivalente.

2. Los 683.633,25 euros que como máximo aportará el CSIC-IEO serán valoraciones en gasto equivalente a la dedicación del personal propio de esta institución a la Estación y coste del buque de investigación oceanográfica para las campañas anuales en Menorca.

3. Los conceptos susceptibles a ser financiados por este Convenio son:

a) Gastos de personal: El personal podrá incorporarse al Proyecto durante todo el tiempo que dure la acción o sólo durante una parte, en dedicación parcial o total. Este personal se tiene que incorporar al Proyecto a través de cualquier programa de adscripción temporal de acuerdo con la normativa vigente y las normas a las cuales esté sometido el CSIC-IEO, y estará adscrito al CSIC-IEO sin que su adscripción temporal implique ninguna relación laboral posterior.

b) Gastos de ejecución, relacionados directamente con el desarrollo de los objetivos del Convenio:

– Gastos en equipos, instrumentos, aparatos y otro material inventariable indispensable para llevar a cabo los objetivos del Convenio.

– Adquisición de material fungible.

– Desplazamientos (viajes, kilometraje, etc.), alojamiento y dietas (por manutención, por alojamiento o dieta completa) del personal con dedicación a los objetivos o proyectos que se realicen en la Estación de Investigación.

– Gastos derivados de estancias en otros laboratorios para hacer tareas relacionadas con los trabajos de la Estación, así como las derivadas de las visitas y estancias de investigadores invitados, en relación directa con los objetivos del Convenio.

– Gastos de organización y desarrollo de seminarios, congresos y reuniones de carácter científico, que tienen que ser gestionadas por el CSIC-IEO.

En el caso de los últimos tres tipos de gastos de ejecución enumerados, éstos se realizarán de acuerdo con la normativa interna del CSIC.

4. Únicamente se admitirán como gastos susceptibles de financiación, respecto a los conceptos detallados en los apartados a) y b), aquellos que se facturen a nombre del CSIC.

5. En ningún caso serán susceptibles de ser financiados los gastos siguientes:

– Los impuestos indirectos, cuándo la entidad beneficiaria los pueda recuperar o no compensar, ni los impuestos personales sobre la renta.

– Los gastos financieros o bancarios.

– Los costes indirectos.

– Los complementos salariales.

Séptima. Período de inversión y justificación del gasto.

1. Plazo de ejecución del Proyecto: Las inversiones se tienen que haber ejecutado dentro del periodo de ejecución del Proyecto que va desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de octubre de 2026.

2. La justificación de los 816.377,50 euros en concepto de contratación de personal y costes de ejecución del proyecto, aportados por la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, se realizará mediante la entrega por parte del CSIC-IEO de un informe para cada una de las anualidades, de acuerdo con las fechas límite que se detallan a continuación:

Anualidad de pago 2023 2024 2025 2026 (1.ª) 2026 (2.ª)
Importe a pagar. 155.393,60 160.369,57 163.578,01 166.849,87 170.186,44
Período de ejecución.

01/01/2022

31/12/2022

01/01/2023

31/12/2023

01/01/2024

31/12/2024

01/01/2025

31/12/2025

01/01/2026

31/10/2026

Fecha límite presentación informes de justificación. 30/03/2023 30/03/2024 30/03/2025 30/03/2026 15/11/2026

El período de ejecución es orientativo, en cualquier momento se podrán aceptar gastos del periodo de ejecución anterior siempre dentro del período total de ejecución del Proyecto del presente Convenio previa tramitación de la correspondiente adenda de modificación al convenio.

La 1.ª justificación del año 2026 correspondiente a los gastos del período  de 1 de enero de 2025 a 31 de diciembre de 2025 se realizará antes del 30 de marzo de 2026. La 2.ª justificación del año 2026 correspondiente a los gastos del período  de 1 de enero de 2026 a 31 de octubre de 2026 se realizará antes del 15 de noviembre de 2026.

3. En el informe de justificación anual, tienen que constar dos memorias, una técnica y una económica:

a) La memoria técnica tiene que presentar el contenido siguiente:

– Una descripción de las actuaciones llevadas a cabo y de los resultados obtenidos.

– Una copia de todas las publicaciones, los programas de actos, los documentos de publicidad, etc., que hayan derivado del proyecto, con las imágenes y las obligaciones detalladas en la cláusula tercera.

– Incorporar la imagen corporativa de la Dirección General de Política Universitaria e Investigación (logotipos).

b) La memoria económica tiene que presentar el contenido siguiente:

– Una relación de todos los gastos de la actividad, con la identificación del acreedor y del documento, el importe, la fecha de emisión, la fecha de pago, el porcentaje de justificación y el importe justificado. Esta relación se tiene que enviar a la Dirección General de Política Universitaria e Investigación en formato electrónico.

– Las facturas originales o los documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Todas las facturas deberán ir a nombre del CSIC. Se aceptarán tiques de caja para importes inferiores a 100,00 euros.

– La documentación acreditativa del pago, por alguno de los siguientes medios: transferencia bancaria o documento mercantil en los que se indique el emisor, el receptor y la fecha. Los extractos bancarios obtenidos a través de internet deberán contar con sello de la entidad o un código de verificación. Los pagos en efectivo de cantidades superiores a 500,00 euros no son susceptibles de ser financiados. Para los pagos en efectivo de importes inferiores a 500,00 euros se tiene que presentar el recibo del pago firmado por el proveedor. Se aceptarán tiques de caja para importes inferiores a 100,00 euros.

– Para justificar los gastos de personal cuyo trabajo haya sido dedicado a la actividad conveniada, se presentarán copias auténticas de los siguientes documentos:

• Contratos laborales en los que, de forma específica, se vincule la persona contratada con el proyecto.

• Nóminas correspondientes al período en el que se han realizado los trabajos.

• Justificantes de pago a la Seguridad Social.

Octava. Publicaciones y resultados.

Cada parte se compromete a no difundir, sin la autorización expresa de la otra, los resultados obtenidos con ocasión de la colaboración establecida en este Convenio.

En el supuesto de difusión de los resultados obtenidos en la ejecución del Convenio, deberá expresarse, en los correspondientes soportes, que son fruto de la cooperación de las dos partes.

En la medida en que los resultados del Convenio puedan ser objeto de propiedad intelectual, ésta será ejercida de forma conjunta entre las partes, explotando conjuntamente dichos derechos, excepto en caso de cesión expresa de una parte a la otra. El contenido y las condiciones de cesión se establecerán, en cada caso, de mutuo acuerdo y serán desarrollados en documento escrito adicional. Corresponderán a los investigadores que hayan participado en la creación de los resultados todos los derechos morales de la propiedad intelectual, y en especial el de ser reconocidos como sus autores.

En la medida en que los resultados obtenidos fuesen susceptibles de protección legal mediante patente u otro título de propiedad industrial, la dirección institucional o la dirección científica de la Estación lo pondrán en conocimiento de la Comisión de Seguimiento del Convenio, que se establece en la cláusula novena, en cuyo seno se establecerán los términos en los que las partes ejercerán la titularidad de los resultados, la participación en la obtención y tramitación de los títulos de propiedad correspondientes y su mantenimiento, así como las condiciones de otorgamiento de licencias para su explotación. En cualquier caso, ambas partes se reconocen el derecho a una licencia no exclusiva para el uso de los resultados.

Novena. Comisión de seguimiento.

Se crea una Comisión de Seguimiento que tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

− Realizar el seguimiento del Convenio.

− Proponer la modificación del Convenio en caso de que una de las partes así lo solicite, la aprobación de la cual corresponderá a las partes signatarias.

− Revisión anual del seguimiento y control del programa de acceso a la Estación.

− Aprobación, revisión y control de los programas de seguimiento científico y de los proyectos de investigación de la Estación.

− Mantenimiento y actualización del inventario de la Estación.

− Revisión y modificación, en su caso, del Reglamento de Uso de la Estación.

− Aprobar las actividades de difusión, que contribuyan a mejorar el conocimiento que se tiene de la Estación, tanto en el ámbito de la población de Menorca como de los grupos de investigación, nacionales y extranjeros, como potenciales usuarios de la Estación.

La Comisión se constituirá en el plazo máximo de dos meses, a contar desde que el convenio resulte eficaz, y estará formada por tres representantes a propuesta de la DG de Política Universitaria e Investigación, uno de los cuales será el Director General, y tres representantes a propuesta del CSIC-IEO, uno de los cuales será el Director del Centro Oceanográfico de Baleares.

La Comisión estará presidida por el Director General de Política Universitaria e Investigación de la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura y el Director del Centro Oceanográfico de Baleares del CSIC-IEO, de manera alterna, y se reunirá tantas veces como lo requieran cada una de las partes, y por lo menos una vez al año. A estas reuniones podrán asistir técnicos de cualquiera de las partes, previa comunicación a la otra.

El funcionamiento de la Comisión se regirá por lo previsto en la sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décima. Relaciones institucionales y no gubernamentales.

La Comisión de Seguimiento impulsará las relaciones de la Estación con las instituciones locales, insulares, autonómicas y nacionales, así como con otras instituciones no gubernamentales con las cuales pueda interesar la colaboración.

En las actividades de formación de post-grado será necesaria la colaboración de la Universitat de les Illes Balears y/o de otras universidades. En ambos casos, se realizarán al amparo de los convenios existentes con dichas instituciones.

Undécima. Naturaleza.

El presente Convenio es de carácter administrativo. Su régimen jurídico vendrá determinado por las estipulaciones previstas en el presente Convenio y, en lo no previsto, por lo dispuesto en el capítulo VI de la ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Duodécima. Resolución de controversias.

Los posibles problemas en cuanto a la interpretación o cumplimento de lo previsto en el presente Convenio, serán resueltos por la Comisión de Seguimiento, definida en la cláusula novena.

Las partes se comprometen a resolver amigablemente cualquier diferencia que sobre el contenido del Convenio pueda surgir. En el caso de no ser posible una solución amigable, las cuestiones litigiosas serán sometidas a los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa, con arreglo a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Decimotercera. Vigencia del convenio.

Este Convenio entrará en vigor tras su firma e inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) y tendrá una vigencia de cinco años de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, prorrogables por unanimidad de las partes por otro período de cinco años más.

Decimocuarta. Causas de resolución.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 51.1 de la LRJSP, este Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución, según lo establecido en el apartado 2 del mismo artículo:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo

b) El acuerdo expreso y escrito de las partes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los responsables del mecanismo de seguimiento.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados en su caso.

d) La denuncia escrita formulada por cualquiera de las partes con una antelación mínima de dos meses a la fecha en que vaya a darlo por finalizado.

e) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista legalmente.

En caso de que existiesen actuaciones en curso de ejecución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 52.3 de la LRJSP, se podrá acordar la continuación y finalización de éstas en un plazo improrrogable, transcurrido el cual el Convenio deberá liquidarse. Dicho plazo se fijaría por las partes cuando se resolviera el Convenio.

Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 52 de la LRJSP en relación con los efectos de la resolución de los Convenios, a lo que las partes firmantes quedan sometidas en lo que les sea de aplicación.

Y, en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio, constando como fecha de suscripción la última realizada, el 23 de diciembre de 2021.–Por la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, el Consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, Miquel Company i Pons.–Por el CSIC, la Presidenta, Rosa María Menéndez López.

ANEXO 1
Programas de seguimiento (PS)

1) Temperatura del agua en ecosistemas litorales: El objetivo de este PS es obtener series de datos de temperatura de alta resolución espaciotemporal en aguas costeras de Menorca e incorporarlas a la red T-MedNet (www.t-mednet.org). Para ello se registra la temperatura (mediante sensores HOBO Water Temp Pro v2) fondeados cada 5 metros de profundidad en dos localidades: Illa de l’Aire (hasta los 25 m) e Illa de Porros (hasta los 40 m). Se toman los datos en continuo con un registro cada hora.

2) Condiciones hidrográficas del puerto de Mahón: El objetivo de este PS es obtener una serie temporal de las principales variables físico-químicas (temperatura, salinidad y conductividad) del agua en el puerto de Mahón. Se realiza un registro autónomo mediante un fondeo en la bocana del puerto de Mahón con dos CTDs situados a 13 y 20 m de profundidad que proporcionan datos de conductividad, temperatura y densidad del agua de mar. Aparte, se dispone en tierra de un barómetro que registra los cambios de presión atmosférica. Los datos registrados por los CTDs quedan almacenados en la memoria de los instrumentos hasta su posterior extracción y procesado. En el caso del barómetro, los datos se transmiten en continuo al SOCIB donde son procesados y diseminados a tiempo real.

3) Pesca comercial-artes menores: El objetivo de este PS es caracterizar la actividad pesquera y determinar los rendimientos y la estructura demográfica de los principales recursos explotados por la flota de artes menores de Menorca. Se realizan muestreos a bordo de la flota en los que se toman datos de las pescas realizadas (situación geográfica, profundidad, arte de pesca) y de sus capturas (listado faunístico incluyendo número y peso de la captura comercial y del descarte, estructura de tallas de las principales especies). Los muestreos tienen una periodicidad mensual, con un mínimo de 3 embarques cada mes.

4) Pesca comercial-arrastre: El objetivo de este PS es evaluar el estado de explotación de los ecosistemas y recursos vivos explotados por la flota de arrastre de Menorca. Se llevan a cabo muestreos a bordo de la flota de arrastre del puerto de Mahón. Se toman datos de las pescas realizadas (situación geográfica, profundidad, arte de pesca) y de sus capturas (listado faunístico incluyendo número y peso de la captura comercial y del descarte, estructura de tallas de las principales especies). Se realiza un embarque trimestral en cada una de las tres embarcaciones de arrastre del puerto de Mahón.

5) Restauración de Cystoseira barbata en el puerto de Mahón: El objetivo de este PS es estudiar el proceso de restauración de poblaciones del alga Gongolaria barbata (=Cystoseira barbata) llevada a cabo en el puerto de Mahón, donde esta especie se había extinguido, y monitorizar la recuperación del hábitat asociado a estas poblaciones. Para ello, se compara la población restaurada en Cala Teulera (puerto de Mahón) con las poblaciones naturales en la bahía de Fornells. Para cada individuo se determina la altura del cauloide (tallo), la altura total y el grado de fertilidad. Mediante apnea o escafandra autónoma, se muestrean áreas estandarizadas (cuadrados de 25 x 25 cm en Cala Teulera y de 50 x 50 cm en Fornells) en diferentes puntos de las comunidades algales. Se lleva a cabo un muestreo anual en Cala Teulera y cada cinco años en Fornells, durante el mes de mayo.

6) Asentamiento de langosta roja: El objetivo de este PS es estimar las tasas de asentamiento anual de los primeros estadios bentónicos (post-puérulus) de langosta roja (Palinurus elephas) para su uso como indicador potencial de futuras capturas comerciales de la especie. El asentamiento marca el cambio de estilo de vida de los organismos que pasan de vivir en la columna de agua (planctónica) a establecerse sobre el fondo marino (bentónica). Para ello se llevan a cabo censos visuales con escafandra autónoma, en arrecifes artificiales y en roca natural, en los que se cuentan y miden los ejemplares de langosta asentados. Se han fondeado 36 colectores artificiales a 25 m de profundidad, en tres zonas: Favàritx, La Mola e Illa de l’Aire. Los colectores constan de una base de hormigón, de un peso de 50 kg, sobre la que se fijan 3 pisos de 4 ladrillos cada uno. Los censos en roca natural se llevan a cabo en dos zonas: Cap de Cavalleria e Illa de l’Aire.

7) Algas invasoras: El objetivo de este PS es monitorizar la distribución y abundancia de especies de algas invasoras detectadas en el litoral de Menorca. Hasta la fecha, estas especies han sido Acrothamnion preissii, Caulerpa cylindracea, Lophocladia lallemandii y Womersleyella setacea. Para ello se realizan transectos verticales con escafandra autónoma hasta una profundidad variable en función de los hábitats existentes (entre 15 y 40 m), en los que se determina la abundancia y cobertura algal en áreas de muestreo estandarizadas (cuadrados de 25 x 25 cm, subdivididos en cuadrículas de 5 x 5 cm).

8) Blanquizales del Norte de Menorca: El objetivo de este PS es monitorizar la recuperación de comunidades (sucesión ecológica) de algas pardas arborescentes que han desaparecido debido al sobre-pastoreo de erizos de mar dejando al descubierto el substrato rocoso recubierto por algas coralináceas incrustantes (blanquizales). Se llevan a cabo censos visuales con escafandra autónoma, en tres zonas rocosas de la costa norte de Menorca (entre 6 y 12 m de profundidad) sometidas a distintas medidas de protección (Reserva Integral, Reserva Parcial y zonas control abiertas a la pesca) en los que se estiman (en 8 transectos de 50 x 5 m en cada zona) la cobertura algal y la abundancia y estructura demográfica de las poblaciones de erizos de mar, así como de las poblaciones de peces depredadores de erizos.

9) Proliferaciones de medusas: El objetivo de este PS es monitorizar las proliferaciones (blooms) en las poblaciones de medusas y otros hidrozoos pelágicos, como indicadores sensibles a cambios ambientales, en el marco del Programa JellyWatch de la Comisión Internacional para la Exploración Científica del Mediterráneo (http://www.ciesm.org/marine/programs/jellywatch.htm). Se llevan a cabo censos visuales desde embarcación, durante los que se toman datos sobre la presencia/ausencia y densidad de blooms de diferentes especies. Se realizan observaciones durante las salidas al mar de los diferentes programas de seguimiento de la EIJF.

10) Peces litorales: El objetivo de este PS es evaluar la efectividad de las medidas de gestión adoptadas en la Reserva Marina de l’Illa de l’Aire y en el Parque Natural de s’Albufera des Grau para la recuperación de las poblaciones de peces vulnerables a la pesca en hábitats rocosos de la zona infralitoral. Se realizan censos visuales con escafandra autónoma en transectos lineales de 50 x 5 m, en zonas con distinto nivel de gestión dentro de las áreas protegidas, así como en zonas de referencia fuera de estas áreas. En cada transecto se anota la abundancia, por clase de talla, de las especies vulnerables a la pesca y se describen las características del hábitat. El seguimiento se realiza entre 5-15 m (estrato superficial) y entre 15-26 m (estrato profundo).

11) Contaminación por microplásticos: El objetivo de este PS es evaluar el estado de contaminación por microplásticos de las aguas del puerto de Mahón. Para ello, se llevan a cabo muestreos en dos estaciones, una dentro del canal del puerto y otra por fuera de su bocana, con una red Manta Trawl de 40 × 70 cm y una malla de 335 μm, que se remolca durante 15 minutos a una velocidad de 1.5-2 nudos. Se realizan 3 muestreos por estación.

12) Arrecifes biogénicos: El objetivo de este PS es cartografiar los arrecifes biogénicos del alga coralinácea Lithophyllum byssoides (trottoir) y del molusco Dendropoma lebeche por su importancia como indicadores ecológicos de la calidad del agua y de cambios ambientales. Ambas especies constituyen un hábitat recogido por la Directiva Habitat (1170 Arrecifes) y están protegidas por el Convenio de Barcelona y el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Además, D. lebeche está incluido en el Convenio de Berna y en la lista roja de los invertebrados marinos del Mar Balear. Se realizan muestreos visuales desde embarcación, en los que se identifica y cartografía, sobre soporte fotográfico, la longitud y amplitud de los arrecifes, que posteriormente se digitaliza en un Sistema de Información Geográfica.

13) Cartografiado del fondo marino de Menorca: El objetivo de este PS es cartografiar la plataforma y talud insular de Menorca para elaborar una serie de mapas temáticos apoyada en la primera batimetría de detalle completa de los fondos marinos de la isla. Para ello se realiza: i) Levantamiento batimétrico con ecosonda de multihaz; ii) Caracterización del fondo marino por métodos acústicos: iii) Adquisición de perfiles sísmicos para el estudio de los depósitos sedimentarios; iv) Interpretación de los datos; y v) Edición de cartografía temática. Hasta el momento se ha completado el levantamiento batimétrico de una superficie de 485.703 ha (690.000 campos de fútbol) que equivale a siete veces el área de la isla de Menorca. Para cubrir esta superficie ha sido necesario navegar más de 12.000 km a los que hay que sumar varios miles de kilómetros más de adquisición de perfiles sísmicos.

14) Calidad del agua costera con cartografía litoral (CARLIT): El objetivo de este PS es evaluar, mediante el uso de macroalgas como bioindicadores, la calidad del agua costera en áreas circundantes a los principales puertos de Menorca (Ciutadella y Maó). Se realiza un cartografiado de la línea de costa ocupada por diferentes comunidades de macroalgas indicadoras del estado ambiental; la comparación de las condiciones ecológicas de la zona cartografiada con las de una zona de referencia no impactada permite obtener un índice de calidad ambiental del litoral.

15) Nacra (Pinna nobilis) supervivientes y reclutamiento: El objetivo de este PS es evaluar y monitorizar el estado del molusco bivalvo Pinna nobilis, actualmente en peligro de extinción debido al Evento de Mortalidad Masiva sufrida por la especie en el Mediterráneo. La metodología utilizada ha variado en función del estado de las poblaciones: i) Evaluación del grado de supervivencia y mortalidad, mediante censos visuales en zonas con densidades conocidas y revisión de parcelas permanentes con individuos marcados para el seguimiento demográfico; ii) Localización y seguimiento de supervivientes, verificación in situ y seguimiento de ejemplares supervivientes detectados por diversas vías; iii) Programa de reclutamiento mediante instalación de colectores larvarios, que se fondean en zonas óptimas para recoger larvas.

ANEXO 2
Inventario

Tabla 1. Equipamiento de la Dirección General de Política Universitaria e Investigación, actualmente disponible en la Estación Jaume Ferrer. Se indica el año de adquisición.

Material Año
1 Perfilador CTD SeaBird SBE 19-Plus. 2010
3 Grabadores perfiladores CTD SBE 37-SMP. 2010
1 Vehículo de observación submarina ROV BLEEPER EVO. 2010
1 Cámara de observación del fondo IPSE. 2010
1 Agitador magnético SBS Modelo ACS-162. 2010
1 Agitador magnético AGIMATIC ED-C 60-1600. 2019
1 Agitador magnético Thermo Telesystem 15 + control. 2019
1 Estufa JP-Selecta Modelo 2000210. 2010
1 Horno mufla serie ELF, CARBOLITE de 14 L hasta 1100 ºC. 2010
1 Baño termostático JP-Selecta Modelo 6001238. 2010
1 Balanza de precisión analítica COBOS Precision JT-A. 2010
1 Balanza de precisión COBOS CB Estándar D-6200 CBS. 2010
1 Balanza de precisión COBOS CB Estándar D-620 CBS. 2010
1 Vitrina de filtración de gases CRUMA 670 G. 2010
1 Espectrofotómetro TEC Evolution 300 + ordenador. 2010
1 Microscopio óptico Leica DM 1000 BG 38. 2010
1 Lupa binocular Leica DM 1000 EZ 4. 2010
1 Nevera para muestras HISENSE RT280D. 2017
1 Congelador para muestras Balay modelo 36FB1616/01. 2010
1 Arcón congelador para muestras Balay Beko HSA40520. 2018
1 Bidón de residuos de formol 100 litros. 2010
1 Embarcación Bombard Explorer DB500 con motor Suzuki 50CV + sonda + GPS. 2010
1 Remolque para embarcación Área 6 metros. 2017
1 Winch para la embarcación y soporte de montaje. 2010
2 Piraguas Rotomod Tempo Pesca, chalecos y palas. 2010
1 Proyector SONY data Projector VPL - ES7. 2010
1 Proyector Panasonic PT_LB80NTE. 2010
1 Escáner EPSON V350 Photo. 2010
1 Pantalla proyector para interior. 2010
1 Pantalla proyector grande para exteriores. 2018
2 Jacket SeacSub talla M. 2010
1 Regulador 1.ª y 2.ª etapa Aqualung + octopus Aqualung. 2010
1 Regulador 1.ª etapa Aqualung, 2.ª etapa, octopus Mares. 2010
1 Cámara de fotos Sony CyberShot tx5 + carcasa 40 m. 2013
1 Cámara de fotos Canon Powershot G16 + carcasa. 2013
1 Cámara de fotos OLYMPUS Tough TG-5 + carcasa. 2019
1 Prismáticos Nikon ProStaff 5. 2018
1 Prismáticos Nikon ProStaff 7s. 2018
2 Chalecos de embarcación de collar. 2017
4 Chalecos de embarcación de seguridad. 2010
1 Terrario de experimentación exo-terra PT 2605. 2010
2 Centralitas pH Computer Aquamedic. 2017
1 Tanque PVC blanco sin tapa de 400 litros. 2016
1 Grupo generador auxiliar HIMOINSA 3117 Kwh. 2010
1 Grupo generador portátil Benza BZ2000is - 1200 W. 2018
1 Hidrolimpiadora Karcher K3. 2018
4 Radiadores DeLongui Dragon 3. 2010
1 Aire acondicionado portátil DAITSU APD-12HK 3500W. 2018

Tabla 2. Equipamiento del CSIC-IEO, actualmente disponible en la Estación Jaume Ferrer. Se indica el año de adquisición.

Equipo Año
1 Patín supra bentónico. 2010
2 Botellas Niskin + 2 mensajeros + cabo de 100 metros. 2011
27 Sensores de temperatura HOBO Water Temp Pro v2. 2018-20
1 Rampa de filtración multiple Milipore. 2011
1 Bomba de filtración Milipore 220v/50Hz. 2011
1 Fluorímetro Turner Design Modelo Trilogy V. 2011
1 Microscopio óptico Leica DM 2500 LED + ordenador. 2016
1 Lupa binocular Leica DM 1000 EZ 4W + cámara digital. 2016
1 Cámara climática Panasonic MLR-352-PE. 2016
4 Bidones de plástico de 60 litros. 2011
4 Bidones de plástico de 30 litros. 2011
1 Furgoneta Citroën Berlingo. 2010
1 Remolque de carga Campero 2.0TT. 2019
1 Impresora/escáner HP Color Laser Jet Pro M476dn. 2010
1 Impresora HP Laser Jet P2055dn. 2010
1 Ordenador portatil HP ProBook 650-G2. 2017
2 Ordenadores portátiles Lenovo ThinkPad T460. 2017
2 Monitores HP E220. 2017
1 Monitor HP E240. 2017
1 Encuadernadora GBC CoilBind P59. 2013
1 GPS portátil GARMIN GPSMap 78. 2019
1 Equipo de reanimación OXIDOC - ISER-SNS. 2019
1 Compresor BAUER 1401225. 2014
4 Botellas de buceo 10 litros. 2020
4 Botellas de buceo 12 litros. 2018
8 Botellas de buceo 15 litros. 2012
4 Botellas de buceo 18 litros. 2018
1 Manómetro de comprobación de presión. 2013
1 Foco Dragón Sub. 2013
1 Foco Mares EOS4RZ. 2017
2 Focos XTAR D06. 2018/19
1 Ordenador buceo SUUNTO ZOOP Novo. 2019
1 Traje seco Scubapro Everdry (S). 2014
1 Traje seco Scubapro Everdry lady (M). 2017
1 Traje seco Scubapro Everdry (L). 2014
1 Traje seco Scubapro Everdry (XL). 2017
1 Traje seco SeacSub Dry lady talla S. 2010
1 Traje semiseco Subaqua lady talla S. 2010
1 Traje húmedo Cressi Fisterra talla S. 2018
1 Traje húmedo Cressi Fisterra talla L. 2018
1 Traje húmedo Cressi Fisterra talla XL. 2018
1 Jacket Cressi talla S. 2013
1 Jacket SubAqua talla L. 2017
1 Backpack Tecnomar con atalajes. 2020
1 Regulador 1.ª etapa Scubapro, 2.ª etapa Aqualung Titan. 2013
1 Regulador 1.ª etapa Scubapro, 2.ª etapa SeacSub. 2013
1 Regulador 1.ª etapa Mares, 2.ª etapa Cressi. 2013
3 Cinturones de lastre 8kg. 2020
4 Boyas señalización Deco + carrete de hilo. 2012
1 Grabadora digital Olympus VN-732PC. 2011
3 Ictiómetros (2 de 50 cm y 1 de 100 cm). 2010
4 Cintas métricas (2 de 30 metros y 2 de 60 metros). 2010
5 Neveras portátiles Colleman. 2015
2 Trajes de agua Choiva, tallas XXL y XXXL. 2018
1 Plataforma de experimentación. 2016
5 Acuarios de cristal 8 litros. 2011
9 Acuarios de cristal 12 litros con rebosadero y tapa. 2016
9 Acuarios de cristal 90 litros con rebosadero y tapa. 2016
2 Tanques PVC blancos con tapa de 150 litros. 2016
3 Enfriadores Tank Chiller Line TK150. 2016
3 Bombas recirculación externa EHEIM compact 2000. 2016
2 Bombas recirculación externa EHEIM compactOn 2100. 2018
9 Filtros internos EHEIM Aquaball 60 litros. 2016
9 Calentadores EHEIM 25 Watt (acuarios 25 litros). 2016
1 Fluorímetro sumergible DIVING-PAM. 2016
1 Sonda multiparamétrica HANNA H198194. 2016
1 Bomba sumergible IDEAL D151. 2016
1 Bomba sumergible BTS-135 de 750W. 2018
Tanque de agua 1000 litros para remolque. 2019
2 Deshumidificadores TRAU DH-720E. 2013

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