El Secretario General de la Universidad Carlos III de Madrid, por delegación de firma del Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, y el Subsecretario del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, actuando por delegación de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, han suscrito la Adenda 2021 al Convenio entre la Universidad Carlos III de Madrid y el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales sobre la realización de prácticas por parte de los alumnos del Grado en Derecho, Doble Grado en Derecho-ADE, Doble Grado en Derecho-Economía, Doble Grado en Derecho-Ciencias Políticas y Doble Grado en Estudios Internacionales y Derecho, de 8 de marzo de 2018.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anejo a la presente Resolución.
Madrid, 16 de febrero de 2021.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.
Programa formativo para el curso académico 2020-2021
En Madrid, a 12 de febrero de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Juan Romo Urroz, con domicilio a los efectos del presente Convenio en calle Madrid, 126, 28903, Getafe (Madrid).
De otra parte, don Antonio J. Hidalgo López, con domicilio a los efectos del presente Convenio en Complejo de la Moncloa, avda. de Puerta de Hierro, s/n, 28071, Madrid.
COMPARECEN
El primero, en nombre y representación de la Universidad Carlos III de Madrid, en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, nombrado mediante Decreto 14/2019, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 74, de 28 de marzo de 2019), de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y el artículo 47 de los Estatutos de la Universidad Carlos III aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.
El segundo, en nombre y representación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, en su calidad de Subsecretario, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 96/2020, de 17 de enero, que actúa en virtud de las competencias que le han sido delegadas por la Orden PRA/456/2018, de 3 de mayo, sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos, y por la Orden PCI/662/2018, de 18 de junio, por la que se mantiene la vigencia de las delegaciones de competencias de los órganos superiores y directivos de los extintos Ministerios de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el ámbito de competencias del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, y que por virtud de la disposición adicional única del Real Decreto 10/2020, de 14 de enero, por el que se crean las Subsecretarías en los departamentos ministeriales, continúan vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.
Ambas partes se reconocen plena capacidad y competencia para la firma del presente Convenio.
EXPONEN
El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática y la Universidad Carlos III de Madrid vienen desarrollando conjuntamente un programa de prácticas externas destinado a alumnos de dicha Universidad en el marco de los Convenios de colaboración sucesivamente suscritos a tal efecto desde 1992.
El último de los Convenios celebrados, de 8 de marzo de 2018, establece el procedimiento para la definición del Programa formativo de cada curso académico mediante la aprobación por las partes de la correspondiente adenda al Convenio.
Atendiendo al interés de las partes en alcanzar los beneficios de utilidad pública que esta actividad comporta para los alumnos participantes.
ACUERDAN
La aprobación del Programa formativo que se incorpora a continuación, que se desarrollará con sujeción a lo establecido en el Convenio entre la Universidad Carlos III de Madrid y el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales sobre la realización de prácticas por parte de los alumnos del grado en Derecho, doble grado en Derecho-ADE, doble grado en Derecho-Economía, doble grado en Derecho-CC. Políticas y doble grado en Estudios Internacionales y Derecho, de 8 de marzo de 2018, y sin perjuicio de la aplicación de la normativa vigente contenida en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En relación con las obligaciones contempladas en la Disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, se efectuará la cotización de los participantes en este programa en los términos establecidos en la norma reglamentaria prevista en la propia Disposición adicional, en el caso de que haya aquella entrado en vigor antes de comenzar las prácticas.
No obstante, en el supuesto de que se produjera dicho desarrollo reglamentario y que tales obligaciones acabaran siendo aplicables a las prácticas a realizar en el presente curso, ambas partes se comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, esta adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Programa formativo para el curso académico 2020-2021
1. Alumnos participantes.
Estudiantes del Grado en Derecho, Doble Grado en Derecho-ADE, Doble Grado en Derecho-Economía, Doble Grado en Derecho-CC. Políticas y Doble Grado en Estudios Internacionales y Derecho.
El grupo estará formado por un máximo de 5 alumnos seleccionados por la Universidad Carlos III de Madrid.
2. Duración y calendario.
Las prácticas se desarrollarán dentro del segundo cuatrimestre del curso académico 2020-2021.
3. Horario.
Los miércoles y jueves laborables, en horario de 9:00 a 14:30 horas. De manera extraordinaria, se podrá convocar a los alumnos en día y hora distintos para visitas o actividades específicas.
4. Áreas de actuación.
Las prácticas consistirán en funciones de estudio, propuesta, redacción y tareas similares, dentro del ámbito de competencias de las titulaciones académicas que cursan los integrantes del grupo, en apoyo de las actividades realizadas por las distintas Unidades del Ministerio a las que sean asignados los alumnos.
5. Coordinador-Tutor.
La Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática asignará un funcionario que actuará como tutor del alumno en prácticas y será el encargado de evaluar, por parte del Ministerio, el trabajo realizado. Dicha evaluación se comunicara oficialmente, al término de las prácticas, a la Universidad Carlos III de Madrid.
En conformidad, firman esta adenda, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, por delegación de firma (Resolución del Rector de 19/07/2019), el Secretario General de la Universidad Carlos III de Madrid, Marcos Vaquer Caballería.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, P.D. (Orden PRA/456/2018, de 3 de mayo, sobre delegación de competencias), el Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.
Anverso
El presente anexo se incorpora a la Adenda de 2021 del Convenio de Prácticas suscrito entre la Universidad Carlos III de Madrid, y el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, firmado el día 8 de marzo de 2018, referido a los alumnos/as del Grado …………………………………….………………………..
Detalle de las prácticas
ALUMNO: |
NIF/NIE: | ||
DIRECCIÓN: |
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TELÉFONO: |
E-MAIL: | ||
FECHA DE INICIO: |
FECHA DE FINALIZACIÓN: | ||
JORNADA DE HORAS AL DÍA DE PRÁCTICAS: |
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DÍAS DE LA SEMANA: |
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CENTRO DONDE REALIZA LAS PRÁCTICAS: |
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TUTOR DEL MINISTERIO: |
E-MAIL: | TELÉFONO: | |
TUTOR DE LA UNIVERSIDAD: |
E-MAIL: | TELÉFONO: | |
NÚMERO DE CRÉDITOS: |
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PROYECTO FORMATIVO: – OBJETIVOS EDUCATIVOS: – ACTIVIDADES A DESARROLLAR: |
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EL/LA ALUMNO/A ABAJO FIRMANTE DECLARA SU CONFORMIDAD PARA REALIZAR PRÁCTICAS AL AMPARO DE LA ADENDA DE 2021 DEL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID Y EL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Y PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES, QUE MANIFIESTA CONOCER, A FIN DE CURSAR LOS CRÉDITOS DE LA ASIGNATURA PRACTICUM DE ………………………………………., CURSO DEL GRADO EN ………………………………………., ATENIÉNDOSE A LAS NORMAS CONTEMPLADAS EN DICHO CONVENIO. ASIMISMO, EL ALUMNO, SE COMPROMETE A MANTENER ABSOLUTA CONFIDENCIALIDAD SOBRE TODA AQUELLA INFORMACIÓN A LA QUE PUEDA TENER ACCESO COMO CONSECUENCIA DE LA REALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS. Y EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, FIRMA EL PRESENTE DOCUMENTO, POR TRIPLICADO EJEMPLAR, EN GETAFE (MADRID), A_______________ DE _______________ DE DOS MIL _______________ |
Firma del Tutor del Título Propio de la Universidad Carlos III de Madrid |
Firma del Tutor del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática |
Conforme el Alumno |
Fdo. |
Fdo. |
Fdo. |
Reverso
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa, institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.
f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la Universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la mima, con la entidad colaboradora.
2. Asimismo y, durante la realización de las prácticas académicas externas los estudiantes deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la universidad.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor académico de la universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.
d) Incorporarse a la entidad colaboradora de que se trate en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 14 de este real decreto y, en su caso, del informe intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la entidad colaboradora y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la entidad colaboradora, salvaguardando el buen nombre de la universidad a la que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscrito por la Universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la misma, con la entidad colaboradora.
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