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Documento BOE-A-2021-12890

Resolución de 21 de julio de 2021, de la Universidad de Barcelona, por la que se modifica la de 22 de junio de 2021, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2021, páginas 92461 a 92462 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2021-12890

TEXTO ORIGINAL

Por resolución de 22 de junio de 2021 se convocó a concurso una plaza del cuerpo docente de profesores titulares de universidad, destinada a personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal, con certificado I3 https://www.boe.es/boe/dias/2021/07/07/pdfs/BOE-A-2021-11265.pdf.

A la vista del requerimiento recibido de la Dirección General de Costes de Personal del Ministerio de Hacienda al respecto, y sin perjuicio de su información al Consejo de Gobierno de la Universitat de Barcelona, corresponde la rectificación del error observado en el artículo 2.3.d) de las bases del concurso, en relación al momento de cumplimiento del requisito de finalización del Programa, el cual se ha de referir al momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Visto asimismo que en la sede electrónica de la UB consta incorrectamente informado que el plazo de veinte días hábiles disponible para formalizar solicitud se inicia el 8 de julio y finaliza el 3 de septiembre de 2021, cuando durante el mes de agosto únicamente es inhábil desde el 5 hasta el 26 de agosto, se considera, en pro de la seguridad jurídica de las personas interesadas, reiniciar dicho plazo, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.

En consecuencia, en virtud de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 73 del Estatuto de la Universitat de Barcelona, resuelvo:

Primero.

Rectificar los artículos 2.3.d) y 2.4 de las bases del concurso a una plaza del cuerpo docente de profesores titulares de universidad, destinada a personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal con certificado I3, publicadas por resolución del rector de la Universitat de Barcelona de 22 de junio de 2021. Los artículos referenciados quedan redactados en los siguientes términos:

«2.3.d) Haber finalizado el Programa Ramón y Cajal. Los aspirantes acreditarán este requisito mediante un documento de la entidad donde se haya llevado a cabo el Programa Ramón y Cajal que justifique la extinción del contrato correspondiente.

2.4. Todos los requisitos de participación, en los términos expuestos en cada caso, deberán reunirse en la fecha de finalización de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta la fecha de formalización del nombramiento y durante su vigencia.

Los méritos alegados se tendrán en cuenta siempre en relación con el último día de presentación de solicitudes.»

Segundo.

El plazo de presentación de solicitudes, de veinte días hábiles, se reinicia al día siguiente de la publicación de la presente resolución. A estos efectos se consideran inhábiles los días 5 al 25 de agosto, ambos inclusive.

Tercero.

Hacer pública esta resolución en la misma fecha en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya», así como en la Sede Electrónica de la Universitat de Barcelona https://seu.ub.edu/. En caso de discordancia se estarà a lo publicado en el BOE.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, se podrá interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a partir de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. En caso de interponer recurso de reposición no se podrá presentar recurso contencioso administrativo mientras no se dicte resolución expresa o presunta del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Barcelona, 21 de julio de 2021.–El Rector, Joan Guàrdia Olmos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/07/2021
  • Fecha de publicación: 30/07/2021
Referencias anteriores
  • MODIFICA y AMPLÍA el plazao de presentación de solicitudes de la Resolución de 22 de junio de 2021 (Ref. BOE-A-2021-11265).

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