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Documento BOE-A-2020-7158

Orden CSM/601/2020, de 29 de junio, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales del Consejo de Consumidores y Usuarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 3 de julio de 2020, páginas 46742 a 46743 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Consumo
Referencia:
BOE-A-2020-7158

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden SCB/1472/2018, de 26 de diciembre, por la que se nombran vocales del Consejo de Consumidores y Usuarios fueron designados los vocales del Consejo, vista la propuesta de nombramiento del Secretario General de Sanidad y Consumo, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.5 del Real Decreto 894/2005, de 22 de julio, por el que regula Consejo de Consumidores y Usuarios. Así, fue nombrada Vocal del Consejo de Consumidores y Usuarios doña María de los Ángeles Castellanos Gutiérrez, designada por la Asociación de Consumidores y Usuarios en Acción-FACUA.

El artículo 5 del citado real decreto dispone que los vocales del Consejo serán nombrados por el Ministro de Sanidad y Consumo, a propuesta del Presidente del Instituto Nacional del Consumo, tras la designación de un vocal titular y un suplente por parte de cada asociación o cooperativa de consumidores y usuarios seleccionada para estar representada en el Consejo de Consumidores y Usuarios.

Asimismo, ordena que los vocales del Consejo cesarán en su cargo por renuncia; por expiración del término de su mandato; por revocación de su designación por sus respectivas organizaciones, la cual se llevará a cabo siempre que exista en la persona del vocal incapacidad permanente para el ejercicio del cargo, incumplimiento grave de sus obligaciones o condena por delito doloso, o por disolución o exclusión del registro de la asociación o cooperativa de consumidores y usuarios que les designó.

Y se prevé que el miembro del Consejo que cese en sus funciones continuará en ejercicio hasta el nombramiento de la persona que habrá de sustituirle. Nombrado sustituto, éste ejercerá sus funciones hasta la expiración del correspondiente mandato del Consejo.

Las circunstancias mencionadas serán comunicadas por escrito al Secretario del Consejo, junto con la designación, en su caso, de un nuevo vocal, por parte de la asociación o cooperativa de consumidores y usuarios.

A tales efectos se ha presentado la renuncia por parte de la Vocal doña María de los Ángeles Castellanos Gutiérrez y se propone por parte de la Asociación de Consumidores y Usuarios en Acción-FACUA, la designación de don Jesús Benítez Cerezo como Vocal en el Consejo de Consumidores y Usuarios.

En atención a lo expuesto, cumplidos los precitados trámites y a propuesta del Secretario General de Consumo y Juego, dispongo:

Uno. Cese y nombramiento de vocales del Consejo de Consumidores y Usuarios.

1. Se acuerda el cese, por renuncia presentada, de la siguiente Vocal en el Consejo de Consumidores y Usuarios:

Doña María de los Ángeles Castellanos Gutiérrez.

2. Se dispone el nombramiento del siguiente Vocal, en sustitución de la anterior, en el Consejo de Consumidores y Usuarios:

Don Jesús Benítez Cerezo.

Dos. Efectos.

La presente Orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de junio de 2020.–El Ministro de Consumo, Alberto Carlos Garzón Espinosa.

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