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Documento BOE-A-2020-3413

Resolución de 28 de febrero de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de prórroga del Convenio de colaboración entre los Ministerios de Hacienda y de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y Farmaindustria.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2020, páginas 24056 a 24058 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-3413

TEXTO ORIGINAL

La Ministra de Hacienda, la Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y el Presidente de Farmaindustria, han suscrito un Acuerdo de prórroga del Convenio colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerios de Hacienda y de Sanidad, Consumo y Bienestar Social) y Farmaindustria.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Acuerdo de prórroga del Convenio como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 28 de febrero de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Acuerdo de prórroga del Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerios de Hacienda y de Sanidad, Consumo y Bienestar Social) y Farmaindustria

En Madrid, a 30 de diciembre de 2019.

REUNIDOS

Doña María Jesús Montero Cuadrado, Ministra de Hacienda, nombrada mediante Real Decreto 357/2018, de 6 de junio, por el que se nombran Ministros del Gobierno, quien actúa en virtud de las facultades conferidas por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Doña María Luisa Carcedo Roces, Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, nombrada mediante Real Decreto 1161/2018, de 11 de septiembre, por el que se nombra Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, quien actúa en virtud de las facultades conferidas por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Don Martín Sellés Fort, como Presidente de Farmaindustria (Acción Nacional Empresarial de la Industria Farmacéutica, cuyos estatutos están depositados con el n.º 582 en el Registro de la Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social), en virtud de su nombramiento y facultades conferidas por la Asamblea General de la Asociación.

Reconociéndose las partes mutuamente capacidad suficiente para suscribir la presente prórroga,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 29 de diciembre de 2016 suscribieron un convenio de colaboración cuyo objeto es el de establecer y articular un espacio de colaboración entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y Farmaindustria, para la consecución de objetivos comunes en materia de sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, mejora de la eficiencia del SNS, racionalización del gasto farmacéutico público, acceso de los pacientes a la innovación con equidad en todo el territorio español y promoviendo la localización industrial de estas actividades en un marco regulatorio predecible.

Segundo.

Que, conforme prevé su cláusula sexta, dicho Convenio tiene una vigencia de un año a partir del 1 de enero de 2017, pudiendo ser expresamente prorrogado por acuerdo de las partes por un año hasta un máximo de tres años adicionales.

Tercero.

Que dicho Convenio fue objeto de una primera prórroga por un año adicional, mediante Acuerdo suscrito el 27 de diciembre de 2017, de una segunda prórroga hasta el 31 de marzo de 2019, mediante Acuerdo suscrito el 28 de diciembre de 2018, y de una tercera prórroga hasta el 31 de diciembre de 2019, mediante Acuerdo suscrito el 29 de marzo de 2019. En estos dos últimos acuerdos se establecía una previsión de modificación del Convenio.

Cuarto.

Que por las circunstancias sobrevenidas no ha sido posible modificar el Convenio como se preveía en los dos últimos acuerdos de prórroga, lo que hace necesario prolongar su vigencia por un período adicional de seis meses para suscribir un nuevo Convenio satisfactorio para todas las partes, que sustituya al vigente.

Quinto.

Durante este nuevo plazo de seis meses, las partes van a colaborar en la elaboración del nuevo Convenio con el objetivo, entre otros, de reflejar en el mismo la implicación de todas las entidades involucradas en la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y la racionalización del gasto farmacéutico público, de manera que sus previsiones resulten de aplicación a todo el ejercicio de 2020, en sustitución de las contempladas en el Convenio que ahora se prorroga. En caso de no alcanzarse en ese plazo un acuerdo sobre el nuevo Convenio o sobre una modificación del existente, las partes colaborarán para que esa implicación se produzca en el Convenio actual o, al menos, promoverán que todas las compañías que suministran medicamentos originales no genéricos ni biosimilares al SNS queden sujetas a la aplicación de las medidas contempladas en el mismo.

Sexto.

Que a tal fin Farmaindustria requiere la aprobación por su Asamblea General convocada al efecto de conformidad a lo dispuesto en los Estatutos de la Asociación.

Séptimo.

A efectos de que no expire el Convenio vigente, y en consecuencia con el expositivo anterior, el representante de Farmaindustria declara, y el resto de las partes aceptan, que la firma del presente documento por parte de Farmaindustria se realiza de manera condicionada a la autorización que, en su caso, otorgue la Asamblea General de la Asociación en la sesión que celebre a tal efecto. En el supuesto de no producirse tal autorización, el presente Acuerdo no producirá ningún efecto.

Octavo.

Una vez obtenida, en su caso, la aprobación por la Asamblea General de Farmaindustria se hará constar en un documento específico que se incorporará al presente Acuerdo.

En atención a dicha previsión, y reconociéndose mutuamente los reunidos competencia y capacidad legal suficiente para ello

ACUERDAN

Prorrogar el Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (actualmente Ministerio de Hacienda y Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social) y Farmaindustria, de 29 de diciembre de 2016, por un período de seis meses, y formalizarlo, aceptando que dicha prórroga se extenderá desde el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de junio de 2020.

Y estando las partes conformes con el contenido de este documento y para que así conste, se firma en triplicado ejemplar a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.–La Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, María Luisa Carcedo Roces.–El Presidente de Farmaindustria, Martín Sellés Fort.

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