Está Vd. en

Documento BOE-A-2020-15792

Resolución de 1 de diciembre de 2020, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., por la que se publica la prórroga del Convenio con la Asociación de Marcas Renombradas Españolas y el Banco Santander, para la puesta en marcha del "Programa Marca e Innovación".

Publicado en:
«BOE» núm. 319, de 7 de diciembre de 2020, páginas 111920 a 111921 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2020-15792

TEXTO ORIGINAL

Las dos Partes citadas en el encabezamiento, considerando el éxito de la colaboración establecida mediante el convenio suscrito el 13 de abril de 2020, y estando próxima la fecha de finalización de su período de vigencia, han decidido prorrogar la vigencia de dicho convenio hasta el próximo 31 de diciembre de 2021.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio.

Madrid, 1 de diciembre de 2020.–La Presidenta del Consejo de Administración de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., P.D. (Resolución de 30 de octubre de 2019), la Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., María Peña Mateos.

ANEXO
Prórroga del Convenio que fue suscrito el 13 de abril de 2020 entre la Asociación de Marcas Renombradas Españolas, ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. y el Banco Santander para la puesta en marcha del «Programa Marca e Innovación»

En Madrid, a 1 de diciembre de 2020.

REUNIDOS

De una parte, don Pablo López Gil, Director General de la Asociación de Marcas Renombradas Españolas (en adelante, AMRE), con domicilio social en Madrid, Calle Ayala, 11 - 2.º, con NIF número G62636824, actuando para este acto en nombre y representación de AMRE, con poderes suficientes para este acto según consta en la escritura notarial número 2602 de fecha dos de octubre de 2018 otorgada ante el Notario de Valencia, don Juan Bover Belenguer.

De otra parte, doña María Peña Mateos, Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. (en lo sucesivo, ICEX), con NIF número Q28091001F, y domicilio en Madrid, Paseo de la Castellana número 278, facultada para este acto en su condición de Consejera Delegada de la entidad mediante nombramiento efectuado por Real Decreto 848/2018, de 6 de julio («Boletín Oficial del Estado» núm. 164 de 7 de julio de 2018), y actuando por delegación de competencias del Consejo de Administración mediante Resolución de 30 de octubre de 2019 («Boletín Oficial del Estado» núm. 279, de 20 de noviembre de 2019).

Y de otra parte, Banco Santander, S.A. (en adelante, Banco Santander), con NIF número A39000013, y domicilio social en Santander, Paseo de Pereda 9-12, representado en este acto por doña María del Mar Ruiz Andújar y don Carlos Palacios Castañeda, en calidad de apoderados, y en uso de las facultades que ambos tienen conferidas en virtud de poder otorgado a su favor, el día 12 de marzo de 2019, ante el Notario de Madrid, don Juan de Dios Valenzuela García, con número 1.078 de su protocolo.

En su virtud, y de conformidad con lo anterior, AMRE, ICEX y Banco Santander, denominadas conjuntamente como las «Partes», e individualmente cada una de ellas como la «Parte», en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente competencia y capacidad legal para obligarse y otorgar el presente acuerdo, a cuyo efecto

EXPONEN

I. Que, las Partes suscribieron el pasado 13 de abril de 2020 un convenio para la puesta en marcha del «Programa Marca e Innovación» (en adelante, el Convenio). El Convenio se encuentra vigente desde el 24 de abril de 2020, fecha en la que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y hasta el próximo 31 de enero de 2021.

II. Que, en el propio Convenio se establece expresamente en su cláusula décima que, con carácter previo a la finalización del plazo inicial, el mismo podrá prorrogarse de forma expresa y por escrito, por la voluntad conjunta de las Partes, hasta un máximo de un (1) año adicional.

III. Que, debido al éxito de la colaboración, y estando próxima la fecha de finalización del periodo de vigencia, es voluntad de las Partes proceder a la prórroga del Convenio hasta el próximo 31 de diciembre 2021, es decir por un periodo de 11 meses adicionales.

Y, en consecuencia, las partes intervinientes manifiestan su voluntad de firmar la presente prórroga al Convenio (en lo sucesivo, la Prórroga) con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del Convenio.

Las Partes, por medio de la presente Prórroga, acuerdan prorrogar la duración del Convenio desde la finalización del periodo inicialmente acordado para el mismo, es decir, desde el próximo 1 de febrero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, lo que supone un total de 11 meses adicionales.

Esta Prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e lnstrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Segunda. Subsistencia del resto del Convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Prórroga se estará a lo establecido en el Convenio, cuyo texto íntegro las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, los intervinientes firman la presente Prórroga, en Madrid, a un solo efecto, en la fecha indicada al principio del convenio, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante. Por la Asociación de Marcas Renombradas Españolas (AMRE), el Director General, Pablo López Gil. Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., la Consejera Delegada, María Peña Mateos; y por el Banco de Santander, los Apoderados, María del Mar Ruiz Andújar y Carlos Palacios Castañeda.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid