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Documento BOE-A-2020-13578

Resolución de 27 de octubre de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la reserva marina del entorno de la Isla de La Graciosa e islotes del norte de Lanzarote.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 4 de noviembre de 2020, páginas 96139 a 96142 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2020-13578

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 19 de mayo de 1995, por la que se establece una reserva marina en el entorno de la isla de La Graciosa e islotes del norte de Lanzarote, y lo acordado en las reuniones técnicas de 18 de diciembre de 2007, 14 de septiembre de 2010, y 16 de febrero de 2011, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 5 y disposición final primera de la citada Orden de 19 de mayo de 1995, la Secretaría General de Pesca, consultada la Comunidad Autónoma de Canarias y oído el sector interesado, resuelve:

1. Publicar, como anexo 1, el censo actualizado de las embarcaciones autorizadas a faenar en aguas de la reserva marina a que se refiere la citada orden entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022. Las embarcaciones incluidas en el presente censo se encuentran en situación de alta en el Registro General de la Flota Pesquera.

2. Publicar como anexo 2, la relación de embarcaciones excluidas del censo por no tener actividad acreditada en la reserva marina en los últimos 6 meses, según lo establecido en punto 3 de los criterios de exclusión del censo de la resolución de la Resolución de 12 de noviembre de 2018, esta Secretaría General de Pesca, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la reserva marina del entorno de la Isla de La Graciosa e islotes del norte de Lanzarote.

3. Publicar como anexo 3, la relación de embarcaciones cuya inclusión no ha sido aceptada y el motivo de la misma.

4. Que las embarcaciones incluidas en los censos de la reserva marina anteriormente publicados y que en estos momentos no se encuentran en activo en el Registro General de la Flota Pesquera podrán ser autorizadas a ejercer la pesquería en el ámbito de la reserva, a petición del armador, una vez sean reactivadas.

5. Que los criterios de exclusión del censo serán:

a) La no descarga de sus capturas a través de los puntos de primera venta a través de un punto de primera venta autorizado, habiendo tenido actividad y/o vender las capturas fuera de un punto de primera venta autorizado, debiendo quedar indicado en las notas de venta qué capturas han sido obtenidas dentro de la reserva marina.

b) La no aportación de información de esfuerzo pesquero a través de los correspondientes estadillos.

c) No ejercer la actividad pesquera en el ámbito de la reserva marina, salvo causa de fuerza mayor, durante el período de vigencia de la presente resolución.

La exclusión del censo por alguno de los criterios anteriores supondrá la extinción de la autorización a la embarcación para faenar en la reserva marina.

6. Que las embarcaciones excluidas del censo por los motivos indicados en el punto 5 podrán solicitar a la Dirección General de Pesca Sostenible su readmisión tras un periodo de 6 meses, para lo cual deberán acreditar el cumplimiento de las siguientes condiciones.

a) Realizar al menos cuatro días de pesca por trimestre en el entorno de la reserva marina hasta 3 millas de distancia de sus bordes, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.

b) Avisar al servicio de la reserva marina de su presencia en el entorno de la misma los días en que realicen esa actividad.

c) Aportar las notas de venta y estadillos de esfuerzo pesquero correspondientes a los días en que realicen esa actividad.

Contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122, en relación con el 114, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 27 de octubre de 2020.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANEXO 1

Cofradía de pescadores de la isla de La Graciosa

  Nombre Matrícula C.F.P.O.
 1 Ahí Va Primero. 3.ª- GC-3-3-15. 27721
 2 Anela. 3.ª-GC-3-1-18. 100029
 3 Ariaguin. 3.ª-GC-1-3048. 8374
 4 Biosfera Fishing. 3.ª-GC-3-2-08. 27209
 5 Buen Jesús. 3.ª-GC-3-290. 12707
 6 Celia Quinto. 3.ª-TE-3-1-02. 25425
 7 Centella. 3.ª-TE-3-290. 12717
 8 Cleo. 3.ª-GC-3-1703. 12713
 9 Colón. 3.ª-GC-3-1601. 50802
10 Consuelo Uno. 3.ª-GC-3-5-08. 27455
11 Corazón de Jesús. 3.ª-GC-2-847. 20807
12 Corazón de María. 3.ª-GC-3-2-06. 27196
13 General Varela. 3.ª-GC-3-785. 20576
14 Isla de Alegranza. 3.ª-GC-3-8-08. 27378
15 Jesús María. 3.ª-GC-3-1033. 13538
16 Joven Carmen. 3.ª-GC-3-1864. 12665
17 Lorenza y Manuel. 3.ª-GC-1-01. 25070
18 Mar Azul. 3.ª-TE-2-1333. 12597
19 Mar de lanzarote. 3.ª-GC-3-5-06. 27082
20 Milagros Felisa II. 3.ª-GC-3-1-15. 27688
21 Mi Nombre. 3.ª-GC-1-3039. 14042
22 Multimar. 3.ª-GC-3-7-07. 27137
23 Nauzet I. 3.ª-GC-3-1692. 12623
24 Nuestra Señora del Carmen. 3.ª-GC-3-809. 12598
25 Pollo Niz. 3.ª-GC-3-2-18. 100033
26 Sara. 3.ª-GC-3-1794. 12627
27 Teide Segundo. 3.ª-TE-1-3881. 1162
28 The Pirat Yatch. 3.ª-TE-1-4-08. 27186
29 Yeray Segundo. 3.ª-GC-3-4-08. 27311

Cofradía de pescadores de Arrecife de Lanzarote

  Nombre Matrícula C.F.P.O.
 1 Basilisa. 3.ª-GC-2-705. 12706
 2 Carmen Peregrina. 3.ª-GC-2-848. 87031
 3 Chubasco la Santa. 3.ª- GC-3-3-00. 25159
 4 Daniel y Catalina. 3.ª-GC-3-1-06. 26813
 5 El Pedro. 3.ª-GC-2-962. 54318
 6 Mar de Anita. 3.ª-GC-3-2-15. 27700
 7 Marijean Segundo. 3.ª-GC-3-1-02. 25984
 8 Nuevo Meibar. 3.ª-GC-3-1-13. 27624
 9 Nuevo Santa Fe. 3.ª-GC-3-2-02. 25983
10 San Pedro. 3.ª-TE-1-3650. 524
11 Sirena del Mar. GC-3-1811. 12631

Cofradía de Pescadores de La Tiñosa

Nombre Matrícula C.F.P.O.
 1 Oceano uno. 3.ª-GC-3-1-07. 27256
ANEXO 2
Embarcaciones excluidas por no tener actividad en la reserva marina

Cofradía de pescadores de la isla de La Graciosa

Nombre. Matrícula. C.F.P.O.
 1 Los Tres Quinteros. 3.ª-GC-3-8-07. 27135

Cofradía de pescadores de Arrecife de Lanzarote

  Nombre. Matrícula. C.F.P.O.
 1 Playa Girón. 3.ª-TE-2-02. 25243
 2 Siempre Catalina. GC-3-1-04. 26162

Cofradía de Pescadores de La Tiñosa

  Nombre. Matrícula. C.F.P.O.
 1 Augusto Ramón. 3.ª-VILL-3-9304. 6271
ANEXO 3
Embarcaciones cuya inclusión no ha sido aceptada
Nombre Matrícula C.F.P.O. Motivo
 1 Aray e Indira. 3.ª-GC-2-1-08. 27236 Cambio de pto. base en 2019.
 2 Atlantis seis. 3.ª-GC-3-4-07. 27197 No consta habitualidad en el entorno de la RM.
 3 Bristol. 3-TE-1-1-09. 27392 No consta habitualidad en el entorno de la RM.
 4 Guayarimar. 3.ª-TE-1-2866. 23808 No consta habitualidad en el entorno de la RM.
 5 La Marisma. 3.ª-GC-2-5-03. 25880 No consta habitualidad en el entorno de la RM.
 6 Macarena del Mar. 3.ª-GC-3-3-07. 27036 No consta habitualidad en el entorno de la RM.

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