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Documento BOE-A-2019-9882

Resolución de 26 de junio de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se concede el distintivo de calidad "Sello Vida Saludable".

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2019, páginas 71161 a 71163 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-A-2019-9882

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, se crea el distintivo de calidad de centros docentes Sello Vida Saludable (BOE del 24).

Mediante Resolución de 14 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, se establece el procedimiento para la concesión del distintivo de calidad Sello Vida Saludable.

En cumplimiento de lo previsto en el apartado Cinco.1 de la Resolución del 14 de diciembre de 2017, y de acuerdo con la propuesta formulada por la comisión evaluadora de los citados distintivos de calidad, he resuelto:

Primero.

Conceder los distintivos de calidad «Sello Vida Saludable» 2019 a los centros que siguen:

Número solicitud Nombre del centro Código del centro
DCSVS19/00008 CEIP VIRGEN DE LA PAZ. 19000205
DCSVS19/00009 CEIP SÁENZ DE TEJADA. 26007771
DCSVS19/00012 CPR JORGE JUAN. 15010071
DCSVS19/00014 IES BRIANDA DE MENDOZA. 19001076
DCSVS19/00016 CPR SAN JOSÉ DE CLUNY. 15015627
DCSVS19/00018 ESCUELA PROFESIONAL XAVIER. 46012896
DCSVS19/00020 CEIP VIRGEN DE LAS MARAVILLAS. 30002532
DCSVS19/00026 CEIP ANTONIO MACHADO. 30011481
DCSVS19/00027 COLEGIO SANTA JOAQUINA DE VEDRUNA. 30006057
DCSVS19/00030 CEIP CAMPO DE BORJA. 50000850
DCSVS19/00031 IES SANGONERA LA VERDE. 30013566
DCSVS19/00037 CEIP MIGUEL DELIBES. 28038288
DCSVS19/00038 CEIP AL-KAZAR. 30012161
DCSVS19/00041 COLEGIO SANTO DOMINGO. 33024125
DCSVS19/00046 CEIP ELS TOLLS. 03014381
DCSVS19/00047 CEIP VIALFÀS. 07004564
DCSVS19/00049 CEIP ADOLFO DE CASTRO. 11001713
DCSVS19/00051 CEIP MAESTRA TRINIDAD GARCÍA. 28049389
DCSVS19/00053 COLEGIO RIVAS-LUNA. 46024886
DCSVS19/00054 COLEGIO TRAFALGAR. 46011491
DCSVS19/00056 IES LA FLOTA. 30012045
DCSVS19/00057 IES XOGRAR AFONSO GÓMEZ DE SARRIA. 27012048
DCSVS19/00061 CEIP O RAMO. 15020982
DCSVS19/00065 CPEE MARÍA CORREDENTORA. 28012664
DCSVS19/00067 CEIP PARQUE VALLEJO. 19008034
DCSVS19/00068 IES CELANOVA CELSO EMILIO FERREIRO. 32016625
DCSVS19/00072 CEIP PASCUAL MARTÍNEZ ABELLÁN. 30006914
DCSVS19/00074 CEIP VIRGEN DE LAS VIÑAS. 13004948
DCSVS19/00075 COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN. 27011974
DCSVS19/00077 CPR SANTA MARÍA DEL MAR. 15004642
DCSVS19/00079 COLEGIO APOSTOL SAN PABLO. 09001736
DCSVS19/00082 CEIP ENRIQUE DE MESA. 28024034
DCSVS19/00084 CEIP SANTIAGO RAMÓN Y CAJAL. 51000201
DCSVS19/00086 CEIP LUIS CALANDRE. 30002362
DCSVS19/00088 CEIP PASTOR POETA. 45012177
DCSVS19/00091 COLEGIO SAN ANTONIO DE PADUA. 46002659
DCSVS19/00093 CEIP CIERVA PEÑAFIEL. 30005466
DCSVS19/00094 CEIP VIRGINIA PÉREZ. 30010632
DCSVS19/00099 CPEI EL BOSQUE DE LOS COLORINES. 28071528
DCSVS19/00111 COLEGIO ARGOS. 46014212
DCSVS19/00119 COLEGIO VIZCAYA. 48003451
DCSVS19/00142 CEIP PINTOR SOROLLA. 03014617
DCSVS19/00144 CEE ROSA LLÁCER. 46028119
DCSVS19/00147 CEIP DOCTOR SANCHÍS GUARNER. 46006823
DCSVS19/00150 CEIP CIUDAD DEL MAR. 03016602
DCSVS19/00153 CRIE PÁRAMO DE SIL. 24022109
DCSVS19/00161 IES ARUCAS-DOMINGO RIVERO. 35013842
DCSVS19/00165 CEIP DOCTORA DE ALCALÁ. 28000388
DCSVS19/00167 COLEGIO RAFAELA YBARRA. 28013590
DCSVS19/00172 CEIP JUAN NAVARRO GARCÍA. 30003676
DCSVS19/00187 CEIP LA CRUZ. 30005201
DCSVS19/00191 IES PARQUE DE MONFRAGÜE. 10007720
DCSVS19/00196 IES LA LABORAL DE LA LAGUNA. 38002791
DCSVS19/00210 IES LICENCIADO FRANCISCO CASCALES. 30008686
DCSVS19/00214 COLEGIO HOGAR DEL BUEN CONSEJO. 28023844
DCSVS19/00219 IES GUADALQUIVIR. 14700705
Segundo.

La presente resolución se dicta en virtud a lo establecido en la Orden ECD/602/2017, de 20 de junio, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Tercero.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 26 de junio de 2019.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden ECD/602/2017, de 20 de junio), la Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Consuelo Vélaz de Medrano Ureta.

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