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Documento BOE-A-2019-8854

Resolución de 13 de marzo de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Clínica Uner.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2019, páginas 61886 a 61887 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2019-8854

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Clínica Uner resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña María Jesús Gómez López según consta en la escritura pública, otorgada ante el Notario de El Campello don Rafael María Ballarín Gutiérrez el 18 de julio de 2018 con el número 943 de protocolo subsanada mediante diligencias de 14 y 18 de diciembre de 2018.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Luis Braille 8, Loaces, número 10-1-2, distrito postal 03010, municipio de Alicante y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

El apoyo a las personas con alteraciones cerebrales, especialmente la infancia, así como a las familias de los pacientes que padecen este tipo de enfermedades, así como facilitar la integración social de estas personas, a través de la defensa y protección de los derechos de las personas afectadas, sus familiares y tutores.

Quinto. Patronato.

Doña María Jesús Gómez López, don Pedro Gómez López, doña Mónica Martínez Seguí, doña María Isabel Guillen Ríos, don Jorge López Egea y don Carlos Alberto Cerdán Herrador.

Cargos:

Presidente: Doña María Jesús Gómez López con carácter vitalicio.

Vicepresidente: Don Pedro Gómez López.

Tesorero: Doña Mónica Martínez Seguí.

Secretaria no patrono: Doña Marcela Gloria Fernández Losada.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la don Santiago Martín Pérez dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 18 de febrero de 2019.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Clínica Uner, su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 13 de marzo de 2019.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.

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