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Documento BOE-A-2019-17566

Resolución de 3 de diciembre de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Asociación Descendientes del Exilio Español y el Institut Français de Madrid, para la realización de un concierto en conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 5 de diciembre de 2019, páginas 133419 a 133424 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2019-17566

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 21 de noviembre de 2019 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de Justicia, la Asociación Descendientes del Exilio Español y el Institut Français de Madrid para la realización de un concierto en conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 3 de diciembre de 2019.–La Subsecretaria de Justicia, Cristina Latorre Sancho.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Justicia, la Asociación Descendientes del Exilio Español y el Institut Français de Madrid para la realización de un concierto en conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español

En Madrid, a 21 de noviembre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, doña Cristina Latorre Sancho, Subsecretaria del Ministerio de Justicia, que interviene en nombre y representación del Ministerio de Justicia en su calidad de Presidenta de la Comisión Interministerial para la Conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español, en adelante Ministerio de Justicia (Real Decreto 480/2018, de 18 de junio, por el que se nombra Subsecretaria de Justicia a doña Cristina Latorre Sancho y Acuerdo de Consejo de Ministros para la Creación de la Comisión Interministerial para la Conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano español, de 16 de noviembre de 2018. Conforme a lo dispuesto en el apartado decimoséptimo.A.4 de la Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero, sobre delegación de competencias en el ámbito del citado Ministerio, corresponderá a la Subsecretaría la celebración de convenios con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado y entidades públicas, dentro del ámbito de competencias de la Subsecretaría.

De otra parte, doña Pilar Nova Melle, Presidenta de la Asociación, actuando en nombre y representación de la Asociación de Descendientes del Exilio Español con sede en Madrid, calle Pablo Casals, número 6, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de sus Estatutos aprobados en Madrid con fecha 11 de marzo de 2013, que establece que corresponderá al Presidente la representación legal de la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados.

De otra parte, Anne Louyot, en nombre y representación del Institut Francais con sede en Madrid, calle Marqués de la Ensenada, número 12, es funcionaria de la Administración Pública Francesa, ejerce las funciones de Consejera Cultural de la Embajada de Francia y Directora General del Instituto Francés de España, misión para la que ha sido nombrada por el Ministerio francés de Asuntos Exteriores, dentro del marco del Convenio de Cooperación Cultural, Científica y Técnica entre la República Francesa y el Estado Español firmado en Madrid el 7 de febrero de 1969 («Boletín Oficial del Estado» Español del 23 de diciembre de 1969), así como por las disposiciones del Canje de Cartas hispano-francés de fecha 26 de noviembre de 2002 («Boletín Oficial del Estado» Español número 196, del 14 de agosto de 2004).

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el correspondiente Convenio en nombre de las instituciones que representen y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

Primero.

Que el Ministerio de Justicia ostenta la Presidencia de la Comisión Interministerial para la Conmemoración del Exilio Republicano Español, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2018, que tiene entre sus objetivos la propuesta y coordinación del programa global de actos programados a iniciativa de instituciones públicas o privadas, así como su difusión y propuesta de celebración, entre otras, de actividades culturales, artísticas, literarias y científicas que promuevan el conocimiento del exilio republicano entre los jóvenes y público en general.

Segundo.

Que la Asociación Descendientes del exilio tiene entre sus objetivos dar a conocer y cultivar la memoria histórica, la solidaridad con todas las personas que sufrieron el exilio de forma directa o indirectamente reivindicando el ejemplo de varias generaciones del exilio republicano como lección de ética para las generaciones actuales y venideras. El objetivo de la Asociación Descendientes del Exilio Español es llevar a cabo exposiciones y actos, entrevistas, difundir publicaciones que tratan los temas que afectan a los diferentes colectivos del exilio y organizar eventos conmemorativos y festivos.

Tercero.

Que precisamente el Institut français de Madrid organiza y coorganiza numerosos eventos culturales a lo largo del año para reforzar la presencia artística francesa en España y estrechar los lazos con los actores de la vida cultural española, y elabora una temporada cultural de ámbito nacional, denominada #TIFE (Temporada del Instituto Francés de España). El Institut français de Madrid cuenta con una mediateca, un auditorio de 250 butacas, una galería y organiza numerosos actos dentro de su programación cultural, centrada en la creación y el pensamiento contemporáneo: debates de ideas, encuentros de autores, cine, teatro, danza, música, exposiciones, etc.

Cuarto.

Que las partes se encuentran unidas por una comunidad de intereses y objetivos en el marco del programa académico de la Conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español.

Quinto.

Que es deseable establecer un Convenio que actúe como mecanismo coordinador para concretar actuaciones para la cooperación.

Sexto.

Que, con la intención de colaborar en el desarrollo de las actividades culturales y más específicamente en el ámbito del exilio republicano español, se celebrará con la Asociación de Descendientes del Exilio Español y el Institut français de Madrid la organización de un concierto conmemorativo del 80 aniversario del exilio republicano español.

Séptimo.

Todas las partes consideran conveniente acrecentar su vinculación académica y cultural y establecer y desarrollar sus relaciones dentro de un espíritu de cooperación y buen entendimiento, con el propósito de ofrecer los beneficios de un intercambio institucional y celebrar la conmemoración del 80 aniversario del exilio republicano español.

En virtud de lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de firmar el presente Convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente convenio tiene por objeto instrumentar la colaboración entre el Ministerio de Justicia, la Asociación Descendientes del Exilio Español y el Institut français de Madrid, para la organización de un concierto en conmemoración del 80 aniversario del exilio republicano español, que se celebrará el día 12 de diciembre de 2019, a las 19.30 horas, en el Teatro del Institut français en la calle Marqués de la Ensenada, número 10, con la participación de los siguientes artistas:

– Zoraida Ávila; arpa.

– Ángel García Jermann y Alekxandra Totkalova; violonchelo y piano.

– Lucía Sócam; cantautora.

– Cuco y Luisa Pérez; acordeón y cantante.

Segunda. Compromisos de las partes.

1. El Ministerio de Justicia se compromete a:

El Ministerio de Justicia se compromete a colaborar con la Asociación de Descendientes del Exilio Español y el Institut français de Madrid en la realización de la actividad objeto de este convenio, por ser su ejecución de interés común para todas las partes, mediante la aportación de 4.000 € destinados a pagar los honorarios de los artistas, que se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 13.01.91.111N.227.06 del presupuesto de gastos del Ministerio de Justicia.

Además, participará junto con la Asociación y el Institut français, en las acciones necesarias para la difusión y promoción del concierto en conmemoración del 80 aniversario del exilio republicano español.

2. La Asociación Descendientes del Exilio Español se compromete a:

– Asumir los gastos de alojamiento de los artistas para la noche del 12 de diciembre de 2019. Presupuesto máximo: 300 euros.

– Desplazamiento de los artistas. Presupuesto máximo: 300 euros.

– Asumir igualmente los gastos derivados de la impresión de cartelería, publicidad e invitaciones. Presupuesto máximo: 400 euros.

– Asumir gasto imprevisto que se pueda ocasionar.

Cuantificación gasto total: 1.000 euros.

3. El Institut Francais de Madrid se compromete a:

– Asegurar la infraestructura necesaria para la realización del concierto en Conmemoración del 80 aniversario del exilio republicano español, asumiendo los costes derivados del local (teatro). Presupuesto máximo: 750 euros.

– La contratación de un técnico de iluminación y sonido. Presupuesto máximo: 200 euros.

– Asumir el gasto para el traslado arpa y la afinación del piano. Presupuesto máximo: 245 euros.

Cuantificación gasto total: 1.195 euros.

Tercera. Difusión de la colaboración.

El Ministerio de Justicia, la Asociación y el Institut français se comprometen a dar máxima publicidad de este Convenio.

Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras en las actividades citadas, al mismo nivel de créditos y representación.

De este modo, las partes:

– Deberán aprobar conjuntamente todo el material divulgativo y publicitario que se edite, en cualquier soporte, con ocasión del desarrollo del presente Convenio.

– Incluirán los respectivos logotipos de las tres instituciones en todo el material divulgativo y publicitario que se pueda editar, en cualquier soporte, con ocasión de la celebración del concierto conmemorativo. En dicho material, los logotipos de las partes figurarán en igual nivel y tamaño. El logotipo del Ministerio de Justicia español será el del 80 aniversario del exilio republicano español incluyéndose en todo el material divulgativo y publicitario que se pueda editar, en cualquier soporte, con ocasión de la celebración del concierto incluyendo:

• Convocatorias de prensa, notas de prensa, así como entrevistas, artículos, etc.

• Web de la Asociación Descendientes del Exilio Español y del Institut français de Madrid, con enlace a la página web del 80 aniversario del Exilio Republicano español: https://80aniversarioexiliorepublicano.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/arep/es/inicio

A los efectos de esta cláusula, las partes se proporcionarán la marca o el logotipo que deba ser difundido y se ajustarán, en todo caso y cualquiera que sea el material publicitario en el que se inserte, al diseño facilitado por las otras partes.

Las partes se reconocen el derecho a realizar a su cargo campañas de publicidad propias y a difundir, por su cuenta y a través de los medios que tengan por conveniente, la aportación que en su caso efectúen para la realización de la citada actividad.

Cuarta. Seguimiento y control.

Para el adecuado seguimiento, coordinación, control e interpretación de lo establecido en el presente convenio se crea una Comisión de seguimiento, integrada por un representante designado por cada una de las partes firmantes del presente convenio.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del convenio y tendrá, entre otras, las siguientes funciones: hacer un seguimiento de la ejecución, aclarar y decidir cuantas dudas puedan plantarse en la interpretación y ejecución; y resolver las posibles controversias.

El régimen de funcionamiento y toma de acuerdos de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo establecido en la Sección Tercera del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP en lo sucesivo).

Quinta. Eficacia y vigencia.

El presente Convenio entrará en vigor, una vez firmado, a partir de la fecha de su publicación en el BOE previa inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y permanecerá vigente desde esa fecha y hasta el 13 de diciembre de 2019, lo cual tiene cabida dentro de los márgenes establecidos en el artículo 48.8 y 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector Público.

Sexta. Modificaciones del Convenio.

Cualquier modificación a los términos del presente convenio, solamente tendrá valor si es acordada por las partes mediante un acuerdo de modificación o una adenda de modificación al mismo, en cualquier momento siempre y cuando no altere el objeto del presente convenio.

Séptima. Extinción del Convenio y consecuencias en caso de incumplimiento.

Según se recoge en el artículo 51 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:

– El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

– El acuerdo unánime de todos los firmantes.

– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

Octava. Protección de datos.

Todas las partes se comprometen a observar la normativa vigente en materia de protección de datos actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Novena. Financiación.

La aportación de la financiación comprometida por el Ministerio de Justicia a que hace referencia la cláusula segunda estará condicionada a la justificación de la efectiva organización por parte de la Asociación Descendientes del Exilio Español y del Instituto Francés de Madrid de la actividad programada conjuntamente y se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 13.01.91.111N.227.06 del presupuesto de gastos del Ministerio de Justicia.

Décima. Transparencia.

El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.

Undécima. Naturaleza Jurídica y Resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar, de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En todo caso, de acuerdo con lo establecido en el citado el Capítulo VI del Título Preliminar, de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, las dudas o lagunas que en la interpretación y aplicación de este convenio puedan suscitarse, se resolverán aplicado los principios contenidos en dicha Ley.

Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, que no hayan sido resueltas por la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula cuarta del mismo, deberán solventarse por las partes. Las cuestiones litigiosas que puedan suscitarse entre las partes serán competencia del orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente convenio por triplicado en el lugar y fecha señalados al principio.–La Presidenta de la Asociación, Pilar Nova Melle.–La Subsecretaria del Ministerio de Justicia, Cristina Latorre Sancho.–La representante del Institut Français, Anne Louyot.

ANEXO I
Plan Presupuesto del Convenio entre Ministerio de Justicia, la Asociación Descendientes del Exilio Español y el Institut Francais de Madrid para la  realización de un concierto en conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español
Concepto: Concierto Conmemoración del 80 aniversario del exilio Importe
Ministerio de Justicia. 4.000 €
Asociación Descendientes exilio español. 1.000 €
Instituto Francais Madrid. 1.195 €

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