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Documento BOE-A-2019-1215

Corrección de errores de la Orden TMS/658/2018, de 18 de junio, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2018, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, incluyendo aquellas destinadas a la ejecución del Programa de Acción Conjunto para la Mejora de la Atención a las personas Paradas de Larga Duración.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2019, páginas 8567 a 8567 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-1215

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Orden TMS/658/2018, de 18 de junio, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2018, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, incluyendo aquellas destinadas a la ejecución del Programa de Acción Conjunto para la Mejora de la Atención a las personas Paradas de Larga Duración, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 149, de 20 de junio de 2018, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:

En la página 62983, en el quinto párrafo del apartado 4 del artículo 2, donde dice: «... el respectivo programa antes del 31 de marzo de 2019,...», debe decir: «... el respectivo programa antes del 31 de diciembre de 2018,...».

En la página 63144, sustituir el ANEXO III.6 por el siguiente:

«ANEXO III.6
Estado justificativo del abono de las subvenciones correspondientes al ejercicio 2017

(Artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria)

DENOMINACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

GASTOS COMPROMETIDOS A 31/12/2017 PENDIENTES DE ABONO A 31/12/17

(1)

PAGOS REALIZADOS

(2)

REMANENTES PENDIENTES DE ABONO

(3)

(3)=(1)-(2)

JUSTIFICACIÓN DETALLADA DE LA IMPOSIBILIDAD DE HABER PAGADO ANTES DEL 31/12/2018.

(4)

CANTIDADES A DESCONTAR

(5)

(5)=(3)-(4)

 

 

 

 

 

 

         

Fecha

Conforme (c): El Interventor                                           El Director

 

Sello:                                                                              Sello:

Firmado:                                                                         Firmado:

 

(1) Se incluirá el importe de los gastos comprometidos a 31/12/2017, que no se hubieran pagado a 31/12/2017.

(2) Se incluirá el importe de los pagos realizados durante 2018, de los gastos incluidos en la columna (1).

(3) Los remanentes pendientes de abono se descontarán de las cantidades asignadas en 2019, salvo que se justifique la imposibilidad de haber procedido al pago en el plazo indicado.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 31/01/2019
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden TMS/658/2018, de 18 de junio (Ref. BOE-A-2018-8436).
Materias
  • Ayudas
  • Comunidades Autónomas
  • Empleo
  • Formación profesional
  • Formularios administrativos
  • Servicios Públicos de Empleo
  • Subvenciones

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