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Documento BOE-A-2019-10268

Resolución de 25 de junio de 2019, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, para la promoción de los productos de alimentación y bebidas en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2019 y 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2019, páginas 74584 a 74593 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2019-10268

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio suscrito, con fecha 24 de junio de 2019, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, para la promoción de los productos de alimentación y bebidas en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2019 y 2020, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 25 de junio de 2019.–El Director General de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero Velasco.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, para la promoción de los productos de alimentación y bebidas en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2019 y 2020

En Madrid, a 24 de junio de 2019.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento (BOE de 19 de junio de 2018), actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme a las atribuciones que le confiere el apartado segundo punto 1 del capítulo II, de la Orden APM/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE de 18 de enero de 2019).

Y de otra, don Mauricio García de Quevedo Ruiz, Director General de la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), con N.I.F. G-28577922 y domicilio en Madrid, C/ Velázquez, 64-3.ª planta – 28001 Madrid en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los Estatutos de FIAB en su capítulo IV, artículos 26 y 27, como Director General y la Escritura de Otorgamiento de Poder General Mercantil, de fecha 15 de enero de 2015, para llevar a cabo la gestión administrativa y bancaria ordinaria de la Federación.

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

1. Que el Real Decreto 904/2018, de 20 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por el que se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece en el artículo 6.1.m) que entre las funciones de la Dirección General de la Industria Alimentaria estará la de proponer, desarrollar y difundir actuaciones encaminadas a promocionar y orientar el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, que será ejercida por la Subdirección General de Promoción Alimentaria, según se dispone en el apartado 2.e del mismo artículo.

2. Que la presencia promocional del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) en ferias internacionales de la industria de alimentación y bebidas, se realiza desde el año 2003, teniendo una experiencia, conocimientos técnicos y situación de mercado, que confirman la conveniencia de seguir desarrollando el trabajo iniciado con la participación en certámenes internacionales en los años 2019 y 2020.

3. Que la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), constituida el 13 de junio de 1977 y, según se recoge en sus estatutos vigentes, tiene como objetivo y fines emprender cuantas acciones sean necesarias para que promover y realizar todo lo que en materia económica, social, técnica y científica, contribuyan a promocionar al sector de las industrias de alimentación y bebidas, tanto en el ámbito nacional como internacional.

4. Que la industria de alimentación y bebidas, integrada en FIAB, organización sectorial constituida por cuarenta y seis asociaciones sectoriales, que agrupan a más de 2.500 empresas, tiene interés en la participación conjunta con el MAPA en diversas ferias.

5. Que el MAPA y FIAB tienen, entre sus funciones y finalidades, la de promoción del sector de alimentación y bebidas, mediante la participación conjunta en ferias internacionales, con el fin de sumar conocimientos técnicos y experiencia.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto de este convenio es la colaboración en la promoción de la industria de alimentación y bebidas españolas en los mercados internacionales, mediante la participación conjunta en determinadas ferias y certámenes internacionales en los años 2019 y 2020.

Segunda. Actuaciones a desarrollar.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, se ejecutarán las actuaciones programadas relativas a la preparación y participación conjunta Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), en las ferias y certámenes siguientes:

SPECIALITY & FINE FOOD, septiembre 2019.

FINE FOOD AUSTRALIA, septiembre 2019.

WORLD FOOD MOSCOW, septiembre de 2019.

PLMA CHICAGO, noviembre 2019.

FOODEX SAUDI, noviembre 2019.

WORLD FOOD INDIA, noviembre 2019.

WINTER FANCY FOOD, enero 2020.

JAPÓN - SUPERMARKET TRADE SHOW, febrero 2020.

BIOFACH GERMANY, febrero 2020.

FOOD & HOTEL SEOUL, mayo 2020.

APAS SHOW BRASIL, mayo 2020.

IRAN FOOD+HOSPITALITY, junio 2020.

El pabellón español de estas ferias internacionales, representará la imagen del Reino de España como productor de alimentación y bebidas de calidad.

Tercera. Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado en el anexo V:

1. Aportar la cantidad máxima de trescientos veinte mil euros (320.000,00 euros) en su duración completa, desglosada en ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos euros (146.400,00 euros) para el ejercicio económico de 2019 con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08, y ciento setenta y tres mil seiscientos euros (173.600,00 euros) con cargo a la aplicación 21.07.413A.640.08 para el año 2020, o la que pueda ser sustituida en el ejercicio económico correspondiente, para abonar los gastos que se originen por el alquiler de espacios, servicios feriales, inscripciones, y en su caso adaptación del diseño establecido por el MAPA.

2. Recepción previa a la ejecución de las ferias, de la propuesta de la empresa seleccionada por FIAB para la construcción del stand de las ferias de este convenio.

3. Participar en la preparación de las ferias con sus unidades técnicas y de promoción.

4. Aportar el material de difusión Institucional.

5. Colaborar con las Consejerías del MAPA, en los países en que se celebren estas acciones promocionales.

Cuarta. Obligaciones de la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, FIAB se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

1. Aportar como mínimo la cantidad de cuatrocientos ochenta mil euros (480.000,00 euros) para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en el anexo V, montaje, decoración y mantenimiento de los stands, promoción, folletos y viajes relativos a las ferias. Asimismo, cualquier aumento indicado en los conceptos citados en el presupuesto u otros distintos que se pudieran generar, será asumido por FIAB.

2. Coordinar la participación de las empresas del sector para cada acto promocional. El número mínimo exigido para participar en una feria a través del convenio, será de cinco empresas.

3. Convocar a empresas especializadas, al menos a tres, para que presenten ofertas para la ejecución de las ferias. Las empresas deberán presentar la documentación necesaria que garantice su capacidad técnica y legal para la realización del trabajo.

La empresa adjudicataria construirá el stand según el diseño del MAPA para ferias internacionales, o en su defecto el de España Exportación e Inversiones (ICEX), adaptándolo, en su caso, para cada feria, al perímetro del stand y a su ubicación en el recinto ferial (anexo I diseño MAPA).

4. Se remitirá al MAPA el anexo II y el proyecto de la empresa seleccionada, al menos diez días antes del inicio de las actividades. El proyecto incluirá el desarrollo de las especificaciones técnicas proporcionadas por el MAPA, de acuerdo a la normativa en vigor y a las especificaciones de los diferentes recintos feriales.

En el perímetro exterior se instalarán rótulos con los logotipos del Gobierno de España, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según la normativa de la imagen institucional de la Administración General del Estado y #alimentosdespaña

5. Facilitar y habilitar dentro del stand un espacio o despacho para su utilización por el MAPA, en aquellas ferias en las que así lo decida el Departamento.

6. Realizar los servicios necesarios para la instalación y mantenimiento de los pabellones feriales, así como su gestión, durante los días en que se desarrollen las ferias.

7. Facilitar, en tiempo y forma, al MAPA la información sobre las actuaciones protocolarias para su participación, así como de los programas técnicos y generales de las ferias. Se facilitarán, sin coste a los representantes del MAPA acreditaciones y pases para cada feria.

8. Aportar el material de exposición y decoración.

9. Remitir al MAPA, a la Subdirección General de Promoción Alimentaria, el primer día de la feria, material fotográfico compuesto por, al menos, 5 fotografías de alta calidad del stand.

10. Remitir al MAPA, Subdirección General de Promoción Alimentaria, una vez finalizada cada feria, una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas y documentos de pago en un plazo no superior a un mes de finalizada cada feria, de acuerdo con los anexos III y IV.

Quinta. Financiación y forma de pago.

El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones programadas objeto del convenio, asciende a ochocientos mil euros (800.000,00 euros) de acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo V.

1. El MAPA participará en la financiación referida, de acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera, y abonará a FIAB, con cargo a sus Presupuestos del ejercicio económico 2019, la cantidad de ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos euros (146.400,00 euros). Para ello, una vez concluida la presencia en la feria o certamen citado en la cláusula segunda, y previo al pago, FIAB deberá justificar la ejecución de cada actividad, aportando una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas, de acuerdo con los anexos III y IV. Posteriormente, verificada la documentación aportada, se abonará la cantidad citada mediante transferencia a la cuenta ES65-0081-0108-52-0001058507, abierta en el Banco Sabadell, con domicilio en la c/ Diego de León, n.º 46, de Madrid.

2. El MAPA participará en la financiación referida, de acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera, y abonará a FIAB, con cargo a sus Presupuestos del ejercicio económico 2020, la cantidad de ciento setenta y tres mil seiscientos euros (173.600,00 euros). Para ello una vez concluida la presencia en la feria o certamen citado en la cláusula segunda, y previo al pago, FIAB deberá justificar la ejecución de cada actividad, aportando una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas, de acuerdo con los anexos III y IV. Posteriormente, verificada la documentación aportada, se abonará la cantidad citada mediante transferencia a la cuenta ES65-0081-0108-52-0001058507, abierta en el Banco Sabadell, con domicilio en la c/ Diego de León, n.º 46, de Madrid.

3. La financiación restante, por un importe de cuatrocientos ochenta mil euros (480.000,00 euros) será asumida por FIAB, de acuerdo con lo previsto en la cláusula cuarta del presente convenio.

Sexta. Comisión de seguimiento.

A los efectos de garantizar el cumplimiento del presente convenio se crea una Comisión de seguimiento para un mejor desarrollo de las actuaciones a realizar, con la siguiente composición:

Por parte del MAPA:

Un Jefe de Área de la Subdirección General de Promoción Alimentaria, que la presidirá.

Un Jefe de Servicio de la Subdirección General de Promoción Alimentaria, que actuará como secretario.

Por parte de FIAB:

Dos representantes del departamento de Internacionalización de FIAB.

Dicha Comisión realizará las siguientes funciones:

El estudio de las propuestas de decoración e instalación de los pabellones feriales y la distribución de los espacios de los pabellones.

La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de la ejecución del convenio.

El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.

En todo lo que no esté expresamente previsto sobre el funcionamiento de esta Comisión serán de aplicación las normas sobre los órganos colegiados previstas en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima. Publicidad.

La actuación conjunta MAPA-FIAB constará de modo visible y fácilmente legible en toda la publicidad, difusión, resultados, etc., que se realice en cualquier medio de difusión, por cualquiera de las partes, notificando dicha actuación previamente a la otra parte.

Octava. Duración del convenio y su eficacia.

El presente convenio surtirá efectos desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 48.8 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) tras su correspondiente inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), hasta el 30 de julio de 2020.

Novena. Modificación y extinción del convenio.

Cualquiera de las partes podrá proponer la revisión de este convenio, en cualquier momento, antes de su finalización, para introducir las modificaciones que estimen pertinentes. De producirse la revisión del clausulado del convenio, los correspondientes cambios habrán de incorporarse al mismo y requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

El presente convenio quedará extinguido ante el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las causas de resolución.

El presente convenio podrá ser resuelto según lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El incumplimiento total o parcial de las condiciones impuestas en este convenio, dará lugar a la obligación de reintegrar las cantidades percibidas, en todo o parte, más los intereses de demora correspondientes, conforme a criterios de proporcionalidad.

Cuando no se ejecuten todas las acciones previstas en el presente convenio, se valorará su nivel de incumplimiento, siendo el importe a abonar a la FIAB proporcional al importe de las acciones realizadas.

Décima. Condición suspensiva.

La eficacia de este convenio en relación con las actuaciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para 2019 y 2020 queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la que pueda sustituirla en los Presupuestos Generales del Estado de dichos ejercicios.

Undécima. Confidencialidad, titularidad y uso de los resultados y protección de datos.

Sin perjuicio de las líneas de actuación en materia de difusión de la información, y de la publicidad que las partes den a este convenio o a las actuaciones derivadas del mismo, las partes velarán por la debida confidencialidad de la información que se genere entre ambas.

Si de las actuaciones realizadas al amparo del presente convenio se derivaran derechos de propiedad industrial, intelectual u otros de análoga naturaleza, serán propiedad en partes iguales del MAPA y FIAB, sin que ninguna de las partes cotitulares pueda ejercer su derecho de explotación de manera independiente, sin el consentimiento expreso y por escrito del otro cotitular.

Asimismo, ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente convenio, adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Duodécima. Régimen jurídico y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siéndole de aplicación lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de dicha ley.

Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta, quedarán sometidos al conocimiento y resolución de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, otorgan el presente documento, en tres ejemplares y en el lugar y fecha al principio indicados.–El Secretario General de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–El Director General de la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, Mauricio García de Quevedo Ruiz.

ANEXO I
Diseño del prototipo del stand de 100 m2 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

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ANEXO II
Descripción del proyecto y cronograma

– Empresa especializada contratada.

– Diseño del proyecto aplicado.

– Cronograma previsto de la actividad.

– Empresas participantes.

ANEXO III
Informe de resultados

Valoración final de las actividades realizadas, indicando el grado de consecución de los objetivos iniciales y grado de satisfacción.

Deberá contener el siguiente índice:

– Feria programada. Descripción y datos de participación.

– Cronograma final de la actividad.

– Nombre de las empresas del sector participantes y su valoración económico-empresarial de su asistencia a la feria.

– Conclusiones.

ANEXO IV
Informe económico

La información contenida en el informe económico a presentar estará soportada por las correspondientes relaciones de gastos justificados de cada una de las actuaciones promocionales ejecutadas.

FERIA

MAPA

FIAB

TOTAL EJECUTADO

Concepto del gasto

Importe según Convenio

Importe ejecutado

Concepto del gasto

Importe según convenio

Importe ejecutado

ANEXO V
Presupuesto total

La valoración económica de las acciones promocionales tiene un coste máximo de ochocientos mil euros (800.000,00 euros) que se desglosan de la siguiente manera:

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