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Documento BOE-A-2018-9377

Resolución de 27 de junio de 2018, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio para determinar el plan de actuación para 2018 que suscriben la Xunta de Galicia, la Fiscalía General del Estado, la Diputación Provincial de A Coruña y el Centro de Estudios Jurídicos, O.A, relativo al programa de formación continua de fiscales "Escuela de Verano del Ministerio Fiscal".

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 5 de julio de 2018, páginas 67752 a 67757 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-9377

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 4 de junio de 2018 se ha suscrito el Convenio para determinar el plan de actuación para 2018 que suscriben la Xunta de Galicia, la Fiscalía General del Estado, la Diputación Provincial de A Coruña y el Centro de Estudios Jurídicos O.A., relativo al programa de formación continua de fiscales «Escuela de Verano del Ministerio Fiscal».

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 27 de junio de 2018.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel-Jesús Dolz Lago.

ANEXO
Convenio para determinar el plan de actuación para 2018 que suscriben la Xunta de Galicia, la Fiscalía General del Estado, la Diputación Provincial de A Coruña y el Centro de Estudios Jurídicos O.A., relativo al programa de formación continua de fiscales «Escuela de Verano del Ministerio Fiscal»

(Desarrollo de la cláusula décima del Acuerdo Marco de 11 de junio de 2003)

4 de junio de 2018.

REUNIDOS

Por la Xunta de Galicia, el Sr. don Alfonso Rueda Valenzuela, Vicepresidente y Consejero de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de la Xunta de Galicia, actuando en nombre y representación de la Xunta de Galicia, en virtud del Decreto 148/2016, del 13 de noviembre, por el que se nombran los titulares de los departamentos de la Xunta de Galicia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia.

Por la Fiscalía General del Estado, el Excmo. Sr. don Julián Sánchez Melgar, Fiscal General del Estado.

Por la Diputación Provincial de A Coruña, el Excmo. Sr. don Valentín González Formoso, Presidente.

Por el Centro de Estudios Jurídicos, O.A. (Ministerio de Justicia), el Sr. don Israel Pastor Sainz-Pardo, Director.

Intervienen en virtud de las competencias que cada uno ostenta y mutuamente se reconocen, y

EXPONEN

1. El artículo 22.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal atribuye al Fiscal General del Estado la jefatura superior del Ministerio Fiscal y la facultad para dirigir y ordenar el servicio de la Institución, para lo cual resulta indispensable proceder adecuadamente a la formación de los miembros del Ministerio Fiscal.

Por otra parte, el Estatuto de Autonomía de Galicia, en su artículo 20.1 confiere a la Comunidad Autónoma todas las facultades relativas a la atención de las necesidades de la Administración de Justicia.

Por su parte, la Diputación Provincial de A Coruña también tiene entre sus fines la participación en actividades que promocionen la formación y la cultura.

Entre las funciones del Centro de Estudios Jurídicos, O.A., previstas en su Estatuto (Real Decreto 1276/2003, de 10 de octubre, «BOE» del 17), se encuentra la formación continua de los miembros de la Carrera Fiscal.

2. La excelente acogida y el prestigio adquirido por la Escuela de Verano del Ministerio Fiscal en sus primeras ediciones, con un gran nivel científico y formativo de los cursos que se han celebrado hasta el momento, han aconsejado configurar a la Escuela de Verano del Ministerio Fiscal como una actividad autónoma y estable con propia sustantividad dentro de los programas de formación de fiscales.

3. El 11 de junio de 2003 se suscribió un Acuerdo Marco para el desarrollo y sostenimiento de la «Escuela de Verano del Ministerio Fiscal» entre la Fiscalía General del Estado, la Xunta de Galicia, la Diputación Provincial de A Coruña, la Fundación Caixa Galicia – Claudio San Martín y el Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia. El citado acuerdo tenía por objeto articular la cooperación entre las entidades referidas para la realización de la actividad denominada «Escuela de Verano del Ministerio Fiscal», y así mismo dotarla de unas características propias respecto de las demás actividades de formación permanente y establecer un marco que asegurara su continuidad.

En la cláusula décima del Acuerdo Marco se expresa lo siguiente: «El presupuesto de ingresos para la realización de la Escuela de Verano estará integrado por la aportación de la Xunta de Galicia, la del Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, la de la Diputación Provincial de A Coruña y la de la Fundación Caixa Galicia – Claudio San Martín. Para desarrollar el contenido concreto de la colaboración anual en las anteriores actividades, las partes, en atención a sus respectivas disponibilidades presupuestarias, establecerán un plan de actuación conjunta con los programas, proyectos y actividades que se programen dentro de la Escuela de Verano del Ministerio Fiscal. En dicho plan de actuación se determinarán, en su caso, los medios materiales y personales necesarios para acometer las actividades programadas, así como el compromiso financiero y personal que asume cada una de las partes. Los sucesivos planes de actuación serán incorporados al presente acuerdo marco por medio de anexos suscritos por todas las partes».

4. Siendo la voluntad de las partes concretar su cooperación para garantizar el buen fin de la «Escuela de Verano del Ministerio Fiscal» en el presente año, proceden a la firma de este convenio, que se lleva a cabo con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto desarrollar el contenido concreto de la colaboración anual entre la Fiscalía General del Estado, la Xunta de Galicia (a través de la Vicepresidencia y la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia), la Diputación Provincial de A Coruña y el Centro de Estudios Jurídicos, O.A. con objeto de llevar a cabo el programa de formación continua «Escuela de Verano del Ministerio Fiscal», que tendrá lugar en el Pazo de Mariñán del 12 al 15 de junio, y del 18 al 21 de septiembre de 2018, debiendo entenderse que los días 12 de junio y 18 de septiembre son de llegada al Pazo de Mariñán de los asistentes a los respectivos cursos, y que el día 13 de junio se llevará a cabo en el Pazo de Mariñán la firma del presente Convenio y la inauguración de la «Escuela de Verano del Ministerio Fiscal».

Dicha actividad está destinada a todos los integrantes de la Carrera Fiscal, en atención a las disponibilidades presupuestarias de las partes, y tiene por objeto establecer un plan de actuación conjunta con los programas, proyectos y actividades que se programen dentro de la Escuela de Verano del Ministerio Fiscal para el año 2018, de conformidad con lo previsto en la cláusula número diez del Acuerdo Marco de 11 de junio de 2003.

Durante el año 2018, y tal como se ha indicado con anterioridad, la Escuela de Verano del Ministerio Fiscal celebrará los dos encuentros señalados en el Pazo de Mariñán, perteneciente a la Diputación Provincial de A Coruña. El primero de ellos, durante el periodo del 12 al 15 de junio, bajo el título El Fiscal y la protección de las personas ancianas. Tratamiento de la violencia contra ancianos. El segundo, en el periodo del 18 al 21 de septiembre, bajo la rúbrica de Derecho Penal y ciencias auxiliares: neurociencia, psiquiatría y psicología.

Segunda. Partes intervinientes.

La Fiscalía General del Estado, el Centro de Estudios Jurídicos, O.A, la Xunta de Galicia y la Diputación Provincial de A Coruña colaborarán, en la forma que se establece a continuación, en la organización, gestión y financiación del programa «Escuela de Verano del Ministerio Fiscal».

Tercera. Organización y coordinación de las actividades de formación.

El Consejo Rector de la Escuela de Verano del Ministerio Fiscal, previsto en la cláusula cuarta del Acuerdo Marco de 11 de junio de 2003, apoyado por la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, la Dirección General de Justicia de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia Administraciones Públicas y Justicia, la Diputación Provincial de A Coruña y la Dirección del Centro de Estudios Jurídicos, O.A, asumirá la organización y gestión material de todas las actividades de formación y perfeccionamiento que se desarrollen en el ámbito de este convenio.

Estas partes procurarán mantener mecanismos de coordinación a fin de evitar que se interfieran mutuamente las actividades programadas por cada una de ellas no incluidas en el marco del convenio.

Cuarta. Financiación de las actividades de formación en 2018.

El coste de realización de los objetivos convenidos para el año 2018 será financiado por las instituciones, mediante aportaciones que se determinarán en función de las acciones que se realicen y de las disponibilidades presupuestarias existentes.

La forma de financiación para la realización de las actividades de la «Escuela de Verano del Ministerio Fiscal» durante este año 2018, será la siguiente:

• La Xunta de Galicia aportará hasta un máximo de veinticinco mil euros (25.000 €) con cargo a la aplicación 05.22.131A.226.06, de los vigentes presupuestos de la Comunidad Autónoma, por los gastos del encuentro que se celebrará, durante el periodo del 12 al 15 de junio de 2018, bajo el título El Fiscal y la protección de las personas ancianas. Tratamiento de la violencia contra ancianos.

• La Diputación Provincial de A Coruña aportará la cantidad de veinticuatro mil cuatrocientos cinco euros (24.405 €), correspondientes a los gastos del Pazo de Mariñán durante las dos sesiones de la Escuela de Verano del Ministerio Fiscal del presente ejercicio.

• El Centro de Estudios Jurídicos, O.A. correrá con los siguientes gastos, hasta el importe máximo de veinticinco mil euros (25.000 €), con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias (13.101.111R.223, 13.101.111R.226.06, 13.101.111R.230, 13.101.111R.231 y 13.101.111R.233):

○ El exceso de los gastos de organización que pudiera originar el primer encuentro de la Escuela de Verano del Ministerio Fiscal, que se celebrará durante el período del 12 al 15 de junio, y que hasta el importe máximo de veinticinco mil euros (25.000 €) financia la Xunta de Galicia, así como el importe del combustible necesario para el desplazamiento de aquellos intervinientes que prefieran acudir en vehículo privado (según kilometraje), y el pago de las dos medias dietas de manutención a cada uno de los miembros de la Carrera Fiscal que asistan a esta actividad.

○ Los gastos de organización (retribuciones y alojamiento de ponentes, guías, autobuses, gastos de taxis justificados, señalización, trípticos y diplomas) del segundo encuentro de la Escuela de Verano del Ministerio Fiscal, que se llevará a cabo en el periodo del 18 al 21 de septiembre de 2018, bajo la rúbrica de Derecho Penal y ciencias auxiliares: neurociencia, psiquiatría y psicología, así como todos los gastos de transporte y el pago de dos medias dietas de manutención a cada uno de los miembros de la Carrera Fiscal que participen en esta actividad formativa.

○ Los correspondientes a la publicación de las ponencias y mesas redondas, en los mismos términos que el resto de los cursos de formación continua del Ministerio Fiscal.

La aportación de cada una de las partes se materializará mediante el abono de facturas que se corresponderán con gastos derivados de la realización de cada una de las actividades hasta los importes indicados anteriormente.

La Diputación Provincial de A Coruña asumirá los gastos generados por el uso de las instalaciones y servicios del Pazo de Mariñán por parte de la Escuela de Verano del Ministerio Fiscal, hasta el importe máximo ya indicado. Se incluyen en el patrocinio los servicios comprendidos en las tarifas primera (alojamiento), segunda (manutención solamente), tercera (cesión de locales e instalaciones) y cuarta (servicios extras) del precio público por la utilización del Pazo de Mariñán, de acuerdo con los importes fijados en la ordenanza fiscal vigente para el año 2018.

En el caso de que los gastos fuesen superiores al importe citado, serán abonados por el Centro de Estudios Jurídicos, O.A., después de la realización de la oportuna liquidación por parte de la Diputación Provincial de A Coruña, si bien la asunción de estos gastos por parte del Centro de Estudios Jurídicos, O.A. se realizará dentro del importe máximo de los 25.000 euros previstos en esta cláusula.

Una vez concluidas las actividades objeto de este convenio, cada una de las partes justificará los gastos abonados mediante la oportuna certificación expedida por la persona adecuada a este efecto.

Quinta. Programa de las actividades formativas.

El programa de desarrollo de la Escuela de Verano del Ministerio Fiscal para el período de vigencia de este convenio, figurará como anexo, y tanto este último como el presente convenio se unirán como anexos al Acuerdo Marco de 11 de junio de 2003.

Sexta. Acreditación de la asistencia y participación en las actividades formativas.

La asistencia y participación en las actividades de formación y perfeccionamiento que se realicen en los cursos de la «Escuela Verano del Ministerio Fiscal» se acreditará por medio de la expedición de diplomas o certificaciones, tanto de asistencia como de aprovechamiento, expidiéndose conjuntamente por todas las instituciones organizadoras.

Séptima. Comisión de Seguimiento del convenio.

El Consejo Rector previsto en la cláusula cuarta del Acuerdo Marco de 11 de junio de 2003 será también la Comisión de Seguimiento del presente convenio, aplicándose todo lo previsto en el referido Acuerdo sobre sus normas de funcionamiento.

A título enunciativo, esta Comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Hacer el seguimiento y evaluación económica del convenio, ejerciendo las funciones de coordinación entre las Instituciones firmantes.

b) Interpretar el convenio y resolver cuantas dudas puedan surgir en su ejecución.

Octava. Comisión Ejecutiva y funciones.

Independientemente de lo anterior, la Comisión de Seguimiento podrá designar una Comisión Ejecutiva en la que figurarán un representante por cada parte, a fin de dotar de una mayor agilidad a la ejecución de este convenio, y cuyas funciones serán:

a) Controlar la ejecución del presupuesto de gastos.

b) Efectuar el seguimiento y ejecución de las actividades.

c) Acordar las modificaciones necesarias en el desarrollo de las actividades de formación previstas.

d) Cuantas les sean delegadas o encomendadas por la Comisión de Seguimiento del Convenio.

Novena. Presupuesto de ingresos y gastos del programa de formación 2018.

El presupuesto de ingresos para el año 2018 estará integrado por la aportación del Centro de Estudios Jurídicos, O.A., la Xunta de Galicia, y la Diputación Provincial de A Coruña.

El de gastos estará integrado por:

a) Todos los inherentes a la gestión administrativa, tales como medios materiales, personales e infraestructuras (locales, material didáctico, confección de diplomas, publicidad, personal auxiliar, administración, etc.).

b) Los honorarios y gastos de los ponentes, moderadores, conferenciantes, etc., incluyendo el pago de las ponencias escritas.

c) Las dietas de alojamiento y manutención y los gastos de desplazamiento de los conferenciantes, ponentes, moderadores y demás docentes de las actividades formativas, así como de los asistentes a ellas, salvo los gastos directamente asumidos por el Centro de Estudios Jurídicos, O.A., de acuerdo con la cláusula cuarta de este convenio.

Décima. Voluntad de las partes de llevar a buen fin las actividades de formación.

Las partes procurarán por todos sus medios llevar a buen fin las actividades de formación programadas dentro del convenio, manteniendo para ello cuantos contactos e intercambios sean precisos, tanto en el ámbito de la Comisión de Seguimiento como, en su caso, en el ámbito de la Comisión Ejecutiva.

Undécima. Eficacia del Plan de Actuación.

Este plan de actuación producirá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en los términos previstos en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público y extenderá sus efectos a todo el ejercicio 2018, quedando expresamente condicionadas las obligaciones contraídas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de las instituciones en el ejercicio 2018.

Duodécima. Modificación y resolución del convenio.

Este convenio podrá modificarse por acuerdo unánime de las partes a través de la suscripción de la correspondiente Adenda modificativa.

Serán causas de resolución del convenio:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado su prórroga.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que se cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Imposibilidad sobrevenida de cumplimiento del objeto del convenio.

f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

La resolución del convenio no afectará a la finalización de las actividades que estuvieran en ejecución, que deberán realizarse en el plazo improrrogable fijado por la Comisión de Seguimiento del convenio.

Decimotercera. Naturaleza y régimen jurídico del convenio.

Este Convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa, y está excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en su artículo 6.

El conocimiento de las cuestiones litigiosas que pudieran producirse como consecuencia de la ejecución de este convenio, corresponderá a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Decimocuarta. Publicidad y transparencia.

Este convenio se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y se inscribirá en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, de acuerdo con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, se publicará en el Portal de la Transparencia del Gobierno de España, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno («BOE» del 10).

Este Convenio se publicará, de acuerdo con lo previsto en la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno de la Administración pública gallega. Asimismo, se incluirá en el Registro Público de Ayudas, Subvenciones y Convenios, de conformidad con el Decreto 132/2006, de 27 de julio, por el que se regulan los registros públicos creados en los artículos 44 y 45 de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2006.

Decimoquinta. Protección de datos.

Las partes firmantes vendrán obligadas en materia de protección de datos a cumplir con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y demás disposiciones vigentes sobre la materia.

Las partes firmantes del convenio manifiestan su consentimiento para que los datos personales que constan en este convenio, así como el resto de las especificaciones contenidas en el mismo, puedan publicarse en el Portal de transparencia y Gobierno abierto.

De conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente convenio.–El Vicepresidente y Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, Alfonso Rueda Valenzuela.–El Fiscal General del Estado, Julián Sánchez Melgar.–El Presidente de la Diputación Provincial de A Coruña, Valentín González Formoso.–El Director del Centro de Estudios Jurídicos O.A., Israel Pastor Sainz-Pardo.

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