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Documento BOE-A-2018-16227

Resolución de 15 de noviembre de 2018, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 2018, páginas 116168 a 116185 (18 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2018-16227

TEXTO ORIGINAL

La presente convocatoria se inserta en el contexto de las previsiones de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 cuyo artículo 19, uno 9) autoriza a las universidades públicas una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017.

Se pretende con la presente convocatoria, además de atender los servicios jurídicos de la Universidad de Sevilla con funcionario de carrera, reducir la tasa de temporalidad a fin de situarla al final de 2020, por debajo del 8 por ciento, tal como obliga el párrafo tercero del mismo precepto.

En ejecución de lo dispuesto en las Resoluciones de 3 de noviembre de 2015 y 30 de noviembre de 2016, de la Universidad de Sevilla, por las que se acuerda publicar Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2015 y 2016, respectivamente, de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades y el artículo 114 y siguientes del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003 de 25 de noviembre, modificado por Decreto 348/2004, de 25 de mayo, para adaptarlo a la Ley 15/2003, Decreto 16/2008, de 29 de enero, y Decreto 55/2017, de 11 de abril, así como lo establecido en el artículo 55 y siguientes del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, tras la preceptiva autorización de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad –mediante Orden de 5 de noviembre de 2018-, con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios y garantizar la estabilidad laboral, y previa negociación con los representantes de los funcionarios, esta Universidad acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión (Opción Jurídica) de la Universidad de Sevilla, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Características generales de la convocatoria

1.1 Número de plazas convocadas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas en la Escala Técnica de Gestión (Opción Jurídica) de la Universidad de Sevilla, grupo A, subgrupo A1:

a) Una plaza (Letrado/a 01) por el sistema selectivo oposición.

b) Una plaza (Letrado/a 02) por el sistema selectivo concurso-oposición.

1.2 Disposiciones aplicables. La presente convocatoria se regirá por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y su normativa de desarrollo, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, el Estatuto de la Universidad de Sevilla, el Reglamento General de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla y por las Bases que establece la presente convocatoria.

1.3.A) Sistema de selección oposición.

1.3.A)1. La fase de oposición será común a los dos procedimientos selectivos por los que se han de juzgar las plazas convocadas, se valorará de 0 a 55 puntos, y consistirá en la realización de tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

a) El primer ejercicio. Consistirá en un cuestionario con 4 respuestas alternativas en cada pregunta, de las cuales solo una será la correcta, en el que se contestarán preguntas relacionadas con la totalidad del temario. Constará como máximo de 100 preguntas y su duración no podrá superar los 120 minutos. Se valorará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta contestada incorrectamente penalizará descontando el valor de una respuesta válida por cada cuatro erróneas o la parte proporcional que corresponda.

Para superar este ejercicio será necesario tener correctas como mínimo el 55% del número total de preguntas que integran el cuestionario, una vez aplicada la penalización por respuestas incorrectas señalada anteriormente.

Para superar este ejercicio será necesario alcanzar 5 puntos.

b) El segundo ejercicio consistirá en la redacción de dos temas que pueden afectar a varios epígrafes del programa de materias, propuestos por el Tribunal, valorándose la formación general, la claridad y orden de ideas, así como la facilidad de expresión escrita. Las personas opositoras contarán con un tiempo de dos horas para la redacción del ejercicio. Se valorará de 0 a 10 puntos.

Para superar este ejercicio será necesario alcanzar 5 puntos.

c) El tercer ejercicio consistirá en la resolución de tres supuestos prácticos relacionados con todo el programa de materias, para lo que dispondrán de un plazo de cuatro horas. Las personas aspirantes podrán utilizar compendios legislativos. Los ejercicios serán leídos por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que podrá formular preguntas.

En este ejercicio se valorará el rigor analítico, la sistemática y claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada de resolución, así como su exposición pública. Se valorará de 0 a 10 puntos.

Para superar este ejercicio será necesario alcanzar 5 puntos.

Las pruebas podrán ser realizadas por escrito o con los medios informáticos o instrumentales que el Tribunal decida, proporcionando, el material, medios e instrucciones que considere adecuados para llevarlas a cabo.

La calificación de la fase oposición vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios, trasladándose dicha calificación final a su equivalencia sobre un máximo de 55 puntos.

La fase de oposición versará sobre el programa de materias que se relaciona en el anexo I.

1.3.B) Sistema de selección concurso-oposición.

Se valorará hasta un total de 100 puntos de los cuales 55 corresponden a la fase de oposición y 45 puntos a la fase de concurso.

1.3.B)1. La fase de oposición que se describe en el punto 1.3.A)1, común a los dos procedimientos selectivos por los que se juzgan las plazas convocadas, se valorará de 0 a 55 puntos y consistirá en la realización de tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

1.3.B) 2. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, valorándose los méritos acreditados por las personas participantes que hayan superado previamente la fase de oposición.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.

El baremo a aplicar será el que sigue en las condiciones que se indican, valorándose los méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en este proceso selectivo.

En la fase de concurso se valorarán con un máximo de 45 puntos los siguientes méritos:

a) Experiencia profesional, hasta un máximo de 35 puntos:

– Los servicios prestados en la Universidad de Sevilla, en puesto de trabajo igual al que es objeto de esta convocatoria, al tratarse de un proceso de estabilización de empleo temporal conforme a lo previsto en el art. 19 uno 9) de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, como personal funcionario interino de la Escala Técnica de Gestión (Opción Jurídica): a razón de 0,30 puntos por mes completo de servicio y, en caso de fracción 0,30/30 puntos por día trabajado.

– Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas en puestos de trabajo con funciones similares al que es objeto de esta convocatoria: a razón de 0,15 puntos por mes completo de servicio y, en caso de fracción 0,15/30 puntos por día trabajado.

– El tiempo trabajado, debidamente acreditado, en puestos con funciones afines en cualquier otro organismo o empresa privada: a razón de 0,075 puntos por mes completo de servicio y, en caso de fracción 0,075/30 puntos por día trabajado.

Para su justificación se aportará certificado expedido por el órgano competente, responsable de la gestión de personal del organismo correspondiente, que contendrá en relación con los servicios prestados: duración, organismo, puesto y funciones.

b) Actividades formativas relacionadas con las funciones a desempeñar o con el programa de materias que integran el temario, debidamente acreditadas, hasta 5 puntos.

– Se valorarán a razón de 0,02 puntos por hora de formación recibida en el Servicio de de Formación del PAS de la Universidad de Sevilla u homologada por éste.

– Se valorará a razón de 0,01 puntos por hora de formación recibida en Centros Públicos de Formación de las Administraciones Públicas, Colegios Profesionales u homologada por éstos.

c) Superación de ejercicios y pruebas para acceder al desempeño de funciones iguales o similares a las de las plazas objeto de esta convocatoria en la Universidad de Sevilla: 2 puntos por ejercicio superado hasta un máximo de 4 puntos.

d) Otros méritos. Se valorará hasta 1 punto cualquier otro aspecto debidamente acreditado y no contemplado entre los méritos anteriores que redunde en beneficio de la prestación a realizar en virtud del contenido de las actividades alegadas (publicaciones, asistencia a congresos, ponencias): a razón de 0,25 puntos por unidad.

1.4 Calificación final.

a) La calificación final de aspirantes a la plaza a cubrir por el sistema selectivo oposición se obtendrá mediante la suma de la puntuación de los ejercicios de la fase de oposición, de forma tal que el Tribunal elaborará la relación de la persona seleccionada con la mejor puntuación una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de personas probadas que contravenga lo anteriormente señalado.

En caso de empate en la calificación final, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios según el orden establecido en las presentes bases.

b) La calificación final de aspirantes a la plaza a cubrir por el sistema selectivo de concurso- oposición se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición, de forma tal que el Tribunal elaborará la relación de la persona seleccionada con la mejor puntuación una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo anteriormente señalado.

En caso de empate en la calificación final, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De subsistir el empate se atenderá sucesivamente a la puntuación obtenida en los distintos méritos valorados en la fase de concurso según el orden establecido en las presentes bases.

1.5 Calendario. Las pruebas selectivas son únicas para los dos sistemas selectivos y se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes del día 1 de febrero de 2019. La fecha, hora y lugar de celebración del mismo se fijará en la Resolución Rectoral en la que se apruebe la lista de admitidos y excluidos.

1.6 De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas participantes e interesadas se publicará en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla: (http://recursoshumanos.us.es) y en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad de Sevilla (C./ San Fernando, n.º 4, Sevilla).

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Requisitos generales. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

Tener nacionalidad española, ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea o estar incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

a) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

b) Estar en posesión del título de Licenciado/a en Derecho o Grado en Derecho.

Las personas aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la Escala Técnica de Gestión (Opción Jurídica) de la Universidad de Sevilla.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.2 Fecha de cumplimiento de los requisitos. Todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo modelo (anexo II) será facilitado gratuitamente en las Unidades de Registro de la Universidad de Sevilla y, asimismo, estará disponible en la página web de la Universidad de Sevilla: https://recursoshumanos.us.es. Podrá utilizarse dicho modelo fotocopiado siempre y cuando se presente por triplicado (ejemplar para el Servicio Gestión PAS Funcionario, para la Entidad Bancaria y para el interesado). Las personas interesadas en participar señalarán en la casilla 4A del impreso de solicitud, el código Letrado/a 01 (oposición) y/o Letrado/a 02 (concurso-oposición), según la/s plaza/s a la/s que quieran optar.

A la instancia se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad para mejor comprensión de los datos escritos en la solicitud.

Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar una fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.2 Centros de recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General, sito en C./ San Fernando n.º 4, y en el Registro Auxiliar del Pabellón de Brasil, en Paseo de las Delicias s/n, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de su publicación en aquel «Boletín Oficial» («BOE» o «BOJA») que publique la convocatoria en último lugar, y se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por la persona funcionaria de Correos, antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de los aspirantes.

3.3 Derechos de examen. Asimismo, quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán abonar la cantidad de 20 euros, en concepto de derechos de examen mediante ingreso en la cuenta restringida de recaudación número ES77-0049-2588-71-2114241655 -Código SWIFT (BIC) BSCHESMM- del banco Santander en cualquiera de sus oficinas.

Tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 de la tasa los miembros de las familias numerosas de categoría general, resultando el importe de la tasa en este supuesto de 10 €.

Forma de pago:

1. Directamente en las oficinas de la citada Entidad, para lo cual deberá utilizarse el impreso de ingreso que a tal efecto facilitará la propia Universidad en las Unidades de Registro señaladas en la base 3.2 y en la página web de la Universidad de Sevilla https://recursoshumanos.us.es y que se corresponde con el modelo de solicitud de participación en las pruebas (anexo II).

2. Mediante transferencia bancaria, en la que deberá hacer constar obligatoriamente, en el campo «concepto», nombre y apellidos del participante, número del DNI y Código 760 USE. El resguardo acreditativo de la misma deberá acompañar a la solicitud de participación.

3.4 Justificación de los derechos de examen. La persona interesada deberá justificar el ingreso de los derechos de examen, a los que se refiere la Base 3.3, mediante sello de la entidad bancaria en el espacio reservado en la parte inferior de la solicitud (triplicada), mediante resguardo original de ingreso en el cajero automático de la entidad bancaria o resguardo original de transferencia efectuada.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exento del mismo, determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, el pago de la citada tasa en la entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud en los lugares señalados en el apartado 3.2.

3.5 Exención del pago de la tasa. Estarán exentos del abono de las tasas de examen, haciéndolo constar en el impreso de solicitud, los siguientes colectivos:

1. Las personas desempleadas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria.

Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento.

3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.

4. Las familias numerosas, en los siguientes términos:

–100 por 100 de exención a los miembros de familia de categoría especial.

– 50 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría general.

A efectos de acreditar la exención total o, en su caso, parcial del pago de la tasa, las personas aspirantes habrán de presentar, junto a la solicitud de participación, copia de la siguiente documentación, según corresponda en cada caso:

– La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, se solicitará en la Oficina de Empleo que corresponda, debiendo figurar en ella todos y cada uno de los requisitos señalados en el párrafo anterior. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Física correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta que podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el enlace:

– https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Certificaciones/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml

– Las personas con discapacidad: certificado, en vigor, acreditativo de tal condición y del grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano competente.

– Las personas víctimas del terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos: resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.

– Los miembros de familias numerosas de categoría especial o general: título vigente acreditativo de tal condición, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente.

3.6 Personas con discapacidad y adaptaciones. Los aspirantes con discapacidad podrán pedir, en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad.

De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada, contando para ello con el asesoramiento del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla.

3.7 Subsanación de errores.–Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de personas admitidas y excluidas. El Rector de la Universidad de Sevilla dictará Resolución en la que se declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas así como las excluidas con indicación de las causas de exclusión.

En dichos listados ordenados alfabéticamente deberá constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad.

4.2 Plazo de subsanación. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar, bajo su exclusiva responsabilidad, no solo que no figuran incluidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

4.3 Relación definitiva de personas admitidas y excluidas. Finalizado el plazo de subsanación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará Resolución declarando aprobadas las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas.

4.4 Devolución de derechos. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 da abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá, previa solicitud de la persona interesada, la devolución de la tasa que se hubiese exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. La exclusión definitiva del proceso selectivo por causa imputable a la persona aspirante, o la no presentación a la realización de alguno de los ejercicios de la oposición, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen.

5. Tribunales

5.1 Composición. El Tribunal calificador de este proceso selectivo será común para el sistema selectivo de oposición y concurso-oposición y es el que figura como Anexo III a esta convocatoria. La pertenencia al Tribunal Calificador será a título individual, sin que pueda ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, el Tribunal velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.2 Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. Tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, el personal funcionario interino y el personal eventual.

La Presidenta solicitará a los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución. Previa convocatoria del Presidente o Presidenta, se constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente/a y Secretario/a y de la mitad al menos de sus miembros.

En su sesión constitutiva, que se celebrará con una antelación mínima de 10 días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de Oposición, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 Sesiones. A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria. El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.7 Personal asesor. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas para el asesoramiento en la preparación o desarrollo de las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichas personas a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores o asesoras deberá comunicarse al Rector de la Universidad a fin de que sea formulada la oportuna Resolución de nombramiento.

Igualmente, cuando por el número de aspirantes en el proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá designar personal colaborador en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los ejercicios.

5.8 Adaptaciones para personas con discapacidad. El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.

Si en cualquier momento del proceso selectivo se le suscitaran dudas al Tribunal respecto a la capacidad de un/a aspirante para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por el personal funcionario de la escala a que se refieren estas pruebas, podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes de la comunidad autónoma correspondiente, en cuyo caso, podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión de las pruebas hasta la recepción del dictamen.

5.9 Garantía de corrección de ejercicios. El Presidente o Presidenta del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. Serán excluidas aquellas personas en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de las mismas.

5.10 Información a las personas participantes. A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, n.º 4, teléfonos 954 55 10 70 y 954 55 69 20. También podrán solicitar información a través de e-mail a la siguiente dirección electrónica: pasfuncionario@us.es.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 Categoría. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.

5.12 Declaración de aspirantes que ha superado el proceso selectivo. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

Con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias o cuando alguna de las personas propuestas carezca de los requisitos señalados en la Base Segunda, el Rector podrá requerir al Tribunal relación complementaria con las personas aspirantes que sigan a las personas propuestas para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Acreditación de la identidad. En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.2 Orden de actuación. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente con el primer aspirante cuyo primer apellido comience por la letra Ñ, atendiendo al último sorteo realizado por la Secretaría de Estado de Función Pública y de conformidad con lo establecido en la Resolución de 11 de abril de 2018.

6.3 Llamamiento único. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de los ejercicios en único llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 Publicación de fechas de ejercicios. La fecha y lugar de realización del primer ejercicio se realizará en el lugar, fecha y hora que se establezca en la Resolución a que se refiere la base 1.5.

Una vez comenzado el proceso selectivo, la publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en la dirección web y tablón establecidos al efecto, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación, con al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro, si se trata de uno nuevo.

Desde la conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá trascurrir un mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

6.5 Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

7. Calificación de los ejercicios

7.1 Plantilla de respuestas. Si la prueba consiste en un cuestionario tipo test, el Tribunal, con anterioridad a la calificación del ejercicio, publicará el cuestionario de examen y la plantilla de respuestas, disponiendo las personas interesadas de un plazo de cinco días hábiles para reclamar contra la misma.

7.2 Publicadas las calificaciones de cada ejercicio, se abrirá un plazo de cinco días hábiles para las reclamaciones a las mismas.

Las personas opositoras que no hayan alcanzado la puntuación mínima para superar el ejercicio correspondiente, tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminadas del proceso selectivo.

7.3 Transcurrido el plazo de reclamaciones correspondiente a las calificaciones del tercer ejercicio, se procederá a publicar por el Tribunal relación de aspirantes que han superado los ejercicios de la fase de oposición, con expresión de las calificaciones obtenidas.

8. Fase de concurso

8.1 Publicadas las calificaciones definitivas de la fase de oposición, los aspirantes que hayan superado la misma y consten en la relación citada en la base 7.3 podrán entregar, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación, la documentación acreditativa de los méritos relativos a la fase de concurso descrita en la Base 1.3.B) 2.

No se valorarán aquellos méritos que no se encuentren suficientemente acreditados, no admitiéndose documentación presentada fuera del plazo de los diez días hábiles establecidos en el párrafo anterior.

8.2 Finalizado este plazo, el Tribunal Calificador publicará en los lugares establecidos al efecto la relación de aspirantes, ordenada alfabéticamente, con la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los meritos valorables en esta fase y la puntuación total.

8.3 Las personas participantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, y vistas y resueltas, en su caso, las alegaciones presentadas, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

Junto a las mismas se publicará relación de aspirantes con la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

9. Relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo

9.1 Acuerdo provisional de personas que han superado el proceso selectivo. Una vez concluidas las fases de concurso y oposición, el Tribunal publicará, en los mismos lugares previstos en el base 1.6:

El nombre de la persona aspirante que ha superado con carácter provisional el proceso selectivo por el sistema selectivo de oposición, con la calificación final obtenida en la fase de oposición, expresión de la suma de las calificaciones de los tres ejercicios.

El nombre de la persona aspirante que ha superado con carácter provisional el proceso selectivo por el sistema selectivo de concurso-oposición, con la calificación final obtenida de la suma de la fase de oposición y concurso. Figurarán, asimismo, las calificaciones obtenidas en cada uno de los tres ejercicios de la fase de oposición y la valoración total de méritos de la fase de concurso.

Las personas interesadas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para posibles impugnaciones.

9.2 Acuerdo definitivo de aspirantes que han superado el proceso selectivo. Finalizado el plazo anterior, y resueltas las reclamaciones que puedan presentarse, el Tribunal elevará a definitiva la relación con los aspirantes que han superado el proceso selectivo.

En el caso de que una persona participe en los dos sistemas selectivos y le correspondiera por la calificación final obtenida en ambos procedimientos ser elegida para cubrir las dos plazas convocadas, se entenderá que es seleccionada por el procedimiento de oposición, correspondiendo a la persona aspirante que le siga en el procedimiento de concurso-oposición ser seleccionada para la segunda plaza.

9.3 Publicación de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo. Dicha relación se remitirá al Rector, el cual, previa declaración de conformidad, ordenará su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

10. Presentación de documentos y nombramientos como personal funcionario

10.1 Documentación a presentar. En el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se publique en el «BOJA» la relación de aspirantes que ha superado el proceso selectivo (oposición y concurso-oposición), la personas incluidas en las mismas deberá presentar, en el Servicio Gestión PAS Funcionario de la Universidad de Sevilla, la siguiente documentación:

A) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero, en vigor.

B) Fotocopia y original del título académico oficial exigido para el acceso a esta Escala, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su expedición.

Las personas con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que facilitará a los interesados el Servicios de Gestión de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.

En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismo términos el acceso al empleo público.

D) Certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala expedido por el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda a la persona interesada o por cualquier otro facultativo colegiado.

Las personas aspirantes que tengan la condición de personas con discapacidad igual o superior al 33% deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales u organismos similares de otras Administraciones Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar las funciones de la Escala.

10.2 Exención de justificación. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario interino o personal contratado en esta Universidad estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos exigidos para su nombramiento, debiendo presentar únicamente la documentación que no se encuentre debidamente acreditada en su expediente.

10.3 Anulación de las actuaciones. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados personal funcionario y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

10.4 Nombramientos. Por la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios/as mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

En el supuesto de que existiera personal funcionario interino ocupando dichas plazas, será revocado su nombramiento.

11. Bolsa de trabajo

En cumplimiento del art. 26 del Reglamento General de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla, una vez finalizado el proceso selectivo se elaborará una bolsa de trabajo que se ajustará en su composición, orden de prelación y funcionamiento a lo que establezca la normativa propia que resulte de aplicación.

12. Eliminación de archivos

Se informa a las personas participantes en esta Convocatoria que la documentación presentada junto con su solicitud de participación, en virtud de lo que establece el Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 8 de febrero de 2002 permanecerá en los archivos del Servicio Gestión PAS funcionario durante un año a partir de la firmeza del procedimiento y otro año en el Archivo General de esta Universidad, y que trascurridos dichos plazos serán eliminados por lo que se recomienda a las personas interesadas, una vez finalizado el procedimiento en curso, procedan a la retirada de los mismos.

13. Género gramatical

Algunas de las referencias a personas y colectivos en estas bases figuran en género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.

14. Norma Final

La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma, y cuantos actos administrativos se deriven de ella, puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Sevilla, 15 de noviembre de 2018.–El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

ANEXO I
Programa de materias

Parte general.

1. La Constitución Española de 1978. Estructura General. Los valores superiores de la Constitución. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución Española. Garantías y suspensión. La reforma de la Constitución. El Estado social y democrático de Derecho.

2. La Corona. Las Cortes Generales. Órganos dependientes de las Cortes Generales. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Tribunal Constitucional. El Poder Judicial. El Gobierno.

3. Procedimiento de elaboración y aprobación de las leyes; sus modalidades. Referéndum. Tratados Internacionales. La función parlamentaria de control del Gobierno: modalidades.

4. La distribución territorial del Poder. Evolución histórica y modelos existentes. El Estado de las Autonomías: Precedentes históricos y regulación constitucional. Las Comunidades Autónomas: vías de acceso a la autonomía y asunción de competencias.

5. La Comunidad Autónoma de Andalucía. Proceso de acceso a la autonomía y de aprobación de su Estatuto. Las competencias de la Comunidad Autónoma. Reforma del Estatuto. El Parlamento de Andalucía. El Presidente de la Junta de Andalucía. El Tribunal Superior de Justicia. El Defensor del Pueblo de Andalucía. La Cámara de Cuentas. El Consejo Consultivo de Andalucía

6. La Administración Pública Española.Régimen jurídico del sector público. Principios de actuación y funcionamiento. El sector público institucional: Entidades públicas que lo integran. Su régimen jurídico, ejercicio de potestades administrativas, personal, patrimonio, régimen presupuestario y control de eficacia.

7. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder Judicial: composición, organización y competencias.

8. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Título I Disposiciones generales, título II Principios de la protección de datos, título III Derechos de las personas, capítulo I Ficheros de titularidad pública del título IV, título V Movimiento Internacional de datos, título VI Agencia Española de Protección de Datos. Reglamento Europeo del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, Reglamento General de Datos.

9. Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Normativa de Transparencia del Estado y de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

10. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Título preliminar Objeto y ámbito de la Ley, título I El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación, título II Políticas públicas para la igualdad, título IV El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades, título V El principio de igualdad en el empleo público.

11. De las comunidades europeas a la Unión Europea, la construcción europea a través de los tratados. Las instituciones de la Unión Europea: el Parlamento, el Consejo, la Comisión, el Tribunal de Justicia, el Tribunal de Cuentas. Otros órganos de la Unión Europea.

12. Las fuentes del derecho administrativo: concepto y clases. Jerarquía normativa. La Constitución y las leyes. Leyes orgánicas y leyes ordinarias. Disposiciones normativas con fuerza de ley.

13. El reglamento: concepto, naturaleza y clases; límites de la potestad reglamentaria. Otras fuentes del derecho: la costumbre. La jurisprudencia, los principios generales del derecho.

14. El Patrimonio de la Administración. Clasificación de los bienes. Régimen jurídico del dominio público y de los bienes patrimoniales. El dominio público: concepto y elementos.

15. La Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común. Antecedentes históricos. Estructura, ámbito de aplicación. El ciudadano. Su relación en las Administraciones Públicas. Derechos y obligaciones. El acceso a los archivos y registros administrativos. Los interesados.

16. La Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Relaciones entre las Administraciones Públicas. Órganos de las Administraciones Públicas. La actividad de las Administraciones Públicas: normas generales. Los Convenios de regulación de la Ley 40/2015.

17. Identificación y firma electrónica en el ejercicio de derechos ante el sector público.

18. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. La ejecutoriedad, revisión, anulación y revocación.

19. El procedimiento administrativo: concepto y clases. La regulación del procedimiento administrativo en el derecho administrativo español.

20. Revisión de los actos. Revisión de oficio. Procedimiento de lesividad y nulidad de pleno derecho.

21. Los recursos administrativos: clases de recursos ordinarios y su regulación. El recurso extraordinario de revisión.

22. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas: requisitos generales y temporales. Procedimiento de declaración de responsabilidad. La responsabilidad de autoridades y personal.

23. La Ley General de Subvenciones. Principios generales. Procedimiento y gestión de las subvenciones. Las bases reguladoras y la convocatoria. La concesión. La justificación. El reintegro.

24. Los convenios, contratos de mecenazgo, contratos de patrocinio y contratos de publicidad realizados por organismos y entidades del sector público.

25. Los contratos de la Administración pública: régimen jurídico aplicable. Concepto y clases. Procedimientos y formas de adjudicación. Prerrogativas de la Administración en la ejecución de los contratos. Revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

26. Régimen jurídico de los contratos administrativos típicos o nominados (I). El contrato de obras y de concesión de obras.

27. Régimen jurídico de los contratos administrativos típicos o nominados (II). Concesión de servicios públicos, suministro, contratos de consultoría, asistencia y de servicios.

28. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones. La planificación de los recursos humanos en las Administraciones públicas. La oferta de empleo público. Los planes de empleo. Las relaciones de puestos de trabajo. La formación del personal.

29. La función pública: antecedentes. Situación constitucional y organización actual. Los funcionarios públicos: concepto y clases. La carrera administrativa. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Ingreso en los cuerpos y escalas de las Administraciones públicas.

30. La provisión de los puestos de trabajo: requisitos, procedimientos y efectos.

31. Situaciones de los funcionarios: supuestos y efectos de cada una de ellas.

32. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. El sistema de retribuciones e indemnizaciones de los funcionarios públicos.

33. Las incompatibilidades del personal al servicio del sector público. Regulación, procedimiento y efectos.

34. El régimen disciplinario de los funcionarios públicos: faltas y sanciones. Procedimiento disciplinario.

35. El derecho del trabajo: su especialidad y caracteres. Las fuentes del derecho del trabajo. El personal laboral al servicio de las Administraciones públicas.

36. Los convenios colectivos de trabajo: concepto, naturaleza y régimen jurídico. Especial referencia al Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Andaluzas. Convenio Colectivo del PDI laboral en las universidades Andaluzas

37. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza. Sujetos, forma. Contenido y régimen jurídico. Extinción. Modalidades de contrato de trabajo.

38. Régimen disciplinario del personal laboral: Estatuto de los Trabajadores y Convenio Colectivo. El despido disciplinario.

39. El derecho sindical. La libertad sindical: contenido. La participación de los trabajadores en la empresa. Representación sindical. Régimen electoral.

40. Órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Ley 9/87 de 12 de Junio.

41. Prevención de riesgos laborales. Funciones y competencias de la Administración. Obligaciones de los empresarios.

42. Sistema español de Seguridad Social. Texto refundido de la Ley General de Seguridad Social. Principios que lo informan. Régimen general y regímenes especiales.

43. Gestión de la Seguridad Social. Entidades Gestoras. INSS. Colaboración de las empresas.

44. La constitución de la relación de aseguramiento. Inscripción de las empresas: afiliación de los trabajadores, altas, bajas, procedimiento. Acción protectora, contingencias cubiertas; en especial acción sanitaria, protección por enfermedad, jubilación, muerte y supervivencia. Reintegro de las protecciones indebidas. Responsabilidad en orden a las prestaciones. Incumplimiento de los empresarios y sus consecuencias.

45. Negociación colectiva y huelga.

Universidades Públicas.

1. La autonomía universitaria en la Constitución y en la Ley Orgánica de Universidades. Creación. Régimen jurídico y estructura de las Universidades. El Gobierno de las Universidades públicas.

2. Los órganos unipersonales de Gobierno de la Universidad en la LOU. Rector, Vicerrectores, Secretario General, Gerente.

3. Los órganos colegiados de Gobierno de la Universidad: Claustro y Consejo de Gobierno. Junta Consultiva.

4. El Consejo Social como órgano de representación de la sociedad en la Universidad. Regulación en la LOU y la LAU.

5. Centros y Departamentos. Órganos colegiados y unipersonales de Gobierno. Competencias. Regulación en la LOU y LAU.

6. Alumnos: acceso y permanencia en la Universidad. Los procedimientos de ingreso en los Centros universitarios. Normas de Matrícula en la Universidad de Sevilla.

7. Títulos oficiales de Grado y Postgrado. Espacio Europeo de Educación Superior. Títulos propios en la Universidad de Sevilla.

8. Becas: normas reguladoras; clases; procedimiento.

9. Personal Docente universitario (I). Funcionarios docentes, acreditación y concursos de acceso. Sistema retributivo.

10. Personal Docente universitario (II). Personal contratado. Clases de contrato, concursos de acceso. Sistema retributivo.

11. Competencias de la Comunidad Autónoma en relación con el personal docente e investigador (LOU y LAU).

12. El Estatuto de la Universidad de Sevilla (I). Naturaleza, fines y estructura general de la Universidad de Sevilla. Los Departamentos universitarios en el Estatuto: composición, competencias y órganos de gobierno. Los Centros universitarios: clases, composición, competencias y órganos de gobierno.

13. El Estatuto de la Universidad de Sevilla (II). Docencia e Investigación.

14. El Estatuto de la Universidad de Sevilla (III). La Comunidad Universitaria, en especial el Personal de Administración y Servicios. Los servicios universitarios. Reglamento General de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.

15. El Estatuto de la Universidad de Sevilla (IV). El régimen económico y financiero de la Universidad de Sevilla.

16. La evaluación y la acreditación de las Universidades públicas. La ANECA y la Agencia Andaluza de Conocimiento.

17. La coordinación en las Universidades: el Consejo de Universidades y el Consejo Andaluz de Universidades.

18. La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. El Sistema Público de I+D. Estructura. Órganos de decisión, planificación y coordinación. Órganos de financiación. Órganos de ejecución: Universidades y organismos públicos de investigación. Organismos de soporte: OTRIS, centros tecnológicos, parques científicos y tecnológicos, fundaciones. Órganos de evaluación.

Procesal.

1. El Tribunal Constitucional. El recurso de inconstitucionalidad. La cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo.

2. El derecho a la tutela judicial efectiva. Examen del artículo 24 de la Constitución: su desarrollo en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

3. El proceso. Naturaleza y fundamento. Los principios procesales contenidos en la Constitución.

4. La LOPJ. Normas fundamentales sobre el Poder Judicial y el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

5. Régimen de los Juzgados y Tribunales: abstención y recusación de los Jueces. Las actuaciones judiciales: sus requisitos. Nulidad de los actos procesales. La cooperación jurisdiccional.

6. Las resoluciones judiciales. Los actos de comunicación a las partes. Responsabilidad Patrimonial del Estado por el funcionamiento de la Administración de Justicia. Comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y el sistema LexNET.

7. El proceso civil. La Ley de Enjuiciamiento Civil: la competencia en el proceso civil. La revisión y la conexión como reglas modificativas de la competencia.

8. Acción procesal: acción, pretensión y demanda. Pluralidad de pretensiones, acumulación de acciones y procesos. Ampliación de la demanda.

9. El proceso contencioso-administrativo, naturaleza, extensión y límites en la Constitución y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y distribución de competencias.

10. Procedimiento en primera o única instancia. El procedimiento ordinario. La Sentencia, otros modos de terminación del procedimiento.

11. El procedimiento abreviado. La cuestión de legalidad.

12. La adopción de medidas cautelares en el procedimiento contencioso-administrativo.

13. Los recursos en el procedimiento contencioso-administrativo: apelación y casación.

14. Ejecución de sentencias en el procedimiento contencioso-administrativo.

15. Procedimiento especial de protección de derechos fundamentales.

16. El procedimiento laboral, naturaleza, extensión y límites del procedimiento laboral. Órganos jurisdiccionales.

17. Actos previos al proceso laboral. El procedimiento ordinario de trabajo. La sentencia, su ejecución. Ejecución provisional.

18. Procesos especiales de trabajo, en especial despidos y sanciones. Conflictos colectivos.

19. Los recursos en el proceso laboral: suplicación y casación.

20. Los delitos de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, en especial prevaricación y cohecho.

1

ANEXO III
Tribunal valoración

Titulares.

Presidenta: Isabel Bonachera Ledro, Directora Gabinete Jurídico. Universidad de Sevilla.

Vocal I: M.ª Luisa Lamiable Navajas, Letrada Jefe Asesoría Jurídica. Universidad de Córdoba.

Vocal II: Inmaculada Gálvez Romero, Directora Técnica Contratación y Patrimonio. Universidad de Sevilla.

Vocal III: Marcelino Jesús Montero Fernández. Asesor técnico administración electrónica. Universidad de Sevilla.

Vocal IV: José Antonio Pacheco Sánchez. Administrador de gestión de la Facultad de Física. Universidad de Sevilla.

Secretaria: Ana Rosa Aliaño Ruiz, Responsable Unidad de Apoyo a la Dirección de RR.HH. Universidad de Sevilla

Suplentes.

Presidente: Francisco Manuel Barrero Castro, Jefe Servicio Gabinete Jurídico. Universidad de Sevilla.

Vocal I: M.ª Salud Villalba Evans, Letrada Asesoría Jurídica. Universidad de Córdoba

Vocal II: Margarita Martínez-Pais Loscertales. Delegada de Protección de Datos. Universidad de Sevilla.

Vocal III: José Luis Reyes Ramírez. Administrador de gestión de centro Universitario de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura. Universidad de Sevilla.

Vocal IV: Francisco Javier González Cabezudo. Administrador de gestión de centro Universitario de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática. Universidad de Sevilla.

Secretario: Leonardo Garrido Parish, Jefe Servicio Gestión PAS Funcionario. Universidad de Sevilla.

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