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Documento BOE-A-2018-13419

Resolución de 27 de septiembre de 2018, de la Subsecretaría, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, convocado por Resolución de 4 de junio de 2018, de la Subsecretaría de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 3 de octubre de 2018, páginas 96010 a 96010 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica
Referencia:
BOE-A-2018-13419

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 4 de junio de 2018 (BOE del día 8) se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, figurando en su anexo III la composición del Tribunal calificador de estas pruebas.

Por renuncia de don Antonio Yáñez Cidad especialista del Tribunal calificador se procede a la modificación del mismo, quedando el mencionado anexo III modificado en los términos siguientes:

Especialistas en los programas específicos

Planificación y Gestión del Dominio Público

Baja: Don Antonio Yáñez Cidad, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Alta: Don Francisco Javier Sánchez Martínez, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria del Ministerio para la Transición Ecológica en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 27 de septiembre de 2018.–La Subsecretaria para la Transición Ecológica, Juana María Lázaro Ruiz.

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