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Documento BOE-A-2017-5997

Resolución de 17 de mayo de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial de los años 2016 y 2017 del XV Convenio colectivo para el comercio de flores y plantas.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2017, páginas 44048 a 44050 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-5997
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/05/17/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 21 de marzo de 2017 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial de los años 2016 y 2017 del XV Convenio colectivo para el comercio de flores y plantas (código de Convenio número 99001125011982), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 2 de mayo de 2016, que fue suscrita por la Comisión Paritaria del mismo de la que forman parte la Asociación Española de Floristas-Interflora, en representación de las empresas del sector, y la Federación Estatal de Servicios para la Movilidad y el Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT) y la Federación de Servicios de Comisiones Obreras, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de mayo de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO DE COMERCIO DE FLORES Y PLANTAS

En Madrid, siendo las 12:00 horas del día 21 de marzo de 2017, se reúne la Comisión Mixta del Convenio Colectivo Estatal de Empresas para el Comercio de Flores y Plantas.

Asistentes:

Patronal:

Asociación Española de Floristas, doña Olga Zarzuela Garrido.

Sindicatos:

FeSMC UGT, doña Lola Díez García y don Francisco Rodríguez Peña.

Federación Servicios de CC.OO., doña Ángeles Rodríguez y don Rolando Cano Moreno.

ACUERDOS

Primero.

Revisión salarial de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del XV Convenio Colectivo Interprovincial para el Comercio de Flores y Plantas.

No procedería revisión salarial para las tablas salariales del 2016 por no cumplir con lo establecido en el citado artículo, ya que la suma de los IPC reales de los años 2015 y 2016 es inferior a los incrementos salariales de ambos años (1.9%).

Segundo.

Se procede a la actualización de las tablas salariales para el año 2017, con la aplicación del 1 por ciento sobre las tablas definitivas del año 2016, en conformidad con lo establecido en el artículo 18 del XV Convenio Colectivo Interprovincial para el Comercio de Flores y Plantas.

Se adjuntan tablas salariales provisionales para el año 2017.

Tercero.

Se faculta a M.ª Dolores Díez García a realizar los trámites necesarios a efectos de registro y publicación en la dirección general de trabajo.

Es firmada de conformidad la presente acta.

Salarios 2017 (incremento 1%)

Área funcional

Grupos profesionales

Puestos de trabajo

Salario mes/día 2017

Administración y Gestión de Empresa.

I

Técnicos titulados.

1282,04

II

Técnicos no titulados.

996,68

Jefe/a Administrativo/a.

906,56

III

Oficial/a Administrativo/a.

862,22

IV

Auxiliar Administrativo/a.

783,53

Establecimiento comercial y atención al cliente.

II

Maestro/a Florista.

1000,00

III

Oficial/a Mayor.

904,38

Oficial/a Florista.

28,37

IV

Ayudante Florista.

28,09

Auxiliar Florista.

28,09

Personal Auxiliar de Ventas.

28,37

Mantenimiento, logista y servicios auxiliares

III

Oficial/a de Mantenimiento instalacio.

996,68

IV

Mozo.

27,13

IV

Conductor/a de vehículos.

28,37

IV

Auxiliar de Mantenimiento.

28,37

Plus Desplazamiento

69,55

Antigüedad 2017 (incremento 1%)

Área funcional

Grupos

Puestos de trabajo

2…6

6…10

10…14

14…18

18....22

22…26

26…30

30….34

34…38

38…42

Administración y

Gestión de

Empresa

I

Técnicos titulados.

14,86

51,96

89,11

126,28

163,41

200,54

237,68

274,79

311,96

348,07

II

Técnicos no titulados.

11,52

40,41

69,25

98,14

127,06

155,88

184,74

213,63

242,49

270,57

Jefe/a Administrativo/a.

10,49

36,76

63,03

89,29

115,55

141,82

168,08

194,34

220,6

246,15

III

Oficial/a Administrativo/a.

10,01

34,97

59,92

84,88

109,91

134,9

159,85

184,8

209,82

234,09

IV

Auxiliar Administrativo/a.

9,1

31,79

53,82

77,19

99,87

122,57

145,25

167,96

190,65

212,7

Establecimiento

comercial

y atención

al cliente.

II

Maestro/a Florista.

10,01

35,19

60,18

85,44

110,21

135,58

161,34

185,54

211,52

236,9

III

Oficial/a Mayor.

9,97

35

59,98

85,03

109,54

134,6

160

185

210,03

234,32

Oficial/a Florista.

9,95

34,9

59,83

84,75

109,74

134,22

159,52

184,46

209,44

233,64

IV

Ayudante Florista.

9,86

34,57

59,29

83,92

108,64

132,93

158,01

182,71

207,39

231,39

Auxiliar Florista.

9,86

34,57

59,29

83,92

108,64

132,93

158,01

182,71

207,39

231,39

Personal Auxiliar de Ventas.

9,95

34,9

59,83

84,75

109,74

134,22

159,52

184,46

209,44

233,64

Mantenimiento

logística y

servicios

auxiliares.

III

Oficial/a de Mantenimiento.

11,52

40,41

69,25

98,14

127,06

155,42

184,74

213,63

242,49

270,57

IV

Mozo.

9,51

33,34

57,18

80,95

104,8

128,18

152,45

176,22

200,08

223,19

IV

Conductor/a de vehículos.

9,95

34,9

59,83

84,75

109,74

134,22

159,52

184,46

209,44

233,64

IV

Auxiliar de Mantenimiento.

9,95

34,9

59,83

84,75

109,74

134,22

159,52

184,46

209,44

233,64

Pagas extraordinarias 2017 (incremento 1%)

Área funcional

Grup

Puestos de trabajo

0…2

2…6

6…10

10…14

14….18

18….22

22…..26

26…..30

30…..34

34…..38

38….42

Administración y Gestión de Empresa.

I

Técnicos titulados.

1282,04

1298,67

1343,31

1375,76

1408,97

1442,98

1477,83

1513,52

1550,06

1587,48

1625,81

II

Técnicos no titulados.

996,69

998,22

1032,56

1057,46

1083,01

1109,15

1135,96

1163,37

1191,45

1220,22

1249,68

Jefe/a Adm.

906,56

919,26

950,87

973,82

997,33

1021,42

1046,07

1071,34

1097,20

1123,70

1150,82

III

Oficial/a Adm.

862,22

863,58

893,27

914,85

936,93

959,54

982,71

1006,43

1030,74

1055,62

1081,10

IV

Auxiliar Adm.

783,53

784,76

815,30

837,95

860,69

883,37

906,07

928,77

951,47

974,17

996,87

Establecimiento

comercial y atención al cliente.

II

Maestro/a Florista.

1000,01

991,99

1040,74

1069,88

1098,79

1127,35

1156,65

1185,58

1214,04

1243,18

1271,76

III

Oficial/a Mayor.

904,38

905,37

939,40

964,42

989,41

1013,98

1039,41

1064,41

1089,44

1114,42

1139,44

Oficial/a Florista.

851,01

852,44

885,87

910,82

935,69

960,68

985,63

1010,52

1035,42

1060,42

1085,30

IV

Ayudante Florista.

842,35

844,55

877,67

902,37

927,03

951,71

976,44

1001,12

1025,83

1050,51

1075,18

Auxiliar Florista.

842,35

844,55

877,67

902,37

927,03

951,71

976,44

1001,12

1025,83

1050,51

1075,18

Pers Auxiliar Ventas.

851,01

852,44

885,87

910,82

935,69

960,68

985,63

1010,52

1035,42

1060,42

1085,30

Mantenimiento, logista y servicios auxiliares.

III

Oficial/a de Mant.

996,49

998,22

1037,08

1065,94

1094,78

1123,73

1152,59

1181,40

1210,30

1237,97

1268,03

IV

Mozo.

814,61

814,99

846,93

870,77

894,58

918,41

942,22

966,02

989,85

1013,70

1037,48

IV

Conductor/a vehículos.

851,01

852,44

885,87

910,82

935,69

960,68

995,73

1010,52

1035,42

1060,42

1085,30

IV

Auxiliar Mant.

851,01

852,44

885,87

910,82

935,69

960,68

985,63

1010,52

1035,42

1060,42

1085,30

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/05/2017
  • Fecha de publicación: 30/05/2017
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 29 de junio de 2016 (Ref. BOE-A-2016-6748).
Materias
  • Comercio
  • Convenios colectivos
  • Flores
  • Plantas

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