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Documento BOE-A-2017-5790

Resolución de 18 de abril de 2017, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se integran en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 25 de mayo de 2017, páginas 42537 a 42537 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2017-5790

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y cumplidos los requisitos establecidos en la citada disposición.

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas en la mencionada Ley Orgánica y demás disposiciones concordantes, ha resuelto integrar en el Cuerpo de Profesores/Profesoras Titulares de Universidad a Profesores/Profesoras Titulares de Escuela Universitaria en su propia plaza, a los/as Profesores/as que se relacionan a continuación, con los emolumentos que según las disposiciones vigentes les correspondan.

Don Juan Antonio Moreno Martínez, área de conocimiento de «Máquinas y Motores Térmicos».

Don Gabriel José Capellà Frau, área de conocimiento de «Tecnología Electrónica».

Doña Montserrat Tapias Antón, área de conocimiento de «Óptica».

Doña Roser Gorchs Altarriba, área de conocimiento de «Ingeniería Química».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre, la persona interesada puede interponer un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la presente publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Barcelona, sin perjuicio de la posibilidad de interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Barcelona, 18 de abril de 2017.–El Rector, Enric Fossas Colet.

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