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Documento BOE-A-2017-5108

Resolución de 27 de marzo de 2017, de la Secretaría General de Pesca, por la que se aprueban los criterios de buceo responsable en reservas marinas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 2017, páginas 37861 a 37870 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2017-5108
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/03/27/(3)

TEXTO ORIGINAL

El buceo supone la incursión en un medio ajeno y extraño al normal para el ser humano, y llevarlo a cabo depende de la utilización por parte del buceador de un soporte vital, de equipo de inmersión que le permita soportar las condiciones ambientales, ver y desplazarse así como, en su caso, obtener imágenes durante las inmersiones. Además, supone unos riesgos relacionados con la seguridad inherentes a todas las actividades realizadas en el mar.

Como consecuencia de todo lo anterior, la realización del buceo en unas condiciones seguras tanto para el buceador como para el entorno, está estrechamente ligado con la observancia de unas medidas de seguridad específicas de obligado cumplimiento establecidas por la autoridad competente en la materia, y de unos criterios que permitan que el buceador lleve a cabo las inmersiones sin que suponga interferencias con otras actividades que tienen lugar en el mar, o genere impactos o daños en las especies, las aguas o los fondos.

Si bien la historia del submarinismo es breve, la sensibilización de sus practicantes va en aumento, y su preocupación no se limita al impacto personal sino al de todos los agentes que actúan en su entorno. Desde hace tiempo se exige al sector del buceo recreativo y el propio sector se exige a si mismo seguir evolucionando y dar ejemplo en este sentido.

Más allá del valor habitualmente asociado al buceo de recreo referente al beneficio económico que esta actividad genera dentro del sector del turismo, el buceador reúne determinados valores que lo han caracterizado. Así, en su faceta de observador del entorno sumergido, ha colaborado con la protección y conservación de los fondos marinos, asumiendo en algunas ocasiones iniciativas al respecto o colaborando mediante acciones de voluntariado con el objetivo de recuperar espacios amenazados o afectados por prácticas abusivas y descontroladas. Esta capacidad de los buceadores de observar de primera mano situaciones o actuaciones que sólo están a su alcance y ponerlas en conocimiento de la Autoridad competente, posibilita la toma de medidas correctoras antes de que el daño sea irreparable. Para poder dar esta colaboración es necesario que los buceadores estén bien formados y bien informados.

Puesto que el perfil del buceador es universal, ya que todo tipo de profesiones se dan cita en la actividad de submarinismo, la conciencia conservacionista llega a todos ellos, y por lo tanto el mensaje de la necesidad de la realización de un buceo responsable y de la conservación del medio marino alcanza a todos los niveles sociales y a todos los sectores.

Al igual que el pescador artesanal, el buceador experto y habitual de una zona aporta conocimiento valioso avalado por su experiencia durante muchos años. Además, el buceador concienciado actúa de manera habitual en trabajos de voluntariado en proyectos científicos sin ánimo de lucro, permitiendo avances y resultados que de otra manera serían muy difíciles de alcanzar.

Todas las entidades certificadoras de buceadores recreativos imparten dentro de su formación valores ambientales, para que los nuevos buceadores sigan la misma trayectoria conservadora y respetuosa con el entorno. Son los instructores y los líderes de las inmersiones los que, desde el respeto a los demás actores y asumiendo su responsabilidad de formadores, deben formar buceadores seguros y responsables con el medio. Por lo tanto, la promoción del buceo de recreo responsable por parte de estas entidades es ser consecuentes con esa línea y actuar de acuerdo con ella.

En esta línea, mejorar las prácticas sociales y ambientales puede no sólo evitar graves consecuencias tales como la pérdida de ingresos por turismo, elevado desempleo en el sector del turismo, merma de la pesca y amenazas para la salud económica de la población local; también puede mejorar la viabilidad de la industria turística en su conjunto, estimular el crecimiento económico, aumentar la disponibilidad de alimentos de calidad y de empleos locales.

El crecimiento de la población y de la presión sobre el medio marino para la realización de actividades de ocio se seguirá incrementando en los próximos años, por lo que el fomento y la potenciación de los valores antes mencionados será cada vez más importante, de manera que contribuyan y apoyen la labor de conservación y protección futura del propio medio marino.

Las actividades subacuáticas, en la modalidad de buceo autónomo de recreo, se encuentran entre las actividades permitidas en las reservas marinas desde el establecimiento de la primera de ellas, la de la isla de Tabarca, en 1986.

Desde entonces, con el desarrollo de las actividades de ocio en el mar, las mejoras técnicas y tecnológicas en el equipamiento de los buceadores, en las propias técnicas de buceo, y el incremento en el número de practicantes de esta actividad derivado de lo anterior, combinado con el foco de atracción que las reservas marinas representan para los buceadores recreativos al tratarse de lugares en buen estado de conservación, con abundancia y diversidad de especies tanto vegetales como animales, han supuesto una creciente demanda de la realización del buceo de recreo en las reservas marinas. Las actividades de recreo marino, y especialmente el buceo, realizadas incorrectamente, sin información adecuada o de manera irresponsable pueden perjudicar el entendimiento entre los diferentes usuarios, afectando a los recursos de los que dependen los ingresos locales y los objetivos para los que fueron creadas las reservas marinas. El buceador recreativo en una reserva marina debe ser un buceador 100% responsable, especialmente cuidadoso con su técnica de buceo para minimizar posibles impactos, respetuoso consigo mismo, con su compañero y su grupo de inmersión, con el entorno y con los demás usuarios de la reserva marina; especialmente con los pescadores artesanales.

A la vista del creciente interés de los buceadores recreativos por las reservas marinas y para orientar adecuadamente su actividad en ellas, ya en el año 2003 la Secretaría General de Pesca llevó a cabo una primera actuación en esta línea a través de los módulos de ecología marina básica e interpretación de hábitats, y de ecobuceo, facilitados a los diferentes centros y clubes de buceo mediante seminarios y reuniones técnicas celebrados en todas las reservas marinas junto con el correspondiente material divulgativo.

Puesto que los aspectos relacionados con la seguridad del buceo y de las actividades marítimas son objeto de una regulación específica por cuya actualización y cumplimiento vela la autoridad competente en la materia y cuyo cumplimiento es una obligación también específicamente recogida en los planes de gestión de las reservas marinas, es necesario considerar, en especial en el caso del buceo de recreo, el establecimiento de unos criterios para que la actividad sea llevada a cabo de forma sostenible, responsable, y ambientalmente segura, compatible con el objetivo de protección pesquera con que han sido creadas las reservas marinas.

Ante esta situación, y considerando también la información recogida y la experiencia acumulada sobre la gestión y la práctica del buceo de recreo en otros espacios marinos protegidos en todo el mundo, y tras la primera experiencia de los módulos de ecobuceo, resulta evidente que es necesario avanzar un paso más y primar la seguridad y la calidad sobre la cantidad, con el objetivo puesto en lograr que en las reservas marinas que gestiona la Secretaría General de Pesca el buceo sea realizado de forma segura, que no interfiera con las actividades pesqueras, y se lleve a cabo con los mejores estándares, homologables a nivel internacional, a través de criterios de calidad, responsabilidad y seguridad ambiental para garantizar que su impacto sobre el medio es el mínimo posible. Con la vista puesta en ese objetivo, los planes de gestión de las reservas marinas gestionadas por la Secretaría General de Pesca incluyen entre las obligaciones para los buceadores recreativos la de suscribir y aplicar los criterios de buceo responsable en las reservas marinas.

Estos criterios han sido desarrollados en equipo con diferentes entidades de carácter lucrativo y no lucrativo relacionadas con la práctica, la enseñanza y la certificación de buceadores recreativos a nivel nacional e internacional en el marco del proyecto PESCARES sobre gobernanza en reservas marinas, desarrollado por la Secretaría General de Pesca. Fruto de este proyecto, en el que también ha estado implicado el sector pesquero profesional y una representación significativa del sector científico público y privado cuyo campo de trabajo habitual se desarrolla en reservas marinas, es la propuesta de criterios de buceo responsable que se aprueban y publican mediante la presente resolución, y que marcan un hito en la evolución de la gestión de las reservas marinas, ya que con ellos se alcanza un estándar de calidad de referencia a nivel internacional en la gestión del buceo de recreo en reservas marinas al ser de obligado cumplimiento.

En el marco del proyecto PESCARES el sector del buceo de recreo que opera en una Reserva Marina recibe una formación impartida por los pescadores y los pescadores reciben una formación impartida por los buceadores. Este intercambio de formación, coordinado por la Secretaría General de Pesca a través del proyecto PESCARES pone en valor ambos sectores generando un acercamiento cuya plataforma es el conocimiento mutuo, poniendo en valor la reserva marina como vehículo de encuentro, coordinación sostenible y respetuosa entre ambos sectores dentro de los objetivos de creación de las Reservas Marinas.

Por todo ello, esta Secretaría General resuelve lo siguiente:

1. Aprobar los criterios de buceo responsable en reservas marinas propuestos en el marco del proyecto PESCARES.

2. Publicar, como anexo a la presente resolución, los criterios de buceo responsable en reservas marinas.

Contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada ante la Ministra de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 27 de marzo de 2017, El Secretario General de Pesca, Alberto Manuel López-Asenjo García.

ANEXO
Criterios de buceo recreativo responsable de obligado cumplimiento en una reserva marina

Los criterios de buceo recreativo responsable han sido desarrollados dentro del marco de PESCARES iniciándose su estudio en marzo de 2014 hasta diciembre de 2014, con un seguimiento posterior de actualización hasta enero de 2017, introduciendo nomenclaturas actualizadas correspondientes a la ISO 24801-3.

1. Obligatoriedad de Buceador Leader (Level 3 - Buceador Leader ISO 24801-3).

Todas las inmersiones de buceo recreativo realizadas en las reservas marinas de interés pesquero deben contar con un Buceador Leader, responsable de la inmersión.

2. El Buceador Leader deberá conocer y trasmitir a los buceadores y aplicar y hacer cumplir los decálogos de buenas prácticas.

a) Decálogo. Buenas prácticas generales.

Sé cuidadoso con tu aleteo y los contactos con el entorno, practica tu control de flotabilidad en espacios de reducido impacto.

Practica habitualmente los ejercicios básicos de seguridad y dominio del equipo con tu compañero en un máximo de tres metros.

No extraigas ni colecciones animales marinos o sus restos (Conchas, caparazones, etcétera).

No dañes a los seres vivos: matar, fragmentar, partir, dañar en general, organismos marinos, con fines varios.

No alimentes a la fauna marina.

No desplaces o levantes fauna o sustrato, en caso de que ocurra déjalo como estaba

Si no lo puedes evitar y tocas el fondo, no aletees para recuperar la flotabilidad emplea tu chaleco para equilibrarte.

Evita y lucha activamente contra la contaminación del medio.

Extrema el cuidado en cavidades y oquedades, evítalas si no estás entrenado.

Respeta a otros usuarios del mar.

Emplea únicamente las boyas de fondeo.

Busca calidad ambiental, elije grupos reducidos y lugares no masificados.

b) Decálogo de buceo recreativo responsable en las reservas marinas de interés pesquero de España.

Documéntate e infórmate acerca de las características de la Reserva Marina que visitas.

Presta especial atención a la Presentación (briefing) del Buceador Leader.

Durante la inmersión controla y agrupa tu equipo por seguridad y para evitar daños por impacto o arrastre.

Si nos encontramos artes de pesca no nos acerquemos. Por tu seguridad y por respeto al trabajo de los pescadores artesanales.

Si nos encontramos con material científico, nunca nos acercaremos ni manipularemos. Están efectuando trabajos científicos para la conservación y mejora de nuestros mares.

Si ves basura recógela. Si es voluminosa, informa al responsable de la inmersión, al centro de buceo o al Servicio de Mantenimiento y Vigilancia de la reserva marina.

Como norma general, no actuaremos sobre ningún objeto desconocido. Si interpretamos que pueda ser nocivo o ilegal, lo comunicaremos al responsable de la inmersión, al centro de buceo o al Servicio de Mantenimiento y Vigilancia de la reserva marina.

Evitaremos en la medida de lo posible exhalar burbujas bajo extraplomos. o en oquedades si nos asomamos a su interior. Si detectas burbujas en una cavidad o extraplomo, puedes eliminarlas suavemente desplazando agua con tu mano para dispersarlas (abanicando).

Es necesario tener especial cuidado de no golpear con las alelas o el equipo de buceo corales o gorgonias. Son organismos filtradores extremadamente sensibles a la deposición de sedimentos. Si observas que ha quedado sedimento sobre un coral o gorgonia, puedes eliminarlo suavemente desplazando agua con tu mano para dispersarlo (abanicando).

El Buceador Leader y el centro debe mantener una actitud ejemplar fuera y dentro del agua. El buceador puede y debe exigir al Buceador Leader que se aplique en la realización de la Presentación (briefing) y que en todo momento permanezca atento durante el TEST, para certificar el mismo, así mismo durante la inmersión aplicar y hacer cumplir los criterios de buceo recreativo responsable.

3. El Buceador Leader deberá realizar una Presentación (Breafing).

Contenidos generales:

La reserva marina, motivos de su creación.

Los usuarios.

Minimizar el impacto.

Fomentar el conocimiento.

www.magrama.gob.es/es/pesca/temas/espacios-y-especies-marinas-protegidas/reservas-marinas-de-espana/rmarinas-intro.asp

Noticias sobre la Red de Reservas Marinas a través de su Boletín. www.reservasmarinas.net/rmarinasnews/suscripcion/alta.aspx.

Contenidos específicos:

Informar a los usuarios que acuden a una reserva marina, donde se encuentran, para que ha sido creada la reserva, que usos están permitidos, valores culturales y naturales y como debe ser el comportamiento de los buceadores.

La reserva marina de interés pesquero, es una reserva creada para la pesca artesanal. Este tipo de práctica, conserva una tradición de cientos de años y es el sustento de familias y villas marineras durante generaciones. Nosotros somos unos invitados y como tales debemos ser respetuosos

No debemos interferir en sus trabajos y mucho menos efectuar acciones que puedan causar daños en los artes utilizados.

Los artes de pesca autorizados en esta reserva son… enumerar y mostrar en la medida posible. En la actualidad solo xxxx embarcaciones de artes menores están permitidas y censadas en esta reserva.

Uno de los objetivos de la reserva marina es el desarrollo de campo de estudios científicos. Por este motivo podemos encontrarnos material o instrumentos científicos a los que evitaremos acercarnos y nunca manipular.

Si el buceador ve algo que interpreta puede no ser legal, no actuará de forma inmediata, se lo comunicará al buceador leader, a la entidad censada o al Servicio de Mantenimiento y Vigilancia de la reserva marina que actuarán en consecuencia. En ocasiones lo que podemos hacer con buena fe, puede ser un error y actuar sobre algo legal y permitido.

Ejemplo de Presentación (Briefing) redactado por los equipos de reservas marinas y el comité técnico con representación del sector pesquero y sector científico, con el fin de unificar el mensaje informativo.

Estamos en un área marina protegida, es una reserva marina de interés pequero, creada para fomentar y proteger los recursos pesqueros y naturales, en la que además se realiza una labor científica de investigación y seguimiento que permite analizar su estado actual y evolución.

Los buceadores recreativos responsables somos invitados de excepción en estos espacios de interés pesquero, es por eso que debemos practicar un buceo ejemplar.

Estos espacios creados para mantener una pesca artesanal y tradicional como bien cultural permiten mantener el sabor de villas marineras y puertos tan apreciados por la ciudadanía en general y por todos los sectores.

En cada reserva marina se practican distintas modalidades de pesca artesanal, en esta reserva en concreto los artes permitidos son los siguientes… (el líder de buceo los cita y presenta a los buceadores en la medida de lo posible una pieza de los artes de pesca facilitados por las cofradías), puede ocurrir que durante la inmersión nos encontremos alguno de ellos, no debemos acercarnos ni tocarlos.

La labor de seguimiento de los científicos implica el manejo de material científico que también podríamos encontrar durante la inmersión, no debemos acercarnos ni interactuar con ellos.

Como invitados de excepción cualquier alteración podría provocar efectos no deseados que se traduzcan en reducción de los cupos de buceo permitidos o incluso su exclusión.

Características medioambientales y particulares de la inmersión a realizar y de la reserva marina.

Descripción, normas de seguridad y planificación de la inmersión.

Con la clara intención de dar ejemplo, todos los sectores del buceo hemos participado y desarrollado un estándar de calidad en reservas marinas de interés pesquero, un test para el buceador que junto con esta información completa los criterios de buceo recreativo responsable.

Al término del mismo los buceadores podrán incluir en su libro de registro de inmersiones o pasaporte de buceo, el sello de calidad u otro documento que acredita haber superado el test en Reservas Marinas de Interés Pesquero del Estado Español.

4. El test de buceo.

Con la clara intención de dar ejemplo, todos los sectores del buceo han participado y desarrollado un estándar de calidad en reservas marinas de interés pesquero.

Los buceadores en una reserva marina, han de ser más que nunca observadores respetuosos.

Con el fin de tener un correcto comportamiento dentro del agua, se efectuará antes de la inmersión un test básico orientado a minimizar nuestro impacto.

Este test se compone de ejercicios que todos deberíamos haber efectuado en cualquiera de los cursos básicos de las escuelas certificadoras.

Este test se realizará siempre conforme a la siguiente Metodología.

4.1 Metodología.

Premisas:

Se hace a una profundidad máxima de tres metros, en un entorno controlado donde el impacto al medio ambiente sea el menor posible y la seguridad del buceador y del grupo esté garantizada.

Si tenemos fondo a máximo 3 metros sin impacto al medio ambiente los ejercicios se realizarán preferentemente en el fondo. Si no se puede hacer de esta forma se realizaran siempre en zonas seguras y con cabo para que si fuera necesario el buceador se pudiera agarrar y siempre en cota máxima de tres metros.

Tras realizarse las pruebas básicas en una profundidad máxima de tres metros, se dejará a criterio del buceador leader realizar otras prácticas exclusivamente de flotabilidad a la misma o mayor profundidad orientadas a garantizar el nivel apropiado del buceador exigido en las reservas marinas.

Los ejercicios los hará primero el buceador leader para mostrar cómo se hacen, excepto el vaciado de gafas y quitarse las gafas para no perder control sobre los buceadores.

Las entidades que pueden realizar el test son las identificadas en los censos actualizados de cada reserva marina en función de su capacidad legal y actividad profesional, salvo permiso especial de la Secretaría General de Pesca.

Métodos de ejecución del test:

El método ejecución del test se describe a continuación, y su alcance queda sujeto al criterio del Buceador Leader, es decir de la entidad censada en la reserva marina, no obstante, debe contemplar como mínimo los ejercicios del Test y ajustarse a la metodología. Su actuación queda limitada al test y a las medidas correctoras que considere en función de los resultados.

Método óptimo inmersión de adaptación:

El test se realiza durante una inmersión completa, los ejercicios además de los indicados en el Test pueden incluir aquellos que el Buceador Leader del centro considere oportunos para garantizar el nivel del buceador exclusivamente en flotabilidad (descenso, ascenso, estática, navegación y aproximación).

Método rápido al inicio de la inmersión en punto programado:

Se puede realizar al inicio de la inmersión si las condiciones lo permiten.

Ejercicio y operación adicional para características particulares de cada reserva:

A propuesta del Comité y de los Equipos de Buceo de cada reserva, con el fin de cubrir unos niveles más exigentes dadas las características particulares de ciertos puntos concretos de buceo de las reservas marinas, se amplía el test con un ejercicio adicional en estos puntos y se exigen ciertas características operacionales (que no obstante se recomienda su aplicación en todas las inmersiones) como en:

Reserva Marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas (Inmersión del Bajo de Fuera).

Reserva Marina de Cabo de Gata-Níjar (Inmersión de los Burros e Inmersión del Vapor).

Reserva Marina de Islas Columbretes (Inmersión Boya 14 de Isla Ferrera e Inmersión Boya 15 y Boya 16 de Isla Foradada).

En el resto de reservas marinas la aplicación de este ejercicio queda a criterio del líder de buceo.

Ejercicio:

Suelta de boya de señalización bajo el agua.

El buceador en flotabilidad debe demostrar el eficaz manejo de su boya de señalización.

Operación adicional:

El buceador deberá disponer de su boya de descompresión, brújula, reloj, profundimetro, tablas de descompresión, además es opcional la computadora.

Situar una botella de emergencia cerrada con dos segundas etapas a una profundidad de seguridad suficiente para hacer las paradas apropiadas de descompresión.

Situar una línea de parada alternativa a la línea de fondeo, (línea plomada a una profundidad suficiente para hacer las paradas apropiadas de descompresión).

Se recuerda que para las operaciones de buceo recreativo en la embarcación debe incluirse un sistema de oxigenación normobárico.

Notas:

Este tipo de inmersiones a criterio del Buceador Leader puede presentar otras exigencias.

Hay que tener presente que los ejercicios indicados deben quedar cubiertos a pesar de los diversos equipos empleados por los buceadores en este tipo de inmersiones.

4.2 Preguntas frecuentes y respuestas.

¿Quién puede hacer el test?

Las entidades identificadas en los censos actualizados de cada RRMM a través de su «Buceador Leader» (Level 3 - Buceador Leader ISO 24801-3).

¿Es necesario realizar el test si tengo 100 inmersiones o más?

Sí, no importa el número de inmersiones.

¿Es necesario realizar el test si soy buceador avanzado o superior?

Si, cualquier nivel debe superar el test, incluidos niveles de liderazgo.

¿Si voy por libre quien me hace el test?

Las entidades identificadas en los censos actualizados de cada RRMM a través de su «Buceador Leader».

¿Si voy con un club o una asociación quien me hace el test?

Las entidades identificadas en los censos actualizados de cada RRMM a través de su «Buceador Leader».

¿Cuántas veces es necesario hacerle el test al buceador?

Mínimo una vez cada 2 años.

¿Si he realizado el mismo test recientemente es necesario volver a realizarlo?

No, pero queda a criterio del Buceador Leader repetir el test en el caso de que se haya realizado en otra reserva.

¿Se puede hacer grupal el test?

Sí, a criterio del Buceador Leader de la entidad censada, siempre y cuando las pruebas se vayan realizando de uno en uno y tanto el buceador que hace las pruebas como el resto del grupo esté debidamente controlado, de manera que el buceador leader de la entidad censada pueda evaluar de manera individual a cada buceador.

¿Qué ocurre si no supero el test?

Ciertas pruebas son excluyentes como el vaciado de gafas y/o mantener una flotabilidad neutra. No podrá bucear en la zona de la reserva si no se supera el test.

El Buceador Leader de la entidad censada debería ser capaz de ofertar al buceador la formación necesaria para superar el test.

Si supero el test ¿Es válido en todas la RRMM?

Sí, pero queda sujeto al criterio del Buceador Leader. No será válido en las inmersiones de características particulares salvo que se realicen los ejercicios complementarios.

Una vez superado el test por el buceador ¿Está obligado el centro a acreditar el resultado?

Si, la entidad censada está obligado a facilitarlo y el buceador debe solicitarlo de manera que no tenga que repetirlo innecesariamente.

¿Cómo se acredita que te han realizado el test recientemente?

Cada Entidad censada a través de su Buceador Leader podrá elegir la forma de certificar que se ha superado el test, mediante un sello en el libro de registro de inmersiones, un certificado, una pegatina, un carnet del centro, etc… en resumen cualquier tipo de identificación que de forma explícita indique «A superado el test de buceo responsable en reservas marinas» y pueda presentar antes de realizar las próximas inmersiones en las reservas marinas.

¿Si supero el test en una reserva marina necesito hacerlo en otra reserva marina?

Queda a criterio del Buceador Leader.

¿Si supero el test básico me vale para las inmersiones de características particulares?

No.

¿Si he realizado el test para inmersiones con características particulares, me vale para los demás puntos de inmersión?

Si, ya que incluye las pruebas del test básico más la específica de características particulares.

¿Si supero el test de características particulares en una reserva marina me vale para otra reserva marina?

Queda a criterio del Buceador Leader.

¿Por qué es necesario llevar una boya de señalización y en qué momento deberá ser utilizada?

Todo buceador que desee realizar una inmersión en los puntos de características particulares, deberá portar una boya y saber utilizarla. En este caso, la boya será desplegada por el buceador cuando por cualquier motivo no realiza el ascenso a superficie por el/los cabos de fondeo destinados para tal fin, de esta forma, el barquero será consciente en todo momento de la situación de los buceadores durante el ascenso y podrá controlarlos con seguridad.

¿Qué pasa si un particular decide hacer alguna inmersión de características particulares por su cuenta?

Debe haber pasado satisfactoriamente el test supervisado por el Buceador Leader de la entidad censada y deberá seguir las mismas normas de seguridad requeridas (barquero, equipo de oxigenoterapia, 2.º fondeo a la profundidad necesaria, botella de respeto con al menos 2 segundas etapas...).

4.3 Ejercicios a realizar.

4.3.1 Comprobación de presión: En superficie chequear la presión de la botella comprobando visualmente mientras se respira que la aguja del manómetro NO se mueve (comprobación de botella bien abierta y filtros no obturados).

4.3.2 Vaciado de gafas y flotabilidad: En flotabilidad neutra, ser capaz de vaciar las gafas. Hacer la señal de Ok.

4.3.3 Quitarse las gafas y flotabilidad: En flotabilidad neutra, ser capaz de quitarse las gafas hacer la señal de Ok y ponérselas. Repetir la señal de Ok.

4.3.4 Quitarse el regulador de la boca y flotabilidad: En flotabilidad neutra, ser capaz de quitarse el regulador de la boca sujetándolo con la mano y sin soltarlo hacer la señal de ok y volverse a poner el regulador, Repetir la señal de Ok.

4.3.5 Testeo de segunda etapa de emergencia y flotabilidad: En flotabilidad neutra, ser capaz de quitarse el regulador (1.ª segunda etapa) de la boca sujetándolo con la mano y sin soltarlo sustituirlo por el regulador de emergencia (2.ª segunda etapa) hacer la señal de ok y volverse a poner el regulador, Repetir la señal de Ok.

4.3.6 Compartir aire y flotabilidad: En flotabilidad neutra, ser capaz de compartir aire con octopus o sistema alternativo. Hacer la señal de ok. Este ejercicio se puede hacer en navegación manteniendo la cota de tres metros.

4.3.7 Suelta de boya de señalización bajo el agua: (Nota este ejercicio es de obligado cumplimiento sólo para las inmersiones de características particulares de cada reserva (ver Metodología Punto 4.1)

El buceador en flotabilidad debe demostrar el eficaz manejo de su boya de señalización.

4.4 El equipo de trabajo.

Comité independiente:

Para el desarrollo del TEST se crea en Pescares desde Océano Alfa el comité independiente de buceo responsable en Reservas Marinas (sin participación profesional o empresarial en ninguna entidad censada o en proceso en RRMM). Su alcance es crear un documento de arranque y coordinar a los equipos colaboradores informando a la Secretaría General de Pesca y actuando como propietario de la información generada hasta el entregable.

Equipo colaborador de buceadores de reservas marinas de interés pesquero.

En representación de todas las entidades censadas de cada RRMM.

Equipo de RRMM Cabo de Palos-Islas Hormigas - Centro de buceo Balkysub

Equipo de RRMM Cabo de Gata-.Níjar - Centro de buceo ISUB

Equipo de RRMM de Islas Columbretes - Asociación de Centros de Buceo de Valencia Centro de actividades subacuáticas Barracuda

Equipo de RRMM de Isla de Tabarca - Asociación de Centros de Buceo de Valencia,

Comité científico comentarios al test y apoyo.

La entidad científica que apoya el proyecto PESCARES es el I.E.O Instituto Español de Oceanografía.

La participación de doctores, investigadores y técnicos de entidades públicas como el I.E.O y doctores, investigadores, consultores profesionales y de entidades privadas en las disciplinas de Ciencias del Mar, Ciencias Ambientales y Ciencias Biológicas.

Además, se ha tenido muy presente el estudio publicado por el Departamento de Ecología e Hidrología de la Universidad de Murcia. Así mismo, se ha contado con técnicos del Programa de Mares - WWF España.

A.B.R.E. Asociación de Buceo Recreativo de España.

Dentro del Proyecto Pescares, A.B.R.E. (Asociación de Buceo Recreativo de España) colabora de forma activa.

(ACUC) Miembro Fundador y Vicepresidencia de A.B.R.E. En PESCARES la presidencia de ACUC es nombrado vocal representante de A.B.R.E.

(PADI) Presidencia de A.B.R.E.

Los miembros actuales son ACUC, DAN, IAC, IDA, IDEA, PADI, y SSI.

Las escuelas de submarinismo que la componen, actúan como certificadoras de los buceadores que acceden a la RRMM en sus distintos niveles. El ámbito de A.B.R.E. es nacional e internacional, al igual que el de los buceadores usuarios de las RRMM. A.B.R.E. ha comprobado que las pruebas del test se ajustan a sus estándares de formación.

A raíz de las preguntas tanto del comité de buceo como de los equipos de especialistas de cada Reserva Marina surge la necesidad de aclarar exactamente y de cada Escuela Internacional, los estándares referentes a las profundidades a las que capacitan a sus buceadores titulados, obteniéndose la siguiente tabla oficial de A.B.R.E. (ver tabla cuadro de profundidades máximas organizaciones miembros de A.B.R.E.

Participación y aprobación de las asociaciones de submarinismo nacionales y FNCB.

Entidades interesadas durante el proyecto como la FNCB (Federación nacional de centros de buceo) se ofrecen a colaborar sumándose al proyecto PESCARES con el objetivo de mejorar la calidad del buceador recreativo que accede a las RRMM persiguiendo una continua mejora en los servicios ofrecidos por las entidades que operan en las RRMM, velando por preservar el buceo responsable en estos espacios y conjugando los interés de sus representados dentro del respeto hacia los demás usuarios y las normativas aplicadas en los mismos. Las Asociaciones Regionales del territorio nacional se suman a PESCARES y a los Criterios de Buceo Responsable.

Supervisión: Secretaría General de Pesca.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/03/2017
  • Fecha de publicación: 10/05/2017
  • Fecha de derogación: 14/02/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden APA/126/2019, de 1 de febrero (Ref. BOE-A-2019-1974).
  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 13 de junio de 2017 (Ref. BOE-A-2017-7215).
Materias
  • Actividades subacuáticas
  • Centros de enseñanza
  • Deporte
  • Normalización
  • Normas de calidad
  • Reservas Marinas

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