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Documento BOE-A-2017-3432

Resolución de 7 de marzo de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 30 de marzo de 2017, páginas 24672 a 24693 (22 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-3432

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso, por los sistemas de ingreso libre y promoción interna, al Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015 por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos.

Esta convocatoria, a fin de facilitar el acceso a la información, figurará en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es, y en el apartado «Empleo público» del portal del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: http://www.mecd.gob.es, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

En todo aquello que no contradiga lo dispuesto en las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público respectivamente, las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 31 plazas del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, Código 0305, por el sistema de ingreso libre y 4 plazas por el sistema de promoción interna de las comprendidas en los anexos I y VII del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, en los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte y Defensa.

Las plazas correspondientes al sistema de ingreso libre son para su cobertura en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en el Ministerio de Defensa.

1.2 Del total de plazas correspondientes al sistema general de ingreso libre, se reservarán 2 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

Los aspirantes que soliciten participar por el cupo de reserva para personas con discapacidad únicamente podrán presentarse por este cupo.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

Las plazas reservadas para personas con discapacidad por ingreso libre que pudieran quedar desiertas, no se podrán acumular a las del turno general.

En el supuesto de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias (ingreso libre o promoción interna).

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de ingreso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición y de concurso, en su caso, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad competente.

Según lo establecido por la Oferta de Empleo Público del año 2016, el primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria. La duración máxima de la fase de oposición será de doce meses.

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente, por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra H, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas de 24 de febrero de 2016 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de febrero).

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Los aspirantes deberán estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna, además del requisito de titulación y de los requisitos recogidos en las bases comunes, deberán cumplir también, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes:

Pertenencia a Cuerpo o categoría profesional:

Personal funcionario de carrera: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo): Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría profesional de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes, del grupo profesional 1, del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente o a una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar a nivel de titulado superior de responsabilidad y cualificación, funciones de dirección y coordinación de procesos de catalogación, investigación, conservación, gestión y difusión de bienes culturales y museos o instituciones análogas, de conformidad con lo indicado en el anexo III del citado Convenio Único.

A este respecto, no se considerarán en ningún caso funciones sustancialmente coincidentes en su contenido profesional ni en su nivel técnico con las propias del Cuerpo convocado, el resto de actividades y tareas, a todos los niveles de responsabilidad y cualificación, comprendidas dentro del Área de Gestión y Servicios Comunes, precisadas en el citado anexo III del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente.

Antigüedad:

Personal funcionario de carrera: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Personal laboral fijo: Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en la categoría profesional de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes, del grupo profesional 1, del Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado vigente o en una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando las funciones que se señalan en el apartado precedente de esta misma base.

6. Solicitudes

6.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web administracion.gob.es.

6.2 Las solicitudes se presentarán en papel o por vía electrónica.

La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción poseer un certificado digital válido de persona física o el DNI electrónico con los certificados activados (más información para su obtención en http://firmaelectronica.gob.es y en http://dnielectronico.es, respectivamente).

La presentación por esta vía permitirá:

La inscripción en línea del modelo oficial.

Anexar documentos a la solicitud.

El pago electrónico de las tasas.

El registro electrónico de la solicitud.

Cuando la solicitud se presente de modo electrónico, el ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia del correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

Las solicitudes en soporte papel, se cumplimentarán en el modelo oficial (http://administracion.gob.es/PAG/modelo/790) y deberán presentarse en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, sito en Plaza del Rey, n.º 1, 28004-Madrid, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuando la solicitud se presente en soporte papel, el importe de los derechos de examen se ingresará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado la tasa de derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771 (código IBAN: ES41) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria en el extranjero o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

6.3 En todo caso la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma, así como la falta de justificación del abono de la tasa por derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

6.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

6.5 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria, en los términos previstos en el apartado duodécimo 5 b) de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.

Estas personas deberán acompañar a la solicitud estos dos documentos:

1. Certificado emitido por los servicios públicos de empleo sobre su condición de demandantes de empleo, con los requisitos señalados en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.

2. Declaración jurada o promesa escrita del solicitante de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa («BOE» del 19). De esta forma tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de categoría general.

La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que añade una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.

6.6 En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma de la solicitud.

7. Acceso de personas con discapacidad

7.1 En cumplimiento del artículo 3.6 del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, se establece la conservación de la nota de los ejercicios, siempre que dicha nota supere el 60 % de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, a los opositores que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad.

La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean idénticos.

7.2 Quienes opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, mediante el certificado de discapacidad y habrán de expresarlo en el modelo de solicitud de participación en el proceso selectivo.

7.3 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo, debiendo realizar la petición en el modelo de solicitud de participación en la convocatoria. Igualmente deberán aportar el dictamen técnico facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el Tribunal Calificador pueda valorar con objetividad la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

8. Tribunal

8.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figuran como anexo III a esta convocatoria.

8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

8.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

8.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Secretaría de Estado de Cultura, Subdirección General de Museos Estatales, plaza del Rey, n.º 1, 28004 Madrid. Teléfono: 91 701 70 00, ext.: 32542. Dirección de correo electrónico: personal.sgme@mecd.es

9. Lista de candidatos

De acuerdo con el artículo 3.18 del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2016 en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y con la Instrucción Conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública sobre procedimiento de autorización de contratos de personal laboral, nombramiento de funcionarios interinos y de personal estatutario temporal de 17 de noviembre de 2010, los Tribunales podrán elaborar una lista de candidatos en el proceso selectivo por ingreso libre.

En esta lista figurarían aquellos candidatos que, habiendo participado en el presente proceso selectivo por el turno de ingreso libre, y no habiéndolo superado, sí hubieren obtenido la puntuación que el Tribunal considere suficiente. La lista se ordenará en función de la puntuación obtenida.

La lista así confeccionada tendría validez hasta la publicación de la nueva lista de candidatos resultante del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.

Para poder formar parte de la lista, los candidatos deberán poseer todos los requisitos que se hayan exigido para poder participar en la presente convocatoria.

Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de gestión se haría público en la página web del Ministerio convocante.

10. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad que la dictó en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá imponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 7 de marzo de 2017.–El Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

1. La oposición constará de los siguientes ejercicios

Primer ejercicio

Ingreso libre:

Constará de dos partes:

La primera parte consistirá en el desarrollo por escrito en idioma castellano de un tema general de carácter cultural, a escoger por el opositor entre dos elaborados y libremente propuestos por el Tribunal, cuyo contenido estará relacionado con las materias de los grupos de «Estructura sociocultural» y «Museología» del anexo II de esta convocatoria. Para la realización de esta parte del ejercicio el Tribunal podrá aportar a los opositores la documentación que estime necesaria para el desarrollo del mismo.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito del tema general de esta parte será de dos horas.

La segunda parte consistirá en el desarrollo por escrito en idioma castellano de un tema correspondiente al grupo de «Legislación» del anexo II escogido por el opositor entre los dos sorteados por el Tribunal en presencia de los aspirantes.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito del tema de esta parte será de una hora y media.

El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal valorará los conocimientos, la actualización de los mismos y la originalidad en el planteamiento de los temas, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de quince minutos valorando la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

Calificación: la primera parte se calificará de 0 a 17 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 8,5 puntos. La segunda parte se calificará de 0 a 13 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan una puntuación mínima de 6,5 puntos. La puntuación máxima del ejercicio será de 30 puntos, debiéndose obtener una mínima de 15 puntos para superarlo.

Promoción interna:

Consistirá en el desarrollo por escrito en idioma castellano de un tema general de carácter cultural, a escoger por el opositor entre dos elaborados y libremente propuestos por el Tribunal, cuyo contenido estará relacionado con las materias de los grupos de «Estructura sociocultural» y «Museología» del anexo II de esta convocatoria. Para la realización de esta parte del ejercicio el Tribunal podrá aportar a los opositores la documentación que estime necesaria para el desarrollo del mismo.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de dos horas.

El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal valorará los conocimientos, la actualización de los mismos y la originalidad en el planteamiento del tema, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor cuestiones sobre el tema expuesto por un tiempo máximo de diez minutos valorando la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

Calificación: Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 15 puntos.

A los aspirantes, tanto de ingreso libre como de promoción interna, que obtengan en este ejercicio una calificación superior al 80 por ciento de la calificación máxima prevista, se les conservará para la convocatoria inmediata siguiente la calificación obtenida, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean idénticos.

Segundo ejercicio

Ingreso libre y promoción interna:

Consistirá en una prueba dividida en dos partes sobre el idioma extranjero escogido por el aspirante entre los siguientes: alemán, francés, inglés, italiano y portugués.

En la primera parte, el aspirante deberá realizar la traducción directa, por escrito, en castellano, de un texto de carácter profesional que propondrá el Tribunal, para lo cual dispondrá de una hora. Para la realización de esta parte del ejercicio los aspirantes podrán ayudarse de diccionario.

En la segunda parte, se realizará por escrito el resumen en castellano de un texto profesional, propuesto por el Tribunal, en el idioma escogido por el aspirante, para lo cual dispondrá de una hora y media. En esta segunda parte del ejercicio no se permitirá la utilización de diccionario.

Ambas partes serán posteriormente leídas ante el Tribunal en sesión pública. El Tribunal valorará el conocimiento del idioma escogido, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano.

Concluida la exposición, el Tribunal dispondrá de un periodo máximo de quince minutos para dialogar con el aspirante en la lengua elegida para la realización de la prueba correspondiente. Se valorará la fluidez, la claridad en la exposición, la riqueza de vocabulario y la pronunciación.

El idioma elegido por el opositor se hará constar en el apartado 25 B) del modelo de solicitud para participar en la convocatoria.

Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 7,5 puntos.

En este ejercicio el Tribunal deberá estar asistido por uno o más asesores especialistas de idiomas.

Tercer ejercicio

Ingreso libre:

Consistirá en la exposición oral en idioma castellano ante el Tribunal, en sesión pública convocada al efecto, durante un tiempo no superior a una hora, de cuatro temas elegidos del siguiente modo:

Se expondrá un primer tema a elegir entre dos extraídos al azar por el aspirante ante el Tribunal del grupo de «Museología» del programa del anexo II.

Se expondrá un segundo tema a elegir entre dos extraídos al azar por el aspirante ante el Tribunal del grupo de «Patrimonio artístico y científico-técnico» del programa del anexo II.

Se expondrá un tercer tema a elegir entre dos extraídos al azar por el aspirante ante el Tribunal del grupo de «Patrimonio arqueológico e histórico-militar» del programa del anexo II.

Se expondrá un cuarto tema a elegir entre dos extraídos al azar por el aspirante ante el Tribunal del grupo de «Patrimonio antropológico y artes decorativas» del programa del anexo II.

El aspirante dispondrá de treinta minutos para la preparación de este ejercicio, sin posibilidad de consultar ningún tipo de documentación. Durante la exposición podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante el referido tiempo de preparación.

El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes, la actualización de los mismos y la originalidad en el planteamiento, así como el orden de la exposición y la claridad en la expresión.

Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de veinte minutos valorando la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

Calificación: Cada uno de los temas se puntuará de 0 a 9 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener como mínimo en cada uno de los temas una puntuación de 4,5 puntos. La puntuación máxima será de 36 puntos debiéndose obtener un mínimo de 18 puntos para superarlo.

Promoción interna:

Consistirá en la exposición oral en idioma castellano ante el Tribunal, en sesión pública convocada al efecto, durante un tiempo no superior a cuarenta y cinco minutos, de tres temas a elegir entre seis extraídos por azar por el aspirante ante el Tribunal, entre los incluidos en el apartado B «Temas específicos» del programa del anexo II de esta convocatoria.

El aspirante dispondrá de veinte minutos para la preparación de este ejercicio, sin posibilidad de consultar ningún tipo de documentación. Durante la exposición podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante el referido tiempo de preparación.

El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes, la actualización de los mismos y la originalidad en el planteamiento, así como el orden de la exposición y la claridad en la expresión.

Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de quince minutos valorando la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

Calificación: Cada uno de los temas se puntuará de 0 a 12 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener como mínimo en cada uno de los temas una puntuación de 6 puntos. La puntuación máxima será de 36 puntos debiéndose obtener un mínimo de 18 puntos para superarlo.

Cuarto ejercicio

Ingreso libre:

Constará de dos partes:

La primera parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico relacionado con los temas 1.8 a 1.25 del temario de «Legislación», y temario de «Museología» del apartado A «Temas generales» y el apartado B «Temas específicos» del programa que figura como anexo II a esta convocatoria. El aspirante podrá utilizar únicamente los materiales puestos a disposición de los opositores por el Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de dos horas.

La segunda parte consistirá en la catalogación de cinco piezas elegidas por el opositor de un total de nueve seleccionadas por el Tribunal entre las materias incluidas en apartado B «Temas específicos» del programa del anexo II de esta convocatoria (tres de «Patrimonio artístico y científico-técnico», tres de «Patrimonio arqueológico e histórico-militar» y tres de «Patrimonio antropológico y artes decorativas») teniendo el opositor que elegir, al menos, una de cada especialidad. El opositor trabajará sobre la documentación facilitada por el Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de dos horas.

Ambas partes del ejercicio deberán ser leídas posteriormente ante el Tribunal en sesión pública. El Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre cuestiones relacionadas con el ejercicio durante un periodo máximo de veinte minutos.

Calificación: En la primera parte la catalogación de cada pieza se puntuará con un máximo de 4 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 2 puntos en cada una de ellas. Esta parte se calificará de 0 a 20 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 10 puntos. La segunda parte se calificará de 0 a 25 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan una puntuación mínima de 12,5 puntos. La puntuación máxima del ejercicio será de 45 puntos, debiéndose obtener una mínima de 22,5 puntos para superarlo.

Promoción interna:

Constará de dos partes:

La primera parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico relacionado con los temas 1.8 a 1.25 del temario de «Legislación», y temario de «Museología» del apartado A. «Temas generales» y el apartado B. «Temas específicos» del programa que figura como anexo II a esta convocatoria. El aspirante podrá utilizar únicamente los materiales puestos a disposición de los opositores por el Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de dos horas.

La segunda parte consistirá en la catalogación de cuatro piezas elegidas por el opositor de un total de nueve seleccionadas por el Tribunal entre las materias incluidas en el Apartado B «Temas específicos» del programa del anexo II de esta convocatoria (tres de «Patrimonio artístico y científico-técnico», tres de «Patrimonio arqueológico e histórico-militar» y tres de «Patrimonio antropológico y artes decorativas») teniendo el opositor que elegir, al menos, una de cada especialidad. El opositor trabajará sobre la documentación facilitada por el Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de una hora y media.

Ambas partes del ejercicio deberán ser leídas posteriormente ante el Tribunal en sesión pública. El Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre cuestiones relacionadas con el ejercicio durante un periodo máximo de quince minutos.

Calificación: En la primera parte la catalogación de cada pieza se puntuará con un máximo de 5 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 2,5 puntos en cada una de ellas. Esta parte se calificará de 0 a 20 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 10 puntos. La segunda parte se calificará de 0 a 25 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan una puntuación mínima de 12,5 puntos. La puntuación máxima del ejercicio será de 45 puntos, debiéndose obtener una mínima de 22,5 puntos para superarlo.

La puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 23 puntos los siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»:

2.1 Personal funcionario de carrera.

2.1.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en cualquier Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos o Escalas del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se otorgará la siguiente puntuación:

Un año: 1 punto.

Dos años: 1,5 puntos.

Tres años: 2 puntos.

Cuatro años: 2,5 puntos.

Cinco años o más: 3 puntos.

2.1.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:

Hasta el grado 18 inclusive: 2,5 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 puntos.

2.1.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» como funcionario del subgrupo A2, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 8 puntos:

Hasta el nivel 18 inclusive: 5 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 18: 0,50 puntos.

Las valoraciones efectuadas en este apartado no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado, o si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo A2.

A los funcionarios en situación de excedencia por cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado, el nivel del puesto de trabajo que les correspondería al efectuar el reingreso.

Asimismo, se otorgarán 3 puntos a los funcionarios de Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado con destino en otras Administraciones o en otros Organismos no mencionados en los párrafos anteriores, y a los funcionarios de Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos que no tengan destino en la Administración General del Estado.

2.1.4 Experiencia realizando, con carácter interino, funciones análogas a las propias del cuerpo convocado. Se otorgará un punto por cada año completo realizando dichas funciones, hasta un máximo de 3 puntos.

2.1.5 Cursos de formación: La superación o impartición, en los últimos cinco años, de cursos de formación relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o superior a 15 horas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición, siempre que no figuren reseñados en el anexo V que se cita a continuación.

La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta convocatoria.

2.2 Personal laboral fijo:

2.2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en la Administración General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, se otorgará la siguiente puntuación:

1 año: 1 punto.

2 años: 1,5 puntos.

3 años: 2 puntos.

4 años: 2,5 puntos.

5 años o más: 3 puntos.

2.2.2 Superación de pruebas selectivas para acceder a la condición de personal laboral fijo: 4 puntos.

2.2.3 Trabajo desarrollado: Por el tiempo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo en la categoría profesional de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes del grupo profesional 1 Área Funcional 1 del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente, o en una categoría y grupo equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando funciones de las que se reseñan en la base específica número 5 de la presente convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Un punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 8 puntos.

2.2.4 Experiencia realizando, con carácter interino o temporal, funciones propias del Cuerpo convocado. Se otorgará un punto por cada año completo realizando dichas funciones, hasta un máximo de 3 puntos.

2.2.5 Cursos de formación: La superación o impartición, en los últimos cinco años, de cursos de formación relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos acreditados por el trabajador, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o superior a 15 horas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición, siempre que no figuren reseñados en el anexo VI que se cita a continuación.

La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso deberá realizarse según el modelo incluido como anexo VI a esta convocatoria.

3. Curso selectivo

El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo convocado.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

El curso selectivo será de hasta seis meses de duración. Una parte del mismo se realizará en régimen de estancia en unidades designadas por la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, como período de prácticas. Dicha estancia podrá realizarse en Unidades de la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, en organismos adscritos al Ministerio u otros departamentos ministeriales.

Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, designará una Comisión de Valoración, que será la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán efectuarlo incorporándose al que tuviese lugar con las pruebas selectivas de igual carácter inmediatamente posteriores, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.

4. Calificación final

Para los aspirantes por ingreso libre que superen el curso selectivo, la calificación final vendrá determinada por la puntuación obtenida en la fase de oposición.

Para los aspirantes por promoción interna que superen el curso selectivo, la calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

En unos y otros, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, el orden se establecerá atendiendo al siguiente criterio:

1. Mayor puntuación en el cuarto ejercicio.

2. Mayor puntuación en el tercer ejercicio.

3. Mayor puntuación en el primer ejercicio.

4. Mayor puntuación en el segundo ejercicio.

No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO II
Programa

A. Temas generales

1. Legislación

1.1 La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Estructura. Principios Constitucionales y Valores Superiores. Derechos Fundamentales y Libertades Públicas. Su protección y garantía.

1.2 La Reforma Constitucional. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

1.3 La Corona en la Constitución de 1978. Las Cortes Generales. Democracia directa y representativa.

1.4 El Gobierno: formación, composición, funciones y responsabilidad. La Administración Pública: principios constitucionales informadores de su actuación.

1.5 El Poder Judicial. Regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial.

1.6 La organización territorial del Estado en la Constitución de 1978: Comunidades Autónomas y Administración Local.

1.7 La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. La Ley del Gobierno.

1.8 La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los derechos de los ciudadanos en la Ley. El Procedimiento administrativo común: concepto, naturaleza, caracteres y fases.

1.9 Los actos jurídicos de la Administración: públicos y privados. El acto administrativo: concepto, elementos y clases.

1.10 Políticas de integración de las personas con discapacidad. Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

1.11 La ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba su estatuto. Funciones.

1.12 La Oficina de Transparencia y Acceso a la Información (OTAI): Funciones. El Portal de Transparencia. Las Unidades de Información y Transparencia (UITS): Funciones. La transparencia y el acceso a la información en las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

1.13 La ética pública. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades.

1.14 El personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Acceso al empleo público y formas de provisión de puestos de trabajo en la Función Pública.

1.15 El contrato: concepto y clases. Elementos de los contratos. El préstamo. El comodato. El depósito. El seguro.

1.16 La Ley de Contratos del Sector Público. Tipos contractuales. Preparación de los contratos. Procedimiento de adjudicación. Efectos, cumplimiento y extinción.

1.17 Los Presupuestos Generales del Estado. Características y estructura. El Presupuesto como instrumento de planificación. Procedimiento de elaboración de los presupuestos. Principales capítulos presupuestarios. Ejecución presupuestaria. Modificaciones presupuestarias. Control presupuestario.

1.18 La Constitución de 1978 y la cultura. El reparto competencial en materia de cultura. La legislación estatal sobre patrimonio histórico: antecedentes y normativa actual.

1.19 Acuerdos y tratados internacionales sobre protección del patrimonio histórico suscritos por España. Tratamiento del patrimonio histórico en la Unión Europea.

1.20 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico. Su régimen jurídico. Regímenes especiales de protección.

1.21 Tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional. Importación y exportación. Tráfico jurídico: transacciones y cambio de propiedades de los bienes culturales.

1.22 Tráfico ilícito de bienes culturales. Normativa y métodos operativos de protección. La labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Infracciones y sanciones administrativas. Protección penal del patrimonio histórico.

1.23 Modos de adquisición de bienes culturales por las administraciones públicas.

1.24 Las medidas de fomento del patrimonio histórico español según la legislación vigente. El patrocinio y el mecenazgo: concepto, tipos y su incidencia en los museos. La garantía del Estado.

1.25 Normativa estatal en materia de museos. El Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos y otra normativa reguladora.

1.26 La normativa estatal y autonómica actual en materia de patrimonio histórico y de museos: análisis comparado.

1.27 Normativa sobre propiedad intelectual. Los museos y la propiedad intelectual.

2. Estructura sociocultural

2.1 Cultura, democracia y ciudadanía.

2.2 El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Organización, competencias, organismos y políticas públicas en materia de cultura, patrimonio y museos.

2.3 Agentes e instituciones españolas responsables de la promoción y cooperación cultural en el exterior. Los programas Iber en el sector cultural.

2.4 Cultura y sociedad del conocimiento en las políticas públicas: Europa y la agenda digital. Programas y ayudas orientados a la sociedad del conocimiento y su aplicación en la política nacional.

2.5 Economía de la cultura en España. Las industrias culturales y creativas: análisis y retos del sector. La cuenta satélite de la cultura.

2.6 El turismo cultural en España. Características, agentes y desafíos. Los museos y el turismo cultural

2.7 Estadísticas e indicadores culturales en España: definición, características y principales resultados. Sociología del ocio y la cultura: prácticas y hábitos en la población española.

2.8 Dinámicas sociales en la cultura en España: inmigración, diversidad, género, envejecimiento poblacional, nuevas tecnologías. Efectos e implicaciones. Tendencias de futuro.

2.9 Fundamentos de la investigación social. Técnicas cuantitativas y cualitativas de investigación.

2.10 La comunicación pública: principios, estrategias y herramientas para la proyección de las instituciones culturales.

3. Museología

3.1 La noción de patrimonio, sus revisiones y ampliaciones: del patrimonio histórico-artístico a su significación actual. Valor, musealización, gestión y uso.

3.2 El concepto de museo: origen, evolución y actualidad de una institución cultural. El papel del museo en la construcción de identidades.

3.3 Museología. Definición y evolución. Corrientes teóricas actuales.

3.4 Organismos, centros y asociaciones nacionales e internacionales en el ámbito de los museos.

3.5 Historia del museo en España. Su nacimiento y etapas fundamentales en los siglos XIX y XX. Rasgos específicos y contexto europeo.

3.6 Panorama contemporáneo de los museos en España. Titularidad y gestión. Expansión numérica y pluralismo tipológico. El museo y los hábitos culturales.

3.7 La planificación en la gestión de las instituciones museísticas. La planificación estratégica y operativa. Herramientas de planificación.

3.8 Modelos de organización, gestión y financiación en los museos. La gestión de calidad en las instituciones museísticas.

3.9 La participación de la sociedad civil en el museo. La colaboración público-privada. Modelos y perspectivas.

3.10 La política de incremento de colecciones: planificación y criterios. La función del museo en la valoración y peritaje de bienes culturales: criterios, deontología y supuestos de aplicación.

3.11 El coleccionismo privado en España. El mercado de bienes culturales en la actualidad.

3.12 Criterios y condicionantes para la definición del sistema de documentación en el museo. Técnicas y procedimientos documentales en la gestión de las colecciones.

3.13 La investigación en el museo: objetivos y ámbitos de actuación. El papel de los museos en el espacio europeo de investigación y en la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

3.14 La conservación preventiva en el museo. Condiciones ambientales, factores de alteración y criterios de conservación de los bienes culturales.

3.15 Almacenamiento, manipulación, embalaje y transporte de bienes culturales en el museo. Criterios y sistemas.

3.16 La restauración de bienes culturales. Evolución histórica y criterios actuales.

3.17 La arquitectura de los museos. Historia y tendencias actuales. La Integración del museo en el entorno: factores sociales, económicos y culturales.

3.18 La concepción espacial del museo. Sus áreas y características. Bases para el programa arquitectónico.

3.19 Concepción y desarrollo de la exposición permanente. Relato y estrategias comunicativas.

3.20 Técnicas y recursos del montaje expositivo. Tendencias actuales en museografía.

3.21 Exposiciones temporales: definición, comisariado, gestión y organización. El papel de las exposiciones temporales en la estrategia del museo.

3.22 El público en el museo. Métodos y ámbitos de investigación. Resultados y aplicaciones en la formulación de las políticas de público.

3.23 El museo como espacio de aprendizaje. La mediación cultural. El museo como agente de cambio social y desarrollo.

3.24 Marketing cultural en los museos. Planteamientos estratégicos. Objetivos y ámbitos de actuación. El mercado cultural. Productos y servicios culturales. La comunicación: marca, posicionamiento y herramientas.

3.25 El museo en su dimensión digital: nuevas presencias, usuarios y modos de relación. Recursos digitales para la gestión del conocimiento en los museos.

3.26 Los profesionales de museos en España: evolución y situación actual. Perfiles profesionales.

3.27 La ética en las instituciones museísticas. Aspectos definidores de una teoría y práctica profesional.

3.28 Criterios para la planificación de la seguridad en el museo: del análisis de riesgos a los planes de emergencia.

3.29 Museos y sostenibilidad. Análisis desde una perspectiva integral.

3.30 La perspectiva de género en la interpretación del patrimonio y en los museos: objetivos y análisis desde una visión transversal.

3.31 El museo en la sociedad contemporánea. Oportunidades y amenazas de una institución cultural.

B. Temas específicos

Patrimonio artístico y científico-técnico

1. Las colecciones reales españolas. Formación y evolución a lo largo de la historia. El Patrimonio Nacional: especificidad institucional y ámbito de acción.

2. El Museo Nacional del Prado: historia de la institución y formación de sus colecciones.

3. El Museo Nacional de Escultura: principales etapas en la historia de la institución, sus colecciones y sus sedes.

4. El marqués de la Vega Inclán y la creación del Museo del Greco, el Museo del Romanticismo y el Museo Casa de Cervantes.

5. Museos de artista y museos de coleccionista: historia y formación de las colecciones del Museo Sorolla, el Museo Cerralbo y el Museo Nacional de Cerámica y de las Artes Suntuarias «González Martí».

6. Los museos de arte contemporáneo en España. El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía: historia de la institución y formación de sus colecciones.

7. La historia del arte como disciplina. Desde el positivismo a la renovación teórica y metodológica en el siglo XX. Las tendencias interdisciplinares.

8. Usos históricos de la obra de arte. El arte al servicio de la religión. La obra de arte como signo de poder y prestigio. El uso político de la imagen. La apreciación estética. La reproducción de la obra de arte y su función cultural.

9. Las artes figurativas en la Edad Media. El medievo religioso: el culto de las imágenes. El medievo profano: de la iconografía caballeresca a los bestiarios.

10. Las artes plásticas de los Países Bajos en el siglo XV. Los primitivos flamencos. Su presencia en España: las relaciones socio-culturales y los principales artistas.

11. La escultura española en el siglo XVI. Su inserción en la cultura artística internacional: entre el gusto flamenco y el gusto italiano. La diversidad tipológica. Escultores destacados.

12. El Greco. Formación pictórica y teórica, la experiencia italiana, su etapa de madurez en España. El Greco y el manierismo. Su descubrimiento en el siglo XX.

13. El naturalismo barroco. Principios teóricos, temas dominantes y recursos formales. Auge del retrato y aparición de nuevos géneros. Los maestros de la pintura naturalista en España.

14. El barroco escultórico religioso. La imagen devocional al servicio de la Contrarreforma. Tipologías escultóricas, focos nacionales y grandes maestros.

15. El desarrollo del arte en los virreinatos americanos: circulación y creación de modelos y técnicas a través de las colecciones del Museo de América.

16. Goya: su contexto y su significado histórico. La etapa cortesana y popular. Goya y la Ilustración. Las obras de la guerra y el exilio. Goya, anticipador de la pintura contemporánea.

17. El movimiento romántico europeo y su marco socio-cultural. Fundadores, ideales estéticos y temas. La visión romántica de España.

18. Joaquín Sorolla en el contexto artístico nacional e internacional, del naturalismo al postimpresionismo. Su papel en la vida cultural de su tiempo.

19. Las artes gráficas. El dibujo: su naturaleza y función en relación con las otras artes. El grabado: su función artística y social. Dibujo y grabado en España entre los siglos XVI y XVIII.

20. La fotografía: significado y efectos de su invención. Documentalismo y denuncia social. Los experimentalismos artísticos del siglo XX. Grandes fotógrafos en España.

21. El arte de vanguardia en el primer tercio del siglo XX. Sus principios estéticos. La pluralidad de corrientes: del cubismo a los surrealistas. La contribución de los artistas españoles.

22. Las artes en la segunda mitad del siglo XX. Corrientes informalistas en los años 50 y la abstracción española. Los nuevos realismos: el pop art. La desmaterialización del objeto artístico: minimalismo, land art, arte conceptual.

23. Las expediciones científicas españolas en los siglos XVIII y XIX y su repercusión en las colecciones estatales.

24. El patrimonio científico y técnico en España. El Museo Nacional de Ciencias Naturales y el Museo Nacional de Ciencia y Tecnología: historia y formación de colecciones.

Patrimonio arqueológico e histórico-militar

25. El Museo Arqueológico Nacional: historia de la institución y formación de colecciones.

26. El Museo Nacional de Arte Romano: historia de la institución y formación de colecciones.

27. El Museo de Altamira: la protección y gestión de un bien Patrimonio Mundial.

28. El Museo Sefardí: cultura, arqueología y arquitectura hispano-judía.

29. La protección e investigación del patrimonio subacuático en España. El Museo Nacional de Arqueología Subacuática. ARQUA.

30. La arqueología como disciplina. Corrientes teóricas: de la arqueología positivista a las tendencias postprocesuales.

31. Del objeto excavado al objeto musealizado: trabajo de campo y laboratorio en arqueología. Sistemas de documentación y datación.

32. Las sociedades cazadoras y recolectoras del Paleolítico en España: marco cronológico y cultural. Horizontes tecnológicos. Arte mueble y rupestre.

33. Las sociedades productoras del Neolítico en España: investigación y marco cronológico. Áreas principales y cultura material. Arte rupestre.

34. Manifestaciones culturales del tercer milenio en España: cambios tecnológicos, sociales y simbólicos. El megalitismo. El fenómeno campaniforme.

35. Las sociedades del Bronce en España: investigación y caracterización. Principales territorios y cultura material.

36. La Edad del Hierro en la Meseta y la fachada atlántica peninsular: investigación, caracterización y principales pueblos. Cultura material.

37. El contacto cultural en el Mediterráneo antiguo: arqueología fenicia, griega y púnica en España. Interacción con las culturas autóctonas.

38. La cultura ibérica: territorios, bases económicas, urbanismo y sociedad. Las imágenes: soportes, contextos, temas y simbolismo.

39. La iconografía clásica: concepto, investigación e interdisciplinaridad. Imágenes en torno a la religión y los ritos, el poder y la vida cotidiana.

40. Arqueología de las ciudades hispano-romanas: investigación, evolución, urbanismo y programas arquitectónicos.

41. El retrato romano: concepto, contextos, soportes y tipos iconográficos. Evolución y principales talleres en Hispania.

42. La arqueología medieval en España: ámbitos cronológico-culturales, principales yacimientos y líneas de estudio.

43. Arqueología visigoda. Investigación y caracterización. Arquitectura y cultura material.

44. Arqueología andalusí. Investigación. Conjuntos monumentales e iconografía. Cultura material.

45. La numismática como fuente de conocimiento histórico. Principales colecciones españolas.

46. Las culturas andinas prehispánicas en el Museo de América. Historia de las colecciones y bienes culturales destacados.

47. El pensamiento religioso en las culturas mesoamericanas y su expresión en las colecciones del Museo de América.

48. El patrimonio histórico-militar en España. Historia y formación de colecciones de los principales museos militares.

Patrimonio antropológico y artes decorativas

49. Historia de los estudios de antropología, etnología y folclore en España. El Museo Nacional de Antropología y el Museo del Traje. CIPE: historia y formación de sus colecciones.

50. El americanismo en la museología española. El Museo de América: historia de la institución y formación de colecciones. Sus relaciones culturales con América.

51. El Museo Nacional de Artes Decorativas: historia de la institución y formación de sus colecciones.

52. Corrientes teóricas actuales en antropología cultural ante el cambio social.

53. El etnocentrismo cultural y los museos exóticos. Del colonialismo a la multiculturalidad. Estado de la cuestión y tendencias actuales.

54. La construcción de las identidades culturales en las sociedades indígenas americanas a partir del siglo XVI.

55. Patrimonio material e inmaterial de las culturas amazónicas a través de las colecciones españolas.

56. Culturas atlánticas en África a través de las colecciones del Museo Nacional de Antropología.

57. La religiosidad en Asia a través de las colecciones del Museo Nacional de Antropología.

58. Indumentaria y joyería tradicionales en España. Usos y tipologías. Bases antropológicas y tradiciones inventadas.

59. Antropología de la agricultura, la ganadería y la pesca en España.

60. Antropología de la música popular en España. Consideraciones socio-culturales. El repertorio tradicional español. Organología.

61. Juegos y juguetes en la tradición cultural española. Aproximaciones desde la antropología. De producción artesanal a la industrialización.

62. Mitología y religiosidad popular en la tradición cultural española: planteamientos teóricos y manifestaciones.

63. Espacio y vida doméstica en la España preindustrial. Mobiliario y equipamiento.

64. Manufacturas textiles en España. De la producción artesanal a la industrialización.

65. Vestir en España de los siglos XVI al XIX. Contextos e influencias. El traje a la española. Vestir a la francesa. La moda burguesa.

66. La moda en la España contemporánea. Grandes creadores y desarrollo industrial. Alta Costura, Prêt-à-porter y moda de masas.

67. Sociología de la moda. La aparición del sistema de la moda. Autoría y reproductibilidad. La democratización de la moda.

68. Industria y comercio en las artes decorativas y el diseño. Del taller a la producción en serie.

69. La historia del gusto. Artes decorativas y diseño desde el Renacimiento hasta la actualidad.

70. Poder secular y poder espiritual en la Edad Media: el ajuar de Corte y el ajuar eclesiástico.

71. Ornamentación y amueblamiento para la vida pública y la vida privada en la Edad Moderna. La cultura del interior.

72. De las artes industriales al diseño contemporáneo. Teoría y práctica en la creación de objetos de consumo en los siglos XIX y XX.

73. La imagen de lo español en las artes decorativas y el diseño. Entre el mito y la realidad.

74. El papel de las artes decorativas y del diseño en los intercambios culturales: la recepción de las «otras culturas» en Europa.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal Titular:

Presidenta: Doña Reyes Carrasco Garrido, del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Secretario: Don José Antonio Gil Celedonio, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Doña Marta Hernández Azcutia, del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. Don Félix Díaz Moreno, del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. Don Ángel Morillo Cerdán, del Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Tribunal Suplente:

Presidente: Don José Javier Alcolea González, del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

Secretaria: Doña Carmen María González Traves, de la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Vocales: Don Félix García Díez, del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. Doña Carmen Jiménez Sanz, del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. Doña Berta Paz García del Real Marco, del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de los trabajos.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos».

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura» se dejará en blanco.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L», en el caso de sistema de Ingreso Libre, o «P», si se accede por el sistema de Promoción Interna.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Educación, Cultura y Deporte».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. (Ver base 7 de la convocatoria).

Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posea, de acuerdo con lo señalado en la base específica 4 de esta convocatoria.

En el recuadro 25, apartado B, se consignará el idioma elegido por el aspirante de los indicados en la descripción del segundo ejercicio del anexo I de esta convocatoria para la realización del correspondiente ejercicio de la fase de oposición.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 29,89 euros para los aspirantes que participen en las pruebas por el sistema de acceso libre, y de 14,95 euros para los aspirantes que participen por el sistema de promoción interna.

La solicitud se dirigirá al Sr. Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

1

2

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/03/2017
  • Fecha de publicación: 30/03/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 24 de abril de 2017 (Ref. BOE-A-2017-4648).

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